Tal como se venía
anunciando hace unos días y veíamos acá finalmente el
gobierno complementó su reforma al rol de las Fuerzas Armadas aprobando la
nueva “Directiva Política para la Defensa Nacional” mediante el Decreto 703
firmado por Macri y publicado ayer en el Boletín Oficial (completo acá).
Tal como se
suponía, la nueva Directiva (que reemplaza a la aprobada por los Decretos
1714/09 y 2645/14 de Cristina, a los que deroga) impone un cambio sustancial al rol, la doctrina
y las hipótesis de conflicto de nuestras Fuerzas Armadas, poniendo casi en un
mismo plano de igual su función primordial (la defensa de la soberanía
nacional, la integridad territorial del país y su capacidad de
autodeterminación política ante ataques externos, con otras que hasta acá eran
subsidiarias; como las tareas de apoyo a la seguridad interior en el marco de
la Ley 24.059.
Para muestra de lo dicho, baste un botón: el
decreto viene acompañado de un anexo de 40 fojas en el que se desarrolla la
nueva “Directiva”, en el que solo se le dedican diecinueve (19) renglones al
conflicto con el Reino Unido de Gran Bretaña por la soberanía sobre las islas
Malvinas, mientras por contraste se mencionan doce (12) veces la problemática
del narcotráfico, nueve (9) veces el terrorismo y ocho (8) veces la defensa del
cyberespacio; y cuando se habla de Malvinas se señala que “La República
Argentina mantiene su reclamo de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias
del Sur y Sándwich del Sur y sus espacios marítimos e insulares” sin hacer la más
mínima mención a la Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
Por el contrario,
se dice que “La reciente mejora en la relación con el Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte contribuye al logro de este objetivo nacional
irrenunciable, ya que favorece un espacio de oportunidad para incrementar la
cooperación bilateral y promueve el interés nacional de preservar y explotar
los recursos naturales allí existentes.”; cuando en función del acuerdo firmado en 2016 lo que sucede es precisamente lo contrario., pues el Estado argentino renuncia incluso a aplicar las sanciones que contemplan las Leyes 26.659 (2011) y 26.915 (2013) para las empresas que los explotan con licencias otorgadas por los kélpers.
En los
considerandos del decreto se hace derivar el cambio en las misiones
primordiales de las Fuerzas Armadas de las promesas de campaña de Macri (“Que el Poder Ejecutivo
Nacional ha establecido como objetivos transversales de su gestión de gobierno
la lucha contra el narcotráfico, la reducción de la pobreza y la unión de los
argentinos, por lo que su cumplimiento exige la colaboración de todas las áreas
del Estado, conforme sus competencias y responsabilidades específicas.”), y se señala que las normas aprobadas por el kirchnerismo le
imponían al instrumento militar de la defensa nacional “un conjunto de
limitaciones doctrinarias”.
Para resolver ese problema, Macri adopta llave en mano la
doctrina de las "nuevas amenazas" del Comando Sur del Pentágono, y así por
ejemplo la Directiva afirma que el aumento de las capacidades militares de
China y Rusia (no su creciente preponderancia económica) genera un contrapeso
para el poder militar de los Estados Unidos; y lejos de condenar la ruptura al
multilateralismo ocasionada por la doctrina de las “guerras preventivas” de la
principal potencia mundial, pone la responsabilidad en “otros países” que no
menciona, y señala que el proceso no es irreversible porque se han fortalecido instancias
de cooperación internacional como la OCDE o el G20, como si esos “clubes de
países ricos” pudieran reemplazar a la ONU en la solución de conflictos
internacionales.
Hay varias
alusiones veladas (sin precisarlas en un Estado concreto) a los Estados que
alientan o favorecen el terrorismo, o “...están desarrollando medios
cibernéticos para explotar las vulnerabilidades inherentes a los sistemas de
comando, control, comunicaciones, inteligencia, vigilancia y reconocimiento.” (¿Rusia, según la denuncia del FBI la CIA sobre la última campaña presidencial yanqui?);
y en el análisis de la situación regional el primer hecho que se menciona -y al
que se le asigna un lugar destacado- es la situación de Venezuela, de la que se
señala que “...afecta negativamente la estabilidad de la región,
especialmente la de los países vecinos. Estos últimos enfrentan un creciente
flujo de refugiados que impacta sobre las economías limítrofes; generando
condiciones propicias para la criminalidad organizada y el narcotráfico, y
produciendo un efecto derrame hacia el resto de la región que debilita su
gobernanza.”. ¿Abren la puerta para involucrar a nuestras Fuerzas Armadas en una eventual invasión militar orquestada por EEUU?
