La verdad que el derrape semanal de Lanata últimamente no da ni para desmentidas, pero lo que sí es cierto es que domingo a domingo se supera en el grado de hijoputez con el que elige los temas en que se mete, o las personas a las que roza con la mierda que revolea.
Y el domingo pasado no fue la excepción, al punto de que así como no vacila en pegarle a la madre de Marita Verón, con el informe sobre el traslado del Banco Nacional de Datos Genéticos intentó sembrar una sombre de duda sobre el trabajo que se hace allí, y por que no, sobre la inmensa lucha de las Abuelas para recuperar a sus nietos.
Se ha dicho en muchos lugares, pero vale la pena reiterarlo: el Banco venía funcionando en el hospital Durand (que depende del gobierno de la CABA), hasta que en el año 2009 se sancionó la Ley 26.548 (ver acá el texto), reglamentada en enero de este año por éste decreto de Cristina. El Banco incluso existe desde antes, ya que fue creado en 1987 por la Ley 23.511,
La ley del 2009 dispuso el traspaso del Banco a la esfera del Ministerio de Ciencia, Teconología e Innovación Productiva, como organismo autárquico y autonomo, al estilo por ejemplo del CONICET, o las universidades nacionales; lo que implica que el área de Lino Barañao no tiene ingerencia sobre el trabajo específico que realiza el BNDG, que actúa además como auxiliar de la justicia, donde sus profesionales son peritos oficiales exclusivos.
Es tan cierto que la ley fue gestada en el contexto del enfrentamiento del gobierno con Clarín y la causa en la que se investiga la verdadera identidad de los hijos de Ernestina; como que con esa misma ley Marcela y Felipe Noble Herrera accedieron finalmente (luego de años de cerradas negativas, y mil y una peripecias judiciales) a hacerse los exámenes de ADN para cotejarlos con las muestras existentes en el BNDG, aportadas por familiares de desaparecidos; con resultados negativos hasta acá.
Lo que no implica que no deban repetirlos en el futuro, con nuevas muestras que se incorporen al banco a partir del aporte de otras familias de desaparecidos, o de los hallazgos de restos que se producen, por ejemplo a partir del trabajo del Equipo Argentino de Antropología Forense: la ley dice en su artículo 2 que el Banco tiene por objeto "garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de la información genética que sea necesaria como prueba para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad cuya ejecución se haya iniciado en el ámbito del Estado nacional hasta el 10 de diciembre de 1983, y que permita: a) La búsqueda e identificación de hijos y/o hijas de personas desaparecidas, que hubiesen sido secuestrados junto a sus padres o hubiesen nacido durante el cautiverio de sus madres; b) Auxiliar a la justicia y/o a organizaciones gubernamentales y no gubernamentales especializadas en la materia objeto de esta ley en la identificación genética de los restos de personas víctimas de desaparición forzada.".
Para ese fin debe (artículo 3 inciso b) de la ley) "Organizar, administrar y actualizar de manera continua el archivo nacional de datos genéticos", razón por la cual el artículo 2 del decreto reglamentario dice: "A los efectos de la búsqueda e identificación de hijos e hijas de personas desaparecidas como consecuencia del accionar represivo ilegal de la entonces dictadura militar, el BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS (BNDG) trabajará junto a la justicia y a la COMISION NACIONAL POR EL DERECHO A LA IDENTIDAD (CONADI) en el análisis de los perfiles genéticos obtenidos a partir de las muestras ingresadas en el banco y en la búsqueda de compatibilidades genéticas entre los distintos grupos familiares y los posibles hijos e hijas de personas desaparecidas.
A los efectos de poder auxiliar a la justicia y demás organizaciones, el BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS deberá ampliar su archivo informático incluyendo los datos obtenidos de los perfiles genéticos de todas las muestras cadavéricas que hayan sido halladas en fosas comunes u otros sitios que los juzgados competentes presuman puedan corresponder a lugares donde se cometieron los delitos de lesa humanidad referidos en esta ley. Los perfiles genéticos que se incluyan serán los obtenidos a partir de estudios realizados en el BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS o de aquellos obtenidos por otras organizaciones especializadas en estudios genéticos realizados en el marco de convenios suscriptos entre el Estado Nacional y otros países, los que tendrán intervención del BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS previa a su celebración. También se incluirán en este archivo los perfiles genéticos de los familiares de desaparecidos, ya sea que hayan sido obtenidos por el BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS como por instituciones públicas o privadas de nuestro país y del exterior.".
La ley entonces existe desde el 2009, pero entonces a Lanata no le preocupaba porque no trabajaba en el Grupo Clarín, entrevistaba a Estela de Carlotto, apoyaba la lucha de las Abuelas y denunciaba que los hijos de Ernestina podían ser apropiados de padres desaparecidos.
Ahora, usufructuando del lugar que el mismo Grupo le ha otorgado como su comunicador estrella, la cosa ha cambiado y le preocupa tanto el traslado de los archivos del BNDG del hospital Durand al Ministerio de Barañao, como la posibilidad de que esos archivos se amplíen con la incorporación de más material genético proveniente de personas desaparecidas.
No le preocupa en cambio que la ex directora del Banco, Ana María Di Lonardo (que ahora se opone rotundamente al traslado del Banco, parado por una cautelar, para variar) haya dejado su cargo por jubilación llevándose una computadora con información clasificada de los archivos, y haya pasado luego a compartir el mismo abogado que Ernestina: Gabriel Cavallo; a quien Lanata conoce por haber sido su socio en el fallido (para los trabajadores que se quedaron en la calle) diario Crítica.
No son pocos quienes asocian la pérdida de la computadora que se llevó Di Lonardo del BNDG, con el súbito cambio de postura de los hermanos Herrera Noble para prestar su consentimiento a hacerse los análisis de ADN.
Del mismo modo que la preocupación (verbalizada por Lanata, pero ya editorializada por Clarín hace dos años) por cerrar definitivamente la causa, algo que legalmente no es posible.
Por una razón muy sencilla: lo que está investigando la jueza Arroyo Salgado es el delito de supresión o sustitución de estado civil (artículo 138 del Código Penal) , que subsiste en su ejecución mientras no le sea restituida a la persona afectada (en éste caso los hermanos Noble Herrera) su verdadera identidad.
Y tratándose de un delito continuo (que no deja de cometerse, digamos) la acción penal prescribe sólo cuando cese, de acuerdo al mismo Código Penal, en su artículo 63: la misma razón por la que las apropiaciones de nietos que investigaban las Abuelas no fueron alcanzadas por el punto final.
Si bien es difícil aventurar un resultado, la lucha de las Abuelas y la encomiable labor del Banco están por encima y más allá de la causa que involucra a la dueña de Clarín, por lo que está súbita preocupación del multimedios (expresada por su hoy periodista estrella) por lo que pase al respecto, parece más vinculada al temor de que una ampliación de los materiales genéticos con que cuenta el BNDG hacer sus estudios pueda provocar un vuelco en la causa.
1 comentario:
basados en el buen libro de Graciela Mochkofsky "Pecado Original" (que tiene que ser lectura insoslayable para quien quiera comprender los 40 últimos años de argentina) pablo LLonto pidió nuevas medidas probatorias a fin de dilucidar la identidad del NN que se conoce como "Felipe Noble Herrera". este NN prácticamente no participa de las actividades del grupo-mafia, al contrario de la otra NN a la que llaman Marcela, a la Vito Magnetto que pusieron como maestra de ceremonia en la inauguración de expoagro...Matias
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