LA FRASE

"VOLVÍ PARA OFRECERLE AL PRESIDENTE MI COLABORACIÓN PARA RESOLVER EL PROBLEMA DE LOS CANDIDATOS QUE PROPUSO PARA LA CORTE." (FABIÁN RODRÍGUEZ SIMÓN)

lunes, 16 de noviembre de 2020

CANTARON 33

 

"Las negociaciones que se iniciarán próximamente, serán para superar el “cancelado y descarrilado acuerdo stand by 2018 (SBA). Resulta obvio que, si este SBA hubiera resultado exitoso, hoy no estaríamos ante la necesidad de tener que acordar un nuevo Programa. Es entonces necesario entender qué es lo que falló al momento de gestionarse los fondos que tan irresponsablemente ese organismo le prestó a la Argentina; cuáles fueron los cálculos que hicieron pensar a los técnicos, funcionarios y directivos del FMI, que nuestro país podría obtener excedentes externos suficientes como para afrontar los vencimientos que se previeron en ese entonces, cuando en realidad resultaba claro desde el inicio que los mismos serían de pago imposible, como así lo manifestaron oportunamente analistas locales e internacionales."

"Resulta importante entender con claridad la cuestión planteada precedentemente, porque de ella se deriva la responsabilidad de cada parte –el Gobierno de Argentina y las autoridades del FMI de ese momento- en lo actuado hasta el presente. Asumir la responsabilidad de cada parte es esencial para que la negociación que próximamente se inicie resulte transparente, efectiva, de buena fe y sobre todo; para que los resultados que surjan de la misma contemplen la proporcionalidad de la responsabilidad compartida en el rápido, desproporcionado e inútil endeudamiento con ese organismo al que llegó nuestro país. Hacerse cargo de la responsabilidad proporcional que cada parte tiene, permitirá no solo negociar el próximo Programa en igualdad de condiciones, sino también que los costos de las decisiones erróneas o equivocadas se repartan en forma equitativa."

"En ese sentido, y siempre con el afán de contribuir al entendimiento mutuo, es de resaltar que el propio Estatuto del Fondo expresa, en su Art. VI. Transferencias de Capital. Sección 1: Uso de los recursos generales del Fondo para transferencias de Capital. Apéndice a) Artículo VI, que: “Salvo en el caso previsto en la Sección 2 de este Artículo, ningún país miembro podrá utilizar los recursos generales del Fondo para hacer frente a una salida considerable o continua de capital, y el Fondo podrá pedir al país miembro que adopte medidas de control para evitar que los recursos generales del Fondo se destinen a tal fin.  Si después de haber sido requerido a ese efecto el país miembro no aplicara las medidas de control pertinentes, el Fondo podrá declararlo inhabilitado para utilizar los recursos generales del Fondo”."

"Según la información que se conoció inmediatamente después de los primeros desembolsos efectuados, esos fondos, en lugar de engrosar las reservas internacionales del BCRA, se dirigieron a financiar la fuga de capitales mediante el aumento en la formación de activos externos. Por eso, nos resulta de interés conocer cuáles fueron las medidas de control que el Fondo solicitó a la Argentina en ese contexto, ya que, a nuestro entender, ello no sólo no ocurrió sino que, además, ese organismo continuó con los desembolsos sin considerar esta situación; a pesar de que era informado diariamente por las autoridades argentinas de ese entonces, sobre la evolución de las principales variables económicas, fiscales, financieras, bancarias y cambiarias."

"Dado que, según los elementos de juicio que consideramos, no estaban dadas las condiciones para continuar con los desembolsos, habida cuenta del incumplimiento del Artículo VI, nos permitimos suponer que si los mismos igual se efectivizaron se debió, principalmente, a consideraciones de tipo político y no a aspectos técnicos o institucionales. Estas suposiciones no solo están basadas en noticias periodísticas que dan cuenta de las pretensiones del Presidente de los EEUU, Donald Trump, de ayudar al entonces gobierno de la Argentina para que Mauricio Macri pudiera ser reelecto, sino que además se sostienen por la información brindada por Mauricio Claver-Carone, quien reveló este entramado durante una teleconferencia del Consejo Chileno para las Relaciones Internacionales (CCRI) realizada el pasado 22 de julio, donde afirmó que el presidente de los EEUU solicitó al FMI el otorgamiento de un préstamo por 55.000 millones de dólares a la Argentina, con el fin de que Mauricio Macri ganara las elecciones, ya que lo consideraba un aliado estratégico." 

