sábado, 22 de agosto de 2015

LOS QUE QUIEREN UN ESTADO BOBO


Cuando en esta entrada comentábamos el proyecto de ley que Cristina enviará al Congreso para crear la Agencia de Participaciones Estatales en empresas privadas, y limitar la posibilidad de venta de sus acciones en las mismas, recordábamos el caso del DNU 441 dictado por ella misma en el 2011.

Por ese decreto (comentado en su momento acá) se eliminaban las restricciones que estableció en los 90' la Ley 24.241 (la que creó el sistema de AFJP) a los derechos políticos que le correspondían a las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones, cuando adquirían participación accionaria en alguna empresa.

Recordemos que por entonces muchas empresas líderes de la Argentina se financiaron con los aportes de los trabajadores administrados por las AFJP, emitiendo obligaciones negociables o ampliaciones de su capital invitando a la suscripción de nuevas acciones, las que eran adquiridas por las compañías que regenteaban el sistema de capitalización.


Sin embargo, cualquiera fuera su aporte y la consecuente dotación de acciones que le correspondieran, la AFJP que ponía plata en una empresa privada no podía ejercer derechos como accionista más que por el 5 % del capital de la empresa: un negocio redondo para las compañías que se fondeaban con la plata de los trabajadores, sin correr el riesgo de perder el control de las empresas; y la dirección de sus negocios.

Cuando en el 2008 se liquidó el sistema de capitalización a través de la Ley 26.425 y desaparecieron las AFJP, todos sus activos fueron transferidos a la ANSES para que los administrara a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (la famosa "plata de los jubilados", mal llamada así) ; y un 11,3 % de ellos (a valores de hoy, antes eran menos pero las acciones se capitalizaron porque crecieron en la cotización bursátil) son esas participaciones accionarias. 

Pero junto con los activos, se transfirió la restricción: aunque el Estado (o la ANSES, a través del FGS) tuviera una buena parte del paquete accionario de una empresa, sólo podía ejercer derechos políticos (voto en las asambleas, designar miembros en el directorio) por el 5 %. 


Esa restricción estalló en el caso testigo de Siderar (la nave insignia del grupo Techint en la Argentina), en la que el FGS tenía el 27 % de las acciones, pero no podía siquiera designar representantes en el directorio; mucho menos influir en las decisiones de la empresa, como por ejemplo que las abultadas utilidades no se distribuyeran entre los accionistas, sino que se reinvirtieran en aumentar la producción de un insumo crítico y difundido como el acero.

El DNU 441 eliminó esa restricción, de modo de crear las condiciones para generar una participación "inteligente" del Estado en esas empresas, a cuyo capital accionario accedió (como recordábamos en el post anterior) por decisiones de las AFJP en los 90', en el marco de la lógica del mercado.

Lo que no impedía que -una vez tomada la decisión estratégica de liquidar el sistema de AFJP- se le diera un sentido estratégico, alineando a la empresa con los objetivos generales de la política económica, o el modelo de acumulación y desarrollo productivo elegido; sobre todo cuando la empresa (como es el caso de Siderar o de Aluar, donde el FGS también tiene participación en el capital) está en una actividad crítica o estratégica para ese fin.


Como todo DNU (decreto de necesidad y urgencia) y como lo dispone la Constitución, el 441 debía ser tratado y aprobado por el Congreso, en el marco del procedimiento establecido por la ley 26.122.

Las imágenes que ilustran el post dan cuenta del resultado de la votación cuando el tema se trató en Diputados, donde hubo 114 votos afirmativos (todos del FPV y sus aliados), 58 votos en contra y 83 ausencias (que es lo que muestran las imágenes); de todo el entramado opositor: desde la izquierda hasta el PRO, como pueden ver. Muchos de ellos habían planteado antes en el Congreso la derogación del DNU (ver acá), alinéandose de lleno con los intereses de Techint en el caso Siderar.

De tal modo demostraron que prefieren un Estado bobo, que pone plata en las empresas privadas, pero no puede reclamar ningún derecho derivado de eso, ni pretender influir en lo que esas empresas hagan; ni siquiera cuando sea para lograr alinearlas con las necesidades del país.

Un antecedente a tener en cuenta para cuando se discuta en el Congreso el proyecto enviado por Cristina limitando la venta de las participaciones accionarias del FGS en ese conjunto de empresas. ¿Volverán a ausentarse o votar en contra, aun los que dicen estar en contra de las privatizaciones de los años 90'?  


2 comentarios:

  1. Buenas CKSF,

    Interesante que los troscos (Pitrola, Del Caño) votaron en contra. Si esa gente quiere control directo estatal y/o de los trabajadores en las empresas, cómo explican su oposición al límite a la designación de directores?

    Saludos,

    Andrés

    ResponderEliminar
  2. Inexplicable, como la mayoría de las cosas que hacen.

    ResponderEliminar