LA FRASE

"PARA ANALIZAR SI REALMENTE HABÍA NECESIDAD Y URGENCIA PARA QUE EL PRESIDENTE DICTARA EL DNU 70 EN 2023 NOS VAMOS A TOMAR TODO EL TIEMPO QUE SEA NECESARIO." (HORACIO ROSATTI)
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jueves, 30 de julio de 2026

CRISTINA O KRISTALINA

 


(Las imágenes con texto corresponden al proyecto de ley presentado por Máximo Kirchner y otros diputados de Unión por la Patria para la reestructuración de las relaciones de la Argentina con el Fondo Monetario Internacional (FMI)) 

viernes, 19 de junio de 2026

¿EN QUÉ ANDARÁN?...

 

* ...el programa de devolución del gasto en medicamentos a los jubilados provinciales que gastan en eso más del 5 % de sus haberes, para el cual se asignaron el presupuesto del IAPOS 1800 millones de pesos, es decir apenas el 0,23 % del presupuesto total original de la obra social provincial para éste año. 

Dicho esto porque el 16 de junio (ésta misma semana) y por el Decreto 1228, Pullaro amplió el presupuesto del IAPOS en más de 121.451 millones de pesos (de los cuales más de 114.110, o sea el 93,95 %, provinieron de los bolsillos de los afiliados por aportes personales, coseguros y Servicio Complementario) y destinó de ese total cero (0) pesos a reintegrar a los jubilados el costo de los medicamentos que excedieran el 5 % de sus haberes mensuales. 

* ...el acuerdo con la Nación por el financiamiento del déficit de la Caja de Jubilaciones de la provincia, déficit que según el presupuesto de éste año y pese a la reforma previsional ajustadora de Pullaro y Olivares, iba a ser de 330.218 millones, de los cuáles 240.000 millones iban a ser aportados por la nación (cálculo efectuado cuando no se había firmado el convenio y la nación no aportaba un peso hace más de dos años). 

Casi con la mitad del año transcurrido no podemos saber como anda la cosa y si el déficit de la Caja (y los aportes del Tesoro provincial a esos fines) disminuyó o no como consecuencia del acuerdo; ni en que quedó el juicio de la provincia contra la nación iniciado en la gestión de Perotti, por el incumplimiento de los convenios anteriores.

* ...el "Plan de Protección de los Ingresos" que anunció hace poco el gobierno provincial para los agentes estatales de todos los sectores que están endeudados, e incluso para los trabajadores del sector privado que atraviesan la misma situación. Poco sabemos sobre cuantos trabajadores estatales provinciales adhirieron, cuantos del sector privado, cuantos de ellos a través del agente financiero de la provincia (el Nuevo Banco de Santa Fe S.A.), cuantos a través de otros bancos y cuales son estos, además del Banco Municipal de Rosario, y cuantos beneficiarios hicieron uso de la alternativa de percibir adelantos de haberes para cancelar deudas, que luego les serán descontados de sus sueldos futuros.  

* ..el programa "Llave" anunciado a fines de 2024, por el cual se iban a otorgar subsidios a los inquilinos para gastos derivados de la renovación de los alquileres y garantías para la firma de los contratos, al que el presupuesto de éste año destina la friolera de $ 61.885.000 (sí, no faltan ceros: casi 62 millones, o sea menos de 170.000 pesos por día, para todos los inquilinos de la provincia).

* ...la financiación por la provincia de los intereses de los préstamos bancarios contraídos por las empresa contratistas de obra pública y garantizados con certificados de obra vencidos y por cobrar,  cuanto dinero lleva gastado la provincia en ese fin y si es menos o más que lo que hubiera debido pagar por los intereses por mora en los certificados pagados fuera de término.

* ...la evolución de la deuda contraída por el gobierno de Pullaro con las cerealeras por más de 50.000 millones de pesos por los bonos emitidos en el mercado interno (deuda a la que hay que sumar la emisión de deuda externa por 1500 millones de dólares con el mismo fin) para hacerles las obras de acceso a los puertos del sur de la provincia (que solo el mes pasado se llevó 46.000 millones de pesos en intereses), y por la que esas mismas exportadoras no quieren poner un solo peso. De paso sería interesante saber como van las obras por las que Pullaro nos endeudó, en pesos y en dólares.

* ...la investigación del Fiscal de Estado de Pullaro que arrancó en diciembre del 2023 para detectar funcionarios políticos del gobierno de Perotti que habrían entrado subrepticiamente a la planta permanente ("colgados de la liana", en sus palabras), sin haber sido nunca antes empleados públicos. Dos años y medio después, no sabemos cuantos casos detectaron, o sí: cero (0). Y si no es así, que publiquen los resultados. 

*...las cuentas públicas de la provincia, que como dijimos no se publican en internet desde diciembre del año pasado, sobre todo ahora que nos enteramos que por el Decreto 474 aparecido ayer en el Boletín Oficial de la Nación, Milei le otorgó a Santa Fe un anticipo financiero de los recursos de la coparticipación federal (a devolver en el transcurso del año con intereses) por hasta 400.000 millones de pesos, porque (según los considerandos de la norma presidencial) Santa Fe es uno de los Estado provinciales que se ven  "...impedidos, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de sus respectivos presupuestos de gastos y amortización de deudas.", por lo que "...resulta necesario procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias por las que atraviesan las citadas provincias.".

*...la evolución de la planta de personal ocupado, que tampoco se publica desde diciembre de 2023, con la sola excepción del mes de marzo del 2025. Lo que sí podemos saber como anda -y no precisamente por la información que aporta el gobierno provincial- es la planta política del gobierno de Pullaro: como siempre, creciendo, desde la última vez que la relevamos acá. 

Pasó de un total de 2503 cargos ocupados al 4 de mayo, a 2547 hoy: 44 funcionarios o asesores más designados en 46 días corridos, a casi uno más por día (más si los contáramos solo por días hábiles); fruto de sumar 562 Autoridades Superiores (funcionarios) y 1985 Asistentes Técnicos (AT, Personal de Gabinete o asesores), o lo que es lo mismo, 4,77 cargos políticos cubiertos por Pullaro por cada uno cubierto por el gobierno anterior de Perotti, relación que trepa a 17,26 a 1 si solo se consideran los Asistentes Técnicos (AT). Tuit relacionado: 

jueves, 14 de mayo de 2026

¿UN CASO DE KIRCHNERISMO TARDÍO?

 

Después de mucho anunciar por los medios que su gobierno tomaría medidas para frenar el creciente endeudamiento de los agentes estatales de la provincia, Pullaro firmó el pasado martes 12 el Decreto 1014, que no es -como hubiera sido esperable- un aumento de salarios de emergencia para que los trabajadores públicos no tuvieran que pedir préstamos para llegar a fin de mes, sino otra cosa: se trata de "...un Plan de Protección de los Ingresos para agentes (activos y pasivos) de la Administración Centralizada y Descentralizada del Poder Ejecutivo..." (?), pensado "...con el objetivo central de contribuir a mejorar el ingreso disponible de cada trabajador y trabajadora, aliviando la carga de descuentos en la remuneración a partir de la intervención sobre el flujo de la deuda y la generación de instrumentos financieros para abordar el stock;...". (las comillas son del texto y las negritas nuestras)

El decreto establece en su artículo 4° que los descuentos que se tramitan a través de los recibos de suelde no pueden superar en su conjunto  el veinticinco por ciento (25%) de los haberes mensuales sujetos a descuento; que es (según el artículo 3°) el haber bruto mensual una vez practicadas las deducciones en concepto de retenciones obligatoriamente impuestas por las leyes (aporte jubilatorio, obra social), cuota sindical Ley 23551, servicio complementario de IAPOS, medidas dispuestas en sede judicial y créditos a favor de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo. 

