LA FRASE

"PARA ANALIZAR SI REALMENTE HABÍA NECESIDAD Y URGENCIA PARA QUE EL PRESIDENTE DICTARA EL DNU 70 EN 2023 NOS VAMOS A TOMAR TODO EL TIEMPO QUE SEA NECESARIO." (HORACIO ROSATTI)
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viernes, 31 de julio de 2026

PULLARO DESCUBRE QUE EL AGUA MOJA

 

Leemos en el portal de la radio de Mino: "La posibilidad de un evento de El Niño con alta intensidad llevó al Gobierno de Santa Fe a enviar a la Legislatura un proyecto de ley para declarar la emergencia hídrica en todo el territorio provincial hasta el 30 de abril de 2027, con la posibilidad de extenderla por otros seis meses. El mensaje, firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro y el ministro de Gobierno Fabián Bastia, será uno de los temas que el oficialismo intentará aprobar en las sesiones ordinarias de este jueves. La propuesta busca otorgar al Poder Ejecutivo herramientas extraordinarias para acelerar obras, simplificar procedimientos administrativos y disponer recursos frente al riesgo de inundaciones y excesos hídricos asociados al fenómeno climático.". Seguidamente analizaremos con base en la nota el contenido del proyecto (las comillas son cita textual del mensaje del Ejecutivo, y las negritas, nuestros comentarios)

"Uno de los ejes centrales del proyecto es la posibilidad de aplicar mecanismos excepcionales de contratación. Las compras de bienes, servicios y equipamiento, así como las obras públicas vinculadas a la emergencia, podrán realizarse mediante procedimientos especiales y de carácter urgente, que serán reglamentados por el Poder Ejecutivo." (Si por "mecanismos excepcionales de contratación" se entiende no hacer licitaciones públicas, ya están previstos en la Ley 12510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado y en la Ley de Obras Públicas 5188. La primera lo establece en su artículo 116 en estos términos: "Toda compra o venta por cuenta de la Provincia, así como todo contrato sobre locaciones, arrendamientos, trabajo o suministros, se debe hacer, por regla general, previa licitación o concurso público. No obstante, puede contratarse por: a) Licitación o concurso privado, cuando el valor estimado de la operación no exceda el importe que establezca la Ley de Presupuesto; b) Subasta o remate público, previa fijación del precio máximo o mínimo para la operación de compra o venta respectivamente, solo si la operación se haya autorizado por el Poder Ejecutivo o la máxima autoridad de los Poderes Legislativo o Judicial; c) Contratación directa, en los siguientes casos y bajo las condiciones que se establecen a continuación:...(enumera 9 supuestos, uno de los cuáles es "Urgencias o emergencias originadas en circunstancias imprevisibles plenamente justificadas. La urgencia debe responder a circunstancias objetivas y su magnitud debe ser tal que impida la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno;..."). 

La segunda (Ley de Obras Públicas) dispone lo mismo en su artículo 20: "Las obras públicas a que se refiere el Artículo Nro. 1 que no se realicen por administración, se adjudicarán mediante licitación pública: Quedan exceptuadas de este requisito y podrán ser adjudicadas mediante licitación privada, concurso de precios o contratación directa, de acuerdo con las normas que se establezcan en la reglamentación:" (Enumera 8 supuestos, uno de los cuales es "Las que no permitan los trámites de la licitación por ser urgentes, impostergables o exigidas por circunstancias imprevistas que demandaran una pronta ejecución;...")."

"También prevé que, cuando exista un único proveedor capaz de realizar un trabajo indispensable y la urgencia lo justifique, la contratación pueda hacerse de manera directa." (Supuesto expresamente contemplado en la Ley 12510 artículo 116 inciso 5: "Exclusividad comprobada del oferente y carencia de bienes sustitutos. Cuando la contratación se fundamente en esta disposición debe quedar documentada en el expediente la demostración de tal exclusividad,". Y en la Ley 5188 artículo 20 inciso b) para las obras públicas: "Las que no hagan posible la concurrencia, por resultar determinante para la adjudicación la capacidad artística o técnico-científica; la destreza, habilidad o experiencia particular del ejecutor de la obra; de que ésta se halle amparada por patente o privilegio; o que los conocimientos para la ejecución sean poseídos por una sola persona;...")

