lunes, 18 de enero de 2021

¿FELIPE SUEÑA CON LA REVOLUCIÓN?

 


Ojalá el anuncio del canciller Solá se concrete en alguna decisión trascendente, y no quede nomás en eso, un anuncio más, y van. Porque si para algo sirvieron los tratados bilaterales de inversión que florecieron como hongos en los 90', es para que el país perdiera soberanía jurídica, y a cambio de presuntas inversiones extranjeras, aceptara cualquier cosa.

Con el necesario e imprescindible complemento de la aceptación del tribunal arbitral del CIADI, con sede en Washington y dependencia del Banco Mundial, la cual la Argentina materializó a través de la Ley 24353 de 1994; algo que muchos países del continente -como Brasil- no hicieron, aun bajo gobiernos que instrumentaron políticas neoliberales.

Cada vez que se quiere tomar medidas contra empresas extranjeras radicadas en el país porque no cumplen con contratos o concesiones otorgadas por el Estado (la nación, las provincias), o se niegan a acatar las leyes argentinas, pende como una amenaza la espada de Damocles de apelar a los TBI (tratados bilaterales de inversión), o acudir a litigar al CIADI.

Hace mucho tiempo atrás, cuando Cristina había obtenido su segundo mandato con el 54,11 % de los votos y a propósito de las principales materias pendientes que le quedaban al kirchnerismo,  decíamos en ésta entrada: "El artículo 71 del mismo convenio constitutivo del CIADI contempla que los países firmantes lo pueden denunciar, y en un plazo de seis meses, la denuncia provoca que ya no se les aplique la jurisdicción del cuestionado tribunal. Si bien el artículo 72 deja a salvo la subsistencia de la jurisdicción del CIADI para los casos de empresas e inversores ingresados al país antes de la denuncia, nos permitiría evitar que en el futuro tengamos otros laudos similares, máxime considerando el altísimo grado de extranjerización de vastos sectores de nuestra economía.".

El "despegue" del "cepo" a la soberanía jurídica que representan los TBI y la jurisdicción del CIADI solo fue concretado -en tiempos kirchneristas- con la Ley 26737, que fijaba límites a la adquisición de tierras en el país por parte de extranjeros. Su artículo 11 estableció (aun rige) que "A los fines de esta ley y atendiendo a los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) suscriptos por la República Argentina y que se encuentren vigentes a la fecha de entrada en vigor de esta ley, no se entenderá como inversión la adquisición de tierras rurales, por tratarse de un recurso natural no renovable que aporta el país receptor.".

De paso y hablando de la ley de tierras: al igual que ocurrió con el blanqueo de capitales o la ley de medios, Macri la modificó -desnaturalizándola- por el Decreto 820/16, que aun está vigente y no ha sido derogado.

Revisar y en su caso denunciar los TBI, salir de la jurisdicción del CIADI, son parte de un amplio abanico de temas pendientes para introducir en el país cambios estructurales, cortando lazos de dependencia jurídica y económica, que no requieren de una reforma constitucional; algo políticamente inalcanzable en las circunstancias actuales.Y se podría hacer si existiera la decisión política, sin tanto "posibilismo" paralizante que se detiene ante la más mínima constatación de una correlación de fuerzas desfavorable. 

Otro ejemplo -conocido por todos- es el de la Ley 21526 de entidades financieras, aprobada por Videla y Martínez de Hoz en 1977, y que aun hoy rige en el país con pocos cambios, la mayoría durante el menemato, y para empeorarla. El propio kirchnerismo, que en 2012 avanzó sobre la Carta Orgánica del Banco Central para terminar con el absurdo de la "autonomía" e imponerle el mandato múltiple (y no sólo el de "cuidar el valor de la moneda"), amagó un par de veces con el tema, sin llegar a concretarlo.

Otro tanto ocurre con el régimen de las inversiones extranjeras: como decíamos en la entrada que citamos, además de los TBI, rige aun en el país la Ley 21382 de Videla y Martínez de Hoz, "empeorada" también por el menemismo en los 90' con la Ley 23697. 

Dijimos entonces: "...la Ley 21.382 reservaba algunos sectores de la economía en los que la llegada de inversiones extranjeras estaba sujeta a autorización del gobierno (cito tres: empresas de servicios públicos, energía y medios de radiodifusión), y permitía en ciertos supuestos restringir o suspender la remisión de dividendos al exterior, por ejemplo por problemas en la balanza de pagos; y la Ley 20.575 (del último gobierno de Perón) a la que reemplazó) fijaba un plazo mínimo de permanencia en el país de las inversiones para que se pudieran remitir utilidades al exterior, y un tope a éstas, obligando a reinvertir parte de las ganancias en el país . La reforma introducida en 1989 (Ley 23.697) hizo tabla rasa con todos esos límites, incluso con la trampa de introducir la absoluta libre disponibilidad de las utilidades para que las empresas extranjeras las remitieran a sus casas matrices...".

Como se ve, nadie está pidiendo (como sería necesario) que vuelva el IAPI, o regresar a la Constitución de 1949. Se trata de reformas que pueden instrumentarse ya, mañana, juntando los votos en el Congreso, por leyes comunes, no de emergencia, ni de delegación legislativa en los términos del artículo 76 de la Constitución. Es cuestión de elegir una -aunque sea para empezar, vieron- y animarse; a ver si es cierto que volvimos mejores, y no simplemente para hacer la plancha, y administrar la crisis.

A menos que a éstas cuestiones se refiera el presidente cuando dice que hay sectores del FDT que soñamos con una revolución.

3 comentarios:

  1. No podemos ni poner retenciones, vamos a salir del CIADI.
    Chancho flaco sueña con maiz

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  2. A ese tipo de análisis refiere el post. La conclusión lógica de esa línea de razonamiento es entregar el gobierno e irse. Más tarde o más temprano.

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    1. Alberto tiene que entregar el gobierno e irse. Pero entregarselo a Cristina.

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