LA FRASE

"LA CANTIDAD DE PERROS DEL PRESIDENTE ES UNA DE LAS CUATRO O CINCO COSAS EN LAS QUE LOS ARGENTINOS NOS TENDRÍAMOS QUE PONER DE ACUERDO." (MANUEL ADORNI)

sábado, 7 de noviembre de 2015

NOS QUIEREN VENDER QUE LA AUDITORÍA ES LA CONADEP DE LA CORRUPCIÓN


Más allá del verdadero trasfondo que rodeó a la designación de los nuevos miembros de la Auditoría General explicado acá, desde "Cambiemos" y los medios opositores lo han transformado en tema de campaña, al que se prenden por supuesto los que piensan votar a Macri; en muchos casos desde un desconocimiento supino sobre lo que es la AGN y qué es lo que concretamente hace.

Desconocimiento fomentado en buena medida por el rol de "figuretti" que le dio al organismo en todos estos años el radical Despouy, y que lleva a mucha gente a suponer que el área es el reservorio final de la lucha contra la corrupción en el Estado; una especie de combo de la UIF, la AFIP, el Ministerio Público Fiscal, la justicia y la "Conadep de la corrupción".


De allí el "Cristina apuró la designación de los auditores para asegurarse que no investiguen a su gobierno", y hasta hubo algunos que dijeron que hacer eso (investigar la gestión del actual gobierno) "era el plan de acción de la AGN para el 2016", y de ahí la movida por designar los nuevos auditores.


Lo cierto es que de acuerdo con el artículo 85 de la Constitución "El control externo del sector público nacional en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, será una atribución propia del Poder Legislativo.", para lo cual cuenta con los dictámenes previos de la Auditoría. 
O sea que el control del sector público es una atribución del Congreso, que ejerce con la asistencia técnica de la AGN. 

Como consecuencia de eso, y de acuerdo con lo que establece la Ley 24.156 de Administración Financiera en sus artículos 116 y 118, le corresponde al Congreso (a través de la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas) establecer la estructura orgánica de la Auditoría General de la Nación, sus normas básicas internas, la distribución de funciones y sus reglas básicas de funcionamiento; y fijarle además su programa de acción anual de control.


De allí que mal pudo ya ahora la AGN haber determinado su programa de control para el año que viene sin que el Congreso lo apruebe, y menos que ese programa consista -exclusivamente- en "investigar" la gestión del gobierno de Cristina. Primero porque la AGN no "investiga" (al estilo de un fiscal o un juez), y segundo porque tampoco tiene por función "hacerlo para atrás", como si fuera la famosa "CONADEP de la corrupción" de la que suelen hablar. 


De hecho, a partir del año que viene va a tener que proponerle al Congreso un programa de control del nuevo gobierno que asume en diciembre de éste año. ¿O si gana Macri piensan dedicarse exclusivamente a "mirar para atrás", y hacer la vista gorda ante su gestión?

Sí puede "Realizar exámenes especiales de actos y contratos de significación económica, por si o por indicación de las Cámaras del Congreso o de la Comisión Parlamentaria Mixta Revisora de Cuentas;" (artículo 118 inciso g) de la Ley 24.156), pero eso no quita que sean del actual gobierno, o del futuro;
y a su vez la mayoría de los informes de la Auditoría se basan en los que producen las propias dependencias controladas, y los que aporta la Sindicatura General, que es el control interno del propio Poder Ejecutivo. 

Pero si de "mirar para atrás" hablamos, las cuentas y la gestión del gobierno de Cristina ya fueron evaluadas por la AGN y por el Congreso, al tratar las Cuentas de Inversión de cada año hasta la del 2013 inclusive (ver al respecto acá); de acuerdo a lo que dispone el artículo 75 inciso 8) de la Constitución. 
Y todas esas Cuentas fueron aprobadas por el Congreso, previo dictamen favorable en cada caso (por cada año) de la Auditoría, por la unanimidad de sus miembros: todos los auditores (incluyendo a Despouy y los demás representantes de la UCR) dictaminaron por la aprobación de las cuentas; y la del 2014 ya está en condiciones de ser aprobada.

Pero hay más: el artículo 117 segundo párrafo de la Ley 24.156 dice que "El control de la gestión de los funcionarios referidos en el artículo 53 de la Constitución Nacional será siempre global y ejercida, exclusivamente, por las Cámaras del Congreso de la Nación.". Los funcionarios del caso son el presidente de la nación, el vice, el jefe de gabinete, los ministros y los miembros de la Corte Suprema de Justicia; que no casualmente son los mismos que pueden ser sometidos al juicio político, porque a éste lo hace el Congreso -y nadie más-; y mientras están en funciones, no cuando concluyen su mandato o cesan en sus cargos.


De modo que lo que los medios y la oposición están haciendo por estos días con la designación de los nuevos auditores es -básicamente- vender humo; en particular cuando pintan a la AGN como una especie de pilar del "mani pulitte" que se desataría en el país para juzgar la corrupción kirchnerista, si gana Macri. 


Sobre el modelo de control que representa la AGN (surgido del Pacto de Olivos y la reforma constitucional del 94') recomendamos leer éste viejo post del 2011, donde se lo analiza en detalle.

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