LA FRASE

"LOS OTROS DÍAS EN EL LLAO LLAO SONABA TODO EL TIEMPO "FUGA Y MISTERIO" PORQUE SIEMPRE FUE UNO DE MIS TEMAS FAVORITOS." (EDUARDO ELSZTAIN)

martes, 7 de septiembre de 2021

SUBSIDIO A LA ESCLAVITUD

Hace poco menos de un mes el gobierno dictó el Decreto 514 (completo acá) por el cual se estableció la compatibilidad del pago de haberes para las personas contratadas bajo las modalidades de trabajo temporario o trabajo permanente discontinuo previstas en la Ley 26727 (régimen del trabajo agrario, aprobado en el gobierno de Cristina) y en la modalidad establecida en el artículo 96 de la Ley 20744 (trabajo agropecuario por temporada), con el cobro de la Asignación Universal por Hijo Para Protección Social (AUH), y distintos programas sociales como el “Potenciar Trabajo” y la Tarjeta Alimentar.

El mismo decreto estableció que los ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y Desarrollo Social establecerían las pautas para determinar la procedencia y el alcance de la compatibilidad del trabajo registrado con esos programas y planes referidos y con programas sociales y de empleo nacionales vigentes o que se instituyan en un futuro, que otorguen prestaciones dinerarias destinadas a las personas y grupos familiares en situación de vulnerabilidad social.

Y lo concretaron con la Resolución conjunta 8/21 (completa acá en el Boletín Oficial) de Moroni y Zabaleta, cuyo artículo 6º es muy llamativo, por no decir bochornoso. Dispone lo siguiente: "Las prestaciones dinerarias de los planes y programas sociales y de empleo a que hace referencia el artículo 3° del Decreto N° 514/21, con excepción de la Tarjeta Alimentar del Plan Nacional “Argentina Contra el Hambre”, podrán ser consideradas a cuenta del salario de los trabajadores y trabajadoras enunciados en el artículo 1° del citado Decreto a partir del sexto mes de iniciada la relación laboral con prestación efectiva de tareas.".

"En el supuesto mencionado dichas prestaciones dinerarias se considerarán integrantes de la remuneración a todos los efectos, incluso para la evaluación del cumplimiento de las normas legales o convencionales que establecen las retribuciones mínimas. En tales casos, los empleadores y/o empleadoras estarán obligados a abonar los aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social que correspondan sobre el total de la remuneración así conformada, con prescindencia de su origen o de su agente de pago.".

Para que se entienda: el Decreto 514 fue dictado en el contexto -reiterado todos los años, en los tiempos de zafra o cosecha de las principales producciones de las denominadas "economías regionales" de las quejas de los sectores agropecuarios porque no consiguen mano de obra barata, porque los potenciales trabajadores temen perder los beneficios de los distintos planes sociales.

Decíamos hace un tiempo nosotros en ésta entrada que eso consistía en una violación grosera de las disposiciones que rigen el Salario Mínimo Vital y Móvil para las diferentes actividades, contempladas en las leyes citadas entonces; todo ante la inacción del ministerio de Trabajo.

De modo que el Estado al establecer la compatibilidad de los sueldos de esos sectores con el cobro de algún beneficio derivado de los planes sociales lo que estaba haciendo era complementar sus magros ingresos, permitiéndoles sostener dos o más fuentes simultáneas de ellos. Y si el Decreto 514 era poco -comparado con hacer cumplir las normas sobre SMVM, para garantizar un piso de remuneraciones también en esos casos-, su reglamentación publicada ayer, es mucho peor.

Porque supone que lo que el Estado transfiere a esos trabajadores por vía de algún programa social (excepto la Tarjeta Alimentar) sea deducido del salario, en un verdadero subsidio estatal al esclavismo y la explotación laboral. O sea, el propio Estado garantiza que esos salarios no mejoren, y paga una parte de la miseria, que obviamente se ahorran los patrones: la resolución incluso dice que si pagan menos del SMVM, lo que el Estado aporta por planes sociales "ayuda" al patrón a pagar eso, y nada más.

Con solo decir que el peronismo en sus orígenes significó -entre otras cosas- el Estatuto del Peón de Campo, tendremos una idea de cuanto hemos retrocedido, y cuan lejos del tarro estamos meando. Menos mal que salvaron de la "deducción" la Tarjeta Alimentar, porque de lo contrario estaríamos a nada de volver a los vales de "La Forestal".

3 comentarios:

profemarcos dijo...

No importa cuando leas esto
Moroni COMPADRE!

Anónimo dijo...

Se llama reforma laboral "gradualista" y está en la agenda de Guzmán, pero lamentablemente también de AF-CFK (con cierta tensión latente al respecto), y es parte de la entrega (¿rendición?) incondicional al FMI. Le tirarán unas migajas al empresariado sindicalista de la CGT para que haga mutis foro, no tendrán inconveniente en aprobarlo mediante paquete de leyes en el congreso (la mayor parte de la dirigencia política está absolutamente convencida de que es por ahí, es decir, contra lxs laburantes). En reciente nota, AF da pistas de hacia dónde irá la cosa tras las elecciones legislativas (https://portaldenoticias.com.ar/2021/09/06/el-presidente-insistio-en-que-se-necesita-mas-trabajo-y-menos-planes/). Seguramente el acuerdo con el FMI no será tan insufrible como si lo hubiese hecho el Gato y su pandilla, pero desde ya que se da de bruces con un país con justicia social, soberanía política e independencia económica. Abz y a seguir luchando y militando por otra cosa (aunque más no sea menos peor)

Anónimo dijo...

Pero el decreto dice que los programas "podrán ser consideradas a cuenta del salario de los trabajadores y trabajadoras.......".
Es claro cuando dice "podrán". No es obligatorio.
Moroni descuenta que los patriotas del campo, en su indiscutible responsabilidad social empresaria, no computarán esos programas dentro de los elevadísimos salarios que pagan a los peones.
Moroni es el el hijo no reconocido de algún terrateniente.
El Colo.