Luego de constatar
la ausencia de conflictos militares en la región, la contrapone con “...el aumento
de problemáticas de seguridad transnacional...tales como narcotráfico, lavado
de dinero, tráfico de personas y eventualmente terrorismo.” (las negritas son
nuestras), ante las que las Fuerzas Armadas deben intervenir, no obstante
reconocer que “Las estrategias de lucha contra el narcotráfico son un objeto
de debate en la región, particularmente en lo que respecta al modo en que debe
abordarse el conflicto y a las agencias que deben intervenir en la prevención,
conjuración e investigación de este fenómeno delictivo.”. No hay ninguna referencia puntual al fracaso de la militarización de la lucha contra el narcotráfico en Colombia o México, por ejemplo.
Otro tanto sucede con el terrorismo: el
decreto señala que “En la actualidad, nuestra región no representaría un
escenario de alta prioridad para la proyección y acción directa de
organizaciones terroristas, en especial de aquellas asociadas al extremismo
islámico. Sin embargo, los países de América del Sur colaboran estrechamente en
el control de zonas calientes y puntos críticos; entre ellas la Triple Frontera
entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil y la República
del Paraguay. La principal preocupación de seguridad en esta zona fronteriza
refiere a los flujos de financiamiento para organizaciones vinculadas al terrorismo
islámico, o bien en su rol como escala de tránsito y entrenamiento de células
terroristas. Pese a la baja probabilidad de atentados terroristas en América
del Sur, aún persisten en la región organizaciones políticas que han apelado a
este tipo de tácticas en el pasado.”. (Otra vez las negritas son nuestras) Es decir, exactamente la misma
justificación que vienen empleando los Estados Unidos para presionar para
instalar una base militar en la zona.
Estos otros
párrafos tienen claras reminiscencias de la doctrina de la seguridad nacional
(las negritas son nuestras): “La falta de identificación de amenazas
convencionales directas no implica que la República Argentina carezca de
riesgos y desafíos para la Defensa Nacional. A diferencia de las amenazas
-en las que se aprecian indicios de una voluntad de daño -, los riesgos
constituyen situaciones cuya probable evolución podría afectar los intereses
nacionales en materia de Defensa. Esta afectación puede responder a la
explotación de vulnerabilidades propias, en particular las relacionadas a la vigilancia
y control de los espacios soberanos, o al condicionamiento de la postura
estratégica de la Nación en la arena internacional.”
“Las
tendencias vinculadas a la transformación de las formas de la guerra y la
combinación de formas tradicionales y no tradicionales de agresión representan
un riesgo para los objetivos estratégicos de la Nación. La
proliferación de este riesgo tiene un claro protagonismo en la agenda
internacional y afecta la seguridad de todos los Estados del mundo. En este
marco, la ocurrencia de un ataque contra los objetivos estratégicos de la
República Argentina configura un problema de alto impacto potencial para la
Defensa Nacional. El Sistema de Defensa Nacional debe planificar y proteger
los objetivos estratégicos que puedan ser objeto de una agresión de origen
externo.”.
Lo curioso es que en ninguna parte de las 40 fojas de la
“Directiva” se identifican ni los potenciales agresores, ni se enumera ninguno
de los “objetivos estratégicos" que podrían atacar, sino que se los deja librado a la decisión del
Presidente: ¿una explotación petrolera tomada en protesta por el recorte en las asignaciones familiares en la Patagonia, una central nuclear ídem, en protesta por los despidos?
El decreto plantea
como objetivos centrales para las Fuerzas Armadas “El incremento de la
participación en los organismos multilaterales en materia de defensa,
principalmente en el marco de la Organización de los Estados Americanos (OEA),
así como también en otras instancias de cooperación regional, hemisférica e
internacional” y “El involucramiento activo en ejercicios y
adiestramientos militares combinados con las Fuerzas Armadas de países aliados
y amigos, conforme las prioridades estratégicas definidas por la política
exterior argentina.”; lo que traducido significa: con las Fuerzas Armadas
de los Estados Unidos, y participar de la Junta Interamericana de Defensa; ese apéndice del Comando Sur del cual surgiera la tristemente célebre "Escuela de las Américas".
El decreto le
encomienda al Ministerio de Defensa un plan de reestructuración de las Fuerzas
Armadas adecuando “...el despliegue territorial a las necesidades de la
actual coyuntura estratégica y las exigencias de su preparación para el empleo,
abandonando el criterio de "ocupación territorial.”, para lo cual
“...deberá elevar para consideración del Poder Ejecutivo Nacional un listado de
instalaciones no necesarias desde el punto de vista de la Defensa Nacional. Las
propuestas de cierre y/o apertura de instalaciones militares deberán ser
acompañadas de un diagnóstico relativo a su impacto.”. Es decir que se
vienen cierres de cuarteles, y venta de inmueble hoy afectados al uso de las
Fuerzas Armadas, para favorecer negocios inmobiliarios.
