martes, 19 de agosto de 2014

EN REALIDAD, SE OPONEN A LO QUE YA ESTÁ VIGENTE


Sobre la oposición empresaria a las modificaciones a la ley de abastecimiento, leemos en Infobae una síntesis de los puntos más algidos: "Establecer, para cualquier etapa del proceso económico, márgenes de utilidad, precios de referencia, niveles máximos y mínimos de precios.
- Dictar normas que rijan la comercialización, intermediación, distribución y/o producción.
- Disponer la continuidad en la producción, industrialización, comercialización, transporte, distribución o prestación de servicios, como también en la fabricación de determinados productos, dentro de los niveles o cuotas mínimas.
- Acordar subsidios, cuando ello sea necesario para asegurar el abastecimiento y/o la prestación de servicios.
- Establecer regímenes de licencias comerciales. 
- Los gobernadores y/o el jefe de Gobierno de la Ciudad por sí o por intermedio de los organismos y/o funcionarios que determinen, podrán fijar —dentro de sus respectivas jurisdicciones— precios máximos y las pertinentes medidas complementarias, mientras el Poder Ejecutivo o el organismo nacional de aplicación no los establecieren, dando cuenta de inmediato a este último.
- Los empresarios que suban los precios; acaparen mercadería; se negaran a la venta de productos; discontinuaren el normal abastecimiento de una mercadería; o no entreguen facturas, entre otras cosas, podrán ser sancionados.
- Las multas podrían llegar a los 10 millones de pesos. También se podrá determinar la clausura por 90 días o la inhabilitación por 2 años.". 

Lo que remarcamos en negrita en el texto son los únicos aspectos que el proyecto enviado por Cristina al Congreso modificaría de la ley de abastecimiento: el resto (que tanto preocupa a las cámaras empresariales) quedaría exactamente igual que como está actualmente; en el texto de la Ley 20.680 vigente desde 1974. 

Con lo cual sería más correcto decir que Venezuela (con su ley de "precios justos") copió a Perón, y no al revés. Respecto a la transcripción de Infobae del contenido del proyecto, cabe hacer un par de aclaraciones.

En primer lugar, el tiempo máximo de la inhabilitación para el ejercicio del comercio (una de las sanciones posibles) sería de 5 años y no de dos como informan, pero ya es así en la ley vigente y el proyecto no lo modifica; y cuando mencionan que los empresarios "que suban los precios" podrían ser sancionados, omite decir que la ley vigente (reiteramos, desde 1974) dice expresamente: "elevaren artificial o injustificadamente los precios en forma que no responda proporcionalmente a los aumentos de costos, u obtuvieren ganancias abusivas"; que como se ve, no es lo mismo.

Texto éste último al cual el proyecto de reforma no le toca siquiera una coma, además. Que los empresarios pueden subir precios (si responden a una suba real de costos) sin ser sancionados, lo pueden comprobar incluso los que firmaron los acuerdos de "Precios Cuidados".

Si uno tomara literalmente los reclamos de las cámaras empresarias, podría concluir en que en realidad se están oponiendo a que el Estado los subsidie, cuando sea necesario para asegurar el abastecimiento de bienes o servicio; porque ése es uno de los cambios que introduciría el proyecto;al igual que también podría interpretar que prefieren ir presos que pagar multas, ya que la iniciativa elimina la primera sanción, pero aumenta la segunda.

Será cuestión entonces de que en el gobierno tomen nota de ambas preferencias, y actúen en consecuencia. 

Pero como los empresarios son como el tero, que por un lado pega los gritos y en el otro pone los huevos, es más sensato suponer que se oponen al proyecto por razones que no confiesan abiertamente; como por ejemplo que entre las sanciones se incorporaría la posibilidad de perder concesiones o privilegios otorgados por el Estado; así como regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare una empresa determinada, si vulnerara la ley. Tanta libertad como sea posible, y tanto Estado como les haga falta, suele ser el aforismo de muchos empresarios argentos.

Lo concreto es que la tremenda presión que están desatando en contra del proyecto (para lo cual ya se metieron en el bolsillo al grueso de la oposición, sin demasiado esfuerzo, claro está), incluye operaciones de acción sicológica sobre la base del falseamiento de la realidad.

Como por ejemplo los disparates de la columna de Cachnosky en La Nación de hoy ("Bajo este contexto, por ejemplo, la ley le permitiría al Gobierno confiscar los granos que tienen los productores en los silos bolsa en caso de necesitar dólares. Es decir, ante la escasez de dólares: ¡confísquese!"); que no son sino la preparación del terreno para que los empresarios opten por la salida "al estilo 125", tal cual se plantea acá en Ambito; generando la profecía autocumplida: desabastecer y causar más inflación, para frenar una ley que -dicen- provocaría esos efectos. 

2 comentarios:

  1. Buenas CKSF,

    Creo que se oponen porque blanquea la situatión actual, lo que permite medir los resultados y optimizar, ampliar su alcance a futuro y limitar la discrecionalidad de jueces amigos al sentar jurisprudencia.

    Los poderes fácticos prefieren las reglas tácitas, aquellas que se conocen pero no se codifican. Así, pueden permitirse cader en temas secundarios (p.ej., un eventual aumento del IVA al consumo, por ejemplo) y mantenerse firmes en los prioritarios (p.ej., retenciones)

    Las leyes claras democratizan el poder, algo que no les conviene.

    Saludos,

    Andrés

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  2. Pero fijáte que cuando estaba Moreno se quejaban de que operaba en base a discrecionalidad, sin normas y con reglas no escritas que cambiaban a cada rato; y otras sanateadas por el estilo. Hay que prestarles atención a lo que hacen, no a lo que dicen

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