LA FRASE

"IGLESIA CATÓLICA COMO LA GENTE ERA AQUELLA DEL 55', NO COMO ÉSTA QUE CASI CANTA LA MARCHA PERONISTA EN LAS MISAS." (ALBERTO BENEGAS LYNCH)

viernes, 29 de mayo de 2026

ESTADO DE SITIO

 

Cuando el año pasado impulsó la reforma de la Constitución provincial para lograr que se le habilitara la posibilidad de la reelección, Pullaro -que encabezó la lista de convencionales de "Unidos"- hacía campaña prometiendo terminar con lo que denominaba el garantismo (al que calificó como una ideología sostenida por el kirchnerismo y que le hizo mucho daño al país), como si se pudiera hacer tal cosa sin colocar a la provincia en condiciones de sufrir una intervención federal, pues se trataba ni más ni menos que de eliminar las garantías inherentes a la defensa en juicio que consagra la Constitución nacional.

Demás está decir que la bravata discursiva tenía por único propósito reforzar su imagen bukelista de tipo duro dispuesto a todo para combatir el delito, sabedor (o esperanzado en que así fuera) de que ese discurso podía rendirle electoralmente en determinados segmentos de la sociedad. Aunque los números de las sucesivas elecciones habidas desde entonces le demostraron que la apuesta era fallida, el hombre insiste, en buena medida porque ya no sabe como volver de donde se metió.

En medio del proceso de reforma de la Constitución santafesina, la deriva autoritaria del gobernador y su ministro de Justicia y Seguridad los llevó a lanzar el globo de ensayo de modificar -en el marco de la convención reformadora- las normas constitucionales que establecen las garantías de la defensa en juicio, y hasta constitucionalizar la validación del gatillo fácil policial: ver en ésta entrada más información al respecto. Como no podía ser de otra manera, el delirio paranoide y represivo no prosperó, y los actuales artículos 14 y 15 de la nueva Constitución provincial ratifican en sus textos los principios que estaban incluidos en el texto anterior, por derivación de la Constitución Nacional. 

Y en consecuencia con eso, el artículo 14 dispone que "Toda persona tiene derecho a la libertad personal y no puede ser privada de ella ni restringido su ejercicio, sino por disposición de autoridad competente en los casos y condiciones previstos con anterioridad por la ley. En caso de detención, debe darse aviso inmediato a un juez, para que revise la medida en el plazo máximo de veinticuatro horas. No podrá mantenerse una incomunicación por más de cuarenta y ocho horas, salvo resolución judicial. La incomunicación de la persona detenida nunca puede afectar el derecho de comunicación con su abogado defensor. La privación de la libertad durante el proceso tiene carácter excepcional, conforme los criterios y alcances determinados por la ley.", así como que "En materia penal se instituye el proceso acusatorio, adversarial, oral y público."; mientras que el artículo 15 establece que "El domicilio es inviolable. No se puede efectuar en él registros, inspecciones o secuestros sino en los casos y en las condiciones que fije la ley Son igualmente inviolables la libertad y el secreto de la correspondencia y de todo otro medio de comunicación y sus restricciones pueden realizarse sólo cuando la ley las autorice y con sus garantías. Los habitantes de la Provincia pueden permanecer y circular libremente en su territorio.". 

Pues bien, menos de seis meses después de haber aprobado estos textos que no dejan lugar a dudas sobre que la Constitución provincial -mal que le pese a Pullaro, que los votó- es garantista-, el gobernador impulsa una serie de reformas legislativas que implican en la práctica derogarlos o tenerlos por no escritos, con la excusa de combatir la inseguridad. El proyecto (que propone modificar el Código Procesal Penal, la ley de ejecución de la pena privativa de la libertad, la del Programa Provincial de Protección de Testigos y Fondo de Recompensas, la "ley de inteligencia" provincial" y la ley orgánica de la Policía) es presentado a la consideración de la Legislatura absolutamente huérfano de toda fundamentación estadística o científica; y con una notoria confusión entre los delitos concretos que se pretende combatir: sentado que el narcotráfico es de jurisdicción federal -cosa que nos dijeron por años y ahora omiten por fines propagandísticos en la comunicación oficial- el proyecto oscila entre normas pensadas (en teoría) para combatir a las organizaciones criminales, y otras enderezadas a resolver las riñas entre vecinos. 

