lunes, 15 de septiembre de 2025

QUE LOS CONTROLE MONTOTO

 

Por el Decreto 2091 del pasado miércoles 10 (el mismo día que la convención reformadora votaba la nueva Constitución provincial) cuya imagen abre el post, Pullaro resolvió la contratación de un sistema de monitoreo y rastreo de agresores y víctimas de violencia de género, y de monitoreo de quienes cumplen prisión domiciliaria y tienen las tobilleras electrónicas. 

Según consta en los fundamentos del decreto, la contratación se otorgó a la empresa Surely S. A. en forma directa (es decir sin licitación pública, concurso de precios o procedimientos alguno de cotejo de ofertas), invocando como fundamento normativo de la decisión el artículo 116 inciso c) apartado 5. de la Ley 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado; haciéndose constar además que la empresa es la misma que provee esos equipos y presta esos servicios a la Nación: 


Esa norma dice expresamente lo siguiente: "Exclusividad comprobada del oferente y carencia de bienes sustitutos. Cuando la contratación se fundamente en esta disposición debe quedar documentada en el expediente la demostración de tal exclusividad. La marca no constituye de por si causal de exclusividad salvo que no haya sustitutos convenientes. En todos los casos, la determinación de que no existen sustitutos convenientes debe basarse en los correspondientes informes técnicos, en los que expresamente se consignen las razones de la conveniencia. La contratación directa con un fabricante exclusivo sólo corresponde cuando éste documente que se ha reservado el privilegio de la venta del bien que elabora. Se incluye en este apartado la adquisición de material bibliográfico en el país o en exterior, a editores o personas físicas o jurídicas especializadas en la materia;...". (las comillas son del texto y las negritas nuestras)

De los fundamentos del decreto de Pullaro y la referencia que en ellos se hace al trámite de la contratación directa no puede inferirse que nada de todo eso se haya documentado, es decir que alguien haya dicho que no hay en el mercado bienes o servicios análogos o similares a los que provee Survey S. A., y tampoco la empresa es fabricante de ellos con privilegio de exclusividad reservado para su venta (deberían darse las tres cosas juntas además); de su propia página institucional surge que venden lo que diseñan y fabrican otros. 

Al haberse invocado exclusividad para sortear la licitación pública, es particularmente relevante determinar la razonabilidad de los precios que el Estado provincial va a pagar por el contrato, que al día de hoy serían unos 4848 millones de pesos aproximadamente, pero el monto es variable en el tiempo porque son servicios que se prestan todos los meses, y están expresados en dólares. Y como dato de color, buena parte de las partidas que se destinarán al contrato salen de las destinadas originariamente a la comida de los detenidos.

Sobre éste punto crucial (la razonabilidad del precio a pagar por el contrato), el Decreto 2091 de Pullaro solo dice lo siguiente: "Que la Subsecretaría de Tecnología y Equipamiento del Ministerio de Justicia y Seguridad elabora el informe técnico y de razonabilidad de precios, dando cuenta que la cotización es completa y acorde a lo requerido, y que las especificaciones técnicas acompañadas se ajustan a lo especificado;...". Es decir, no hay referencias a algún presupuesto oficial, o posibles valores de mercado, ni nada parecido.

Lo cual cobra particular relevancia si se repara en quien es Surely S. A., empresa proveedora -como dice el decreto de Pullaro- de los mismos servicios al gobierno nacional:


Es la empresa propiedad de Mario Montoto, el ex dirigente montonero que es a u vez presidente de la Cámara de Comercio Argentino Israelí, y que estuvo en el ojo de la polémica hace meses, justamente porque fue el único oferente en la licitación convocada por el Ministerio de Justicia de la Nación, y cotizó un precio en dólares que resultó el triple de lo que cobran por esos servicios en moneda dura (dólares) otras empresas en diferentes lugares del mundo. Un poco de "riesgo Milei" o inflación en dólares puede haber en Argentina, pero ¿tanto? 

Pero volviendo a la provincia y a la contratación directa que resolvió Pullaro: si en la nación hubo licitación, es porque se evaluó que había más de una empresa que podía proveer los mismos equipos y prestar los mismos servicios, y en consecuencia mal se puede hablar de exclusividad, y menos fehacientemente comprobada, como manda la Ley 12510 que se invoca en el decreto.

Y si la referencia es que a la empresa la contrató la Nación en esa licitación en la que fueron cuestionados los precios cotizados por Montoto, la pregunta es que factores tuvo en cuenta el gobierno de Pullaro para considerar que los cotizados acá por los mismos servicios eran razonables. Porque en la nación el año pasado el presupuesto era de 15 dólares por día de monitoreo, por dispositivo, y se le terminó adjudicando a la empresa de Montoto por USD 20,25, y las otras empresas que prestan servicios similares en diferentes países como Colombia o Portugal, lo hacen por 4 o 5 dólares la hora, por dispositivo; por algo que acá Pullaro estaría adjudicando en 19,6 dólares para el renglón 1, y 17,2 dólares, por el renglón 2. 


Tuit capaz que relacionado: 

1 comentario:

  1. ¿Porqué contrata en dólares la Provincia de Santa Fe? ¿Los pesos no son moneda legal en esa Provincia?

    ResponderEliminar