"Aunque habilita procedimientos más ágiles, el proyecto mantiene controles posteriores. El Tribunal de Cuentas deberá revisar los actos y contrataciones realizados durante la emergencia dentro de un plazo máximo de diez días hábiles y comunicar sus observaciones a ambas cámaras legislativas. Además, todas las decisiones adoptadas bajo el régimen excepcional deberán ser informadas a la Legislatura." (La obligación de que el Tribunal de Cuentas controle los actos administrativos referidos a la hacienda pública ya existe en la Ley 12.510 en sus artículos 205, 206 y concordantes. El plazo de control es para el Tribunal, no para agilizar ningún procedimiento, porque del artículo 205 surge claramente que una vez comunicados al Tribunal los actos pueden ser puestos en ejecución de inmediato sin esperar su pronunciamiento. Así que la propuesta del mensaje retrasa los procedimientos, no los agiliza. La obligación de comunicar todos los actos administrativos del Poder Ejecutivo a la Legislatura existe desde 1989 por la Ley 10.401, y la comunicación de las eventuales observaciones legales del Tribunal de Cuentas a la misma está en el artículo 209 de la Ley 12.510)    

"Otro de los puntos relevantes del proyecto es la posibilidad de imponer restricciones transitorias sobre bienes privados cuando resulte necesario ejecutar obras destinadas a proteger a la población o restablecer vías de comunicación." (La Ley 7534 de 1975 de expropiaciones establece en su artículo 15 la ocupación temporaria de urgencia: "Por razones de necesidad y urgencia, vinculadas con un peligro grave e inminente para la colectividad que ponga en juego la solidaridad recíproca de los miembros de ésta e impidan toda forma de procedimiento, el titular del Poder Ejecutivo o la autoridad administrativa a quien éste faculte debidamente mediante decreto motivado, puede disponer, bajo su responsabilidad, la ocupación temporal de bienes inmuebles, debiéndose constatar previamente el estado de conservación de los bienes que son objeto de la misma."

También la Ley 13.740 (Ley de Aguas) en su artículo 127 faculta al Poder Ejecutivo "...a regular límites administrativos al dominio particular y privado del Estado; a imponer cargas o gravámenes, en particular servidumbres administrativas, al dominio particular, privado o público del Estado y a imponer servidumbres u ocupaciones temporarias de urgencia al dominio particular, privado o público del Estado, de oficio o a solicitud de interesados.")

"La iniciativa también autoriza al Ejecutivo a constituir servidumbres administrativas previstas en la legislación provincial para facilitar la ejecución de trabajos vinculados con la emergencia." (Ya el propio proyecto reconoce implícitamente que el gobernador no necesita que lo autoricen a hacer algo para lo cual ya está autorizado desde el año 2000 por el artículo 25 de la Ley 11730, que además de las servidumbres autoriza expropiaciones con el mismo fin. 

Y el proyecto en su conjunto es absolutamente inútil o innecesario, desde que la Ley 13.740 en su artículo 122 dice que "El Poder Ejecutivo a instancias de la Autoridad de Aplicación (el Ministerio de Obras Públicas), podrá declarar la Emergencia Hídrica, con comunicación a los demás Poderes del Estado a los fines pertinentes, sin perjuicio de lo establecido en la ley nro. 8094 (Ley de Defensa Civil), su reglamentación o las normas que en un futuro la reemplacen. La misma Ley 8094 en su artículo 5 inciso d) faculta al Poder Ejecutivo a "Declarar en "estado de emergencia" a parte o la totalidad del territorio de la Provincia y disponer su cesación.", cuando sea necesario para "...evitar, anular  o disminuir los efectos que la guerra, los agentes de la naturaleza, o cualquier desastre de otro origen, puedan provocar sobre la población y sus bienes y contribuir a restablecer el ritmo normal en la zona afectada." (artículo 1 de la misma ley)) 


