LA FRASE

"VOLVÍ PARA OFRECERLE AL PRESIDENTE MI COLABORACIÓN PARA RESOLVER EL PROBLEMA DE LOS CANDIDATOS QUE PROPUSO PARA LA CORTE." (FABIÁN RODRÍGUEZ SIMÓN)

miércoles, 4 de noviembre de 2020

LA CORTE DE LOS MILAGROS

La Corte dice que el único mecanismo para designar jueces es el previsto en los artículos 99 inciso 4)y 114 incisos 1 y 2 de la Constitución: previo concurso público convocado por el Consejo de la Magistratura, propuesta en terna vinculante del Poder Ejecutivo y acuerdo del Senado de la Nación, en sesión pública convocada al efecto. Bien por ellos, leyeron la Constitución, escrita así desde 1994.

Sin embargo, los camaristas que llegaron a sus cargos a dedo y sin cumplir con ese procedimiento constitucional, deberán continuar en sus cargos hasta que las vacantes se cubran por concurso, o sea mínimo hasta el final del mandato de Alberto Fernández. Que era precisamente lo que los tipos buscaban. 

Un caso de "gravedad institucional" (dicho esto por ellos mismos) lo frezzaron durante más de un mes, para terminar dictando un fallo que no conforma a nadie: debe ser lo que los cortesanos entienden por "justicia independiente".

Ahora dicen que las acordadas que firmaron en el 2018 no decían lo que dijeron, porque en realidad no eran sentencias -chocolate por la noticia- y estaban respondiendo a preguntas distintas. Pero en el fallo de ayer resuelven sobre la validez de todos los traslados de jueces, no solo de los dos mamarrachos (Bruglia y Bertuzzi) que promovieron la causa.

Dicen que los traslados no son nombramientos, y por eso son provisorios. Pero disponen que todos los trasladados sigan en sus cargos, gozando de la garantía de inamovilidad. Y los tres okupas, habiendo merecido el rechazo expreso de sus pliegos por el Senado de la Nación.

Le ordenan al Consejo de la Magistratura que llame a concurso por las vacantes que ocupan los trasladados a dedo por Macri, y al Congreso que dicte una ley sobre los traslados de jueces. Se confirma así que los cortesanos consideran que son un Estado dentro de otro Estado, que se rige por sus leyes propias y cuyos miembros se creen por encima de los demás Poderes y órganos del Estado.      

A la Corte no le gusta el Consejo de la Magistratura y a nosotros tampoco, por razones diferentes: para ellos porque les disputa poder, para nosotros porque es una cueva de lauchas y ñoquis armada por Alfonsín y los radicales en el Pacto de Olivos, que no ha demostrado aun ninguna utilidad práctica. De todos modos, la Corte fulmina por inconstitucionales las resoluciones del Consejo que reglamentan los traslados de jueces, pero deja a salvo sus Acordadas del 2018 que disponen sobre lo mismo; aunque la Constitución es muy clara en su artículo 114 inciso 6) en cuanto a que le corresponde al Consejo de la Magistratura "Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y la eficaz prestación de los servicios de justicia.". También dice en el inciso 3) que administra el presupuesto del Poder Judicial, pero la Corte se lo pasa por el forro delas pelotas y lo maneja ella, desde 1994.

Salvando a los jueces okupas y logrando que permanezcan en sus cargos hasta que estos se cubran por concurso, la Corte salva piezas fundamentales del aparato judicial del "law fare" montado por el macrismo para perseguir a opositores políticos (especialmente a Cristina), con su decisiva complicidad. El párrafo fundamental del fallo es éste que sigue abajo, lo demás de las 134 páginas es pura hojarasca:   

"Los recurrentes son jueces que ocupan sus actuales cargos de modo no definitivo, por no haber cumplido con el procedimiento previsto por la Constitución Nacional. Hasta tanto se dirima la cobertura de los cargos vacantes de acuerdo al procedimiento constitucional, los jueces trasladados permanecerán en sus funciones y gozarán de la garantía constitucional de inamovilidad. No deben volver a sus tribunales de origen, por cuanto los traslados a los cargos que ocupan son legítimos como tales. De este modo,  siguiendo precedentes de esta Corte, se evita una situación de incertidumbre jurisdiccional con consecuencias que podrían traducirse no sólo en impunidad ─o riesgo de tal─ en el juzgamiento de delitos de suma gravedad que hayan merecido sus intervenciones o que las merezcan en el futuro, sino también en violación de garantías respecto de las personas que hubiesen sido absueltas o sobreseídas." (Las negritas son nuestras)

Se aseguran así mantener una herramienta extorsiva sobre el gobierno nacional, en una maniobra de tenor similar -sin dudas- a aquella oprobiosa acordada de otra Corte que, en 1930 y tras el el derrocamiento de Yrigoyen, legitimó los golpes de Estado. Tuits relacionados: 

2 comentarios:

Anónimo dijo...

¿Algún motivo de peso para no pedir ahora mismo el juicio político a los miembros de la Corte macrista?
Una sola razón pido. Una.
El Colo.

Anónimo dijo...

Alberto.