También le
encomienda a la cartera de Aguad “...deberá avanzar en la formulación de un
plan de modernización institucional dirigido a racionalizar las estructuras
administrativas y burocráticas de la jurisdicción.”, considerando las
restricciones fiscales y puntualizando que “Las organizaciones y capacidades
del Sistema de Defensa Nacional no involucradas en tareas prioritarias y
responsabilidades en tiempo de paz deberán reducir sus estructuras de
personal.”; lo cual anticipa nuevos despidos en el sector público.
Nada dice el
decreto que pueda suponer algo parecido a un plan de desarrollo de las capacidades
nacionales de producción para la defensa (armamentos, material bélico,
equipamiento tecnológico), lo cual es totalmente compatible con un gobierno que
viene desguazando Fabricaciones Militares, cerró FANAZUL o viene asfixiando
financieramente a INVAP. Y no es un dato menor recordar que el Decreto 683 derogó la "Directiva de Organización y Funcionamiento de las Fuerzas Armadas" aprobada por el Decreto 1691/06 de Néstor Kirchner, sin reemplazarla por otra; a lo cual se suma que el mismo decreto de Macri excluyó al Estado Mayor Conjunto de toda intervención en el asesoramiento para la compra de material y equipamiento para las FFAA.
Sin esa otra "Directiva", queda al gobierno un amplísimo marco de discrecionalidad (en tanto reina la oscuridad) respecto a los criterios de organización específicamente operaciones del instrumento armado de la defensa (las FFAA), porque la orden dada al Ministerio de Defensa de proponer una nueva ley del personal militar que reemplace a la Ley 19.101 (1971) solo resuelve los aspectos escalafonarios del reclutamiento y la carrera del personal; no el funcionamiento de las fuerzas.
Es además muy sugestivo (y peligroso) que en el marco de una "Directiva" que ensancha las tareas de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad interior (a punto tal que ya no las considera "subsidiarias") solo se hagan genéricas y vagas referencias a la Ley 24.059, sin precisar -por ejemplo- que el artículo 32 de la misma dispone que el empleo de elementos de combate de las FFAA para "restablecer la seguridad interior" cuando el accionar de las fuerzas de seguridad fuera insuficiente a esos fines requiere la previa declaración del estado de sitio por el Congreso (si se trata de conmoción interior), o por el presidente con acuerdo del Senado si se trata de un ataque exterior, o el Congreso está en receso (Constitución Nacional, artículos 86 inciso 29) y 99 inciso 16)). Llegado el caso ¿nos pondrá Macri frente a los hechos consumados, aduciendo que la ley de seguridad intrior y la Constitución "tienen lagunas"?
Sin esa otra "Directiva", queda al gobierno un amplísimo marco de discrecionalidad (en tanto reina la oscuridad) respecto a los criterios de organización específicamente operaciones del instrumento armado de la defensa (las FFAA), porque la orden dada al Ministerio de Defensa de proponer una nueva ley del personal militar que reemplace a la Ley 19.101 (1971) solo resuelve los aspectos escalafonarios del reclutamiento y la carrera del personal; no el funcionamiento de las fuerzas.
Es además muy sugestivo (y peligroso) que en el marco de una "Directiva" que ensancha las tareas de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad interior (a punto tal que ya no las considera "subsidiarias") solo se hagan genéricas y vagas referencias a la Ley 24.059, sin precisar -por ejemplo- que el artículo 32 de la misma dispone que el empleo de elementos de combate de las FFAA para "restablecer la seguridad interior" cuando el accionar de las fuerzas de seguridad fuera insuficiente a esos fines requiere la previa declaración del estado de sitio por el Congreso (si se trata de conmoción interior), o por el presidente con acuerdo del Senado si se trata de un ataque exterior, o el Congreso está en receso (Constitución Nacional, artículos 86 inciso 29) y 99 inciso 16)). Llegado el caso ¿nos pondrá Macri frente a los hechos consumados, aduciendo que la ley de seguridad intrior y la Constitución "tienen lagunas"?
En síntesis y más
allá del lógico rechazo que despertó el Decreto 683 al volver a involucrar
activamente a las Fuerzas Armadas en la seguridad interior, la nueva
“Directiva” supone delegar en los organismos militares de los Estados Unidos el
accionar operativo de las mismas, tal y como el gobierno de Macri delegó en los
tecnócratas del FMI la conducción de la economía a partir del acuerdo stand by;
en otro intento de soltar lastre y licuar el poder institucional del gobierno y
el presidente, para conseguir apoyos que le permitan remarla hasta diciembre de
2019.
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