domingo, 16 de junio de 2013

MANUAL PARA RELATORES


El Frente Progresista a lo largo de más de cinco años de gestión, se ha destacado por la designación en puestos claves de relatores de la realidad. Los funcionarios de la Provincia de Santa Fe, no tienen capacidad o no les interesa modificar situaciones que perjudican a la población. Solo se dedican a hacer comentarios. Aunque tengan en sus manos las herramientas jurídicas, las estructuras administrativas, los recursos humanos y presupuestarios para modificar situaciones, ellos solo se especializan en relatar.

Nos cuentan por lo medios lo que pasa, nos dicen lo que según ellos sucede, y hasta ahí llegan. Incluso, aunque declaren no estar de acuerdo con la situación que describen, no hay propuestas, actividad o gestión dirigida a modificarla. Solamente nos cuentan que pasa. Ese es el concepto de gestión del frente liderado por un “socialismo” que en Venezuela votaría a Capriles, y en Argentina comparte el proyecto de país de Macri, un país para pocos, donde se privilegien los intereses de los sectores concentrados de la economía.

Desde que celebrara el Gobierno Nacional el acuerdo de precios con las cadenas de supermercados en febrero de éste año, y ahora extendido sobre 500 productos a partir del 01/06/2013, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe adoptó una postura inexplicable: desentenderse del acuerdo, como si la Provincia de Santa Fe fuera otro país.

Durante el mes de Febrero, invocando argumentos insostenibles, delirantes, como señaláramos entonces en éste post, el funcionario de quien depende la Dirección de Comercio Interior de la Provincia, hacía declaraciones.  Siempre relatando. Y pretendía no tener legislación ni potestades para intervenir ante la posibilidad de falta de cumplimiento del acuerdo de precios.

Un absurdo jurídico, ya que es innegable la vigencia de los Decretos 762/85 y 850/94, y la Dirección General de Comercio Interior resulta la autoridad de aplicación en la Provincia de normas nacionales de comercialización, entre ellas la Leyes 22.802 (Lealtad Comercial), 20.680 (Abastecimiento) y 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor) y sus normas complementarias. Solo comentarios, comentarios absurdos, pero ninguna acción concreta desde la Provincia para acompañar una medida que favorecía a la población.  

Quizás porque apostaban y apuestan al fracaso del acuerdo de precios, un acuerdo exitoso y ahora prorrogado, siguen manteniéndose en el absurdo relato sin hacer nada. Y ahora aparece frente al mismo acuerdo, un nuevo relator: El Ministro de la Producción, Carlos Fascendini.

Como se puede ver en la nota Están faltando productos de las lista de los 500 congelados” el Ministro Provincial declara que “lo que no se ha producido son las ofertas públicas de los precios que iban a hacer las empresas. Si esto ocurriera se podría estar aplicando la ley de defensa del consumidor. Por lo tanto, solo podemos relevar e informar la secretaría de Comercio interior. Nosotros no podemos sancionar a los hipermercados, que firmaron el convenio".

El Ministro debería repasar la normativa vigente y las facultades de la Provincia frente al incumplimiento de la normas nacionales de comercialización. Y repasar los listados de precios publicados.

Pero a ellos solo les interesa el relato. Lo ayudamos al Ministro por si quisiera hacer algo más que relatar, recordándole que la provincia de Santa Fe está dentro de la República Argentina. Tome nota Ministro:

1- A un acuerdo de precios como el celebrado por el Gobierno nacional para que rija en todo el territorio del país, le son aplicables las normas sobre comercialización.

2- Si los precios acordados no se respetaran, o hubiera faltante de productos,  se estarían vulnerando los derechos de los consumidores consagrados en la Constitución Nacional y en la Ley 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor), ley de la cual la Dirección de Comercio Interior de la Provincia es autoridad de aplicación. Y tiene facultades para aplicar sanciones, en éste caso en base a los artículos 7 y 8 de la Ley 24.240.

La no efectivización de la oferta será considerada negativa o restricción injustificada de venta, pasible de las sanciones previstas en el artículo 47 de esta ley.” (Art.7-Ley 24.240).

Por eso cuando el Ministro Fascendini declara que: “Por lo tanto, solo podemos relevar e informar a la secretaría de Comercio interior. Nosotros no podemos sancionar a los hipermercados, que firmaron el convenio", el Ministro miente. Y utiliza el manual para relatores: nos cuenta que pasa, o lo que le parece que ocurre , o lo que alguien le dijo que ocurría. Pero no hace nada.

El Gobierno Provincial puede colaborar con el cumplimiento del acuerdo. Pero no lo hace. Solo relata y apuesta al fracaso de una medida que favorece a la población, y sobre todo, favorece a los sectores más humildes que destinan la mayor parte de sus ingresos a adquirir alimentos.

Poeque estos “progresistas“,  se preocupan por otros sectores, no por la gente. Hace unos días, Bonfatti pedía pÚblicamente una devaluación del 40%, y declaraba que Hay un atraso cambiario enorme, de eso no tengo ninguna duda.
  
Junto a los sectores concentrados de la economía, el Gobernador pedía una fuerte devaluación del peso. Y Bonfatti sabe perfectamente, que el efecto devaluatorio tendría una enorme consecuencia inflacionaria sobre los precios internos y marcadamente sobre el rubro alimentario. La devaluación beneficiaría a los sectores exportadores y a los grupos económicos que fijan precios en el mercado interno, en perjuicio de los asalariados.

Y por eso, mientras piden devaluaciones, no defienden el acuerdo de precios. No es porque no tengan normativa, sino porque defienden otros intereses.

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