Los Considerandos del DNU ilegítimo de Macri 267/15, por
los que disuelve la AFSCA y la AFTIC y acomoda el diseño de la regulación al
grupo Clarín-Cablevisión, parten de un paradigma economicista neoliberal: las
industrias de medios y telecomunicaciones, inicialmente separadas, tienden a
converger porque el avance científico va eliminando las barreras tecnológicas
que inicialmente las separaban.
El argumento se posiciona definitivamente a favor de la
concentración de medios y servicios de telecomunicaciones en manos de los
operadores que gestionen las redes sobre las que ellos se monten. Entienden que
el facilitamiento de semejante escala de negocios activará la competencia y de
la mano de ello nos acercará como país a la frontera tecnológica, en beneficio
de usuarios y consumidores.
La lógica de la Ley 26.522 es decididamente otra: lo
importante no es el soporte y la viabilidad del negocio, lo importante es el
contenido de la comunicación audiovisual, su circulación libre y plural.
Imperdible para profundizar el tema, el reportaje de
Martín Granovsky en Página 12 del 3.1.15 a Diego de Charras, Director de la
Carrera de Comunicación, Facultad de Ciencias Sociales UBA.
En el mismo, aun siendo anterior a la publicación del DNU, le desarma los pretendidos argumentos que el DNU contiene, y contradice el sentido de referencias a
normas de derecho comparado que se citan.
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