sábado, 28 de septiembre de 2013

INFÓRMESE E INFORME MEJOR, SEÑOR DIPUTADO


No siga repitiendo como loro lo del 34 % del "piso" de coparticipación, que estaba en la Ley 23.548 (del gobierno de Alfonsín), pero ya no existe más, hace años; desde por lo menos la Ley 25.570 (2002); cuyo artículo 2 dice: "Déjanse sin efecto todas las garantías establecidas con anterioridad sobre los niveles a transferir por el GOBIERNO NACIONAL correspondientes a los regímenes de distribución de recursos nacionales coparticipables comprendidos en los artículos 1, 2 y 3 del "ACUERDO NACION-PROVINCIAS SOBRE RELACION FINANCIERA Y BASES DE UN REGIMEN DE COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS".".

Y menos cuando la Ley 23.548 (inconstitucionalmente) contaba todos los ingresos de la Administración Central del Estado nacional para fijar el piso del 34 %, aun los que no son coparticipables, como los derechos de exportación o las contribuciones de la seguridad social; que son justamente los que más crecieron en estos 10 años.

Si fuera como usted dice, pregúntele al gobierno provincial por qué razón amagó varias veces con demandar a la Nación por no cumplir con ese "piso" y nunca lo hizo: la respuesta en sencilla, porque saben que perderían el juicio.

Sea serio y compare lo que las provincias percibían por coparticipación y otras transferencias nacionales en el 2003 con lo que perciben ahora con la misma base, por ejemplo el porcentaje que ese dinero representa sobre el PBI; y verá que creció del 6 al 9,4 % del PBI

No meta la discrecionalidad en cualquier lado, y no mezcle en el análisis la coparticipación federal con el gasto nacional en las provincias, porque correrá el riesgo de hacer un papelón.

Porque la coparticipación desde el 2003 para acá se sigue distribuyendo exactamente igual que antes, automáticamente en forma diaria, y  en base a los criterios de la Ley 23.548 y todas las leyes y pactos posteriores que la modifcaron: los únicos cambios introducidos por el kirchnerismo fueron la afectación al Tesoro nacional del 70 % del impuesto al cheque por la Ley 26.180 (con la Alianza, cuando se creó el impuesto por la Ley 25.413, en la gestión de Cavallo, la Nación se llevaba el 100 %), y la afectación especial creada sobre diferentes gravámenes para que la inversión en educación llegara al 6 % del PBI (hoy 6,51 %).

Y esto último nada tiene que ver con la relación nación-provincias, porque todos aportan a ese fin: así como lo hacen en el 15 % de la masa coparticipable que va a la ANSES.

Sobre lo cual debería informarse debidamente porque rebuzna: no fue prorrogada por un decreto presidencial (no podria serlo en términos constitucionales, porque no se puede dictar un DNU sobre cuestiones tributarias), sino por el artículo 76 de la Ley 26.078; que Binner (el primer candidato a diputado de la lista del FPCyS) votó a favor siendo diputado.

Que después se haya olvidado, y siendo gobernador iniciara un reclamo a la Nación por ese tema es un problema de ustedes, que eligen candidatos flojitos de memoria, o incoherentes. Como tampoco es culpa nuestra que sea la segunda vez que usted diga la misma sandez, de que la afectación del 15 % fue prorrogada por un DNU.

Y si de lo que quiere hablar (a tenor de los datos que vuelca, sin mayores precisiones) es del gasto nacional en las provincias, sea serio entonces: sepa que el 71,16 % del gasto nacional en Santa Fe corresponde a los beneficios de la seguridad social que liquida la ANSES (jubilaciones, pensiones, asignaciones familiares incluyendo la AUH), y un 94,09 % a "Transferencias", que además de las prestaciones de la seguridad social involucra las partidas para las universidades nacionales con sede en la provincia, el CONICET, el PAMI y las pensiones no contributivas del Ministerio de Desarrollo Social.

¿Dónde estaría allí la discrecionalidad, diputado?

Si lo que quiere es discutir el gasto nacional por habitante en Santa Fe contra el promedio del país, bueno sería que aclarase cuáles son las provincias que están por encima de la media; que son las del NOA, NEA y la Patagonia, es decir las más  necesitadas de recursos aportados por el Estado nacional para cumplir lo que establece la Constitución Nacional (artículo 75 inciso 2.) en cuanto a que la distribución de los recursos entre la Nación y las provincias "dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional".  

Bueno sería entonces que el Estado nacional gastase más en Santa Fe que en el Chaco, Formosa o Jujuy.  

Lo que sería realmente bueno diputado es que usted aclarase además que, dentro de las provincias más favorecidas pertenecientes a la pampa húmeda, Santa Fe supera en gasto del Estado nacional por habitante a Córdoba, y aun a la provincia de Buenos Aires.  

A lo que debe añadirse que hay gastos del Estado nacional difíciles de clasificar geográficamente por provincias, como los subsidios a las tarifas de luz y gas; de los que se benefician todas, aun las que aumentan sistemáticamente las tarifas, como Santa Fe.

Si le queda alguna duda diputado, antes de seguir sanateando con apariencia de argumentación, dése una vuelta por acá y lea éste documento; que no le vamos a cobrar nada. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario