viernes, 12 de octubre de 2012

UNA INOCENTE CONFUSIÓN DEL MERCADO


Por A.C.

Sugestivamente, aprovechando la situación planteada en la Provincia del Chaco, en relación al pago en pesos de bonos en dólares emitidos por esa Provincia, inocentemente, las páginas económicas del establishment se confunden. Se confunden igual que el siempre desinteresado replicante diario El Litoral, en ésta nota.
El Litoral sostiene que “El gobernador socialista lució su rosa en la solapa para intentar seducir en Wall Street; quiere que le compren bonos por U$S 500 millones, con los que sueña iniciar obras públicas hasta el final de su gestión.” Mientras el Gobernador de Santa Fe luce rosas en la solapa y sueña con iniciar nuevas obras, los santafesinos soñamos con que, en lugar de comenzar nuevas obras, termine por lo menos alguna de las iniciadas durante la gestión socialista iniciada en el 2007.
Y la nota -dictada por el mercado- continúa con lo siguiente: “El caso de Chaco “genera serias dudas sobre la capacidad de emitir en dólares” por parte de las provincias y de las empresas privadas, dijo ayer Gabriel Torres, de la calificadora Moody’s. Sostuvo que el problema “no se relacionan con los fundamentos económicos del país, sino con la falta de confianza en las políticas públicas” del gobierno nacional.”.
Antes de hablar, tendrían que conocer la normativa que rige para ese tipo de endeudamiento, y entonces no se les generarían tantas dudas.
Desde julio de 2010 (Comunicación “A” 5099 del BCRA), se estableció un diferente tratamiento para las emisiones locales de títulos (como es el caso de la Provincia del Chaco) y las emisiones externas de títulos de deuda ya sea por parte de gobiernos locales, como de los residentes en el país del sector privado financiero y no financiero.
En ese sentido, para que una emisión provincial o del sector privado financiero y no financiero sea considerada externa, la Comunicación “A” 5099 establece que: a) deberán ser emisiones efectuadas en el extranjero acorde a las reglamentaciones del país de emisión; b) que estén sujetas a ley extranjera; c) que hayan sido ofrecidas y suscriptas mayormente en el exterior, para lo cual la emisión debe dar cumplimiento a las reglamentaciones del país de suscripción, y d) que sean integradas en su totalidad en el exterior.
El caso de la provincia del Chaco, por el que se preocupa tanto el mercado, responde a que es un pago de una emisión en moneda extranjera efectuada bajo legislación nacional, y para acceder al mercado único de cambios para el pago de obligaciones en dólares, es preciso que el bono esté bajo legislación del exterior, en cuyo caso el pago en dólares está garantizado.
Es decir que no hubo ninguna modificación en las reglas y no existe ninguna restricción cambiaria para que el Estado Nacional atienda sus vencimientos de capital e intereses de títulos pagaderos en moneda extranjera, y por la sencilla razón que esos títulos fueron emitidos cumpliendo las condiciones de la Comunicación “A” 5099 del BCRA. Del mismo modo que si un Estado Provincial hubiera emitido bonos en las mismas condiciones. Pero los bonos chaqueños se emitieron bajo legislación nacional. Es extraño que al mercado se le escape este pequeño detalle.
¿Pero porqué entonces se publican estas inexactitudes tan evidentes?
Por la intención especulativa del mercado financiero, que quiere instalar una falsa similitud entre el caso de Chaco y los bonos nacionales.
¿Para qué? Para producir la baja del precio de los bonos nacionales, generando el rumor de que no se pagarían en dólares. Entonces, asustados tenedores de bonos nacionales, salen a vender a bajo precio, y ellos compran los bonos que saben que van a recuperar su valor porque se van a pagar en dólares. Pero con la instalación del rumor, los compran baratos y hacen ganancias abultadas. Operaciones de rebote, como las llama el mercado.
Por estos rumores, los bonos en dólares mostraron bajas generales. El cupón del PBI en dólares bajo legislación argentina cayó un 3,6%, el Discount en pesos el 1,2% y el Bonar 2017 el 1,6 por ciento. Las bajas alcanzaron tanto a los casos emitidos bajo legislación nacional como los que se encuentran bajo legislación extranjera.
Especulación pura, fogoneada por las calificadoras de riesgo (que mejor deberían ocuparse de la desastrosa situación europea), calificadoras que nunca le perdonaron a Argentina, la política de desendeudamiento iniciada por Nestor Kirchner y continuada a rajatabla por la Presidenta.
Si los bonos argentinos no tienen buena calificación de las “calificadoras”, pese a datos económicos objetivos (crecimiento del PBI, resultado fiscal, balanza comercial, nivel de reservas, etc), ¿Qué calificación le correspondería hoy a los bonos griegos, irlandeses, italianos o españoles? Según las calificadoras, los títulos de los Estados europeos en crisis son más confiables. Es la magia del mercado.
Y para terminar, frente a la preocupación de El Litoral, que sería la misma del Gobierno de Santa Fe, la de financiar nuevas obras mediante la emisión de títulos (¿tendrá algo que ver la obra del nuevo puerto y el pago de los terrenos expropiados a uno de los dueños del diario), pueden quedarse tranquilos.
La Comunicación “A” 4927 del BCRA, fija como excepción a la norma general (que es que las emisiones deben ser efectuadas en el extranjero con ley extranjera), la posibilidad de acceso al MULC (Mercado Unico Libre de Cambios) para la atención de servicios de emisiones locales destinadas a financiar obras de infraestructura en el país. Esa excepción está contemplada hoy en el punto 5 de la comunicación “A” 5265.
Es decir, que para obra pública, está posibilitado el endeudamiento. Pero la real preocupación no es de El Litoral, sino de los santafesinos.
Porque el tema es que el gobierno provincial después de endeudarse si emite los títulos, no vuelva a su incurable vicio de dilapidar enormes fondos en gastos corrientes, manteniendo la obra pública paralizada, como desde hace años, a pesar de haber dispuesto desde el 2007, los presupuestos más altos en la historia provincial.

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