"El proyecto crea el Fondo de Emergencia Hídrica, que estará integrado por: partidas presupuestarias provinciales; aportes del Tesoro Nacional; otros recursos que se obtengan para afrontar la emergencia. Además, autoriza al Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias y trasladar automáticamente los saldos no ejecutados al ejercicio siguiente." (Si el mensaje dice eso, no crea ningún "Fondo", es decir la afectación de recursos específicos a fines determinados, tal como lo define la Ley 12.510 en su artículo 32 inciso d): "...los que por Leyes especiales de carácter provincial sean extraordinarios y estén destinados a atender gastos de carácter no permanente". La misma Ley en su artículo 28 inciso g) ya faculta expresamente al Poder Ejecutivo a disponer "Modificaciones compensadas en los créditos presupuestarios;...". Y lo faculta a más aun en su artículo 27, precisamente para situaciones como las que se invocan en el mensaje: dice el artículo: "El Poder Ejecutivo puede disponer la incorporación al presupuesto de autorizaciones para gastos no previstos o para los cuales los créditos aprobados hubieren resultado insuficientes, para atender hechos de fuerza mayor o excepcionales que requieran la inmediata atención del Estado.")

Conclusión: estamos ante otro caso de sobreactuación de activismo para los medios de un gobierno acostumbrado a la emergencia. Tanto que si prospera el proyecto, será la décima emergencia (contando por temas, no por leyes) sancionada en lo que va del mandato de Pullaro; incluida una (la de la Ley 14.238 de diciembre de 2023) que estableció una nueva marca al declarar al territorio de la provincia en emergencia por inundaciones y por sequía, al mismo tiempo. (Más información, acá y acá.)

A menos que en una provincia azotada por las inundaciones a lo largo de su historia Pullaro haya descubierto que el agua moja, o que las normas son inútiles o fueron pensadas por tarados y nunca contemplaron situaciones derivadas de ese tipo de fenómenos.

martes, 23 de junio de 2026

EMERGENCIA Y OSCURIDAD

 

El gobierno de Pullaro llegó a acumular seis (6) emergencias declaradas por ley de la Legislatura: educativa, sanitaria, social, de seguridad, previsional y de los servicios públicos de agua potable y saneamiento. Al respecto, dijimos en ésta entrada: "Cabría preguntarse entonces para que se buscó declarar tantas "emergencias", y si uno se atiene a antecedentes similares (como pasó con la emergencia en seguridad en los gobiernos de Bonfatti y Lifschitz), más los propios actos del gobierno, debería concluir en que lo que se busca esencialmente es una excusa para hacer contrataciones sin molestias burocráticas, como tener que llamar a licitación, y excluyendo las normas generales a las que el Estado debe sujetarse para eso." (las comillas son cita del texto, y las negritas son nuestras)

Pues bien, muy errados o andábamos: ayer lunes 22 Pullaro dictó el Decreto 1257 (cuya imagen abre el post), por el cual prorroga por un año más a partir de hoy, la emergencia en materia social, educativa y sanitaria originariamente declarada por la Ley 14241, cuyo artículo 6 (ahora prorrogado en su vigencia) dispone lo siguiente: "Establécese que, en virtud de la emergencia declarada, los Ministerios de Igualdad y Desarrollo Humano, de Educación y de Salud podrán aplicar los siguientes procedimientos: 1.- Adquirir bienes, obras y servicios por procedimientos especiales de contratación directa...".

Por toda fundamentación de la medida, dice Pullaro en los considerandos de su decreto que "...motiva la presente gestión el sostenimiento en las condiciones de deterioro del tejido social que había justificado su sanción legislativa;...", para seguidamente blanquear -al menos en el caso de la emergencia sanitaria- el verdadero propósito de la prórroga: "Que, con el objeto de optimizar la distribución territorial y asegurar la operatividad de la red pública ante el incremento de pacientes que perdieron la cobertura de la seguridad social, resulta indispensable dar continuidad a los mecanismos excepcionales de contratación, los cuales han permitido que efectores de salud de toda la provincia realicen más de 2.500 gestiones -entre licitaciones aceleradas y contrataciones directas de emergencia-, enmarcadas en el Decreto N° 0219/24, que reguló diferentes procesos de contrataciones en el marco de la emergencia declarada;...". (otra vez las comillas son cita del texto y las negritas nuestras)

Y si bien no se trata de negar que la situación social, sanitaria y educativa del país (y de Santa Fe) sean graves ni mucho menos, no deja de llamar la atención que el razonamiento sea que las normas regulares del Estado para contratar (como la licitación pública) son al parecer un impedimento para actuar con eficacia y en tiempo oportuno; en un gobierno que se jacta permanentemente de su transparencia, integrado por partidos que -cuando fueron opositores en el gobierno de Perotti- rechazaron la emergencia sanitaria y el otorgamiento de facultades excepcionales de contratación, en plena pandemia.

Pero el Decreto 1257 tiene más curiosidades: señala en uno de sus párrafo que "...en cuanto a consumos problemáticos en la Provincia de Santa Fe, la Agencia de Prevención del Consumo de Drogas, particularmente en relación a la cantidad de situaciones abordadas, destaca que “entre los años 2023 y 2024, hubo un incremento aproximado del 43%. Entre los años 2024 y 2025, el aumento fue aún más significativo, implicando un crecimiento cercano al 77%. Siendo el incremento acumulado del 2023 al 2025 más del 153%”, lo cual demuestra la persistencia y la escala del fenómeno social que se atiende desde esa área de gobierno;...".

No es que las afirmaciones sean erróneas, inexactas o mentirosas (al fin y al cabo dan cuenta de un fenómeno grave que no para de crecer), sino que lo curioso es que el artículo 3 inciso 7) de la Ley 14241 (la emergencia original) le encomendaba al Ministerio de Igualdad y Desarrollo Humano "...Implementar políticas públicas centradas en la prevención, abordaje integral y tratamiento de los consumos problemáticos fortaleciendo los dispositivos interdisciplinarios, públicos y/o privados que desarrollen la prevención y atención.". Es decir que al menos en éste aspecto, las facultades excepcionales para contratar que la emergencia otorgó y el hecho de no hacer licitación pública, mucho no mejoró las cosas que digamos.

Y señalamos esto porque fuera de la prórroga de las facultades excepcionales para contratar (prescindiendo incluso de la licitación pública) en ninguno de los cometidos estatales involucrados no se define ni precisa ninguna política pública concreta para resolver los problemas que se señalan, ni se da cuenta de ellas. En el caso de Educación, no hay la más mínima mención en el de decreto a alguna cuestión concreta del área que se abordara en el marco de la emergencia; siendo además que los funcionarios del área se jactan de sus logros, al punto de decir que habían revertido una tragedia educativa: si así fuera en verdad, ¿para qué necesitarían prorrogar la emergencia?

En la oscuridad de los argumentos del gobierno provincial para justificar medidas excepcionales, el caso educativo ya registraba antecedentes, éste mismo año: el 8 de abril pasado Pullaro prorrogó el presentismo para los docentes y los asistentes escolares por un año por el Decreto 672, argumentando que "...el resultado de la medida dispuesta oportunamente ha sido beneficioso para el sistema educativo y por ello, resulta relevante al cumplimiento de aquellos fines prolongar su vigencia;...". No solo que el decreto no menciona fin alguno que motivara la implantación del presentismo, sino que no explica ninguna razón por la cual sería beneficioso, a menos que se trate -como es- de un mecanismo para evitar los paros, y no sea de buen tono decirlo abiertamente. 