"firmó que, como algunos miembros del directorio del FMI -especialmente de los países europeos-no estaban de acuerdo en otorgar esa suma de dinero a un gobierno cuya economía se encontraba en constante deterioro, la entonces directora gerente, Christine Lagarde, trasladó tales inquietudes a la Casa Blanca, agregando que él directamente – Claver Cardone- las puso en conocimiento del presidente Trump, quien solicitó, según siempre bajo los dichos de este funcionario, que el Fondo arbitre todos los medios necesarios para la autorización del préstamo. Por lo tanto, sería necesario que el Fondo confirme o desmienta categóricamente estas apreciaciones, puesto que estaríamos ante un antecedente gravísimo de injerencia e influencia del FMI para que un determinado sector político obtuviese el triunfo en las elecciones pasadas, dejando una deuda impagable que afecta negativamente el futuro de la totalidad de los argentinos." 

"Otro aspecto a resaltar es la forma en que se tomó esta deuda. Hoy la justicia argentina está investigando si se hizo al margen de lo que prescriben las normas vigentes y en caso de que correspondiese, determinar la responsabilidad civil y penal que les pudiera caber a los funcionarios públicos responsables de la gestión anterior. En efecto, la Ley de Administración Financiera de la Argentina (Ley N° 24.156) prescribe en su artículo 61 que, “en los casos que las operaciones de crédito público originen la constitución de deuda pública externa, antes de formalizarse el acto respectivo cualquiera sea el ente del sector público emisor o contratante, deberá emitir opinión el Banco Central de la República Argentina sobre el impacto de la operación en la balanza de pagos...”, lo que no ocurrió con la certeza y precisión necesarias."

"No escapará al calificado criterio, amplio conocimiento y experiencia de la Directora General, de los demás directivos de ese organismo, de sus funcionarios y técnicos, todos especializados en macroeconomía y finanzas internacionales; que el motivo de esta exigencia legal obedece a que la capacidad de pago del país está completamente vinculada al resultado, presente y proyectado, de los distintos rubros que conforman la cuenta corriente y de capital. Ya, al cuarto trimestre de 2017, la cuenta corriente arrojó un déficit de U$S 8.738 millones, como resultado de la apertura indiscriminada de importaciones y la derogación, para los exportadores, de la obligación de liquidar las divisas en la plaza Buenos Aires, hecho que, sumado al levantamiento de las regulaciones prudenciales al movimiento internacional de capitales, anticipaba lo que sería una pérdida de solvencia continua, a partir de esos años, en las cuentas externas del país."

"El gobierno de aquel entonces tampoco cumplió con los requisitos elementales para celebrar válidamente un acto administrativo, toda vez que se desconoce la confección de expedientes y documentos de respaldo previo a la firma de los acuerdos. Esos estudios deberían ser, al menos, el de factibilidad, un informe económico que necesariamente tendría que haber hecho el Ministerio de Hacienda; y el informe jurídico previo a la suscripción del acuerdo. Tampoco hay decreto presidencial sobre el préstamo, y ni siquiera se ha encontrado el informe del Banco Central de evaluación financiera que obliga la ley a hacer, para ver cómo afectaba este acuerdo a la balanza de pagos del país."

"Argentina tomó el préstamo más grande de su historia y asumió compromisos financieros, a todas luces incumplibles, sin tener un expediente abierto y sin los dictámenes e informes correspondientes, lo cual infringiría, al menos, la Constitución Nacional, el Estatuto del Fondo y las Leyes de Procedimientos Administrativos y de Administración Financiera...por ello nos preguntamos si los beneficiarios privados de los desembolsos realizados por el Fondo, es decir quienes pudieron concretar la salida del mercado ante presiones devaluatorias (los que pudieron completar el ciclo financiero de fuga de capitales) no son acaso los que han contado con un entramado de relaciones con los funcionarios del gobierno argentino de ese entonces, con la complacencia de los miembros del Fondo actuantes en la operatoria que no supieron, no quisieron, o no pudieron frenar los desembolsos ante dicha situación."

"Sabemos que fue el préstamo SBA más grande de la historia del FMI y también de la larga historia de endeudamiento fracasado de la Argentina con ese organismo. En junio de 2018 el acuerdo de préstamo alcanzó los u$s 50.000 millones, suma que fue ampliada en u$s 7.100 millones más en octubre de ese mismo año. Convencionalmente, el Fondo presta a los países en los SBA el 435% de su cuota, con desembolsos que no pueden superar el 145% anualmente. En los números de Argentina, con una cuota de aproximadamente u$s 5.000 millones (equivalente a los Derechos Especiales de Giro –DEG-), hubiera correspondido, en el año 2018, un monto de SBA máximo cercano a u$s 22.000 millones con desembolsos anuales que no deberían haber superado los u$s 7.300 millones. Niveles muchos más reducidos que los que el Fondo aprobó y desembolsó para la Argentina."

"Sin embargo, de acuerdo a lo que se conoce como “acceso excepcional” que le permite al FMI prestar sin límite de cuota, el Directorio de ese organismo aprobó esas sumas desproporcionadas para la capacidad de pago de Argentina en base a los informes del Staff, que daban cuenta que nuestro país podría cumplir con los cuatro criterios que el Fondo exige para acceder a superar las proporcionalidades convencionales. Estos criterios son: I) que el país que solicita la excepción tenga problemas graves de balanza de pagos, lo cual en el caso argentino era incuestionable; II) que el análisis de deuda indique que hay alta probabilidad de que sea sostenible en el mediano plazo, situación que era claramente la inversa ya que el país no contaba con posibilidad alguna de sostenibilidad de su deuda; III) que el país tenga acceso al mercado de capitales que le permita devolver las obligaciones con el Fondo, otro criterio que tampoco tenía ninguna viabilidad de cumplirse ya que los mercados de capitales estaban cerrados para Argentina desde febrero de ese año 2018 y, IV) que el programa con el Fondo tenga probabilidades de éxito, análisis prospectivo que tuvo que estar muy forzado para otorgar el acuerdo, puesto que ninguna de las variables que implican resultados de éxito evolucionaron positivamente durante el plazo de aplicación del mismo. Es decir, que tres de los cuatro criterios que se analizan para brindar el “acceso excepcional” en el caso argentino no se cumplían a la hora de la aprobación del SBA, con lo cual se vuelve a reforzar la hipótesis de que pudo haber presiones de tipo político para provocar la aprobación del mismo."

"Es larga y fracasada la historia de los acuerdos de la Argentina con el FMI. Los resultados del último están claramente expresados en la Carta del Gobierno Argentino del 26 de agosto pasado, en la que se explica que “la actividad económica se contrajo un 2,6% y un 2,1% durante 2018 y 2019 respectivamente, y la inflación del índice de precios al consumidor marcó respectivamente un 47,6% y un 53,8% para 2018 y 2019; ello combinado con una contracción monetaria sin precedentes”. Ello sin agregar el costo en términos sociales de tales políticas, que elevaron el cierre de pequeñas y medianas empresas, la pérdida de empleos, la tasa de desocupación y la pobreza. Y por supuesto, siempre fue muy alto el deterioro social asociado a la aplicación de los programas del FMI a lo largo de la historia argentina, con aumento de la pobreza, la indigencia y el desempleo."

"Con sólo revisar las estadísticas sociales y económicas de nuestro país se puede afirmar que éstas exhiben, claramente, que a la Argentina le fue bien, muy bien, cuando siguió su propio camino en materia económica, dejando de lado las recetas de ajuste del FMI. Desde 2003 y hasta 2015, el PBI creció a una tasa promedio de casi 5% anual, no existiendo en la historia económica argentina ningún otro período de ese nivel de crecimiento promedio durante 12 años. A raíz de ese muy buen desempeño de la economía mejoraron todos los indicadores sociales con un importante descenso de la pobreza del 50,3% al 27% y del desempleo que cayó del 25% en 2003 al 5,9% a finales de 2015. Se crearon más de 5.000.000 de puestos de trabajo debido al empuje y la dinámica que permitió desarrollar un amplio y pujante mercado interno. Todo ello pagando la deuda externa privada heredada de las administraciones anteriores, defaulteada y reestructurada en los canjes del 2005 y 2010 sin nuevo endeudamiento; y también cancelando en enero de 2006 todos los créditos con el FMI."

"Por todo lo antedicho y ante las nuevas negociaciones iniciadas por nuestro gobierno del presidente Alberto Fernández, SOLICITAMOS se abstengan de exigir o condicionar las políticas económicas de la Argentina para los próximos años y, en cuanto a la refinanciación de la deuda PROPONEMOS: a) reconsideración de los intereses; b) período de espera para comenzar los pagos anuales a partir del año 2025; y c) plazo de amortización en varias décadas, de modo tal que las erogaciones anuales no tornen insustentable la refinanciación de la deuda e impacten negativamente en la economía argentina y en la vida de su sociedad."

(La carta completa, acá

1 comentario:

Anónimo dijo...

En la carta hay un mensaje un tanto indirecto, cuestiones sugeridas pero no explicitadas, referencias ambiguas. No es categórico el lenguaje utilizado.
No sé si van a entender las autoridades del FMI.
El Colo.