LA FRASE

"POR FIN VOY A TENER TIEMPO DE DISFRUTAR DE LA CASCADA, LOS FLIPPERS Y LA PLAY." (MANUEL ADORNI)

lunes, 29 de junio de 2026

TOCHI PULLARO Y OLIVARES ESCONDIDOS ATRÁS DEL DÉFICIT

 

Al Decreto 1284 (cuyas imágenes ilustran el post) lo firmaron el viernes pasado Pullaro y sus ministro Olivares y Bastía, pero lo conocemos recién hoy: se ahorraron la discusión durante el fin de semana, y la asociación (que existe y es indisoluble) entre su contenido, el salvataje de Adorni en el Congreso hasta que Milei lo rajó, y el voto favorable de los diputados que responden al gobernador al Súper RIGI y otras barrabasadas.

Por el decreto, Pullaro faculta a su ministro de Economía a "...realizar todas las acciones y/o a dictar todos los actos que aprueben las medidas que resulten necesarias y pertinentes para garantizar la ejecución, cumplimiento y seguimiento de los convenios celebrados por el Poder Ejecutivo en el marco del Artículo 124 de la Ley Nacional N° 11672 o de la normativa que en el futuro la reemplace.".

Esa ley nacional dice lo siguiente: "Con el objeto de subsanar deficiencias transitorias de caja o cuando razones de urgencia así lo aconsejen, autorízase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a acordar a las provincias y al Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, anticipos a cuenta de las respectivas participaciones en el producido de los impuestos nacionales sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal, que deberán ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante retenciones sobre el producido de los mismos impuestos coparticipados. Cuando razones fundadas aconsejen extender dicho plazo, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, con opinión favorable del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, podrá ampliarlo sin exceder el ejercicio fiscal en que se otorgue, los que devengarán intereses sobre saldos, desde la fecha de su desembolso hasta la de su efectiva devolución, de acuerdo con la tasa que fije el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS en cada oportunidad. La tasa de interés a que se refiere el párrafo anterior no podrá exceder la que abone el TESORO NACIONAL por el acceso a los mercados de crédito. Una vez verificada la retención total del anticipo otorgado, se determinará el interés devengado el cual será reintegrado mediante el mecanismo dispuesto en el primer párrafo del presente artículo." (Las comillas son cita del texto y las negritas son nuestras) 

Tenemos entonces que la provincia pidió y obtuvo un anticipo financiero a la Nación (porque si no no se entiende que convenio firmó Pullaro) aunque después lo negaran el gobernador y sus funcionarios, y lo pidió porque su situación financiera situación financiera es complicada, aunque el gobernador y sus funcionarios (que no publicaban los números oficiales desde hacía seis meses) se venían jactando en público de tener todo bajo control.

Y ese anticipo (que es de 400.000 millones de pesos) devenga intereses (por prestarle a la provincia su propia plata, la que proviene de la coparticipación federal de impuestos), y esa deuda debe ser garantizada con la afectación de los recursos de esa misma coparticipación. Razón por la cual falta a la verdad el Decreto 1284 de Pullaro cuando dice que "...los convenios celebrados en el marco de la normativa vigente por el Poder Ejecutivo en su carácter de Jefe de la Administración Pública y en representación de la Provincia entran en vigencia a partir de su suscripción sin necesidad de un acto administrativo posterior que así lo disponga;...".

Porque en éste caso y siendo que la provincia pone en garantía de la deuda que contrae sus recursos propios de la coparticipación federal, se aplica el artículo 65 de la Ley 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado, que dice lo siguiente: "Los avales, fianzas o garantías de cualquier naturaleza, que el Poder Ejecutivo otorgue a personas físicas o jurídicas ajenas a este sector, deben contar con autorización legislativa. Iguales requisitos legales rigen para la Cesión en Garantía de recursos propios o provenientes del Régimen de Coparticipación Federal Ley N° 23.548, o el que en el futuro lo reemplace, cuando el Estado se garantice a sí mismo." (Otra vez las comillas son cita del texto y las negritas son nuestras)

¿Será que el gobernador está intentando puentear a la Legislatura no porque no le den los números en ambas Cámaras para conseguir la autorización, sino para evitarse una discusión en público sobre el estado real de las finanza de la provincia, y las contraprestaciones que conllevó la asistencia financiera obtenida? Tuits relacionados:

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