Pero si las "emergencias" de Pullaro son oscuras, las cuentas públicas de su gobierno no se quedan atrás: el viernes pasado nos preguntábamos acá en que andaría: "...el acuerdo con la Nación por el financiamiento del déficit de la Caja de Jubilaciones de la provincia, déficit que según el presupuesto de éste año y pese a la reforma previsional ajustadora de Pullaro y Olivares, iba a ser de 330.218 millones, de los cuáles 240.000 millones iban a ser aportados por la nación (cálculo efectuado cuando no se había firmado el convenio y la nación no aportaba un peso hace más de dos años). Casi con la mitad del año transcurrido no podemos saber como anda la cosa y si el déficit de la Caja (y los aportes del Tesoro provincial a esos fines) disminuyó o no como consecuencia del acuerdo; ni en que quedó el juicio de la provincia contra la nación iniciado en la gestión de Perotti, por el incumplimiento de los convenios anteriores.".

Dicho esto porque hasta ahora y aunque la Legislatura ratificó por ley el convenio, no es posible saber cuanto dinero efectivamente transfirió la nación con esos fines, ni se lo ha contabilizado ingresándolo al presupuesto provincial. De hecho éste mismo lunes 22 (ayer) Pullaro dictó el Decreto 1256, que amplía los recursos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia en más de 375.883 millones de pesos, de los cuáles casi 180.197 millones (el 47,94 %) provienen de los aportes personales de los afiliados y cargos que se les cobran en sus haberes; y cero (0) pesos de aportes del Estado nacional a través de la ANSES. Y según las cuentas públicas de la provincia al 31 de mayo las Instituciones de Seguridad Social de la provincia (la Caja de Jubilaciones y el IAPOS) registraban un déficit de 264.967 millones de pesos, o lo que es lo mismo, el 80,24 % del previsto solo para la Caja en el presupuesto para todo el año, pero en apenas cinco (5) meses.  
 
Cuentas públicas, dijimos. Pues bien, en la misma entrada del viernes pasado que citábamos más arriba, dijimos nosotros: "...las cuentas públicas de la provincia, que como dijimos no se publican en internet desde diciembre del año pasado, sobre todo ahora que nos enteramos que por el Decreto 474 aparecido ayer en el Boletín Oficial de la Nación, Milei le otorgó a Santa Fe un anticipo financiero de los recursos de la coparticipación federal (a devolver en el transcurso del año con intereses) por hasta 400.000 millones de pesos, porque (según los considerandos de la norma presidencial) Santa Fe es uno de los Estado provinciales que se ven  "...impedidos, en forma transitoria, de atender financieramente los compromisos más urgentes derivados de la ejecución de sus respectivos presupuestos de gastos y amortización de deudas.", por lo que "...resulta necesario procurar soluciones inmediatas a las dificultades financieras transitorias por las que atraviesan las citadas provincias.".".

Resulta que las cuentas por fin aparecieron (con los datos hasta el 31 de mayo de éste año), y arrojan un déficit para el Estado provincial de casi 595.000 millones de pesos, o lo que es lo mismo: una vez y media el anticipo financiero que la Nación le otorgó por decreto de Milei a Santa Fe, y que el ministro Olivares dice ahora que ellos no pidieron, ni lo necesitan:  


miércoles, 26 de febrero de 2025

JUNTOS ES MÁS FÁCIL

 

¿Se acuerdan de la compra directa de 100 patrulleros hecha por el gobierno de Pullaro al inicio de su gestión? En ésta entrada contábamos como repartieron la compra entre dos empresas (las únicas a las que les pidieron presupuesto), que cotizaron -ambas- exactamente lo mismo por cada patrullero, hasta el último centavo.

Después vino otra compra de 700 patrulleros más, a través de una "licitación acelerada" (permitida por la ley de emergencia en seguridad) en la que volvieron a ganar las mismas dos empresas repitiendo ambas la misma exacta cotización -hasta en centavos- en tres instancias, incluyendo una mejora de oferta.

Y como no hay dos sin tres, las mismas empresas vuelven a ganar otra "licitación acelerada" para la compra de 300 camionetas para la Policía, adjudicada por Pullaro mediante el Decreto 331 del pasado lunes 24 cuya imagen encabeza el post. Con la particularidad de que en éste caso las dos empresas ni siquiera fingieron que competían entre sí como en las oportunidades anteriores, sino que se agruparon en una UTE.

