sábado, 15 de diciembre de 2012

NOBLEZA OBLIGA


El fallo de ayer del juez Alfonso y el dictamen del fiscal Uriarte en los días previos tienen algunos puntos en común:

Subrayan que es opinable que las licencias para prestar servicios de comunicación audiovisual sean parte de los derechos de propiedad de los licenciatarios (como Clarín), porque no son derechos preexistentes, sino otorgados por el Estado, a partir de la administración de un bien público, como el espacio radioeléctrico.

Señalan que cualquier perjuicio económico que sufriera Clarín por tener que desinvertir es hipotético, debe demostrarse justamente cuando el proceso de desinversión se ponga en marcha; y en su caso es indemnizable.

Fustigan con dureza las medidas cautelares ordenadas en la causa justamente porque no se advierten cuáles serían los derechos que la ley de medios pone en riesgo, que en modo alguno puede entenderse que sea la libertad de expresión (algo que Clarín no demostró, según puntualizan), que por el contrario se vería fortalecida con la aplicación de la ley.


Y finalmente destacan que las leyes gozan de presunción de constitucionalidad, y por ende deben cumplirse; por lo que suspender su ejecución por vía de medidas cautelares sólo puede admitirse excepcionalmente cuando quien las cuestione judicialmente, logre desvirtuar con argumentos contundentes esa presunción.

Ese es el presupuesto para que proceda cualquier cautelar, algo esencial a tener en cuenta a partir del lunes, cuando Clarín apele y comience la discusión (que ya está planteada) sobre si el Estado puede o no avanzar en la adecuación de oficio del Grupo a la ley.

Y finalmente ambos destacaron la potestad del Estado para dictar leyes que desarrollen políticas públicas (en este caso en materia de comunicación y medios), aunque eso implique volver sobre sus propios pasos (por ejemplo la prórroga de las licencias dispuestas por el DNU 527/05), si entiende que de ese modo se tutelan mejor los intereses públicos, o los derechos de los ciudadanos.


Sin embargo esos argumentos (los primeros dichos hasta acá por la justicia sobre el fondo de la cuestión), aunque van al centro del debate jurídico en torno al tema, no son originales: las imágenes que están intercaladas más arriba con son fragmentos del dictamen que emitiera el ex Procurador General Esteban Righi en diciembre del año pasado, al que pueden acceder completo acá.; previo a que la Corte fallara en la causa de la cautelar promovida por Clarín, poniéndole tope al 7D.

En esa oportunidad Righi intervenía por primera vez en la causa de la ley de medios, porque la Corte no le dio vista en la primera oportunidad en que se explidió sobre la cautelar, allá por septiembre del 2010; y luego de haberlo hecho, se tomó seis meses tras el contundente dictamen del ex Procurador para resolver el 22 de mayo pasado.

Y en esa oportunidad, tal como lo señala acá Mario Wainfeld en Página 12, no atendió en su totalidad los argumentos de Righi, que son sustancialmente los mismos que esta semana desarrollaron tanto el fiscal Uriarte como el juez Alfonso.

Más allá de la justa reivindicación del "Bebe" Righi (en la foto que encabeza el post, jurando como Procurador General ante Néstor), cabe decir que desde hace casi un año las principales líneas argumentales para defender la constitucionalidad de la ley de medios de los cuestionamientos de Clarín estaban escritas en el propio ámbito del Poder Juidicial, y eran conocidas.

Como también decir que lo que se vino haciendo desde entonces es patear la pelota para adelante tanto por parte del Grupo (lo que es comprensible, porque defiende sus intereses), como por parte de la Corte, esquivando definiciones más contundentes, y posibilitando (al menos por omisión) que se llegara hasta este punto, con la ley pendiente de aplicación integral; a más de tres años de dictada.

Es de esperar que no suceda lo mismo con el fallo de Alfonso, a partir de las previsibles apelaciones y planteos de Clarín.

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