LA FRASE

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viernes, 22 de abril de 2011

ECONOMIA, INFLACIÓN Y LOS FUNDAMENTALISTAS DEL MERCADO III


Por A.C.

El notable crecimiento de la economía argentina durante el período 2003/2011, acompañado de la ampliación y fortalecimiento del mercado interno a consecuencia de una histórica distribución de ingresos que posibilitaron las políticas salariales y sociales implementadas por el Gobierno Nacional, generó el incremento en la demanda de bienes y servicios y el movimiento de los precios internos.

Pero como ya se dijo aquí, hay que tener en consideración que en nuestra economía, tenemos muchos sectores de producción y comercialización que concentran gran parte del mercado, obteniendo además altísimos niveles de facturación y ganancias. A partir de esa realidad incuestionable de concentración del mercado, se puede comprender como se generan las distorsiones de precios y se transmiten al resto de la economía.

Frente al incremento de la demanda, a las empresas se le presentan dos opciones. Una alternativa resulta aumentar la producción para satisfacer la mayor demanda del mercado, manteniendo el margen de ganancia actual en el producto (es decir sin variar el precio) , pero aumentando la ganancia empresaria por el aumento de las ventas. Como el incremento de la producción implica mayor inversión en insumos, tecnología y mano de obra, entre otros costos, ante el aumento de la demanda, en nuestro país se suele recurrir no al aumento de la producción, sino al aumento de precios, con lo que se consigue mayores ganancias pero sin necesidad de inversión.

Son las reglas del mercado, dirán algunos, a mayor demanda, aumento de precios. Pero la alternativa de aumentar precios está posibilitada por la concentración, porque en ramas de la economía donde la producción no está solo en dos o tres empresas, el que incrementa el precio baja en las ventas. En cambio,  si en un producto o servicio no se tiene competidores o hay acuerdos privados para fijar precios entre los principales del rubro, hay un mercado cautivo y permanentemente expuesto a los aumentos.

Cuando se marca la existencia de formadores de precios, no es una cuestión retórica. Por ejemplo, la chapa laminada que compran automotrices y empresas metalúrgicas para fabricar desde heladeras hasta bienes de capital, es producida por los amigos de Siderar (Grupo Techint). Cuando Siderar aumenta el precio de la chapa laminada, esto se traslada a toda la cadena de valor del sector metalúrgico. Como Siderar no tiene competidores internos, y por el tipo de producción, está favorecida por barreras aduaneras, cada vez que incrementa el precio de la chapa, está generando incremento de costos para el resto del sector y por lo tanto, aumento del precio final de muchísimos productos.

La misma situación de concentración y por lo tanto de capacidad para generar incrementos de precios, se presenta en el sector alimentario. Si bien los aumentos en alimentos afectan a toda la población,  su impacto es mucho mayor en los sectores de menores ingresos, ya que éstos destinan su gasto fundamentalmente al rubro alimentario.

Así también en algunos servicios, como en el caso de la TV por cable, estamos frente a un mercado altamente concentrado, como el caso paradigmático de Cablevisión (Grupo Clarín) -80% del mercado en Capital Federal y 60% del interior del país- como ya se comentara en una entrada anterior. Recientemente, ésta empresa produjo un incremento del 35% en el abono básico, elevando el precio de $109 a $147, sin que en el servicio se hubiera operado mejora alguna y sin modificaciones en los costos que justificara el descabellado incremento. Mientras tanto, el diario de ese grupo económico que aplicaba el injustificado aumento, titulaba con alarma en la misma fecha, que la economía mostraba preocupantes índices de inflación.

Sin embargo, aún frente a ésta realidad, los fundamentalistas del mercado se escandalizan cuando el Estado Argentino utiliza herramientas legales para evitar incrementos injustificados de precios, aumentos que generan ganancias astronómicas obtenidas a través de una posición dominante, con el correlativo impacto negativo que ello produce en la población. Nunca debe perderse de vista que, cuando el Estado interviene para impedir la distorsión injustificada de precios, está cumpliendo con la ley y protegiendo a los consumidores de bienes y servicios, cuyos derechos se encuentran consagrados en el art. 42 de la Constitución Nacional.