La licitación incluía dos renglones: 60 camionetas 4 x 4 y 240 camionetas 4 x 2, y los oferentes podían cotizar por parte de lo pedido, y también la provincia dividir la compra entre distintos adjudicatarios. Sin embargo, pasaron cosas:

* Solo la UTE de las dos adjudicatarias cotizó ambos renglones, el resto de las ofertas lo hicieron solo por uno, o por los dos pero por menos cantidades que las pedidas en cada uno.

* Macua cotizó solo 120 camionetas del renglón 2 (4 x 2), a razón de $ 47.350.000 cada una. Invitada a mejorar su oferta, no se presentó, quedando en carrera solo la UTE.

* En los antecedentes de la licitación disponibles en Internet no está la planilla comparativa de precios entre las ofertas, de modo de saber cuanto cotizó cada una de las oferentes en cada renglón por precio unitario, y así ponderar es lógico o no que a Chevent SA y Coinauto no se les pidiera mejora de ofertas. 

* No obstante tomando los datos del acta de apertura, se puede inferir que ambas cotizaron exactamente lo mismo (una es la concesionaria Chevrolet de la zona, la otra directamente la fábrica GM) para el renglón 2 (camionetas 4 x 2): $ 43.900.000 por cada unidad. O sea $ 3.450.000 menos que Macua, a quien si se le pidió mejorar su oferta.

¿Existió acaso el temor de que éstas empresas si mejoraran su oferta, mucho más cercana a la de la UTE ganadora (que cotizó $ 41.007.500 cada unidad), y se quedaran con el contrato?

¿El modelo que cotizaron se fabrica en la planta de General Motors de Alvear en la que acaban de suspender y despedir a cientos de trabajadores, y si es así, el gobierno de Pullaro no hizo ni siquiera el intento de pedirles mejora de ofertas para -además de comprar lo más barato posible y equipar a la policía- contribuir a que no se pierdan puestos de trabajo?

Eso sí: como el gobierno hizo uso de la variable prevista en el pliego de adjudicar un 20 % más de unidades que las licitadas, seguramente leeremos al gobernador y sus ministros diciendo que administran eficientemente los recursos del Estado, para hacerlos rendir más. 

martes, 17 de diciembre de 2024

"YA QUE ESTÁN QUE SIGAN"

 
Cuando al inicio del gobierno de Pullaro la Legislatura le aprobó las múltiples emergencias, decíamos en ésta entrada: "Cabría preguntarse entonces para que se buscó declarar tantas "emergencias", y si uno se atiene a antecedentes similares (como pasó con la emergencia en seguridad en los gobiernos de Bonfatti y Lifschitz), más los propios actos del gobierno, debería concluir en que lo que se busca esencialmente es una excusa para hacer contrataciones sin molestias burocráticas, como tener que llamar a licitación, y excluyendo las normas generales a las que el Estado debe sujetarse para eso.".

Y el Decreto 2722 firmado por Pullaro el 13 de diciembre (al que corresponden las imágenes que ilustran el post) nos da la razón: está adjudicando en forma directa -sin licitación- un contrato por más de 3 millones de dólares (al día de hoy unos 3000 millones de pesos, en números redondos) a la firma NEC Argentina SA para instalar 120 puntos de monitoreo mediante cámaras de seguridad en Rosario.

Que el decreto invoca la emergencia (en éste caso en seguridad) surge de sus propios considerandos, y se remite a la reglamentación aprobada por Pullaro mediante el Decreto 219/24, específicamente su artículo 5 inciso 2), que dice que podrá contratarse en forma directa "...para circunstancias de suma urgencia, cuando la especificidad del bien o servicio así lo requiera, o en situaciones donde no existan suficientes proveedores en el mercado capaces de satisfacer la necesidad requerida en tiempo y forma, permitiendo así una gestión más expedita y directa.".

O sea, pueden contratar en forma directa -según lo que decretó Pullaro poco menos que cuando se les ocurra. Tanto que el decreto no menciona ninguna de esas circunstancias para adjudicarle el contrato a NEC. De hecho, dice más o menos que la contratan sin pedir otros presupuestos, ni licitar ni hacer concurso de precios porque ya estaban, y mientras estuvieron trabajaron bien.