Se establece (o restablece en realidad, porque rigió en la dictaduras) la "declaración informativa e interrogatorio policial", pensada para los primeros momentos de la investigación de un presunto delito, y en la cual se elimina la obligatoriedad de la presencia del abogado defensor como condición ineludible para la declaración del imputado; después de haberle repuesto a la policía (en el inicio de la gestión de Pullaro) la facultad de detener personas por hasta 48 horas sin dar noticia a un juez "por averiguación de antecedentes".

Se legislaría el juicio penal en rebeldía, y se introducen distintas causales de validación judicial de pruebas obtenidas por medios ilegales, abandonando lo que se conoce procesalmente como el "fruto del árbol envenenado"; y se introduce el allanamiento automático de domicilios por el secuestro de armas en vía pública, y tantas excepciones al principio de la orden judicial previa para allanar un domicilio (que como vimos ratifica el artículo 15 de la Constitución de la provincia), que en la práctica significarán su derogación.

Se crea la figura del "procedimiento por decreto penal", que consistiría en proseguir un proceso penal (supuestamente para casos contravencionales y de criminalidad de bajo impacto) hasta su finalización con una sentencia condenatoria sin participación del imputado, que podría solo recurrirlo a posteriori, lo que supone derogar en la práctica y para esos casos el sistema acusatorio que ahora goza en Santa Fe como vimos, de rango constitucional; y bajo el rótulo de "fortalecimiento de las actividades de inteligencia" se amplían las atribuciones de la policía para la "...producción y gestión de información para la prevención del delito" se le permitiría la "...apertura, extracción, explotación, clonado y/o recuperación de datos de dispositivos y repositorios electrónicos y/o digitales, cuentas de mensajería o redes sociales;...". Sobre lo que en su momento denominamos "la AFI (hoy sería SIDE) de Pullaro", ver más información en ésta entrada.

Pero una de las reformas más peligrosas es lo que el proyecto denomina "zona de intervención policial especial", por la cual como derivación de la ya cuestionable facultad genérica de la policía para detener personas en averiguación de antecedentes, se propone que los órganos ejecutivos (por sí y sin necesidad de autorización judicial) puedan intervenir policialmente una zona determinada en función de los indicadores de criminalidad que se registren; y la declaración administrativa en ese sentido de un sector determinado habilitaría facultades de excepción dentro esa zona para restringir el uso del espacio público, la circulación de personas y vehículos y hasta la comercialización de bebidas alcohólicas, entre otras medidas.

Sería una especie de estado de sitio focalizado, basado en la exclusiva apreciación de la fuerza policial y cuya vulneración acarrearía -según el proyecto- hasta 30 días de arresto: un mecanismo más propio del control social, que de la lucha contra el delito; copiado del artículo 4 de la Ley 27786 (denominada "ley antimafias"), que establece la figura de la "zona sujeta a investigación especial", a la que por iniciativa de Pullaro la provincia de Santa Fe adhirió por Ley 14434 de marzo de éste año.

Vemos entonces como el gobernador -ante la preocupante posibilidad de fracasar en su intento de conseguir la reelección- profundiza su deriva autoritaria sin medir los riesgos que entraña poner facultades extraordinarias con escasos controles institucionales en manos de una fuerza policial que en su momento hasta secuestró y desapareció personas en democracia (como Franco Casco), estuvo y está sacudida por hechos de corrupción y connivencia con las organizaciones criminales que debía combatir (desde Tognolli hasta el ex jefe de la UR Rosario reincorporado y ascendido en forma extraordinaria por Pullaro, y hoy a punto de ir preso por robo de combustible), y hace poco se autoacuarteló liberando zonas para el delito en demanda de mejoras salariales y laborales.

Y todo ello justificado con un discurso oficial manodurista y confuso en el que se mete en la misma bolsa el combate al narcotráfico con la baja en la imputabilidad penal de los menores (como si estos fueran los que arman y conducen las organizaciones criminales), que el gobernador se jacta de haber apoyado enfáticamente cuando se discutió en el Congreso. Tuits relacionados:

No hay comentarios: