LA FRASE

"VOLVÍ PARA OFRECERLE AL PRESIDENTE MI COLABORACIÓN PARA RESOLVER EL PROBLEMA DE LOS CANDIDATOS QUE PROPUSO PARA LA CORTE." (FABIÁN RODRÍGUEZ SIMÓN)

miércoles, 27 de julio de 2016

EL JUEZ BONADÍO Y EL ARTÍCULO 157 DEL CÓDIGO PENAL


Declaraciones de Bonadio en radios Nacional y La Red: "Bonadio negó haberle provisto información sobre la familia Kirchner a la diputada Stolbizer, y sostuvo que a la legisladora la vio "una sola vez" en su vida, "el año pasado, en un programa de televisión" y que, luego, no volvió a verla. En este sentido, apuntó contra el Gobierno nacional y la cartera de Seguridad, ya que afirmó que la documentación que le endilgan haber filtrado "no la tenía" en su poder sino que "la tenía la Policía Federal y estaba en camino desde el Sur (por allanamientos realizados en Santa Cruz) hacia Buenos Aires...".

El juez en sus propios dichos (juez que por otra parte, tiene más de cincuenta denuncias ante el Consejo de la Magistratura por mal desempeño de su cargo), reconoce la existencia de un delito del que formó parte, a saber:  

1- Reconoce que la información que hizo pública la diputada Stolbizer en relación a la familia Kirchner, es consecuencia de documentación que él secuestró en los allanamientos que él ordenó. Y por lo tanto, queda reconocido que la documentación hecha pública, formaba parte de una investigación judicial a cargo del Juzgado Federal del cual es titular.

2- Reconoce que dicha documentación y a causa de la medida que ordenó, fue puesta por orden suya en poder de la Policía Federal, fuerza que como en cualquier allanamiento o medida judicial, actúa bajo las órdenes del juez que dispone el procedimiento.

3- Reconoce que la documentación fue trasladada por orden suya desde Santa Cruz hacía Buenos Aires a través de la Policía Federal. Fue él quien dispuso el secuestro, el traslado de la documental y que éste traslado se hiciera a través de la Policía Federal.

4- Reconoce que fue la Policía Federal, la que actuaba bajo sus órdenesquien entregó la documentación secuestrada a la diputada Stolbizer.

5- Es de público conocimiento que la diputada culminó con la comisión del delito, difundiendo públicamente el contenido de documentos de una causa judicial en etapa de investigación, documentos que fueron facilitados por la Policía Federal, que actuó bajo las órdenes del juez Bonadío.

El juez Bonadio, la diputada Stolbizer, y los integrantes de la Policía Federal que participaron del procedimiento, actuaron conjuntamente y en forma dolosa para sustraer documentación secuestrada en un proceso penal y/u obtener ilegalmente copia de la misma, entregarla a la diputada Stolbizer y hacerla pública a través de los medios de difusión.

Del delito participaron más de tres personas, por lo que los autores quedan encuadrados en la figura de la asociación ilícita. Y en tanto el juez Bonadío fue quien ordenó  el allanamiento, el secuestro de la documentación, la realización del procedimiento a través de la Policía Federal, el traslado de la prueba, y posibilitó la sustracción y entrega de la documentación a Stolbizer para su posterior difusión, su conducta queda tipificada como el organizador de la maniobra y de la asociación.

Con lo que incurrieron en al menos dos delitos: violación de secretos (artículo 157) y asociación ilícita (artículo 210): "Artículo 157. - Será reprimido con prisión de un (1) mes a dos (2) años e inhabilitación especial de un (1) a cuatro (4) años, el funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por ley deben ser secretos.

Artículo 210. - Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión."

Los fiscales de la República tienen la confesión expresa y pública del organizador de la maniobra delictiva, así que pueden actuar de inmediato. Al igual que el Consejo de la Magistratura.

5 comentarios:

Chelo Saavedra dijo...

Las pruebas son clarísimas y es clarísimo lo que va a pasar: lo van a cajonear en el juzgado que investiga esto y en el Consejo de la Magistratura lo van a proteger a Bonadío.

Anónimo dijo...

¿Pero y los fiscales que organizaban marchas? ¿Se jubilaron todos?

Norberto dijo...

Además y como en la búsqueda del cuerpo de Meneghini Rey, donde dio la orden de suspender la búsqueda luego del accidente de Once, y después que lo encontraron, procesó a los jefes de bomberos, aquí va a ser muy natural que procese al personal policial.
Nunca menos y abrazos

ram dijo...

Como si no fuera suficiente la sobrecarga de stress y sufrimiento en la espaldo del cansado titular del virreynato, ustedes siguen con los reclamos indebidos, ¿desde cuándo el juez estrella de la colonia debe saber leyes?, encima, leyes de las que le gusten a ustedes.. por favor, si tuvieran un poquito de decencia, debieran deternerse solos, así no generan gastos....

Anónimo dijo...

Ram tiene razón. Hay que aportar a la gobernabilidad del virreynato, y no seguir crispando, ensanchando la grieta.