Por A.C.
El programa “PRECIOS CUIDADOS” fué lanzado por el Gobierno Nacional en el mes de Enero de 2014. Y es bueno recordar que resultó parte de las medidas que debieron tomarse a causa del golpe de mercado que a principio del año pasado encabezaron los grupos financieros y exportadores mediante el alza artificial del precio del dólar, persiguiendo –como siempre- una devaluación de nuestra moneda, para transferir de ese modo al bolsillo de unos pocos la riqueza generada en el país.
En ese marco, se lanzó el programa inicialmente con 194 productos, mientras por supuesto, los medios de comunicación concentrados vaticinaban su fracaso rotundo por ir contra “las reglas del mercado”.
Un actor relevante en el proceso económico a quien en la ortodoxia liberal inexplicablemente ignora, el consumidor, apoyó con su compra cotidiana el programa. Entonces esa lista inicial de 194 productos, llega hoy a 506 productos a través de su nueva actualización que abarca el trimestre julio-septiembre de 2015, y que muestra un programa donde las empresas proveedoras se incrementaron de 60 a 115, empresas interesadas en el beneficio que trae un alto volumen de ventas que permite obtener interesantes ganancias aunque los precios ofrecidos sean inferiores. Un elemental principio de una economía sana, aumentar ganancias incrementando el volumen de ventas y no mediante el aumento del precio del producto.
El programa destinado al fracaso según los expertos del mercado, hoy ofrece sus productos en más de 2.000 sucursales de las grandes cadenas de supermercados, también en más de 300 establecimientos de supermercados y autoservicios regionales, en unos 5 mil almacenes agrupados en la Red Comprar y cuenta con 120 proveedores mayoristas.
Y como en 21 meses, desde enero de 2014 hasta ésta última actualización que llega a Septiembre de 2015, los precios del acuerdo tuvieron un aumento del 19,5% (menos del 1% mensual), la preferencia del consumidor es clara y por eso la demanda de los artículos de Precios Cuidados creció en un 78 por ciento, un crecimiento en las ventas muy superior a cualquiera de los productos que quedaron fuera del programa.
En términos de cumplimiento del acuerdo, la Secretaría de Comercio sostiene que el abastecimiento alcanza un porcentaje habitual en el negocio de los supermercados, el 80% de los artículos, y la señalización establecida para los productos del programa se cumple en un 90%.
En la Provincia de Santa Fe, con este socialismo extraño que gobierna, cuyo longevo referente Hermes Binner sostiene que cree “en la mano invisible del mercado”, el programa fue boicoteado en primer término y posteriormente deliberadamente ignorado por el organismo provincial que tiene a su cargo la defensa de los consumidores santafesinos.
Como señaláramos en un post anterior, el funcionario provincial que tiene a su cargo la Dirección General de Comercio Interior, cuando el programa Precios Cuidados fue lanzado, declaraba públicamente que carecía de facultades para intervenir en un programa nacional de precios.
Luego de estas insólitas declaraciones públicas, alguien le debe haber señalado al funcionario socialista que existen los Decretos Provinciales 762/85 y 850/94, a través de los cuales el organismo a su cargo resulta autoridad de aplicación en la provincia de Santa Fe de las normas nacionales de comercialización. En tanto el programa lógicamente se encuadra dentro de ésta normativa, el organismo a su cargo como autoridad de aplicación de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, posee plenas facultades para controlar el cumplimiento del programa y en su caso, aplicar sanciones a los comercios o proveedores adheridos que incumplan con el acuerdo.
Sin embargo, más de un año y medio después de la vigencia de Precios Cuidados, en la Provincia de Santa Fe no se conoce ninguna actuación del organismo provincial en referencia al programa vigente. Ni en la Ciudad de Santa Fe, ni en Rosario, ni en ninguna otra localidad de la provincia, la Dirección General de Comercio Interior ha efectuado actuación o inspección alguna, ni ha controlado de ningún modo que se cumpla con los términos del acuerdo. Y por supuesto, si no se realizaron controles, no pudo aplicarse ninguna sanción a quienes violan los términos del acuerdo.
¿Diferencias ideológicas con los términos del programa? ¿Desinterés por los derechos de los consumidores? ¿Preservación de intereses comerciales ajenos al objeto del organismo? ¿Confianza ciega en la mano invisible del mercado?
Tampoco a ningún periodista de los principales medios locales (siempre tan aguerridos en sus críticas al Gobierno Nacional), se le ocurrió preguntarle al funcionario en cuestión, porqué los consumidores santafesinos tienen que soportar la deliberada inacción de un organismo que está para proteger sus derechos.
Llamativo, pero no inexplicable. Los santafesinos conocemos que si en algo ha tenido éxito esta gestión “socialista”, es en la aceitada relación que consiguió con el periodismo de los principales medios gráficos, radiales y televisivos.
Como el organismo nada publica al respecto, desafiamos al “periodismo independiente” santafesino para que se informe y nos informe, cuantas sanciones a comercios o empresas (apercibimientos, multas o clausuras) aplicó la Dirección General de Comercio Interior en toda la provincia desde el año 2008 hasta el año 2015, por incumplimientos de leyes nacionales de comercialización, como las de Defensa del Consumidor o Lealtad Comercial. Si la respuesta es la que sospechamos, algo no funciona, o bien habría que iniciar un proceso de beatificación de los empresarios que actúan en ésta provincia.
El organismo provincial , como antes ignoraba la existencia de los Decretos 762 y 850, al parecer ahora también desconoce que se sancionó el año pasado la Ley 26.993. Todo acuerdo o normativa que resguarde los intereses de los consumidores, encuentra en éste organismo poca disponibilidad a su aplicación.
La Ley 26.993 establece un nuevo procedimiento en lo relativo al trámite de las denuncias iniciadas por consumidores, y entre sus regulaciones presenta el artículo 16, una disposición muy acertada para poner fin a la conducta dilatoria de algunas empresas cuando son citadas a audiencias a causa de denuncias en su contra. La falta de presentación de la empresa posibilita aplicarle una multa como sanción, de la cual, la tercera parte de su importe se destina al consumidor.
Sin embargo en la provincia, éste extraño socialismo muchos meses después de la vigencia de la norma sancionada en Septiembre de 2014, no aplica la ley vigente, no adecuó el trámite de las denuncias al nuevo procedimiento, y por ello, tampoco se conoce la aplicación de ninguna sanción en los términos del artículo 16.-
Es más que improbable que desde la sanción de la Ley 26.993, todos y cada uno de los comercios y empresas que fueron citados a audiencias en la Dirección General de Comercio Interior hayan asistido a las mismas.
Y entonces vuelven éstas mismas preguntas: ¿Diferencias ideológicas? ¿Desinterés por los derechos de los consumidores? ¿Preservación de intereses comerciales ajenos al objeto del organismo? ¿Confianza ciega en la mano invisible del mercado?
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