LA FRASE

"ACABO DE HABLAR CON ADORNI PARA PREGUNTARLE SI POR CASUALIDAD EN EL PENDRIVE DONDE TENÍA LOS DÓLARES DE LAS CRIPTOMONEDAS NO LE HABÍAN QUEDADO LOS 4 BILLONES DE PESOS QUE NOS ESTÁN FALTANDO." (SANTIAGO BAUSILLI)
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miércoles, 11 de noviembre de 2020

FÓRMULAS

 


Desde acá veníamos diciendo que uno de los principales temas pendientes de encarar por el gobierno era la definición de la nueva fórmula de ajuste de las jubilaciones y pensiones, algo dejado de lado en la Ley 27541 de emergencia, que suspendió la fórmula aprobada por el macrismo en diciembre de 2017 y facultó al Poder Ejecutivo a disponer los aumentos por decreto.

La fórmula aprobada entonces (y que significó el principio del fin del macrismo en términos políticos, por las resistencias que despertó) contemplaba aumentos trimestrales determinados en un 70 % en base a la inflación acumulada en el trimestre previo, y un 30 % a la evolución de los salarios de los trabajadores registrados en actividad, medidos por el índice RIPTE (Remuneraciones Integradas Promedio de los Trabajadores Estables).

Vino a reemplazar a la fórmula aprobada en 2008 durante el primer gobierno de Cristina por la Ley 26417, y diseñada por Amado Boudou, por entonces al frente de la ANSES, fórmula a la cual corresponde la imagen de apertura. 

Esta reajustaba los haberes semestralmente en base en un 50 % a la evolución de los salarios de los trabajadores registrados en actividad medidos por el RIPTE (que elabora la Secretaría de Seguridad Social) o por el INDEC, el que resultara mayor de los dos; y el otro 50 % por la evolución de los recursos tributarios por beneficio, o sea la porción de la recaudación de los impuestos (IVA, Ganancias. Bienes Personales) afectada a financiar la seguridad social, dividida por la cantidad de beneficiarios (jubilados y pensionados).

El límite de la movilidad estaba dado por la evolución de los recursos totales de la ANSES (o sea impuestos más aportes personales de los trabajadores registrados, y contribuciones patronales), pero si estos crecían en mayor medida que los salarios y la recaudación impositiva, eran el elemento que determinaba el aumento de los haberes; asociando así a los jubilados y pensionados con la mejora de la recaudación de recursos propios del sistema previsional (aportes y contribuciones), que a su vez demuestran -cuando se dan- que crecieron los puestos de trabajo registrados, y los salarios de los trabajadores "en blanco".

Por lo que se sabe hasta acá (aun no hay documentos oficiales) la nueva fórmula que el gobierno enviaría al Congreso retomaría en líneas generales la de Cristina y Boudou, con una salvedad que señala acá Miguel Fernández Pastor: solo tomaría el RIPTE para medir la evolución de los salarios, y no el índice del INDEC, que en muchos años dio por encima. Lo curioso del caso es que cuando se discutió la Ley 26417 en 2008, la CGT y la CTA cuestionaron que se incluyera el índice del INDEC y no el RIPTE, suponiendo que éste daría mayores aumentos, y Cristina zanjó la cuestión reuniéndose con Moyano y Yasky para plasmar en la ley que se tomara el que diera un porcentaje mayor.

Tampoco se sabe si repetirá el esquema de la fórmula del 2008 en cuanto a que si los recursos totales de la ANSES crecen por encima de los salarios y la recaudación, los haberes jubilatorios se ajusten de acuerdo a ellos. Otro punto en el que habrá que esperar para ver la letra chica del proyecto.

Saber hoy si la nueva fórmula (que debe pasar además por la discusión en el Congreso) será más favorable o perjudicial para los jubilados es bastante prematuro y azaroso, por varias razones. Para empezar, desde la aprobación de la fórmula macrista para acá hubo rebajas de aportes patronales (que afectan los recursos de la ANSES), y los pactos fiscales firmados por Macri con los gobernadores modificaron la afectación de algunos impuestos nacionales destinados en parte a la seguridad social.

Ni hablar de la evolución de la inflación y los aumentos salariales pactados en paritarias para los trabajadores registrados, en medio de la pandemia, un formidable disciplinador de reclamos salariales junto con la recesión, vía la amenaza del desempleo latente. También influyen los fallos de la Corte que le hicieron lugar a los reclamos de Santa Fe, San Luis y Córdoba por el descuento del 15 % de la masa precoparticipable que se destinaba a la ANSES para atender las prestaciones de la seguridad social; luego hechos extensivos al conjunto de las provincias.  

Por último incide mucho el "punto de partida" de los nuevos reajustes con la nueva fórmula cuando se apruebe, y su empalme con la vigente hasta el año pasado: recordemos que la fórmula macrista les "comió" un trimestre. Como se ve muchas variables a considerar, sin mencionar las discusiones sobre si conviene adoptar una fórmula "procíclica" (que asocie a los haberes de los jubilados al crecimiento de la economía), o "anticíclica", que los proteja de una mayor inflación, o evite que sus ingresos caigan si se prolonga la recesión.

Lo que es cierto es que, como hemos dicho muchas veces acá, el problema no es solo contable o de finanzas públicas, sino económico y político: sin apostar a dinamizar el consumo y por esa vía la demanda agregada, no hay posibilidad alguna de crecimiento económico; y es imposible dinamizar el consumo si no se recomponen los ingresos de los sectores más vulnerables, que son justamente los que tienen mayor propensión al consumo.

Y acertar con la fórmula adecuada de ajuste de los haberes jubilatorios (que además y de acuerdo a la Ley 27160  debería aplicarse a los aumentos de la AUH) es también un problema político: como dijimos antes, nadie gana elecciones ajustando y la reforma previsional aprobada con fórceps por el macrismo en diciembre de 2017, envalentonado por el éxito relativo en las legislativas de ese año (en las que aplicó las dosis justas de keynesianismo electoral), fue el principio de su debacle política por las resistencias que suscitó. Tuit relacionado: 

sábado, 8 de septiembre de 2018

VAGOS HASTA PARA COPIAR Y PEGAR


Todo el fin de semana pasada transcurrió en medio de versiones y desmentidas sobre cambios en el gabinete, ministros que dejaban sus cargos, candidatos a reemplazarlos que rechazaban los ofrecimientos, fusiones de ministerios y desaparición de otros.

Cuando Macri habló en ese penoso mensaje grabado que se conoció el lunes a la mañana no dio mayores precisiones al respecto, limitándose a decir que hacía decidido "compactar su esquipo" para "hacerlo más eficiente", como si no nos hubiera dicho antes que era "el mejor de los últimos 50 años".

Como fuere, pasó el martes y los cambios seguían sin oficializarse mediante el correspondiente decreto (DNU, más precisamente, porque se trataba de modificar la ley de ministerios) y la tardanza desmentía la urgencia que luego se invocaría; mientras crecían todo tipo de versiones al respecto, incluyendo que finalmente el presidente había dado marcha atrás en su decisión.

Para peor, el miércoles pasado la edición digital del Boletín Oficial demoró en publicarse hasta bien pasadas las cinco de la tarde, alimentando todo tipo de suspicacias: la última vez que había pasado lo mismo, cuando finalmente se lo publicó apareció el DNU 267/15, por el cual se desguazaba la Ley 26.522 de servicios de comunicación audiovisual (ley de medios) disolviendo la AFSCA y podándole de un hachazo todos los artículos que le molestaban a Clarín; y sobre cuya constitucionalidad la Corte Suprema de Justicia le había dado la razón al Estado.

Cuando finalmente se pudo conocer el Boletín Oficial del miércoles, en el que apareció publicado el DNU 801 que modificaba el texto ordenado de la Ley 22.520 (ley de ministerios), introduciendo distintos cambios en la organización del gabinete del Poder Ejecutivo. Leyéndolo, la conclusión a la que se llega es que estos tipos no solo odian lo público, sino que tienen pereza hasta para sentarse a escribir, aunque más no sea para copiar y pegar.

Como toda fundamentación, el DNU tiene solo cinco párrafos de considerando, de un renglón de largo cada uno; uno de los cuáles hace mención a la ley que establece los ministerios que asisten al Presidente como titular del Poder Ejecutivo nacional, y otros dos para hacer la referencia genérica que contienen todos los decretos de necesidad y urgencia (sin mayores explicaciones en este caso, como en todos los DNU firmados por Macri desde 2015) a que no puede esperarse la intervención del Congreso, pero que lo se enviarán en cumplimiento de lo que dice la Constitución y la Ley 26.122 que reglamenta el control legislativo de ese tipo de actos.

En los restantes dos (2) párrafos están los fundamentos de la "compactación" del gabinete de Macri, podando la mitad de los ministerios existentes, entre ellos los de Salud, Trabajo, Cultura y Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. En uno de ellos se señala escuetamente que "Que en esta instancia resulta pertinente efectuar un reordenamiento estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas en materia de reducción presupuestaria.", y en el otro que sería su consecuencia lógica (?), se dice que "para ello deviene menester efectuar la fusión de Ministerios a fin de centralizar las actuales competencias en un número menor de Jurisdicciones.".

Listo, ya está, listo el pollo y pelada la gallina o el ministerio: el tal ajuste o "reducción presupuestaria" no existe o es ínfimo, porque por otro decreto publicado en el Boletín del mismo día (el 802) los ministros "suprimidos" son reubicados como "secretarios de gobierno", nuevo invento en la grilla política. Y el ajuste real (el que el macrismo viene descargando sobre el Estado desde que gobierna) no depende de éste DNU, ni del número de ministerios del gabinete presidencial.

Pero hay más pruebas de la pobreza intelectual, la enorme pereza y el absoluto desprecio por las instituciones de ésta gente: pensemos que cuando trascendieron los cambios, los que más reacciones en contra generaron fueron la desaparición de los Ministerios de Salud y Trabajo (ambos creados por Perón en su primer gobierno), y el de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva creado por Cristina en su segundo mandato; cuyo titular Lino Barañao además era el mismo, único funcionario de ese nivel que sobrevivió al cambio de gobierno.

Lo lógico entonces es ver como reflejaron esos cambios en la ley, reformada por el DNU. Claro que con lo ya dicho respecto a los fundamentos del decreto, mucho no se podía esperar, y mucho no hubo: Salud como sabemos, desapareció como ministerio para pasar a depender de Desarrollo Social.

Pues bien, lo que hicieron los bagres estos es agarrar el artículo 23 Bis de la ley (el que hablaba de las competencias de Desarrollo Social) y al final de los treinta y cinco (35) incisos que describen en detalle sus competencias, agregaron  dos mas: el 36 ) que dice que al área de Carolina Stanley le corresponde "Entender en la armonización y coordinación del Sistema Previsional con los regímenes provinciales, municipales, de profesionales y de estados extranjeros, así como en la administración y supervisión de los sistemas de complementación previsional cualquiera fuera la normativa de creación." (porque de ella pasa a depender ahora la ANSES, luego de que le sacaran el año pasado las pensiones no contributivas, mamita, tomemos nota de lo de la "armonización"); y el 37) que establece como competencia propia del ministerio "Supervisar el diseño y ejecución de políticas relativas a la salud de la población y a la promoción de conductas saludables de la comunidad; dirigir la organización y fiscalización de los establecimientos sanitarios públicos nacionales, así como el poder de policía sanitario en lo referente a productos, tecnologías, equipos, instrumental y procedimientos vinculados con la salud." .

O sea, en una ley que ahora quedó con 40 artículos, la salud pública (y la regulación  de la salud privada, como las prepagas) quedó reducida a un (1) inciso; más otro artículo (el 16 del DNU) que señala lo siguiente: "El Ministerio de Salud y Desarrollo Social es continuador a todos sus efectos del Ministerio de Salud y del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en las competencias relativas a la seguridad social, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a las carteras ministeriales citadas en segundo término." . Es decir que ni siquiera se tomaron el trabajo de copia y pegar el artículo vigente de la ley (hasta el dictado del DNU) que regulaba las competencias del Ministerio de Salud, en cada uno de sus incisos, agregándolos a continuación de los de Desarrollo Social o al principio; porque al fin y al cabo al ministerio lo renombraron "Salud y Desarrollo Social".

Lo mismo hicieron con el ahora desaparecido Ministerio de Trabajo (al que como vimos, le amputaron la parte de la seguridad social), absorbido por el de la Producción: entre los cuarenta y dos (42) incisos del artículo 20 Bis que regulan las competencias de la cartera, dedicaron uno (1), más precisamente el 41) (casi al final) para decir que le corresponde a la cartera de Dante Sica "Supervisar el diseño y ejecución de políticas relativas a las relaciones y condiciones individuales y colectivas de trabajo, al régimen legal de las negociaciones colectivas y de las asociaciones profesionales de trabajadores y empleadores, al empleo y la capacitación laboral, higiene, salud y seguridad en el trabajo."; para luego decir en el artículo 14 del DNU que "El Ministerio de Producción y Trabajo es continuador a todos sus efectos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, con excepción de las competencias relativas a la seguridad social, y del Ministerio de Agroindustria, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a las carteras ministeriales citadas en segundo y tercer término.".

Y lo mismo también hicieron con el desaparecido Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva: le dedicaron uno (1) de los dieciocho (18) incisos de las competencias del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y un artículo del DNU (el 18) que usa la misma fórmula de los anteriores ("...es continuador a todos sus efectos...").

Por si no bastaran las políticas que vienen desplegando estos tipos desde el gobierno hace 33 meses, baste este botón de muestra para comprender el lugar que le dan a la salud, el trabajo, la seguridad social, la ciencia, la tecnología y la innovación productiva.