En caso que alguna de  las entidades con códigos de descuentos sean  acreedoras de agentes que tengan una afectación en sus haberes superior al veinticinco por ciento (25%), deben adherir al régimen y refinanciar el pago de las diferencias a la tasa pactada en la operación original con el límite fijado por el decreto; pero si no refinancian el pago de las diferencias para cumplir con el tope de descuentos, la provincia lo hace tomando lo gastado a cuenta de anticipo de haberes a los agentes o jubilados, a descontar de sus sueldos o jubilaciones posteriores. Es decir, un cambio del acreedor: del que otorgó originariamente el préstamo, al Estado provincial.

Por el artículo 9º del decreto se autoriza al ministro de Economía Olivares a suscribir convenios con el Agente Financiero de la Provincia (el Nuevo Banco de Santa Fe SA) y otras entidades (no precisa si solo bancos, o pueden ser mutuales, financieras o hasta billeteras virtuales) para implementar líneas de créditos con mejores condiciones financieras a las de mercado, incluyendo bonificación y/o subsidio de tasa, destinadas a precancelar deudas por parte de agentes del Estado Provincial, Jubilados Provinciales, Empleados Municipales, Trabajadores del Sector Privado y Trabajadores Independientes que se excedan del tope establecido.

Vemos entonces que esta parte del decreto actuaría sobre el stock de deuda remanente, pero además -como en realidad está generando un negocio para el sector financiero- incorpora a esos efectos al programa a trabajadores municipales, del sector privado e "independientes", categoría ésta creada por la reciente reforma laboral aprobada por el Congreso a instancias del gobierno nacional, y con el voto -entre otros- de los legisladores que le responden a Pullaro.

Nada precisa el decreto sobre quien se hará cargo de bonificar o subsidiar la tasa de esos préstamos y en que medida; y si fuera la provincia, cuantos recursos propios invertirá a esos fines: la única precisión de números que contiene el decreto de Pullaro es la afectación de 500 millones de pesos (poco y nada) destinados a garantizar el pago de créditos tomados por los empleados o jubilados provinciales en concepto de anticipo de haberes a descontarse de estos en futuras liquidaciones, a cobrarse con posterioridad. Hay en éste caso otro posible cambio de acreedor: del que originalmente otorgó el préstamo que generó la deuda, al banco, la financiera, la mutual o la billetera virtual que otorga otro préstamo, para cancelar el anterior. 

El artículo 6° del decreto es el más importa, porque fija el límite máximo para el costo de los créditos otorgados a través de código de descuento, estableciendo que no pueden exceder el tope dispuesto en el Artículo 12 del Decreto Nacional Nº 14/2012 con Cuenta Haberes. Aun cuando Pullaro no lo dice por razones obvias, el decreto nacional al cual se remite fue dictado por Cristina al inicio de su segundo mandato, y dice en sus considerandos: "Que resulta necesario sustituir el régimen creado en el año 2000 por otro que se adecue al marco de las políticas económicas y sociales llevadas adelante por el Gobierno Nacional de desarrollo y protección de los trabajadores y de inclusión e igualdad social, que facilite el acceso al crédito y evite abusos en el costo financiero de los créditos que ocasionan un marcado deterioro en los haberes." (y) "Que resulta imprescindible establecer un límite máximo razonable de afectación de los haberes a los fines de evitar que las deducciones se tornen confiscatorias, como asimismo establecer un límite al costo financiero de los créditos que se otorguen a los trabajadores, determinar su composición y evitar erogaciones adicionales que ocasionan los abusos señalados en el considerando precedente.". (las comillas son del texto y las negritas son nuestras)

El artículo 12 del Decreto 14/12 de Cristina (al que se remite expresamente la norma dictada esta semana por Pullaro) fija un límite máximo para el costo de los créditos otorgados a través de la operación de código de descuento, en la forma de Costo Financiero Total (C.F.T.) expresado como Tasa Efectiva Anual (T.E.A.) que permita determinar la cuota mensual final a pagar por los beneficiarios de los mismos; la cual incluirá el importe abonado en concepto de cuota social, los cargos, impuestos y erogaciones por todo concepto. Precisa además que este costo financiero total (C.F.T.) o podrá exceder en un cinco por ciento (5%) adicional la tasa informada mensualmente por el Banco de la Nación Argentina para préstamos personales, reembolsados a través del sistema de código de descuento. Esa es la tasa que ahora replica Pullaro. 

El artículo 3° del decreto de Cristina del 2012 fijó un tope de descuentos del treinta por ciento (30%) del monto de la retribución resultante del previo descuento de las retenciones impuestas por las leyes, pero con la aclaración de que los haberes resultantes de la deducción no podrán ser inferiores al monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil. Y el artículo 13 del mismo decreto de Cristina establece que quienes tengan a cargo la liquidación de haberes son responsables del cumplimiento de la norma. e incurrirá en falta grave quien efectivice la deducción del salario por un porcentaje superior al tope establecido, o por cuotas de préstamos que excedan el costo total final fijado. El decreto de Pullaro no contiene ninguna advertencia en alguno de los dos sentidos. 

Es decir que, en lo verdaderamente importante (el costo de los préstamos) la solución aparentemente genial que estuvieron pergeñando Pullaro y sus funcionarios ya se le había ocurrido antes (en 2012, hace catorce años) a Cristina, y era más completa. ¿Le pagarán derechos de autor? Tuits relacionados:

miércoles, 3 de diciembre de 2025

ESTABAN FLOJOS DE PAPELES NOMÁS

 

Tres meses atrás contábamos nosotros en ésta entrada que el gobierno provincial había ideado un mecanismo para subsidiarles a las empresas contratistas de obra pública los intereses de los préstamos bancarios que contrajeran en el sistema financiero; usando como garantía los certificados de obra pendientes de pago.

La operatoria se instrumentó primero a través del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. (agente financiero del Estado provincial según contrato concedido por los gobiernos del Frente Progresista desde 2009), y se amplió después al Banco Municipal de Rosario, en lo que constituye un doble ayudín con recursos de todos los santafesinos: a las empresas contratistas, y al banco manejado por Javkin, y antes y por años por el socialismo.

Rubro en el que éste gobierno (que restableció el fideicomiso para la explotación de la autopista que Perotti había cancelado para que la administrara Vialidad provincial) no ha inventado nada, ni mucho menos: desde la tarjeta alimentaria al fideicomiso del Laboratorio Productor de Fármacos Medicinales y los depósitos judiciales de Rosario pasando por otros curritos menores, los salvavidas provinciales a la entidad financiera municipal son múltiples. 

Al analizar el proyecto de presupuesto que envió el mes pasado Pullaro a la Legislatura, decíamos en ésta otra entrada "...el artículo 58 del proyecto autoriza al gobierno de Pullaro a suscribir con entidades bancarias convenios de pago a proveedores y/o contratistas y/o adherir a líneas de financiamiento asociadas a la ejecución de gastos de capital, facultándose a compensar los costos financieros que surjan de la operatoria; lo que significa que el mecanismo por el cual la provincia les subsidia a las empresas contratistas los intereses de los préstamos bancarios que contraigan que describíamos acá, estaba flojito de papeles en términos legales.".

Pues bien, el Decreto 3064 firmado por Pullaro y su ministro Olivares el lunes pasado cuya imagen encabeza el post no hace más que confirmarlo: por él el gobernador está delegando en el ministro de Economía "...la aprobación de los Modelos de Acuerdos a celebrarse con instituciones bancarias para brindar asistencia financiera a contratistas de obra pública del Estado Provincial y su posterior suscripción...".

Pero la firma de esos convenios queda supeditada al momento "...cuando el ordenamiento jurídico vigente haya autorizado al Poder Ejecutivo a formalizar dichos acuerdos." . 

