LA FRASE

"VOLVÍ PARA OFRECERLE AL PRESIDENTE MI COLABORACIÓN PARA RESOLVER EL PROBLEMA DE LOS CANDIDATOS QUE PROPUSO PARA LA CORTE." (FABIÁN RODRÍGUEZ SIMÓN)

sábado, 25 de mayo de 2024

MIRÁ QUIEN VOLVIÓ

 

Volvió el fideicomiso para de la provincia para el manejo de la autopista Santa Fe-Rosario con BMR Mandatos y Negocios SA, la empresa propiedad del Banco Municipal de Rosario que ya lo tuviera entre 2017 (gobierno de Lifschitz) y 2020, cuando Perotti lo rescindió mediante el Decreto 295, disponiendo que la administración del corredor pasara directamente a la Dirección Provincial de Vialidad.

Y volvió con el mismo modelo anterior aprobado por el Decreto 1870/17 de Lifschitz (al que el decreto de Pullaro ensalza como el modelo a seguir) incluso en sus aspectos más controversiales, como por ejemplo el hecho de que el objeto del fideicomiso se limita a "..la administración integral y prestación de los servicios elementales de mantenimiento del corredor vial comprensivos del cobro de servicios, información al usuario, mantenimiento de iluminación y semaforización, conservación, mantenimiento y reposición de la señalización vial horizontal y vertical, corte de césped, mantenimiento de bosquecillos, limpieza general del tramo, auxilio y remoción de vehículos en caso de accidentes, asistencia de urgencia de ambulancias y la incorporación de nuevas tecnologías.".

O que el fiduciario (BMR) esté exceptuado de "...de realizar todas aquellas tareas relacionadas con obras mejorativas de repavimentación, obras de arte y toda otra intervención de cualquier índole sobre la calzada, a excepción de las que le sean instruidas expresamente por la Dirección Provincial de Vialidad en calidad de autoridad de aplicación, comprometiéndose el fiduciario a su realización. En estos casos, la obra podrá encomendarse cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley N° 5188 y el artículo 116 inc. c) de la Ley N° 12510, bajo los términos y condiciones que dicha repartición establezca.".

La pregunta sería como una sociedad (BMR) constituida con otro objeto social podría -llegado el caso y si Vialidad se lo pidiera- realizar obras públicas, o serles otorgadas sin licitación por tratarse de un organismo oficial (cuyo accionista es el Estado municipal) en condiciones más ventajosas que las del mercado, que es lo que exige el artículo de la Ley 12510 que se cita; y que ninguna reglamentación a dictarse por la Dirección Provincial de Vialidad podría modificar. 

Como el mismo problema (justificar la probada conveniencia sobre la media del mercado para contratar en forma directa con un organismo oficial) se les presentaba con el propio contrato de fideicomiso, lo solucionaron fácil: pidiéndole otra cotización de honorarios a “Rosario Administradora Sociedad Fiducaria S.A.”, empresa inscripta en el  Registro del Mercado de Valores de Rosario S.A., y listo: "la media del mercado" la dio una sola empresa.

No obstante estar exento de hacer obra alguna (y en esto Pullaro replica lo que hizo Lifschitz) según el contrato, los honorarios del fiduciario BMR SA se fijan sobre el porcentaje de los ingresos ordinarios por cobro de tasa retributiva de servicios (o sea el peaje) según el siguiente detalle: de: a) el 1,0 % (uno por ciento) durante el primer semestre del primer año de vigencia del Contrato, b) el 1,50% (uno y medio por ciento) a partir del séptimo mes de vigencia del Contrato y hasta su finalización. La duración prevista es de dos años a contarse desde el 31 de este mes, prorrogables por otros dos años más, o sea todo el mandato de Pullaro y los primeros meses del mandato del gobernador que lo suceda.

La justificación legal de las facultades del gobernador para aprobar este contrato apela a un mix de todo en los fundamentos del decreto: desde el artículo 148 de la Ley 12510 (obviando que de lo que se habla allí es de concesiones y no fideicomisos), a la nueva ley de ministerios (que sí habla de fideicomisos), a la contratación directa entre organismos oficiales y a la Ley 11157 dictada en 1994 durante el gobierno de Reutemann para privatizar la autopista, en lo que Binner en su momento calificó de "privatización exitosa". Pues bien, Pullaro repite así el mismo dislate jurídico en el que incurrieron Bonfatti y Lifschitz de resultas del cual el régimen de concesiones de la Ley 12510 que el mismo decreto cita, no tendría razón de ser.   

