lunes, 21 de enero de 2013

OJALÁ SE CONCRETE


Leemos en El Cronista que el gobierno apoyaría en la CELAC el proyecto del gobierno de Correa para que los países que integran el bloque regional denuncien los tratados por los que aceptaron la jurisdicción del CIADI, el tribunal arbitral del Banco Mundial en el que los Estados son demandados por las compañías multinacionales bajo el amparo de los tratados bilaterales de inversión; que prosperaron en los 90'.

Precisamente al respecto también se informa que el gobierno nacional impulsaría un proyecto en el Congreso denunciando 59 de esos tratados, firmados en su mayoría durante el menemismo; y como consecuencia de los cuáles el país prorrogó la jurisdicción de sus tribunales en beneficio del CIADI, con la consecuente pérdida de soberanía jurídica.

En Nestornautas nos hemos ocupado del tema en dos oportunidades acá y acá; señalándolo como una de las principales asignaturas pendientes del país para recuperar capacidad de decisión en lo jurídico y lo económico; a tono con otras medidas que se fueron tomando en estos años, como la cancelación de la deuda con el FMI (que permitió ganar márgenes de autonomía en el diseño de la política económica), el rechazo al ALCA , o la expropiación de la mayoría del paquete accionario de YPF.

Claro que, como lo señalábamos en los posteos anteriores, la renuncia a la jurisdicción del CIADI y la denuncia de los tratados (que establecen todo tipo de privilegios para las empresas extranjeras radicadas en el país, como por ejemplo la libre remisión de utilidades) no producirá efectos retroactivos, ni afectará a los juicios que la Argentina ya tiene planteados ante el tribunal; el más reciente de ellos, el del Grupo Repsol por la expropiación de YPF.

Sin embargo y aun en esos casos (como también lo aclarábamos antes) la Argentina viene sosteniendo que los fallos que se dicten en su contra en el CIADI, para poder ejecutarse deben ser convalidados luego por tribunales argentinos, a través del trámite de ejecución de sentencias que establece el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Algo a lo que las compañías y fondos especulativos que demandan al país se oponen, porque corren el riesgo de que sus sentencias obtenidas en el CIADI (un tribunal afín a sus intereses) no puedan ejecutarse en la Argentina, porque algún juez declare que violan normas de orden público de nuestro derecho interno.

Precisamente por eso también el eventual proyecto está ligado a la modificación de los Códigos Civil y Comercial que se está discutiendo en el Congreso, ya que lo habría que modificar no es el artículo 1 del Código vigente como erróneamente dice la nota de El Cronista (hoy los Códigos son dos, separados), sino eliminar del anteproyecto redactado por la comisión presidida por Lorenzetti, el agregado hecho al texto vigente del artículo 1 del Código Civil, sobre el alcance del principio de obligatoriedad de las leyes nacionales; aun para los extranjeros (como las empresas) que habitan en el país.

Del mismo modo (otro error deslizado en la nota) la referencia al artículo 27 de la Constitución Nacional (que sustentaría el proyecto que el gobierno remitiría al Congreso denunciando los tratados bilaterales de inversión) no tiene que ver con el "interés público", sino con el hecho de que ningún tratado con países extranjeros (como los de inversión) puede ser válido si vulnera principios de derecho público nacional, emanados de la Constitución.

Como por ejemplo sustraer del conocimiento de los jueces argentinos causas vinculadas a contratos celebrados en el país, y que tienen que producir sus efectos dentro de su territorio.

Dos decisiones (denunciar la jurisdicción del CIADI, y los tratados bilaterales de inversión de los 90') verdaderamente estructurales, que esperemos que se concreten.

1 comentario:

  1. Excelente noticia, obviamente para los lectores de El Cronista es pésima por eso lo ponen en tapa.

    Sebastian

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