Para el caso en que se interpretase que ese "cuando" ya pasó (y por ende si hay una norma que dice que los convenios los firma el gobernador, por la delegación que dispone el decreto los pasaría a firmar el ministro), la pregunta es cual sería entonces el sentido del artículo 58 de la ley de presupuesto para el 2026 que está por tratar la Legislatura, que propicia que se lo autorice a Pullaro a firmar (ahora, no antes) ese tipo de acuerdos.

El Decreto 3064 dice en sus considerandos que "...a instancia de la Secretaría de Política Económica del Ministerio de Economía y en virtud de los beneficios reportados por la ejecución del Programa en cuestión se decidió sumar una nueva entidad bancaria a fin de continuar con sus lineamientos en iguales condiciones de financiamiento que las ya dispuestas en los acuerdos con el agente financiero provincial;..."  , y que "...siendo éste el segundo año consecutivo de la implementación del “Programa de asistencia financiera a contratistas de obra pública del Estado Provincial” se ha evaluado la posibilidad de incluir nuevas entidades bancarias a los fines de ampliar las líneas de financiación, lo que contribuiría a un mayor y más variado acceso al Programa por parte de los contratistas;...". (las negritas son nuestras)

Además de saber cuantos recursos del Estado provincial (y por ende de todos los santafesinos) se llevan gastados en éste subsidio al endeudamiento privado (porque de eso se trata), aspecto sobre el cual el decreto firmado el lunes por Pullaro y Olivares nada dice, sería muy interesante saber por qué toda la operatoria no debería ser considerada flojísima de papeles desde el punto de vista legal.

Al respecto, no está demás recordar que el artículo 65 de la Ley 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado establece que "Los avales, fianzas o garantías de cualquier naturaleza, que el Poder Ejecutivo otorgue a personas físicas o jurídicas ajenas a este sector, deben contar con autorización legislativa.". 

lunes, 24 de noviembre de 2025

SIN GARANTÍAS

 

El día después de las elecciones de octubre, decíamos en ésta entrada: "...el resultado de las elecciones no agrega nada a la absoluta insustentabilidad intrínseca del modelo de valorización financiera y fuga en curso en términos económicos y sociales, pero si le aporta un fuerte espaldarazo de sustentabilidad política; que habrá que ver como lo administran los que mandan, más allá de Milei. Macri también tuvo su  cuarto de hora electoral, y a las pocas semanas estaba pidiéndole la escupidera al FMI, como preludio del fracaso de su intento de reelección.".

En el caso del experimento libertario, hay que agregarle el elemento de la absoluta dependencia no ya de los flujos de capitales del exterior (lo que es inherente al modelo mismo), sino de las decisiones que toma otro gobierno (el de Trump) por el cual el de Milei fue intervenido; gobierno extranjero que tiene que lidiar con sus propios problemas, y atender sus propios intereses.

Menos de un mes después y cuando en "los mercados" todo parecía ser una fiesta por haber despejado el "riesgo kuka" en Argentina, se supo en las últimas horas del jueves (sugestivamente en la previa de un fin de semana extra large sin operaciones bancarias, bursátiles o cambiarias) que el pool de bancos yanquis encabezados nada menos que por el JP Morgan declinó prestarle 20.000 palos verdes a Caputo para poder pagar los vencimientos de deuda que se suceden a partir de enero del año que viene.

La razón de la negativa es fácil de entender para cualquiera, incluso hasta los votantes de las fuerzas del cielo: no hay garantías de que el país pueda honrar esa deuda porque le faltan dólares, algo que justamente reconoció el propio Caputo días antes, y que fue lo que motivó el pedido del préstamo. En éste caso y ante el riesgo de provocar un crack financiero en su propio país, ni Donald Trump ni su gobierno intercedieron ante los bancos para destrabar el préstamo a sus aliados/lacayos regionales; lo cual podría marcar que para la administración yanqui la puerta del cementerio para Milei podría estar más cerca de lo previsto, o para ser más precisos, que la ayuda tiene límites. 

Cuando parecía -en la lectura del oficialismo, el círculo rojo y los medios hegemónicos- haber desaparecido la volatilidad económica retorna con toda su fuerza, y ello seguramente impactará en la volatilidad política y el destino de las reformas que Milei impulsa (por pedido del FMI, los EEUU y el círculo rojo y por convicción propia) en el Congreso: los que hasta el jueves buscaban su foto con Santilli o Adorni para comprometer su apoyo bien podrían subirse el precio, o desensillar hasta que aclare, o dicho de otro modo: por que le van a extender así nomás a Milei y Caputo un cheque en blanco que ni el JP Morgan quiso darles, y el que lo vio antes que todos fue Macri; que desde las elecciones no ha hecho más que intentar subirse su precio, y evitar que se le termine de desgranar el PRO.

El castillo de naipes financiero de Caputo es tan frágil que cualquiera que prestara atención lo podría ver: en menos de un mes pasó de afirmar que el dólar flotaba a decirles a los empresarios argentinos que era absurdo que le pidieran al gobierno pasar a un esquema de libre flotación cambiaria en éste contexto; y de sostener que iban a sobrar los dólares o que no era importante acumular reservas ni había que hacerlo a cualquier precio, a reconocer que no los tiene, al menos no en la cantidad suficiente para pagar los próximos vencimientos de deuda, sin ayudines de afuera: no se trataba entonces simplemente de hacer bajar el riesgo país, para habilitar la vuelta a los mercados voluntarios de deuda.

En fin, nada que no se supiera, pero el asunto es otro, y es que si éste gobierno y su modelo fracasan sería el tercero al hilo que defrauda las expectativas de los votantes, contando el de Macri (que al menos de la boca para afuera llegó prometiendo conservar lo bueno del kirchnerismo), y el de Alberto Fernández, que no hizo casi nada de lo que concitó la esperanza ciudadana en el "Frente de Todos".

Milei pasaría así de ser un resultado del desencanto democrático de vastos sectores de la ciudadanía, a ser un ejemplo del fenómeno que lo engendró, y otra apuesta fallida (y van) de nuestro círculo rojo, cuya miopía conceptual -al punto que apoya experiencias políticas que terminan afectando sus propios intereses- es una desgracia para el país. Con un agregado desesperanzador: la complicidad de buena parte del pueblo argentino, por acción (acompañando estos engendros electorales de la derecha), o por omisión, quedándose en su casa en lugar de ir a votar.

El ausentismo electoral es la otra cara de la moneda de las persecuciones y proscripciones políticas de opositores (centralmente de Cristina), y ambas contribuyen al vaciamiento de sentido de nuestras rutinas democráticas: si la democracia es solo cotillón electoral y cada vez más acotado, mientras la economía queda reducida a los malabares financieros para "calmar a los mercados" y ambos dominios quedan completamente escindidos entre sí (de modo que se intenta instalar la idea de que vote lo que vota la gente o incluso si decide no ir a votar, solo hay un rumbo económico posible, aunque sea desastroso), están dadas todas las condiciones para otra crisis, más profunda aun que la que transitamos.

En ese contexto la profundización del lawfare contra Cristina y el peronismo en general aun después de un triunfo electoral del gobierno tiene por objetivo preciso recrear las condiciones del 2001, del que dicen huir: obturar cualquier salida a la crisis por la vía política, en elecciones democráticas y de las que surja una legitimidad que pueda poner límites a la voracidad de todas las fracciones (nacionales y extranjeras) del capital, como pasó después del fracaso del gobierno de Macri.

Cuando la gente llega -como llegó en el 2001- al punto del hartazgo (y la decepción) en el que reclama que se vayan todos, se quedan ellos, los que siempre están y nunca van a elecciones, más fortalecidos frente a un poder político cada vez más débil, y con instituciones cada vez más desacreditadas. Sin embargo, por esa miopía conceptual que arrastra, nuestra élite económica parece no advertir los cambios de contexto, y los riesgos que para ellos mismos y sus intereses entraña que Milei y su gobierno le hayan cedido los comandos del país a Trump; riesgos que ya deja entrever el acuerdo comercial que se termina de negociar, y supone -de cerrarse definitivamente- compromisos que condicionan el desarrollo del país más allá incluso del estallido final de la burbuja financiera de Caputo.

viernes, 14 de noviembre de 2025

ENDEUDARSE PARA AHORRAR

 

El pasado 31 de octubre el ministro Olivares presentó el proyecto de presupuesto 2026, que el gobierno de Pullaro remitió a la Legislatura. En la oportunidad, el titular de Economía subrayó que el documento estaba armado sobre la base de "ahorros", que permitían sostener las inversiones públicas; lo cual es muy curioso, porque se trata de un proyecto de presupuesto, no la cuenta de inversión del ejercicio en la que el gobierno demuestra como gastó los dineros de los santafesinos.

Ahora bien, analizado el proyecto, se puede advertir que más que ahorrar, lo que piensan hacer Pullaro y Olivares es endeudarse: la ley de presupuesto (que cabe presumir que la Legislatura controlada por el oficialismo aprobará sin mayores cambios) contiene al menos seis (6) autorizaciones para que el gobierno se endeude, por mecanismos diversos, a saber:

* Por el artículo 38 se fija en $150.000.000.000 (ciento cincuenta mil millones) o su equivalente en moneda extranjera para emitir Letras del Tesoro y otros mecanismos de emisión de deuda corriente (con vencimiento dentro del mismo ejercicio), incluyendo en éste ítem la búsqueda de financiamiento en el mercado de capitales, a través de operaciones no contempladas en la enumeración del artículo 48 de la Ley N° 12.510. 

* Por el artículo 40 se autoriza al Poder Ejecutivo a tomar descubierto en las cuentas bancarias de la provincia en el agente financiero Nuevo Banco de Santa Fe o en otros bancos donde las tenga, bajo los instrumentos vigentes a esos fines dispuesto por el Banco Central como la Comunicación "A" 8264, o cualquier otro que establezca. Se trata del mismo mecanismo descripto en su momento acá, que empezó a utilizar Bonfatti en 2013 y que desde entonces utilizaron todos los gobiernos del Frente Progresista, y de Unidos.

* Por el artículo 42 se autoriza a Pullaro a suscribir durante el ejercicio 2026 préstamos u otros instrumentos de deuda pública (como emisión de bonos en los mercados de capitales nacionales e internacionales) por un monto en pesos o su equivalente en otras monedas de hasta el veinticinco por ciento (25%) del total de la ejecución acumulada del gasto de capital realizada durante el ejercicio 2025; lo que tomando las cifras de la Administración Provincial (sin incluir a las Empresas del Estado) al 31 de agosto (último dato disponible) equivaldría a unos 190.000 millones de pesos.  

* Por el artículo 43 se autoriza al Poder Ejecutivo (sin limitación alguna de montos) a suscribir durante el ejercicio 2026 préstamos u otros instrumentos de deuda pública para la atención de las necesidades financieras que demandará la cancelación de los servicios de la deuda que ocurran en el ejercicio emitidos en moneda nacional o extranjera. O sea: si el dólar se va a la bosta y el gobierno provincial necesita más pesos para comprar dólares y pagar la deuda nominada en esa moneda, puede endeudarse a esos fines. 

* Por el artículo 44 se autoriza a la Empresa Provincial de la Energía y a Aguas Santafesinas S.A. o al Poder Ejecutivo en su nombre a endeudarse en hasta USD 90.000.000 (noventa millones de dólares) o su equivalente en moneda local más los intereses y accesorios correspondientes, para financiar la ejecución de proyectos de inversión en infraestructura o planes de mantenimiento de sus redes e instalaciones. Tomemos nota que con esa misma finalidad (hacer inversiones para mantener y mejorar los servicios) el gobierno de Pullaro viene aumentando sistemáticamente las tarifas desde diciembre de 2023, y el presupuesto para el año que viene contempla más aumentos.

* Por el artículo 46 se autoriza al Poder Ejecutivo a contraer deuda pública hasta un monto total de $ 100.000.000.000 (cien mil millones) o su equivalente en moneda extranjera, ya sea en forma directa con proveedores, a través de préstamos bancarios o a través del mercado de capitales mediante la modalidad que se determine conforme a la reglamentación; para adquirir rodados, maquinarias, medios de transporte y otros equipos de uso habitual para la prestación de servicios públicos por parte del Gobierno Provincial y de los Municipios de la Provincia. 

Vayan sumando entonces todas las posibles vías de endeudamiento con las que contaría el gobierno de Pullaro el año que viene si la Legislatura aprueba el presupuesto tal cual lo mandó el Poder Ejecutivo; a lo que hay que añadir que el artículo 50 del proyecto lo autoriza a "...a celebrar acuerdos y/o contratos con la o las entidades que resulten necesarias para la implementación y seguimiento de las operaciones autorizadas mediante los artículos precedentes. A tales efectos, el Ministerio de Economía podrá realizar procesos de selección competitivos especiales, exceptuados de lo establecido en el Título III Capítulo I de la Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, aplicando criterios de selección adecuados y bajo comisiones u honorarios en condiciones de mercado.". Traducimos: no solo pueden endeudarse, sino que tendrían carta blanca para elegir con quien y en que condiciones, sin aplicar para ello las normas generales que rigen las contrataciones del Estado.

Y si por las dudas les llegara a faltar plata en el transcurso del ejercicio, por el artículo 57 del proyecto se autoriza al Poder Ejecutivo a convenir con contribuyentes o concesionarios del Estado Provincial adelantos de impuestos o cánones por hasta un monto equivalente a lo que se estime que dicho contribuyente o concesionario deberá abonar al Estado Provincial durante los doce (12) meses posteriores; compensándolos por el adelanto, mediante descuentos sobre su obligación. 

Como dato de color el artículo 58 del proyecto autoriza al gobierno de Pullaro a suscribir con entidades bancarias convenios de pago a proveedores y/o contratistas y/o adherir a líneas de financiamiento asociadas a la ejecución de gastos de capital, facultándose a compensar los costos financieros que surjan de la operatoria; lo que significa que el mecanismo por el cual la provincia les subsidia a las empresas contratistas los intereses de los préstamos bancarios que contraigan que describíamos acá, estaba flojito de papeles en términos legales.

A esta altura del análisis, muchos se preguntarán si tanta toma potencial de deuda no viola los límites del endeudamiento que establece la Constitución provincial, que ya generaron polémicas hace poco porque cuando la reformaron, a los convencionales del oficialismo se les escapó la tortuga y aprobaron un texto más restrictivo que el que estaba vigente: para más detalles, ver éste posteo sobre la cuestión.

Pues bien, la solución que le encontraron los cráneos que asesoran al gobernador fue muy sencilla: meter en el artículo 67 del proyecto de presupuesto enviado a la Legislatura, una reforma al artículo 70 de la Ley 12.510 Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado, en el que se le agregaría al principio este texto: "Se entiende como compromiso de la renta provincial para las operaciones de crédito público a los servicios de la totalidad de las deudas provenientes de empréstitos que recaigan efectivamente en el ejercicio." (las comillas son del texto y las negritas son nuestras)

O sea: hacer de cuenta que la Constitución (que ellos mismos acaban de reformar hace pocas semanas) no dice lo que expresamente dicen sino lo que ellos quieren que diga, o peor aun, modificarla por una norma de rango inferior, como una ley. Y listo, siga siga, tomando deuda.

miércoles, 22 de octubre de 2025

BARATO SEGURO NO FUE

 

Unas semanas atrás te contábamos en éste posteo como el gobierno de Pullaro instrumentó un sistema para financiarles a las empresas contratistas de obra pública los préstamos bancarios que pidan, asumiendo la provincia parte del pago de los intereses correspondientes.

Decíamos entonces que "...se otorga a las empresas una línea de créditos con tasa subsidiada por la Provincia, es decir que a los intereses del crédito no lo pagan las empresas, sino la Provincia, y como garantía del crédito que otorga el Banco, los contratistas dejan en prenda los derechos que surgen del certificado de obra impago."

Y agregábamos que "Mediante el programa, la empresa contratista puede tomar un crédito bancario en base al certificado de obra que la Provincia le adeuda. Concedido el crédito por la entidad bancaria, al interés que se debe pagar por ese crédito no lo paga la empresa, ya que los intereses del crédito son pagados por la Provincia de Santa Fe, es decir por todos los santafesinos. Se paga con la nuestra. Si los certificados de obra se pagaran en término, no habría necesidad de afrontar costos financieros extras que agravan las obligaciones de la Provincia de Santa Fe.".

Al no estar disponible el acto que instrumentó el programa (una resolución del ministro de Economía Olivares) no se puede saber si se había previsionado cuantos recursos necesitaría la provincia para hacer frente al pago del subsidio de tasas, lo que puede variar porque depende de en que banco tome el préstamo cada empresa contratista y como esté el nivel general de tasas del mercado, que sabemos que bajo no es.

Por el Decreto 2610 del pasado viernes 17 que encabeza el post, Pullaro y sus ministros Enrico y Olivares nos dicen que hay certificados de obras que ejecuta la Dirección Provincial de Vialidad pendientes de pago por 11.290 millones de pesos, que entrarían en el programa: las empresas los colocan como garantía en los bancos con los que toman préstamos, y la provincia paga los intereses de esos préstamos, con la nuestra.

Claro que para que esos certificados de obra puedan usarse de ese modo no es necesario (según la resolución de Olivares que creó el programa) que estén vencidos y no hayan sido pagados fuera de término, aunque en esos casos también se los puede utilizar: de hecho, el decreto dice que esos 11.290 millones de pesos corresponden a certificados de obra impagos del mes de julio de éste año.

Lo que supone que ya están vencidos y devengando intereses, porque el artículo 71 de la Ley de Obras Públicas 5188 establece que deben cancelarse dentro de los sesenta (60) días de emitidos, y en caso contrario empiezan a devengar intereses. Para que se entienda, la provincia paga intereses dos veces: por mora por pagar los certificados vencido el plazo legal, y para subsidiarles a las empresas los intereses bancarios de los préstamos que tomaron, si los usaron como garantía. 

Nada dice el decreto de cuanto nos costó la jodita en éste caso en particular (reiteramos, solo para obras de Vialidad), y es imposible calcularlo porque además de lo antes expuesto sobre el mercado del crédito bancario en estos momentos, hay que ver en cuantos días de mora incurrió la provincia en cada caso, en cada uno de esos certificados.

Ni hablemos si quisiéramos hacer la cuenta para todos los casos en que todas las reparticiones del Estado provincial que ejecutan obras públicas (Vialidad, Vivienda y Urbanismo, la EPE, el Ministerio de Obras Públicas, el de Educación, entre otras) hayan apelado a éste mecanismo; diseñado por los mismos genios que le aconsejaron a Pullaro salir a tomar deuda en los mercados de capitales, justo en estos momentos.

Pero al igual que pasa con los préstamos bancarios que toman las empresas, algo es seguro: barato no fue. Para muestra un botón: dentro de las obras con certificados que entraron al programa (por afuera de las comprendidas en el decreto) está el puente entre Santa Fe y Santo Tomé, adjudicado a la empresa constructora del accionista mayoritario del diario "El Litoral". 

Y de acuerdo con la resolución conjunta firmada éste lunes 20 por los ministros Enrico y Olivares, esa empresa cedió como garantía de un préstamo bancario (cuyos intereses pagaremos todos) un certificado de obra pendiente de pago del mes de agosto (que si no venció podría estar próximo a vencerse) por 1450 millones de pesos:


jueves, 2 de octubre de 2025

PARA QUE SE METEN CON COSAS QUE NO ENTIENDEN

 

En el amplio abanico de temas que incluyó la reciente reforma constitucional impulsada en la provincia por Pullaro para habilitar su posibilidad de reelección se modificaron algunas de las atribuciones del Gobernador y de la Legislatura. En éste último caso uno de los artículos modificados del anterior texto fue el 55 en su inciso 12), según el cual le correspondía al Poder Legislativo de Santa Fe "Autorizar al Poder Ejecutivo para celebrar contratos y aprobar o desechar los concluidos “ad-referéndum” de la Legislatura. El servicio de la totalidad de las deudas provenientes de empréstitos no puede comprometer más de la cuarta parte de la renta provincial;...". (las comillas son del texto vigente hasta hace poco y las negritas son nuestras)

Cuando en 2006 durante el segundo gobierno de Jorge Obeid se aprobó la Ley 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, en su artículo 70 se reglamentó la norma constitucional definiendo lo que se entendía por "servicios de la deuda": "Se entiende como “servicio de la totalidad de las deudas provenientes de empréstitos” a la sumatoria de la amortización del capital, interés, eventuales actualizaciones del capital, comisiones y todo otro cargo proveniente del endeudamiento contraído en el marco de esta ley. Se consideran incluidos en el concepto precedente los servicios provenientes de deudas similares contraídas con anterioridad a la vigencia de esta ley.".

El mismo artículo reglamentó el tope constitucional para el endeudamiento, en éstos términos: "Se entiende a los fines del Artículo 55° Inciso 12) de la Constitución Provincial, la relación existente al cierre del ejercicio financiero anterior entre los conceptos involucrados en el primer párrafo y el conjunto de los recursos recaudados, excluidos los de afectación específica, los de capital y los obtenidos del financiamiento, de la totalidad de la Administración Provincial.".

La reforma a la norma constitucional que aprobó hace poco la convención reformadora fue a instancias del bloque de la UCR (el partido del propio Pullaro), porque ninguno de los bloques del peronismo ni de los aliados al oficialismo en "Unidos" plantearon cambiar lo que estaba escrito. El ahora artículo 90 cuando habla de las atribuciones de la Legislatura dice en su inciso 11) que le corresponde "... autorizar al Poder Ejecutivo para celebrar contratos de concesión de servicios públicos, empréstitos y operaciones de crédito, en este caso, no puede comprometer más de la cuarta parte de la renta provincial;...". (otra vez las comillas son del texto y las negritas son nuestras) 
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El objeto principal del agregado (como lo contábamos en éste posteo) fue introducir subrepticiamente y sin mayor debate la posibilidad de privatizar las empresas estatales de servicios públicos (EPE, ASSA y ENERFE); pero ya que estaban toquetearon la parte de la deuda para hacerse los "modernos" y no solo hablar (como hacía el texto anterior) de "empréstitos" (algo que remite a Rivadavia y la Baring Brothers, o Alsogaray y el empréstito 9 de Julio), incorporando las otras "operaciones de crédito público".

Operaciones que la propia Ley 12510 enumera en su artículo 60: "El endeudamiento que resulte de las operaciones de crédito público se denomina deuda pública provincial y puede originarse en: a) La emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo, constitutivos de un empréstito; b) La emisión y colocación de letras de Tesorería y la emisión de pagarés u otros medios sucedáneos de pago, cuyo vencimiento supere el ejercicio financiero; c) La contratación de préstamos con instituciones financieras nacionales, extranjeras o internacionales; u otras instituciones u organismos que tengan facultad para realizar estas operaciones; d) La contratación de obras, servicios o bienes cuyo pago total o parcial se estipule realizar en el transcurso de más de un ejercicio financiero posterior al vigente; siempre y cuando los conceptos que se financien se hayan devengado anteriormente y documentado a través de los medios de pago o financiamiento que se establecen en los incisos a), b), o c) del presente artículo; e) El otorgamiento de avales, fianzas y garantías, cuyo vencimiento supere el período del ejercicio financiero; la que no se considerará a los efectos del cómputo del Artículo 70°; f) La consolidación, conversión y renegociación de deudas. No se considera deuda pública provincial: - La deuda del Tesoro, entendida ésta como las obligaciones devengadas y no pagadas durante el ejercicio; - La emisión de letras, pagarés u otros medios sucedáneos de pago cuando se cancelen dentro del ejercicio.". (el artículo 70 vimos más arriba a que refiere, aclaramos) 

Puestos en Licurgos provinciales (y siempre que uno asuma que los que toquetearon el artículo sabían del artículo 60 de la ley), eliminaron del texto constitucional la referencia a los "servicios de la deuda", es decir los importes que se destinan anualmente y en cada presupuesto a cancelar el endeudamiento contraído; lo que significa que en el texto que quedó como inciso 11) del artículo 90 en la nueva Constitución, el tope de no afectar más de la cuarta parte de las "rentas" provinciales (que esto no lo hayan modificado aumenta la sospecha de que ni siquiera saben que existe la Ley 12510) afecta al total de la deuda, y no solo a sus servicios anuales, lo cual en plata (y desde el punto de vista del derecho) es sustancialmente diferente. 

Y sino veamos los números, tomando en cuenta para eso la Cuenta de Inversión del año pasado: el total de la deuda pública (según la define la Ley 12510) a vencer de la Administración Provincial eran a diciembre de 2024 $ 581.293.450.571,08 (algo más de 581.000 millones de pesos), y los servicios de esa deuda a cancelar este año eran en dólares 133.592.413,22, lo que tomando un tipo de cambio de $ 1450 (el oficial del cierre de ayer), serían $ 193.708.999.169: o sea casi 194 mil millones de pesos, menos de un tercio del importe a tener en cuenta si se considera toda la deuda para definir el tope constitucional del endeudamiento; como manda ahora la Constitución después de su reforma.

El gobierno de Pullaro estrenó la nueva Constitución, violándola: forzó en la Legislatura una interpretación de la norma en cuestión (la que fija el tope del endeudamiento) equivalente en términos prácticos a que la convención reformadora no hubiese existido, o no hubiera modificado el anterior artículo, para aprobar la toma de un préstamo por 25 millones de dólares con la OPEC Fund (Fondo de la OPEP para el Desarrollo Internacional). Y para cortar de cuajo cualquier debate, rápidamente promulgó la Ley 14415 (ése es su número) por el Decreto 2490 de ayer.

En los manuales de procedimientos para la gestión de créditos de los organismos internacionales (BID, Banco Mundial, CAF y otros) es habitual pedir informes de los organismos de control (básicamente el Tribunal de Cuentas y la Contaduría General de la Provincia) sobre la no superación de los límites constitucionales del endeudamiento, y dictamen de la Fiscalía de Estado respecto al cumplimiento de los requisitos exigidos por la Constitucional provincial para que el Estado santafesino tome deuda.

Recordemos además que en éste mismo momento (si, justo ahora cuando el riesgo país trepa a las nubes) el gobierno de Pullaro está tratando de emitir deuda en los mercados de capitales por 1150 millones de dólares (con un dólar disparado en alza), y pensemos cuanta seguridad jurídica para los inversores puede generar que existan dudas (en realidad no las hay: la nueva norma constitucional es clara, aunque pésimamente redactada y peor interpretada) sobre la validez jurídica del endeudamiento.

La ya citada Ley 12510 dice claramente en su artículo 67 que "Las operaciones de crédito público realizadas en contravención a las normas dispuestas en la presente ley son nulas y sin efecto, sin perjuicio de la responsabilidad personal de quienes las realicen.". ¿Cuál sería la consecuencia de una deuda tomada violando no ya una ley, sino la mismísima Constitución de la provincia; y que le impediría a un futuro gobierno de otro signo político desconocerla como deuda odioso o ilegítima, y no pagarla? Tuits relacionados:

martes, 8 de julio de 2025

EL MEGACANJE DE PULLARO

 

La semana pasada contábamos en ésta entrada como en tiempo récord Pullaro empezó a instrumentar la autorización que obtuvo de la Legislatura para endeudar a la provincia en 1150 millones de dólares, con la excusa de que se iban a destinar a hacer obras públicas. En ese posteo mostrábamos como contrataron en forma directa a dos calificadoras de riesgo para la emisión de deuda, que son las mismas que en el 2016 había contratado Lifschtiz en su gobierno, cuando Pablo Olivares (el actual ministro de Economía de la provincia) era Secretario de Hacienda.

Y todo indica que la operación sigue viento en popa: el viernes pasado y en la previa de su viaje a los Estados Unidos para buscar inversores interesados en financiar -en teoría- su plan de obras, Pullaro firmó el Decreto 1433 cuyas imágenes ilustran el post; por el cual el gobierno provincial vuelve a contratar en forma directa (es decir sin licitación ni concurso ni nada parecido) a un consorcio de bancos (el Santander y el JP Morgan, nada menos) para que lo asesoren en todo el proceso de emisión, colocación y canje de deuda, como pueden ver abajo: 


Canje dijimos, y no hay ningún error de nuestra parte: el propio decreto de Pullaro dice que de los 1000 millones de dólares de deuda que se emitirían en los mercados privados de capitales (los 150 autorizados por la Legislatura serían con la Corporación Andina de Fomento), 250 se destinarían no a obras públicas, sino a canjear los títulos de deuda emitidos por el gobierno de Lifschitz en 2016, que se vencen de acá al 2027 (fin del mandato de Pullaro) y devengan un interés del 6,9 % en dólares (ver imagen de la carta compromiso con los bancos colocadores, al final del post).

En el decreto nada se dice de las razones por las cuáles es conveniente canjear esa deuda por una nueva, de modo de saber si ésta última será en condiciones más favorables para la provincia (por ejemplo con menos tasa de interés), o más gravosas (o sea pagando un interés aun mayor, para atraer a los potenciales inversores), que en serían trasladadas a futuros gobiernos.

Dicho de otro modo: no sabemos si el Olivares del 2025 (ministro de Economía de Pullaro) debe rescatar al Olivares del 2016 (secretario de Hacienda de Lifschitz) de su impericia por haber tomado deuda cara (pese a que entonces también hizo campaña para tomar deuda, porque era conveniente), o es al revés y aquella deuda era conveniente pero hay que pagarla antes de que termine el actual mandato del gobernador (que busca su reelección e impulsó para eso la reforma de la Constitución), y entonces se "rollea" para adelante, pagando mayores intereses a cargo de futuros gobiernos, para aliviar la carga de vencimientos en el 2027, que será un año electoral en el que Pullaro jugará su reelección.

¿Grabará un video el gobernador diciendo que la operación fue in éxito y el 2026 será un gran año, emulando a De La Rúa con el blindaje, es Olivares su Sturzenegger propio?

Como datos de color (negro) veamos algunas de las cláusulas propuestas por los bancos contratados ("Colocadores Líderes Conjuntos"), es decir, el Santander y el JP Morgan, y aceptadas por el gobierno de Pullaro, en tiempos de  RIGI y juezas Preska: "...prorrogar la jurisdicción en favor de tribunales extranjeros y renunciar a oponer la defensa de inmunidad soberana y/o defensas de no justiciabilidad y/u otros compromisos habituales para operaciones con títulos de deuda y/o con cualquier otra operación de crédito público en los mercados internacionales; acordar compromisos, declaraciones y restricciones conforme a prácticas y estándares habituales en los mercados para ese tipo de operaciones; determinar la ley aplicable a las operaciones de crédito público autorizadas por dicha ley y/o contratos necesarios para su implementación, incluyendo leyes extranjeras;...". (las comillas son del texto y las negritas son nuestras)

"Ley Aplicable y Prórroga de Jurisdicción.  La presente carta acuerdo, incluido su Anexo A, así como cualquier reclamo, controversia o disputa que surja en virtud de o en relación con la misma, se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del Estado de Nueva York, sin dar efecto a sus principios sobre conflictos de leyes. El Emisor y los Colocadores Líderes Conjuntos acuerdan irrevocablemente renunciar a un juicio por jurado en cualquier acción, procedimiento, reclamo o contrademanda iniciada por o en nombre de cualquiera de las partes en relación con esta carta acuerdo o la prestación de los servicios aquí contemplados. El Emisor se somete irrevocable e incondicionalmente a la jurisdicción exclusiva de cualquier tribunal estatal o federal con sede en la Ciudad y el Condado de Nueva York respecto de cualquier demanda, acción o procedimiento que surja de o se relacione con esta carta acuerdo.".

"En la medida en que el Emisor pueda invocar, en cualquier jurisdicción, inmunidad respecto de sí mismo, de sus bienes o de sus rentas frente a cualquier demanda, ejecución, embargo (ya sea en garantía de una ejecución, con anterioridad a una sentencia o de otro modo) u otro proceso judicial, y en la medida en que dicha inmunidad (sea o no invocada) pueda atribuirse al Emisor o a sus bienes o rentas en dicha jurisdicción, el Emisor acuerda no invocar y renuncia irrevocablemente a dicha inmunidad en la máxima medida permitida por la legislación aplicable en dicha jurisdicción. Sin limitar la generalidad de lo anterior, el Emisor acuerda que dicha renuncia de inmunidad tendrá el mayor alcance permitido conforme a la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras de los Estados Unidos de 1976, según fuera modificada (U.S. Foreign Sovereign Immunities Act of 1976), y que se entiende irrevocable a los efectos de dicha ley.".

"El Emisor acuerda indemnizar y mantener indemnes a los Colocadores Líderes Conjuntos, a sus afiliadas y a sus respectivos directores, funcionarios, empleados, agentes y personas bajo su control (cada uno, una “Persona Indemnizada”) frente a la totalidad de las pérdidas, reclamos, daños, responsabilidades y gastos, sean mancomunados o solidarios, a los que cualquier Persona Indemnizada pudiera estar sujeta como consecuencia de, o en relación con, las transacciones contempladas en la carta acuerdo a la que este Anexo A se encuentra adjunto (el “Acuerdo”), o cualquier reclamo, litigio, investigación o procedimiento relacionado con lo anterior (las “Actuaciones”),...".

miércoles, 2 de julio de 2025

EL ARTE DE ENDEUDARSE

 

Como es sabido, Pullaro gestionó y obtuvo de la Legislatura en tiempo récord autorización para endeudar a la provincia en 1150 millones de dólares, supuestamente para hacer obras de infraestructura. De ese total, 1000 millones son los mercados privados de capitales, es decir con los bancos y fondos de inversión.

Mientras todo ese proceso se desarrollaba en Santa Fe, MSCI (la consultora de riesgo de la banca Morgan) colocaba a la Argentina en la extraña categoría de "standalone", algo así como un ornitorrinco extraño en el que no se puede confiar demasiado como para prestarle plata o invertir en él; lo cual -como se sabe- influye en el famoso "riesgo país", y en las tasas de interés que debería pagar el país si saliera a colocar deuda en los mercados internacionales. Este dato es especialmente relevante en el caso santafesino, en el cual la oposición objetó en la Legislatura el endeudamiento, precisamente porque no se daban detalles sobre sus condiciones: tasas, plazos, etc. 

Este fin de semana (en que en Santa Fe hubo elecciones municipales), la mismísima JP Morgan emitió un informe aconsejando a sus inversiones vender sus bonos argentinos y rajarse pronto, porque el ciclo de la bicicleta financiera del "carry trade" de Milei y Caputo podría estar llegando a su fin. Lo que obviamente conspira contra las intenciones del dueto para salir a los mercados voluntarios de deuda a tomar financiamiento; dificultad extensible a la provincia de Santa Fe y a cualquiera que crea que es un buen momento para endeudarse.

Pues bien en ese contexto es que Pullaro siguió adelante con su intención de endeudar a Santa Fe, y dictó el viernes pasado -ya con la veda electoral en marcha en la provincia- el Decreto 1328 cuyas imágenes ilustran el post, por el cual contrató en forma directa (es decir sin licitación pública, concurso de precios ni nada parecido) a dos calificadoras de riesgo: Fitch Rating y Moody's Investors Service, cuyos servicios son obviamente pagados en dólares crocantes y sonantes; y ahora, antes siquiera de saber cuando y cómo la provincia recibiría el financiamiento que busca.   

Como hemos explicado otras veces acá (ver la etiqueta "calificadoras de riesgo" a la derecha del blog), la contratación de las calificadoras sigue a la toma de deuda como la sombra al cuerpo, y no se consigue una sin la otra, porque son todas parte del mismo negocio de los bancos privados y fondos de inversión. De allí que al contratar a una u otra, de algún modo se está anticipando quien te va a prestar la plata. Razón por la cual las calificadoras son parte inescindible del mismo mecanismo perverso de endeudamiento. 

Lo dice el propio decreto de Pullaro en sus considerandos: "Que en el marco de las actividades que desarrolla el Ministerio de Economía, tendientes a la búsqueda de financiamiento y la identificación de fuentes e instrumentos para lograrlo, la Directora General de Crédito Público manifiesta la necesidad de contratar agencias calificadoras internacionales a fin de evaluar una posible emisión de títulos de deuda en los mercados financieros locales e internacionales;...". Y agrega esto: "Que se ha solicitado asesoramiento al Nuevo Banco de Santa Fe S.A, en su calidad de Agente Financiero de la Provincia, el que ha informado que en los procesos de emisión de títulos se requiere la contratación de calificadoras de riesgo y que éstas deben contar con reconocido prestigio internacional por cuanto la obtención de calificaciones crediticias por parte de agencias con experiencia y credibilidad global es fundamental para generar confianza en los inversores internacionales;...".

Para que se entienda: el banco de los Eskenazy (que viene siendo el agente financiero de la provincia desde hace 30 años, condición que le fue renovada por todos los gobiernos del Frente Progresista en licitaciones armadas a su medida donde terminó siendo invariablemente el único oferente) le aconseja al Estado provincial, no solo contratar calificadoras de riesgo para tomar deuda, sino a cuáles contratar. Así lo dice el decreto: "Que atento a la especificidad de la materia, el mencionado Agente dentro del marco del Contrato de Vinculación vigente, destaca que la especialidad de los servicios requeridos se justifica en que la calificación de riesgo es fundamental para obtener una evaluación independiente y estandarizada del riesgo crediticio de la Provincia en el marco de operaciones de emisión de títulos;..."; por lo cual "...recomienda la contratación de las firmas Moody’s Investors Service y Fitch Ratings, las cuales cuentan con una probada trayectoria y reconocimiento en los mercados internacionales y además han prestado servicios con anterioridad a la Provincia de Santa Fe;...".

Que ya trabajaron en la provincia es cierto, más concretamente en 2016 durante el gobierno de Lifschitz, apenas comenzó su mandato y cuando el actual ministro de Economía de Pullaro, Olivares, era Secretario de Hacienda: ver más información en ésta entrada y en esta otra. 


Claro que alguien podría preguntarse -con razón- ¿Siendo el gobierno de Pullaro el Estado, no tiene la obligación de ser transparente en la gestión de los recursos públicos que administra, y licitar un contrato de éstas características para asegurarse que no hay favoritismos ni corrupción, y no se paga más de lo debido, o no se favorecen conflictos de intereses entre los que dictaminan sobre las condiciones de la provincia para tomar deuda y los inversores interesados en prestarle plata y hacer negocios?

También podría preguntarse -con toda lógica- si no hay otro argumento más de peso para contratar a estas dos consultoras en forma directa (y no a otras) porque se las contrató en el 2016 (es decir hace casi una década) y en las misma condiciones (basándose en el consejo del Nuevo Banco de Santa Fe SA), como si en el medio no hubiera pasado nada en la provincia, en la Argentina y en el mundo.

Pues bien, como posible respuesta a esas preguntas, el decreto de Pullaro dice que la contratación directa "...encuadra...en el artículo 116° inciso c) apartado 4 de la Ley Nº 12510, reglamentado por el Decreto Nº 1104/16...". El artículo citado de la Ley 12510 permite contratar en forma directa "Obras de arte, científicas o de interés histórico cuya ejecución deba confiarse a empresas, artistas o profesionales especializados de reconocida capacidad. Se debe fundar la necesidad de la especialización y los antecedentes que acrediten la notoria capacidad científica o artística de las empresas, artistas o especialistas a quienes eventualmente se les encomiende la ejecución de la obra o servicio." (las comillas son del texto y las negritas son nuestras)

Y el Decreto reglamentario 1104/16 (que también cita Pullaro en su decreto) señala que "Las contrataciones que se pretendan efectuar en uso del apartado 4 del artículo 116° inciso c) se basarán en los informes técnicos que reporten las áreas específicas del órgano contratante y deberá fundamentarse documentadamente la necesidad de la especialización para la prestación del servicio o ejecución de la obra, como asimismo la capacidad artística, técnica o científica del ejecutor, esto último sobre la base de antecedentes que así lo acrediten.". En este caso como vimos, el "informe técnico" fue el consejo del banco de Eskenazy.

¿Será que Pullaro considera un arte endeudarse, las calificadoras dibujan los números con maestría para que pueda hacerlo, o la deuda es una ciencia oculta reservada solo a unos pocos elegidos?

sábado, 26 de abril de 2025

BRADEN O PERÓN, 80 AÑOS DESPUÉS

 

La historia es conocida: cuando su plan económico (que en líneas generales era el mismo de Milei ahora) naufragó, Macri fue al FMI y obtuvo en tiempo récord (tanto que se saltearon pasos obligatorios del procedimiento) una ayuda también récord: 57.000 millones de dólares, de los que finalmente se utilizaron 45.000.

Se utilizaron -básicamente- para financiar la fuga de los capitales golondrina que habían llegado al país durante la anterior gestión de Caputo para obtener pingües ganancias en dólares que no conseguirían en ningún lugar del mundo, exactamente igual que ahora, cuando el delincuente volvió (como suelen hacer) al lugar del crimen.

En aquel momento (2018, pero parece que para algunos hubiera sido hace un siglo porque ya se olvidaron) se dijo que las condiciones en las que se otorgó el préstamo y -sobre todo- el destino que se les dio a los fondos violaban abiertamente la carta orgánica del FMI, que inhibe usar su asistencia para financiar procesos de fuga de capitales. 

En lo que intentó ser una defensa pero dejó más en claro las cosas, Mauricio Claver Carone (entonces representante de EEUU en el Banco Mundial, hoy funcionario de la administración Trump) dijo abiertamente que habían "flexibilizado" exigencias y requisitos para ayudar a un aliado regional que el gobierno norteamericano consideraba importante, a ganar las elecciones y conseguir su reelección.

El propio Milei (cuando era panelista habitual en la tele) cuestionó ambas cosas: la irresponsabilidad de Caputo (al que llamó estafador profesional) en timbearse la plata, y la del FMI en prestársela y dejarle la deuda a los futuros gobiernos. También Espert (otro furioso oficialista actual, presidente de la comisión de Presupuesto de Diputados) decía entonces que acudir al FMI era como irse a la B. Ahí están los videos, que no nos dejan mentir.

No obstante el descomunal aporte de campaña que le dieron, Macri perdió las elecciones en primera vuelta, y llegado al gobierno el "Frente de Todos" Alberto Fernández y su ministro  Guzmán entendieron (aun en plena pandemia, estallada solo tres meses después) que lo prioritario era arreglar el pago de la deuda con los bonistas privados que le habían prestado a Macri, y con el FMI el replanteo del acuerdo de 2018, cuando estaban dadas todas las condiciones (incluso el contexto excepcional de la pandemia) para desconocerlo.

Más aun, trataron de convencernos (como lo hizo Macri cuando nos pidió enamorarnos de Lagarde) que el FMI ahora era distinto, y su titular, Kristalina Georgieva, comprendía nuestra situación porque de chica había conocido la pobreza. Y teniendo a su disposición el listado de los que compraron dólares para la fuga (y lo siguieron haciendo incluso mientras le pedían asistencia al Estado en la pandemia) nada hicieron al respecto, tanto que el impuesto extraordinario a las grandes fortunas -como el mismo Guzmán se encargó de aclarar- no fue una iniciativa del Ejecutivo sino del Congreso, más específicamente de Máximo Kirchner; que junto a otros diputados de la Cámpora no votaron a favor el acuerdo con el FMI.

Ahí quedó sellada la suerte del gobierno del FDT (más incluso que en la reculada por Vicentín), que defraudó las expectativas de los que lo votamos, y de allí a Milei había apenas un paso -como lo advirtió Cristina- y ese paso se dio, para traernos a éste punto; en el que con todo eso a la vista (y precisamente por todo eso), todos reincidieron en sus comportamientos: Caputo timbeando los dólares escasos de las reservas en la bicicleta financiera, el  gobierno yendo a pedirle la escupidera al FMI y el Fondo abriendo generoso su billetera para que se la timbeen, con la esperanza de que sus amigos (que son los de EEUU) ganen la elección

Por si a alguno le quedaban dudas, ahí están las declaraciones de Georgieva en el video de apertura, llamando a votar por los candidatos del gobierno. Como bien dice el comunicado del PJ nacional que pueden ver en el tuit de abajo, otro gigantesco aporte de campaña para los aliados del imperio en el país y la región, que ahora sobreactúan aun más que Macri su alineamiento incondicional. Como para no perder de vista quienes son los verdaderos dueños del circo, y quienes simplemente los payasos.

Ante semejante injerencismo a cielo abierto en nuestros asuntos políticos internos como no se veía desde los tiempos de Braden y como hemos dicho antes, la cuestión no es lo que hagan ellos, sino lo que vamos a hacer nosotros: no alcanza con decir (como dice el comunicado del PJ) que se trata de un aporte de campaña para Milei, hay que decir con todas las letras que llegados al gobierno se desconocerá la deuda; para lo cual argumentos sobran: en éste contexto, el préstamo del FMI (al igual que la política económica del gobierno, si así se la puede llamar) es una apuesta timbera en un gigantesco casino, y como toda apuesta, puede fallar. 

En éste caso incluso ni siquiera puede hablarse estrictamente de azar, precisamente porque están los antecedentes históricos a la vista (el último, el de Macri en 2018) para saber como terminan estos esquemas Ponzi o estafas piramidales disfrazadas de programas económicos. Y si cuando apostás te toca perder, andá a llorar a la iglesia, o al velorio del Papa Francisco. Porque de lo contrario será -de nuevo, como con Alberto- como si hubiera ganado Braden. Tuits relacionados: