El jueves pasado se
publicó en el Boletín Oficial el Decreto 258 (completo acá), por el cual Macri
aprueba el “Plan Nacional Anticorrupción 2019-203” elaborado por la Oficina Anticorrupción de Laura Alonso (sí: la misma que acaba de confesar que no impulsa ex profeso causas contra los funcionarios de este gobierno); al que pueden acceder en el
anexo del decreto. En esta entrada y otra vamos a analizar lo que dice el
“Plan” sobre lo que el gobierno viene haciendo en la materia, y lo que piensas
hacer de acá en más. Las comillas son cita textual del “Plan”, y las negritas
los comentarios nuestros.
Comienza diciendo
que la corrupción “...socava la legitimidad de las instituciones democráticas;
frena el desarrollo económico, desalienta la inversión y la generación de
nuevos puestos de trabajo; deteriora los ingresos fiscales; erosiona la
confianza de las personas en las instituciones públicas y en los agentes
públicos; genera desigualdad al dificultar la satisfacción de derechos básicos
y el acceso a servicios e infraestructura públicos de calidad, lo que afecta en
mayor medida a las personas con menores ingresos; y facilita la inserción del
crimen organizado, la inseguridad y la pobreza.” (O sea, produce exactamente
los mismos efectos que el plan económico del gobierno, y que las medidas que se
comprometió a tomar a partir del acuerdo con el FMI)
Luego empieza a
repasar las medidas que supuestamente tomó el gobierno desde el 2015 para
combatir la corrupción. Dice: “Entre los avances destacados se encuentran: La
modificación del Código Penal conocida como “Ley del Arrepentido para los Casos
de Corrupción”, aprobada en octubre de 2016, extiende la figura del
arrepentimiento (que existía para delitos como el secuestro, la trata de
personas, el narcotráfico y el lavado de dinero) a los casos de corrupción y
asociación ilícita.” (Sobre las bondades del uso de esta figura no haría
falta explayarse demasiado, ¿no?)
“La Ley de
Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada en 2017, tiene por
objetivo luchar contra la corrupción a través de políticas preventivas eficaces
y la generación de incentivos para que las personas jurídicas implementen
programas de integridad y cooperen con las autoridades en casos de corrupción.”
(Lástima que en la primera oportunidad que tuvieron de aplicarla, como fue
la causa de la fotocopia de los cuadernos, movieron todo el aparato estatal
para desvincular a las empresas implicadas en presuntos hechos de corrupción,
para permitirles que pudieran seguir contratando con el Estado)
“El Decreto N°
201/17 prevé que todas las personas que tengan una (1) causa judicial o
extrajudicial contra el Estado nacional deberán realizar una (1) Declaración
Jurada de Intereses referida a su vinculación con altos funcionarios del P.E.N.
El Decreto N° 202/17 determina que toda persona interesada en participar de una
(1) contratación, obtener una (1) concesión, autorización y/o habilitación del
Estado, deberá declarar la existencia o no de vinculación con el Presidente de
la Nación, el Vicepresidente, el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros y
las autoridades de igual rango y/o los titulares de cualquier organismo o
entidad del Sector Público Nacional con competencia para contratar y que
pudiera suscitar dudas sobre la debida gestión del interés público.” (Dos
decretos “cola de paja” que surgieron luego de que estallaran los escándalos de
la condonación de la deuda del grupo Macri por la privatización del Correo, y
los parques eólicos en Chubut. Y que no sirvieron para nada, salvo para echar
al ex Procurador del Tesoro Balbín por negarse a avalar el negociado del
Correo, que sigue vivito y coleando: la deuda no se pagó, y el grupo Macri
sigue interponiendo todo tipo de chicanas para no solo no pagarla, sino
cobrarle al Estado una indemnización por la reestatización)
“A través del
Decreto N° 93/18 se estableció que no se podrán efectuar designaciones de
personas, bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que
tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral
hasta el segundo grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe
de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía
de Ministro, incluyéndose el cónyuge y la Unión Convivencial.” (Otra huevada
para la tribuna, que solo sirvió para rajar a tres o cuatro funcionarios, luego
reubicados en otros lugares)
“En diciembre de
2018 se dictó el Decreto N° 1169/18 que incorpora al sistema de contratación de
obras públicas un (1) órgano rector, dotándolo de todas las facultades
necesarias para diseñar, planificar, evaluar y controlar las políticas,
consolidando en este rol a la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC).” (El tema es que antes de eso, aumentó un 650 % el monto a partir del cual es obligatorio hacer licitación pública, por lo cual no aumentó la transparencia,
