domingo, 29 de abril de 2012

YPF: ¿QUÉ VOTARON LOS RADICALES?


Sin dudas desde el punto de vista político los números que arrojó el tablero de la votación en general del Senado del proyecto de expropiación de YPF son impactantes: 63 senadores sobre 70 presentes (el 90 %) a favor, una muestra a priori de la amplitud del respaldo al proyecto enviado por Cristina.

Sin embargo cuando se analizan los números de la votación en particular de cada uno de los 19 artículos de la ley, las cosas cambian, como vemos acá:


Más que "puntos importantes" como decía Infobae (de donde fue captada la imagen), son todos los puntos del proyecto, y vemos como salvo el artículo 1º (que obtuvo la misma cantidad de adhesiones que la votación en general), en todos los demás el números de votos positivos bajó; casi en la misma medida en que subieron los votos en contra, lo que implica que no variaron los números por abstenciones, sino por votos negativos de bloques opositores.

Acá pueden acceder al texto original enviado por el Poder Ejecutivo, y recuerden que en el debate se introdujeron modificaciones en el artículo 1 (para incorporar la exploración petrolera dentro de la declaración de interés público)  y en el 7, para incorporar dentro de la declaración de utilidad pública y sujeción a expropiación, a YPF Gas S.A..

Ahora bien, si bien se puede entender que una fuerza política vote en un sentido en general (por ejemplo apoyando, porque comparte la filosofía o la idea global) y en otro distinto en cada artículo en particular (porque tiene objeciones particulares que hacer, o propuestas instrumentales alternativas), el comportamiento opositor en éste caso en particular y sobre todo el del radicalismo (que tiene el bloque de senadores más importantes), es bastante desconcertante.

Porque por ejemplo si se analiza el texto del artículo 1 (que lo votaron a favor) se verá que es conceptual y declarativo (no por eso menos importante: la declaración de interés público de una actividad habilita la fijación de un marco regulatorio para ella, algo que hoy no existe respecto del mercado de los hidrocarburos, o es muy endeble), pero también lo son los artículos 2 (que refiere a la concurrencia de esfuerzos entre el Estado nacional, las provincias  el capital privado nacional e internacional para lograr los objetivos que se propone la ley) y 3 (que fija los principios generales de la política hidrocarburifera del país); y los votaron en contra.

Y que decir de los artículos 7 a 18, que son los que refieren a la recuperación del control de YPF por parte del Estado: ¿a dónde conducen tantas apelaciones a la memoria de Yrigoyen, Mosconi e Illía durante el transcurso del debate, si luego no acompañaron ni siquiera la declaración de utilidad pública del 51 % de las acciones de la empresa, para que el Estado nacional las expropie y tome el control de la petrolera?

Recordemos que en su proyecto alternativo, los radicales planteaban que se abriera una instancia negociadora de seis meses con Repsol, para acordar con el Estado el precio por sus acciones y su salida de la empresa, un absurdo: aun declarando de utilidad pública y expropiando, hay una instancia de avenimiento previo entre las partes, a partir del precio de la indemnización fijado por el Tribunal de Tasaciones de la Nación.  

A ver si se entiende: además de descargar en el recinto sus críticas al kirchnerismo (Morales llegó a exigir un público pedido de disculpas de los que en su momento apoyaron la privatización) y sacar a relucir los antecedentes radicales en materia de petróleo (que no los vamos a negar), proponían una solución al problema que consistía en tratar con más benevolencia a los impresentables de Repsol, y por eso (es la única explicación posible) votaron en contra en la votación en particular, todos los artículos que referían a la expropiación.

Empezando por el 7, que declaraba de utilidad pública el 51 % del paquete accionario de YPF S.A., y sin el cual no se podía avanzar en el resto de la ley, por exigencia del artículo 17 de la Constitución Nacional y del propio tratado bilateral de protección de inversiones entre la Argentina y España -ratificado por la Ley 24.118- en su cláusula quinta.

Daría toda la impresión que dentro del radicalismo prevalecieron consideraciones políticas para evitar que ese tablero emblemático de la votación en general (que es el que rebota mediáticamente) no los colocara otra vez del lado de los perdedores, y en contra de su propia historia y su propio discurso, como les ocurrió por ejemplo con la estatización de los fondos que administraban las AFJP, o la ley de medios.

Incluso hubo dos radicales (los de Catamarca) que se abstuvieron ya en la votación en general; lo que revela el nivel de despelote interno que se les armó a partir de la iniciativa de Cristina; y que parece que seguirá cuando se vote en Diputados, con la rebelión encabezada por Aguad.

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