sábado, 31 de mayo de 2014

¿PUEDE TENER IMPORTANCIA LA OPINIÓN DE UN DIARIO LLENO DE BURROS?


Según nos dice el diario del Loco Lindo, en el 2006 se intentó arreglar la deuda con el Club de parís, y Boudou era ministro de Economía, suponemos que de Néstor Kirchner, que por entonces era el presidente (lo fue, si la memoria no nos es infiel, hasta el 10 de diciembre del 2007). 

El problema es que la decisión de pagarle la deuda al Club de París vino bastante después, el 2 de septiembre del 2008, por el Decreto 1394 de Cristina que pueden ver acá:



Y la crisis de las sub prime, Lehman Brothers y la debacle financiera internacional no habrían tenido nada que ver con que no se paga antes esa deuda, al parecer: todo fue culpa de un capricho de Néstor.

En el mismo diario, el mismo día (ayer) nos encontramos con esto otro, hablando de la media sanción del Senado a la ley que crea la Universidad de la Defensa: 


Alguien le tendría que explicar a éste buen señor que los DNU (decretos de necesidad y urgencia) no tienen nada que ver con la convocatoria del Congreso a sesiones extraordinarias que puede hacer el Presidente, porque ésa es una atribución que le otgorga la Constitución Nacional en su artículo 99 inciso 9): "Prorroga las sesiones ordinarias del Congreso, o lo convoca a sesiones extraordinarias, cuando un grave interés de orden o de progreso lo requiera.". 

Si este buen señor dice que la idea de que la defensa nacional es un asunto que compete también a los civiles se la copiamos al chavismo, entonces la Ley de Defensa Nacional 23.554 (de 1984) ya era chavista aun antes de Chávez, porque en su artículo 6 dice: "La Defensa Nacional constituye un derecho y un deber para todos los argentinos, en la forma y términos que establecen las leyes. ".

Por si le quedaba alguna duda, hay más artículos que reafirman lo mismo, a saber:

El artículo 9 inciso h), que menciona entre "los integrantes de la defensa nacional" a "El Pueblo de la Nación mediante su participación activa en las cuestiones esenciales de la Defensa, tanto en la paz como en la guerra de acuerdo a las normas que rijan la movilización, el Servicio Militar, el Servicio Civil y la Defensa Civil. "

El artículo 25: "Todas las personas de existencia visible y/o jurídicas sujetas a las leyes argentinas, podrán ser requeridas para el cumplimiento de obligaciones destinadas a asegurar la Defensa Nacional. "

Y el 27: "El servicio civil de defensa es la obligación de prestar servicios no militares, que deben cumplir los habitantes del país, a fin de satisfacer necesidades de preparación del potencial nacional para la eventualidad de una guerra, o para sostener el esfuerzo bélico ante el conflicto ya declarado. "

Pero siguiendo el razonamiento del artículo, más chavista aun sería la propia Constitución Nacional, que en su artículo 21 dice (desde 1853) lo siguiente: "Todo ciudadano argentino está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los decretos del Ejecutivo nacional. ".

Opinar opina cualquiera, eso sí: habría que tomar la precaución de no andar diciendo tantas burradas juntas.

Y lo curioso es que son todas siempre para el mismo lado.

1 comentario:

  1. Los diarios de tu provincia a los que aludís no están llenos de burros sino de taimados mentirosos y tergiversadores de la realidad, tanto la actual como la pasada. Esperan que sus lectores "busquen" cualquier tipo de pescado podrido para poder arrojarle al Gobierno Nacional, o bien que sean aún tan ingenuos como para tragárselo.
    Todo lo que pueda dañar o esmerilar al Gobierno, les viene bien.
    Eso, más que "ser burro" se llama "ser turro".

    Saludos

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