martes, 1 de agosto de 2017

ARMAS PARA EL PUEBLO


¿Se acuerdan cuando Roberto Navarro denunció en su programa que el gobierno gestionaba compras masivas de armamentos en los Estado Unidos, y salieron a desmentirlo?

Bueno, tal parece que tenía razón: la imagen de apertura corresponde a uno de los anexos del DNU 595, publicado hoy en el Boletín Oficial (completo acá); por el cual Macri amplía el presupuesto votado por el Congreso en diferentes rubros, pero además autoriza nuevas operaciones de crédito público (es decir, más endeudamiento) no sometidas en su momento a la discusión legislativa.

Entre ellas, las destinadas a la compra de equipamiento para las Fuerzas Armadas que pueden ver en la planilla, y que suman 360.470.000 de dólares, y 389.700.000 de euros; para la compra de aviones de transporte mediano, patrulleros oceánicos (de fabricación alemana), axiones Texan (turbohélices, de fabricación yanqui), pistolas y rifles de asalto. A la cotización de hoy de ambas divisas, algo más de 15.000 millones de pesos.

El único fundamento que da el DNU para las compras (que se harán, reiteramos, con endeudamiento público) es que "...en el marco de lo dispuesto por el ya citado artículo 60, (de la Ley 24.156 de Administración Financiera, aclaramos nosotros) resulta necesario autorizar la realización de las operaciones de crédito público correspondientes a los Proyectos “Adquisición de Patrulleros Oceánicos OPV”, “Adquisición de Aeronaves BEECHCRAFT T-6 TEXAN, Motores Aeronáuticos Turbohélice PT6A-68 y Soporte Adicional”, “Recuperación de las Capacidades de Transporte Aéreo de las Fuerzas Armadas Argentinas - Aviones Transporte Mediano” y “Suministro de Pistolas calibre 9x19, Rifles de asalto y Know-How”, teniendo en cuenta su trascendencia para la atención de los requerimientos inherentes a la defensa nacional, ....".

Con el DNU el republicano Macri avanza (una vez más) sobre las atribuciones del Congreso para "contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación" (artículo 75 inciso 4) de la Constitución Nacional), y eventualmente para "Fijar las Fuerzas Armadas en tiempos de paz y de guerra, y dictar las normas para su organización y su gobierno" (inciso 27) del mismo artículo); y por supuesto, se saltea la discusión legislativa sobre las hipótesis de conflicto para las que plantea el equipamiento.

Un aspecto insoslayable aun cuando se pensase que, como Comandante en Jefe (artículo 99 inciso 12) CN) "Dispone de las Fuerzas Armadas y corre con su organización y distribución según las necesidades de la Nación" (inciso 14) del mismo artículo).

No hay comentarios:

Publicar un comentario