LA FRASE

"VOLVÍ PARA OFRECERLE AL PRESIDENTE MI COLABORACIÓN PARA RESOLVER EL PROBLEMA DE LOS CANDIDATOS QUE PROPUSO PARA LA CORTE." (FABIÁN RODRÍGUEZ SIMÓN)

miércoles, 3 de agosto de 2016

DIFÍCIL QUE EL CHANCHO CHIFLE


Cuando Macri envió al Congreso el proyecto de ley ómnibus que incluía el blanqueo el socialismo lo acompañó en la votación en general, con el argumento de que habían logrado introducir como agregado que la nación asumiera el compromiso de financiar el déficit de la Caja de Jubilaciones de la provincia, que no se transfirió a la nación en los 90'.

Concretamente lo que dice al respecto la Ley 27.260 está en su artículo 27: "Instrúyase al Poder Ejecutivo nacional que, por intermedio del organismo pertinente, arribe en un plazo de ciento veinte (120) días, a un acuerdo con las provincias cuyos sistemas previsionales no fueron transferidos a la Nación a fin de compensar las eventuales asimetrías que pudieran existir respecto de aquellas jurisdicciones que sí hubieran transferido sus regímenes previsionales, de manera de colocar a todas las provincias en pie de igualdad en materia previsional. A tales efectos, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deberá realizar las auditorías correspondientes a fin de evaluar los estados contables y los avances en el proceso de armonización

Las transferencias de fondos deberán ser determinadas en función de: 1. Los desequilibrios que estaría asumiendo la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) si el sistema previsional de que se trata hubiese sido transferido a la Nación y,2. Los avances realizados en el proceso de armonización." (las negritas son nuestras)

Si alguno encuentra alguna diferencia sustancial en los dos convenios que la provincia firmó con la nación por el mismo tema en 1999 y 2006 (analizados en su momento acá y acá) nos chifla, porque son exactamente igual.

Y para que no queden dudas al respecto, nos tomamos el trabajo de analizar el Decreto 894 de la nación publicado en el Boletín Oficial del viernes pasado (completo acá) que reglamentó -entre otros el artículo 27 de la ley ómnibus, estableciendo los conceptos que deben incluirse y excluirse de la auditoría de gastos y recursos de cada Caja provincial que hará la ANSES, para determinar si hay o no déficit a financiar, y en caso afirmativo de cuanto.

Del artículo artículo 24 del Decreto 894 que es el que importa extractamos nosotros los párrafos más salientes (entrecomillados) que presentan serios obstáculos para que la nación financie el déficit de la Caja de Jubilaciones de Santa Fe, por lo menos en su mayor parte (las negritas son nuestras): “El resultado financiero corriente a ser medido, tendrá las siguientes características no taxativas:

"Excluirá las erogaciones en concepto de contribuciones patronales a obras sociales de cada Instituto provincial de Seguridad Social, en cuanto a su rol de empleador. Igual criterio se seguirá cuando los organismos provinciales de Seguridad Social, contribuyan a Obras Sociales sobre la base de las liquidaciones de Jubilaciones, Pensiones y Retiros.(acá la Caja aporta al IAPOS el 3 % de lo que paga por jubilaciones de acuerdo al artículo 9 de la Ley 8288)

"Excluirá los gastos de funcionamiento originados en el otorgamiento de aumentos salariales no remunerativos otorgados a los empleados." (acá hay, se siguen dando pese a la Ley 12.469 que lo prohíbe)

"Excluirá de los gastos de jubilaciones y pensiones: a) aquellos aumentos verificados como consecuencia del otorgamiento de aumentos salariales no remunerativos; (ídem punto anterior) b) aquellos gastos en jubilaciones correspondientes a beneficiarios con edades menores a las exigidas por la Ley N° 24.241 y modificatorias (por ejemplo los docentes con el régimen opcional de la Ley 12.464); c) aquellos gastos en jubilaciones correspondientes a beneficiarios que superen los límites máximos establecidos por las Resoluciones de la ANSES, en cumplimiento de lo establecido por la Ley N° 26.417. (los del Poder Judicial, empezando por la Corte, y puede haber más de otros sectores, como los legisladores. Incluso si se lo toma literal, muchísimas jubilaciones provinciales superan esos topes)

"Excluirá las erogaciones de regímenes de pasividad anticipada o de retiros voluntarios." (o sea, quedan afuera la policía y el servicio penitenciario)

"Excluirá aquellos ingresos por aportes y contribuciones de los organismos provinciales, originados en alícuotas que estén por encima de las vigentes en la jurisdicción nacional." (en la nación el aporte personal de los trabajadores es el 11 % y acá el 14,5 %, y la contribución patronal en la nación es el 16 % y acá el 17,20 %. Genera la duda si se excluirán todos esos ingresos o la diferencia por mayores alícuotas)

"Excluirá todo otro ingreso por aportes personales y contribuciones patronales que no estén previstos en la normativa nacional en la materia." (acá hay un montón en el artículo 3 de la Ley 6915, como el importe de los períodos en que el agente goza de licencia sin goce de sueldo, o cuando está suspendido, o cuando accede a regímenes de cómputo privilegiado)

Pasando en limpio: al analizar los números de la Caja provincial, la ANSES eliminará del déficit a financiar por la nación la parte que resulte de cualquiera de las circunstancias que nosotros puntualizamos; o cuando el aporte nacional sea innecesario porque la provincia tenga recursos propios mayores (lo apuntado en cuanto a la diferencia de las alícuotas de aportes personales y contribuciones patronales).

Sacándole todo eso, si queda aun déficit, la nación lo financiaría. Parece difícil que el chancho chifle. Menos todavía que -como afirma acá el gobernador- la idea sea que las provincias que no le transfirieron sus Cajas previsionales lo hagan: si no te quieren pagar el déficit, menos te van a pagar la Caja completa.

Y si la idea fuera -como dice Lifschitz- volver a las AFJP, ¿qué mejor que dejar que la provincia (en el caso de Santa Fe) se haga cargo solita de los 13 de cada 100 jubilados santafesinos que se jubilaron por el régimen provincial, y pasarles a las AFJP los otros 87, que hoy dependen de la ANSES?

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