Tal como se venía anticipando en algunas publicaciones periodísticas, Milei modificó el Decreto 222/03 de Néstor Kirchner, que reglamenta la autolimitación de facultades del Poder Ejecutivo para proponer candidatos a integrar la Corte Suprema de Justicia de la nación, y el Decreto 588/03 (también de Néstor) que traslada el procedimiento allí reglamentado a la proposición de candidatos para Procurador General y Defensor General de la nación.
Lo hizo mediante el Decreto 467 publicado ayer en el Boletín Oficial, cuyo texto completo pueden ver acá; y con fundamentos como mínimo curiosos, porque por ejemplo se señala en sus considerandos que el decreto de Kirchner "...estableció un procedimiento de preselección que incorpora etapas administrativas previas a la nominación presidencial,...las cuales guardan similitud con las que, luego, se cumplen en el proceso que se desarrolla en la órbita del H. Senador de la Nación...", por lo cual y "...la duplicación de las instancias aludidas no solo ralentiza el proceso de cobertura de vacantes, sino que la introducción en sede administrativa de mecanismos que ya se encuentran previstos y se cumplen en la etapa de tratamiento de la solicitud de acuerdo ante el H. Senador de la Nación desnaturaliza la etapa de nominación presidencial." (?)
Pero hay peores razones aducidas: así por ejemplo se señala que "...el artículo 3° del citado Decreto N° 222/03 incorporó criterios adicionales para la valoración de las candidaturas que no se encuentran expresamente previstos en la Constitución Nacional y cuya consideración queda comprendida dentro del ámbito de apreciación que corresponde al Poder Ejecutivo Nacional al ejercer su facultad de nominación de magistrados.".
El artículo 3 del decreto de Kirchner (que en éste punto es derogado por el de Milei) decía lo siguiente: "Dispónese que, al momento de la consideración de cada propuesta, se tenga presente, en la medida de lo posible, la composición general de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para posibilitar que la inclusión de nuevos miembros permita reflejar las diversidades de género, especialidad y procedencia regional en el marco del ideal de representación de un país federal.". (las comillas son del texto y las negritas son nuestras)
El Decreto 467/26 de Milei también deroga los artículos 6 y 7 de la norma dictada por Néstor Kirchner en 2003, a los pocos días de haber asumido su gobierno y para lanzar el proceso de renovación de la Corte Suprema de Justicia de la nación. El artículo permitía a los ciudadanos en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales, las entidades académicas y de derechos humanos, presentar por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección; mientras que el artículo 7 establecía que además de esa instancia de participación y control social de los propuestos, el Poder Ejecutivo podía requerir opinión "...a organizaciones de relevancia en el ámbito profesional, judicial, académico, social, político y de derechos humanos a los fines de su valoración.".
El fundamento del decreto de Milei para validar estas mutilaciones a la norma de Néstor es que "...se hace imperativo remover los trámites procedimentales innecesarios y las etapas duplicadas dentro del proceso de designación de magistrados, con el fin de restaurar el dinamismo constitucional de dicho procedimiento y, al mismo tiempo, de agilizar la cobertura de las respectivas vacantes, evitando redundancias en los trámites y la excesiva burocratización de los procesos de decisión.". Es decir que -como si lo hubiera escrito Sturzenegger- el decreto reduce un proceso de calidad institucional a una simple reforma administrativa para desburocratizar la gestión.
Pero la verdad es muy otra: después de haber instalado un representante directo de la casta judicial de Comodoro Py en el Ministerio de Justicia (que debutó prorrogando el cargo de juez de su padre, y gestionando otro para el hijo de Rosatti), Milei pacta con Lorenzetti (que curiosamente llegó a la Corte en el marco del mecanismo que ahora contribuye a mutilar) para ver si puede conseguir cubrir las vacantes del máximo tribunal, y completar así su maniobra de protección de la retirada para cuando deje el gobierno, y lo puedan perseguir por las numerosas causas de corrupción que le están estallando todos los días, a él, su hermana y sus funcionarios.
En el país de los 30.000 desaparecidos, con la Corte del fallo del "2 x 1" y en un gobierno negacionista, se eliminan las instancias de participación de las organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil en el escrutinio público de quienes son propuestos para los más altos cargos de la magistratura, y en el país del lawfare y la instrumentación de la justicia con fines de persecución política, se implementan reformas que refuerzan el poder de la corporación judicial (una excrecencia monárquica plantada en el corazón de la democracia) al eliminar instancias de control social de sus miembros, se reduce la representatividad federal de los órganos más importante de la estructura judicial, y se busca evitar toda incorporación de otras miradas del derecho y la sociedad, que no sean la de las élites dominantes.
Tan burdo es el decreto de Milei que omite ponderar que el Decreto 222/03 de Kirchner (en tanto propendía a una progresiva paridad de género en la Corte) se inscribe en la línea de las "acciones positivas" de las que habla el artículo 37 de la Constitución Nacional reformada en 1994 para incrementar los espacio de participación de las mujeres en las diferentes instancias de la vida social, e incluso precedentes provinciales recientes, como la Ley 14002 que estableció acá en Santa Fe durante el gobierno de Perotti la paridad de género en la integración de la Corte provincial, precepto que -de paso digámoslo- Pullaro burló groseramente en su embestida para armar un tribunal a su medida.
Todo esto está sucediendo hasta acá en medio del más completo silencio de las academias, las facultades de derecho y los colegios de abogados, tanto como de la prensa hegemónica; demostrando así que para algunos que los valores republicanos y la calidad institucional son cuestiones que -como la corrupción- solo les preocupan cuando gobierna el peronismo. Tuits relacionados:
Vos decís que los republicanos alberdianos modificaron un decreto de un presidente peronista, para tener más discrecionalidad y menos controles públicos sobre los candidatos a la Corte Suprema? Qué viene después, nombrarlos por decreto sin acuerdo del Senado? Ah, no, pará... https://t.co/LBEVxUZ59m
— La Corriente K (@lacorrientek) June 15, 2026
Iban a poner en alguna parte de la nota el número del decreto que están mutilando (222/03) y el presidente que lo dictó (Néstor Kirchner), pero se dieron cuenta que era peronista y se frenaron a tiempo: https://t.co/1PqwCcLEF2
— La Corriente K (@lacorrientek) June 15, 2026

2 comentarios:
Muchi piripippi, biri,bir y mirá vos, pero siguen haciendo lo
. . . pero siguen haciendo lo que se les canta, La genocida presidenta de la cámara de senadores le daba por el saco al chorro y hoy, patapúfete, logró atrasar el anális de la conductoa del carterista y en la vereda consultada por lo periodista dijo " ,. . . asdorni siempre dijo la verdad- - - "
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