LA FRASE

"LA CANTIDAD DE PERROS DEL PRESIDENTE ES UNA DE LAS CUATRO O CINCO COSAS EN LAS QUE LOS ARGENTINOS NOS TENDRÍAMOS QUE PONER DE ACUERDO." (MANUEL ADORNI)

lunes, 13 de agosto de 2018

EL MÉTODO RECALDE



Hasta donde podemos saber por los medios (para los cuáles el sumario judicial no es secreto, al parecer), el mecanismo de funcionamiento del "arrepentimiento" de los empresarios en la causa de los cuadernos es muy sencillo: Bonadío y Stornelli los citan, los confrontan con las fotocopias donde dicen que les pidieron coimas, ellos "confiesan" que en realidad fueron presionados para poner guita para las campañas electorales del kirchnerismo, y listo: firman el acta y se van tranquilos a su casa.

La maniobra es tan burda y evidente, que el propio ministro Garavano nos cuenta que es evidente que hubo un abogado "guionando" los testimonios para que fueran todos iguales, o parecidos, claro que no nos cuenta quien es, aunque no resulta necesario: los medios ya nos contaron que en el caso de Calcaterra fueron Angelicci y "Pepín" Rodríguez Simón (los principales operadores judiciales del macrismo) los que "coachearon" al primo testaferro presidencial, indicándole que era lo que tenía que decir.

Los empresarios mencionados en los cuadernos estaban sospechados de pagar coimas, delito en el cual existe el cohecho activo y pasivo (artículo 256 del Código Penal), es decir el que la paga y el que la cobra, como pudimos comprobar hace poco con las condenas a Ciccone y Boudou en el absurdo juicio por el cual está preso el ex vicepresidente.

Si en cambio les pidieron plata sin vincularlo a un beneficio específico que los empresarios intentaban obtener (por ejemplo un contrato con el Estado, ganar una licitación), ya estamos hablando de exacciones ilegales (artículo 266 del Código), toda la responsabilidad recae en los funcionarios, los empresarios zafan, y conservan sus contratos con el Estado; como por ejemplo los que algunos de ellos acaban de obtener con este gobierno bajo el sistema PPP (Participación Pública Privada). Muy conveniente.

Pero si le dan otra vuelta de tuerca a los "arrepentimientos" y dicen que la guita se las pidieron para la campaña, hasta pueden caer bajo las sanciones de la Ley 26.215 de financiamiento de los partidos políticos (artículo 66), que contemplan sanciones de multa pero no de cárcel. Y de paso, le dan más argumentos al gobierno para "todomismear" las denuncias contras Vidal por los aportantes truchos a sus campañas, e impulsar su proyecto de reformar la ley, para permitir los aportes de las empresas, y "transparentarlos". Demasiado conveniente, para ser cierto y no una burda patraña. 

Pero hay más: hace unos días Ricardo Nissen (en nuestra opinión, la mayor autoridad en el país en materia de derecho societario, explicaba en esta nota en El Cohete a la Luna por que las empresas organizadas bajo alguna forma de sociedad no pueden aportar a las campañas de los partidos políticos: sencillamente porque el destino de los fondos sería contrario a su objeto social, para el que fueron creadas.

Por eso nosotros nos preguntábamos en Twitter días pasados:

Claro que la pregunta es retórica, porque conocemos la respuesta: no, ninguno lo hizo, aunque tienen ejércitos de abogados y expertos en seguridad de los mejores pagos para que los asesoren como hacerlo, y cubrirse a futuro por cualquier consecuencia de un acto que -de haber existido, no podían no saber que era irregular, o ilícito.

Cuando no hay nada que ocultar, se actúa como actuaron Héctor y Mariano Recalde cuando los empresarios de los tickets canasta los quisieron coimear, y se hace la denuncia en la justicia. ¿Cuántos conocen  ustedes que hayan hecho lo mismo en los 12 años y medio de kirchnerismo, cuando "se robaron todo"? ¿No hay muchos, no?
Pero es tan burda la patraña, que muchos parecen no reparar en como funciona realmente "la ley del arrepentido", ese mamarracho jurídico que "Cambiemos" (con la complicidad del massimo y el "peronismo racional", y hasta la "sorora" Vicky Donda el día del paro nacional de mujeres) logró aprobar en el 2016, e incorporar al Código Penal: el artículo 41 Ter del Código dice que "Las escalas penales podrán reducirse a las de la tentativa respecto de los partícipes o autores por algún delito de los detallados a continuación en este artículo, cuando durante la sustanciación del proceso del que sean parte, brinden información o datos precisos, comprobables y verosímiles.".

Es decir, el "arrepentido" no zafa de las consecuencias del delito, sino que tiene una pena menor; y además su testimonio debe ser decisivo a los fines de esclarecer el delito por el cual se lo indaga, que a esta altura y en manos de Bonadío y Stornelli pudo ser cualquiera, hasta estupro.

Por eso tuvieron que "dibujar" testimonios para hacerlos calzar en una figura penal que no conllevara prisión sino multa, y de allí que todos dicen que aportaron para las campañas electorales, salvo Betnaza (el de Techint) que dijo que fue para las gestiones del gobierno argentino ante Chávez por la expropiación de Sidor en Venezuela, que sería un caso de exacciones ilegales; que no lo compromete a él sino al funcionario o funcionarios que le pidieron la plata.

Y para seguir hablando de la ley del arrepentido, también incorporó al Código Penal el artículo 276 Bis, que establece que "Será reprimido con prisión de cuatro (4) a diez (10) años y con la pérdida del beneficio concedido el que, acogiéndose al beneficio del artículo 41 ter, proporcionare maliciosamente información falsa o datos inexactos.". 

Hermoso artículo para aplicar cuando volvamos, a todos estos chantas, para que escarmienten. Eso siempre y cuando quede un país al cual volver, porque estos chetos del orto no lo hayan hecho estallar por los aires.

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