sino la discrecionalidad para comprar sin cumplir con ese requisito, o en forma
directa)
“El Decreto N°
62/19 permite extinguir el dominio de aquellos bienes que se presuma que
provienen de la comisión de delitos graves como corrupción, narcotráfico, trata
de personas, secuestro y terrorismo, entre otros, y cuyos titulares no puedan
probar su origen lícito.” (Un DNU en materia penal, groseramente violatorio
de la Constitución Nacional, solo por eso. Y sin contar con que invierte la
carga de la prueba, destruye la presunción de inocencia y reinstala la
confiscación de bienes expresamente prohibida por la Constitución, con el solo objeto
de perseguir a los opositores políticos; como hacían las dictaduras militares)
“El ordenamiento de
las Empresas de Participación Estatal se cristalizó en los Lineamientos de Buen
Gobierno para Empresas de Participación Estatal Mayoritaria, aprobados por la
Decisión Administrativa N° 85/18 y basados en las recomendaciones de la OCDE.” (Lástima
que no los aplicaron para impedir que, por ejemplo, YPF le prestara 140
millones de dólares a Pampa Energía, de Marcelo Mindlin, para comprar las
acciones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de ANSES en Petrobras
Argentina; o que Aerolíneas Argentinas contratara los hoteles de la familia
Peña Braun para los pilotos)
“El Decreto N°
174/18 dotó de una nueva y fortalecida estructura organizativa a la OA. Se
incorporaron la Subsecretaría de Integridad y Transparencia, y la Subsecretaría
de Investigaciones Anticorrupción.” (Lo primero que hicieron en ese campo
fue modificar la reglamentación de la Ley de Etica Pública 25.188 que estaba
vigente desde 1999, para eliminar el requisito de que el titular de la OA fuera
abogado, a medida de Laura Alonso, que no estaba en condiciones legales de
ocupar el cargo)
En otra entrada
analizamos las iniciativas a futuro que propone el “Plan”, no sin antes
mencionar los temas de los que no habla en sus 128 hojas:
* No menciona a la
Agencia Federal de Inteligencia (AFI), ni su funcionamiento, ni la decisión del gobierno de Macri de hacer que todos sus gastos volvieran a ser reservados por el Decreto 656/16. Al parecer, no hay allí problemas de corrupción, ni de falta de
transparencia.
* No menciona en
absoluto a los paraísos fiscales o a la fuga de capitales como temas de los que
haya que ocuparse en el tema de la lucha contra la corrupción, seguramente
porque como sabemos, Laura Alonso ha dicho que “no constituyen técnicamente
delito”. Menos dice nada de las medidas de la Inspección General de Justicia flexibilizando el funcionamiento en el país de las sociedades constituidas en el extranjero, incluso en paraísos fiscales.
* Tampoco dice nada
sobre el Fondo de Garantía de ANSES, ni sobre la evolución de sus activos, o la
falta de actualización de los informes disponibles públicamente para saber que
se hace con ellos.
* No hay la más
mínima referencia al archivo de más de 100.0000 expedientes con sumarios por violaciones a la Ley 19.359 (Régimen Penal Cambiario) que hizo el Banco Central en la gestión de Sturzenegger, a la eliminación del área de investigación de delitos cambiarios, ni a la propuesta de derogación de la ley
contenida en el proyecto de reforma a la Carta Orgánica que el gobierno acaba
de enviar al Congreso, a pedido del FMI.
* Nada se dice
respecto de la eliminación absoluta de todas las regulaciones sobre movimientos
de capitales en su entrada y salida del país, o de la obligación de
los exportadores de liquidar las divisas en el Mercado Unico de Cambios;
facilitando así maniobras de evasión, lavado de dinero y fuga de capitales a
través de -por ejemplo-los precios de transferencia, o la triangulación de
operaciones a paraísos fiscales.
* Menos que menos dice nada del blanqueo de capitales, la modificación de la ley por decreto para ampliar la nómina de los parientes y familiares de funcionarios que podían ingresar, o el hecho de que los procesados en la "causa de los cuadernos" (fotocopias) no perdieran los beneficios de haber entrado, por disposición de la AFIP.
* Menos que menos dice nada del blanqueo de capitales, la modificación de la ley por decreto para ampliar la nómina de los parientes y familiares de funcionarios que podían ingresar, o el hecho de que los procesados en la "causa de los cuadernos" (fotocopias) no perdieran los beneficios de haber entrado, por disposición de la AFIP.
* Finalmente, no
existe ninguna mención a la reforma de la Ley 26.831 de regulación de los
mercados de capitales que el gobierno impulsó e hizo aprobar por la Ley 27.440,
y de resultas de la cual se le amputaron facultades a la Comisión Nacional de Valores (CNV) para controlar a las empresas que cotizan en bolsa. La seguimos en otra entrada.
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