martes, 13 de noviembre de 2018

¿LICITACIÓN PÚBLICA? ¡ME ARRUGA LA ROPA!


La Ley 13.745 en su artículo 37 señala lo siguiente: "Establécese como límite máximo para la realización de licitaciones y concursos privados a que refiere el artículo 116 de la Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, la suma de pesos un millón ($ 1.000.000) y para licitaciones privadas a que refiere el artículo 20 de la Ley N° 5.188 de Obras Públicas, modificado por el artículo 4 de la Ley N° 12.489, la suma de pesos un millón trescientos mil ($ 1.300,000).".

O sea, por si no quedó claro: toda obra pública que cueste más de un millón trescientos mil pesos según el presupuesto oficial, debe hacerse previa licitación pública. Sin embargo, los arreglos en la Casa del Brigadier costarían casi 22 veces esa cifra, y se hará simplemente mediante un concurso de precios.

La Ley de Obras Públicas 5188 dispone en su artículo 20: "Las obras públicas a que se refiere el Artículo Nro. 1 que no se realicen por administración, se adjudicarán mediante licitación pública: Quedan exceptuadas de este requisito y podrán ser adjudicadas mediante licitación privada, concurso de precios o contratación directa, de acuerdo con las normas que se establezcan en la reglamentación: ...c.- Las que no permitan los trámites de la licitación por ser urgentes, impostergables o exigidas por circunstancias imprevistas que demandaran una pronta ejecución;". (las negritas son nuestras)

¿Se puede considerar que los arreglos en la Casa del Brigadier son "exigidos por circunstancias imprevistas" ahora, en noviembre del 2018, cuando el derrumbe en el edificio fue en enero de 2017, o sea hace 22 meses?

Ni que hablar que las obras de la "puesta en valor del lugar" ya habían sido adjudicadas por licitación pública en un valor nueve (9) veces menor en diciembre del 2016, sin prever ninguna de las fallas estructurales que provocarían el derumbe pocos días después, en una construcción que tiene más de dos siglos de antigüedad. "Imprevisión" no es lo mismo que "imprevisibilidad".

Tampoco parece que no se puede hacer licitación porque los trabajos sea "urgentes" o "impostergables", cuando a los adjudicatarios de la primera licitación  (la cooperativa del gremio Luz y Fuerza en UTE con otra empresa) les dieron ocho meses para comenzar la obra una vez que se la adjudicaron, y tras una "neutralización de plazos" (paralización de la obra), les otorgaron  dos "adicionales de obra", uno de los cuáles equivale al 69,74 % del precio original del contrato.

¿Qué carajo estuvieron haciendo todos estos meses que ahora es necesario gastar casi 29 millones de pesos en la "puesta en valor" del lugar?

Eso sin ponernos a pensar cuantas empresas están en condiciones de presentar un presupuesto de esa envergadura, para una obra de características muy particulares (se trata de un edificio que es monumento histórico), con tan solo doce (12) días corridos de antelación entre el llamado a concurso, y la apertura de las ofertas. Aunque esa pregunta ya debe tener respuesta. 

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