El contrato aprobado por Pullaro le permite a BMR dentro de las 24 horas hábiles subsiguientes a la acreditación en las cuentas bancarias que debe abrir en el agente financiero de la provincia (el Nuevo Banco de Santa SA) transferir total o parcialmente dichos fondos a las cuentas bancarias que decida abrir a nombre del fideicomiso en el Banco Municipal de Rosario, lo cual devela el objeto real del contrato que no es otro que el mismo que tuvo el que en su momento firmó Lifschitz: oxigenar con depósitos oficiales al Banco Municipal de Rosario, para que pueda cumplir con las normas técnicas sin merecer sanciones del Banco Central por insolvencia. 

Pero hay más curiosidades en el decreto. señala en sus considerandos "Que asimismo y por otro lado, también resulta manifiesta la inconveniencia de la gestión a través de un operador privado, dadas las falencias e incumplimientos que estos demostraron en sus últimas gestiones y que culminaron en el virtual abandono y entrega anticipada de la Unidad en el año 2017;". Lo que no dicen es que ese abandono y entrega anticipada por los privados del corredor (cuyo pliego de bases y condiciones aprobado por Decreto 1033/10 de Binner seguirá rigiendo el fideicomiso según el contrato) terminó en un escándalo porque Lifschitz les perdonó todas las sanciones, y no les ejecutó las garantías por incumplimiento.

En otra parte dice Pullaro en el decreto que "Que no debe dejar de soslayarse, que el Decreto N° 295/2020 especificó el carácter transitorio de la Unidad Ejecutora AP 01, debiendo el Poder Ejecutivo proponer para su tratamiento legislativo la conformación de una figura societaria estatal para la administración y operación de la AP 01, herramienta que a la fecha no ha prosperado;". Lo que no dicen es que el proyecto que envió Perotti a la Legislatura para crear una Sociedad del Estado (o sea con el 100 % del capital en manos estatales) no prosperó porque en cuatro años los socialistas y radicales -que tenían mayoría en la Legislatura - se negaron a tratarlo.)

Sigue Pullaro: "Que en tal línea y luego de analizar algunas alternativas para lograr una gestión satisfactoria y útil de la administración del Corredor, desestimándose otras que presentarían obstáculos, sobre todo en el área impositiva, o complicaciones en el orden al procedimiento necesario para su creación, se propone implementar nuevamente el instituto del fideicomiso de administración, como figura contractual, lo que determina un negocio jurídico bilateral, el cual además determina un importante beneficio por cuanto permite que la totalidad de los recursos puedan ser aplicados en la autopista habida cuenta de las exenciones impositivas con que cuenta esa figura jurídica;". O sea que en realidad apelan a un fideicomiso para pagar menos impuestos, y se lo dan a BMR para tirarle una soga al Banco Municipal de Rosario (quizás el orden de peso de las razones sea el inverso), lo demás son detalles. 

Para concluir con esto: "Que no debe dejar de soslayarse los antecedentes de la figura contractual del fideicomiso y su fiduciario BMR Mandatos y Negocios S.A. como instrumento de gestión del Corredor Vial durante el período 2017/2020, entre los que se destacan la modernización que se produjo en el mismo, tanto a nivel físico, tecnológico, de recursos humanos y servicios al usuario, como la transparencia y trazabilidad en la percepción y aplicación de los fondos administrados que fuera demostrada por los dictámenes emitidos por el Tribunal de Cuentas de la Provincia;". Sobre la modernización y demás yerbas, juzgue cada uno que haya transitado por la autopista, sobre la transparencia, al menos la Sindicatura General de la Provincia no pensaba lo mismo: en una auditoría de diciembre de 2020 encontró que se pagaron importantes sobreprecios en el contrato con la empresa encargada de montar un sistema inteligente de control del tránsito. 


1 comentario:

Miguel dijo...

Cuando quieras que un problema no se resuelva crea una comision, cuando quieras hacer una estafa crea un fideicomiso.