Leemos en La Politica Online que para restringir las facultades de Macri para dictar decretos de necesidad y urgencia (DNU) y evitar que se repita lo que pasó a principio de año con el "mega decretazo", el ex gobernador de Misiones y actual senador por su provincia Maurice Closs presentó un proyecto de ley para que ese tipo de decretos ""se encuentren circunscritos a una única materia, temática y/o situación específica" y no "versen acerca de una multiplicidad de temáticas"...".
El proyecto es -por supuesto- un perfecto bolazo, que pasa por encima de los límites que establece la Constitución a la facultad presidencial de dictar DNU, pues en su artículo 99 inciso 2) dispone cuáles son las materias prohibidas por las que el PE no puede legislar por esa vía (materia penal, tributaria, electoral o de régimen de los partidos políticos), y en la misma norma, los alcances de la ley especial que debería dictar el Congreso para complementar la regla constitucional: "... el trámite y los alcances de la intervención del Congreso."; es decir, nada que ver con la cantidad de temas que puede abarcar un DNU, dentro de las materias permitidas.
Esa ley que complementa la regulación del sistema de los DNU es la Ley 26.122 (2006), aprobada durante el gobierno de Néstor Kirchner, y en base a un proyecto presentado por Cristina en su anterior mandato como senadora; y es la que se propone modificar Closs con ésta "enmienda". En ésta entrada comentábamos en detalle como es el procedimiento que establece.
Una enmienda como la propuesta por el ex gobernador de Misiones vendría a ser perfectamente funcional a los propósitos del Poder Ejecutivo de seguir dictando DNU: si prosperase Macri bien podría sacar todos los temas que quiera por esa vía, pero de a uno y sin "amontonarlos" en un solo decreto, y listo el pollo, problema resuelto. Su facultad estaría legitimada por la propia oposición.
Como de hecho lo ha venido haciendo desde diciembre del 2015 con los más variados temas (rozando incluso las materias prohibidas constitucionalmente), sin que el Congreso le haya rechazado hasta ahora ni uno solo de esos DNU, conforme al procedimiento establecido precisamente por la Ley 26.122.
El problema entonces no es que los DNU presidenciales "amontonen temas" o los presenten por separado, sino que la oposición en el Congreso (en especial el massismo y el "peronismo federal") no han ejercido el rol para el que fueron votados, rechazando esos decretos.
Porque todos ellos -sin excepción- han violado abiertamente la Constitución, dado que ninguno ha sido emitido en medio de "...circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes...", como dice el artículo 99 inciso 2).
Por el contrario, Macri ha dictado DNU con el Congreso funcionando en el período ordinario o en las sesiones de prórroga, estando convocado por él mismo a extraordinarias (con lo cual pudo incluir algún tema en el temario y no sacarlo por DNU), y estando en receso porque él decidió deliberadamente no convocarlo a sesiones extraordinarias.
Y los ha dictado -en todos los casos- para imponer su propia agenda legislativa, cuando tuvo la certeza de que los proyectos de ley no pasarían por el Congreso, porque no le daban los números; contrariando groseramente de ese modo el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la nación en el caso "Consumidores Argentinos" (2010), cuyo fallo pueden consultar completo acá.
De modo que si lo que el senador Closs quiere hacer como opositor es limitar los abusos que comete Macri dictando DNU es simple: seguir el procedimiento establecido por la Ley 26.122 (cuyo artículo 10 impone "...pronunciarse expresamente sobre la adecuación del decreto a los requisitos formales y sustanciales establecidos constitucionalmente para su dictado..."), y rechazar todos y cada uno de los decretos dictados por el presidente bajo esa modalidad, desde diciembre del 2015, que aun no hayan sido tratados por el Congreso.
Y además -ya que estamos- presentar un proyecto de ley para derogar los que ya hayan sido aprobados (Ley 26.122, artículo 25), sin medias tintas ni complicidades como las "leyes correctivas" sancionadas en Diputados con apoyo opositor, para luego dejar a la Cámara sin quórum cuando debía tratarse el rechazo del mega DNU.
De lo contrario todo induce a pensar que estamos ante otro caso de una "oposición de diseño" como dijo Cristina, que favorece los planes del gobierno hasta cuando hace como que se opone.
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