Por otra parte, todos los países avanzados (adonde los fundamentalistas miran seducidos y deslumbrados) disponen de una legislación que proteje a sus mercados internos de consecuencias negativas derivadas de la concentración económica.  En los países de punta, el consumidor se encuentra protegido y las empresas controladas. La libertad absoluta, el dejar hacer, es una versión para la exportación del anticuario liberal, absolutamente inaplicable en la actual etapa económica del mundo, como lo prueban las distintas legislaciones nacionales y comunitarias.

En los países integrantes de la Comunidad Económica Europea, más allá de las regulaciones locales, desde 1957 el  Tratado de Roma prohibía impedir, restringir, o falsear la competencia dentro del mercado común (artículo 85) y  consagraba la prohibición expresa al abuso de posición dominante en su artículo 86.  El derecho antitrust norteamericano, cuenta también con antecedentes y regulaciones en éste sentido, como la Ley de Sherman, la Ley Clayton y la Ley de la Comisión Federal de Comercio, las que prohiben el monopolio, la concertación de precios entre competidores y las prácticas comerciales engañosas, entre otros aspectos regulados.

Esto se hace extensivo incluso a la O.N.U., organismo internacional que ya en el año 1985 aprueba Directrices relativas al consumo de los Estados miembros, consagrando entre otros puntos, la necesidad de poner freno a prácticas comerciales abusivas de todas las empresas, a nivel nacional o internacional, que perjudiquen a los consumidores, y requiere promover condiciones de mercado que posibiliten a los consumidores obtener el máximo beneficio de sus recursos económicos. 

En nuestro país, se encuentran vigentes leyes que conforman un marco de protección frente a la concentración económica y sus derivaciones, entre ellas la Ley 25.156 (Defensa de la Competencia), Ley 22.802 (Lealtad Comercial), Ley  20.680 (de Abastecimiento) y Ley 24.240 (Defensa del Consumidor), herramientas legales que dispone el Estado para enfrentar una de las principales causas de la inflación : el incremento injustificado de precios generado por quienes detentan una posición dominante en el mercado argentino, conducta abusiva que hoy está alentada por el aumento del poder adquisitivo de la población.

Pero los muchachos fundamentalistas del mercado, en su seguramente sólida formación económica, evidentemente han omitido el estudio de la suba artificial de precios en las economías concentradas, y entonces se desgarran las vestiduras ante un Estado que interviene, porque entonces, según ellos, se avasallan derechos, se espanta la inversión, se desnaturaliza el mercado, se afecta derechos adquiridos y la seguridad jurídica, y en ésta serie de desopilantes argumentos, se olvidan de considerar una cuestión básica y elemental:  cuando el Estado interviene ante situaciones de distorsión de precios, no hace otra cosa que aplicar la ley vigente, lo cual es su derecho y su obligación.

Y también olvidan deliberadamente incorporar en sus análisis inflacionarios -porque no creo que lo desconozcan-, que la normativa que rige en nuestro país, es similar a la vigente en materia de mercado interno en todos los países centrales. Por eso, observando nuestra normativa y la vigente en otras naciones, tenemos necesariamente que concluír que el extendido criterio de necesidad de intervención del estado frente a determinadas situaciones de mercado, no es producto de un arranque de locura de un funcionario “polémico”,como lo intenta explicar el Grupo Clarín , sino la consecuencia de la normativa vigente que posibilita al Gobierno Nacional defender los intereses de la población.

Pero claro, cuando se tocan intereses concentrados, acostumbrados por décadas a violar la ley sistematicamente y sin ninguna consecuencia, estos reaccionan inmediatamente y olvidan sus principios liberales. Lo dijo bien la Presidente a causa de la negativa a abonar dividendos al Estado del Grupo Techint , y resumió así la postura del grupo económico transnacional : “…se terminó el capitalismo, se terminó la seguridad jurídica. La quiero toda para mí. “

1 comentario:

Daniel dijo...

Bien esclarecedor el post.
Abrazo.