LA FRASE

"VOLVÍ PARA OFRECERLE AL PRESIDENTE MI COLABORACIÓN PARA RESOLVER EL PROBLEMA DE LOS CANDIDATOS QUE PROPUSO PARA LA CORTE." (FABIÁN RODRÍGUEZ SIMÓN)

jueves, 13 de agosto de 2015

CLARÍN PRESENTARÍA UN AMPARO PARA QUE VUELVA LA TELEVISIÓN EN BLANCO Y NEGRO


Que un grupo empresario de medios presenta un amparo en la justicia para frenar el avance de los procesos de licitación de canales digitales (en los que incluso podría participar, si previamente se adecuara a la ley de medios) demuestra hasta que punto hay gente que se cree dueña del país.

O por lo menos con el poder de imponer ellos las reglas de juego, en lugar de adaptarse a las que fija el Estado, como debe ser.

Mas cuando de medios audiovisuales se trata, en que -en estricto sentido jurídico- no hay "propietarios" o dueños (aunque coloquialmente se instale el término) sino licenciatarios autorizados por ese Estado para explotarlos; que son sí dueños de los medios materiales, económicos y jurídicos que para eso emplean: nfraestructura, equipamiento, fondos de comercio, etc.

La oposición del Grupo Clarín al avance de la televisión digital en el país viene desde hace tiempo, desde cuando andaba de picos pardos con el kirchnerismo y el gobierno debía definir que norma técnica adoptaba el país parta ingresar en la era digital en radio y televisión.

Para ese entonces el Grupo había invertido más de 100 millones de dólares en "fierros tecnológicos" para utilizar la norma estadounidense, acaso por presión de sus accionistas que son de ese origen.   

El gobierno -es sabido- en consonancia con Brasil, Venezuela, Chile, Uruguay y casi todos los países de la Unasur, adoptó la norma japonesa; que es en consecuencia la que establece la tecnología que debe disponer quien esté interesado en brindar servicios de comunicación audiovisual en formato digital. Así lo dispuso el Decreto 1148, de agosto del 2009.

Como un raro escopetazo para el lado de la justicia, ya son varias las instancias del poder judicial que le viene negando la razón al Grupo, sobre argumentos muy sencillos: no se pueden controvertir las facultades del Estado para legislar y administrar en la materia (que devienen de la propia Constitución y de la ley de medios); ni se advierten cuáles son los derechos concretamente perjudicados que Clarín puede invocar, pues si hizo en su momento una inversión empresarial a puro riesgo (comprar determinados equipos para luego presionar al gobierno a que impusiera como norma determinada tecnología) y le salió mal, no hay responsabilidad alguna del Estado.

Al respecto, conviene recordar lo que dice la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual:  "ARTICULO 2º  Carácter y alcances de la definición. La actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual se considera una actividad de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones. La explotación de los servicios de comunicación audiovisual podrá ser efectuada por prestadores de gestión estatal, de gestión privada con fines de lucro y de gestión privada sin fines de lucro, los que deberán tener capacidad de operar y tener acceso equitativo a todas las plataformas de transmisión disponibles.

La condición de actividad de interés público importa la preservación y el desarrollo de las actividades previstas en la presente como parte de las obligaciones del Estado nacional establecidas en el artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional. A tal efecto, la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes resulta una actividad social de interés público, en la que el Estado debe salvaguardar el derecho a la información, a la participación, preservación y desarrollo del Estado de Derecho, así como los valores de la libertad de expresión." (las negritas son nuestras)

Y la propia norma contempló las pautas para el proceso de transición a la tecnología digital, en su artículo 93; por medio del Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales, que sería aprobado por el Poder Ejecutivo nacional, que fijaría además la fecha de finalización del proceso de transición tecnológica para cada servicio (el famoso "apagón analógico").

Ese plan fue aprobado en diciembre del año pasado por el Decreto 2456; que es una de las normas que el Grupo Clarín cuestiona y que los diferentes fallos judiciales vienen validando. 

Es decir que no sólo resisten su adecuación forzada a las disposiciones de la ley de medios que rigen para los servicios analógicos tradicionales (recordemos que han logrado otra cautelar para freezzar la resolución de la AFSCA que los "adecuaba"); sino que pretenden estirar el pleno despliege de la televisión digital en el país a cargo de diferentes operadores (tanto públicos como privados comerciales y del "tercer sector"), retrasando así un desarrollo tecnológico en el que el país (con presencia gravitante del Estado) fue pionero en su momento.

Al sólo efecto de ver si con el nuevo gobierno pueden lograr lo que no pudieron con el actual: cambiar la norma técnica, para poder recuperar la inversión que hicieron en "fierros" que devinieron inutilizables.

Porque en éste caso ni siquiera pueden invocar brumosos "derechos adquiridos" (que tampoco tienen en los servicios analógicos), porque al presente no vienen prestando servicios de televisión o radio digital, al menos como licenciatarios autorizados por el Estado.

En cualquier momento van a ir a los tribunales a presentar un amparo para volver a la televisión en blanco  negro, porque les deben haber quedado equipos viejos de la época de Goar Mestre. 

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