Así lo explica el decreto: "Que se le solicitó presupuesto a la firma NEC Argentina S.A., domiciliada en Avenida Don Pedro de Mendoza Nº 443 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ya que desde el inicio del plan estratégico del sistema de video-vigilancia urbana en la ciudad de Rosario ha venido desarrollando de manera única, eficiente y especializada la totalidad de los proyectos de instalación y mantenimiento de los puntos de monitoreo en las grandes urbes a lo largo del territorio de la Provincia, no habiendo actualmente sustitutos convenientes, dada la envergadura del proyecto y la capacidad instalada a lo largo de los años;...".

Que la misma empresa ya venía trabajando en la provincia y especialmente en Rosario, es cierto. Lo que no precisa el decreto, es en que condiciones.

Arrancó por allá por el 2012 con el gobierno de Bonfatti,  ganando una licitación en la que fue la única oferente.

Luego un año después, (en 2013) le adjudicaron otro contrato en las mismas condiciones: única oferente en la licitación, pero con una ventajita: su oferta no se ajustaba al pliego, y le pidieron que la mejorar, en lugar de rechazarla..

Apenas dos años después, en el 2015 (siempre con Bonfatti) se repitió la historia: arman una licitación -en aquel entonces para instalar 600 cámaras- y se presentó una sola oferta: NEC Argentina SA. Con una curiosidad: en ése caso el Ministerio de Seguridad no tuvo ninguna participación en la licitación, que quedó a cargo del de Gobierno y Reforma del Estado, por entonces a cargo de Rubén Galassi.

Es decir, esas son las condiciones en las que los gobiernos del Frente Progresista contrataron a la empresa, y que ahora le sirven a Pullaro (y obviamente a la empresa) para volver a contratarla en forma directa, sin hacer licitación, basados en que ya estaba trabajando, y lo hacía bien. Entonces (como hoy) había emergencia en seguridad, declarada por ley de la legislatura.

Lo que se complica con estas cosas (como señalábamos hace poco acá) es creerle a Pullaro cuando dice que mejoraron la transparencia de las contrataciones del Estado provincial. 

miércoles, 7 de agosto de 2024

NO SE ESTARÍA LOGRANDO

 

Cuando arrancaba el gobierno de Pullaro, te contábamos acá como el gobernador había logrado la declaración por la Legislatura de cinco emergencias, entre ellas en seguridad. Decíamos entonces que "...lo que se busca esencialmente es una excusa para hacer contrataciones sin molestias burocráticas, como tener que llamar a licitación, y excluyendo las normas generales a las que el Estado debe sujetarse para eso.".

Comentando el Decreto 219 por el cual Pullaro reglamentó los procedimientos de contratación en el marco de las emergencias declaradas, decíamos que "...en lugar de definir la ley (como la hace la Ley 12510) cual es el procedimiento a seguirse de acuerdo al monto del contrato y demás circunstancias del caso, son los funcionarios encargados de llevar adelante de la contratación los que lo hacen, en base a su propio criterio y sin más limitaciones que las generalidades gaseosas del decreto.  Que es igual de gaseoso en el resto de su articulado a la hora de decir como es una "licitación abreviada", o que deja en definitivas en su artículo 8 librado al criterio de los funcionarios intervinientes las formas de difusión y publicidad de los llamados, o la justificación de los criterios (artículo 16) en base a los cuáles se seleccionan las propuestas más convenientes y se adjudican los contratos.".

En el caso de la "licitación abreviada" lo que sucede es que los tiempos de publicidad y difusión del llamado son menores a los habituales, y el mecanismo ya se usó para la compra de 700 patrulleros para la Policía, luego de que otros 100 se compraran en forma directa.

Y se volvió a usar ahora para la compra de 500 motos para la Policía, como se puede ver en las imágenes que ilustran el post. Según consta en los considerandos del Decreto 1128 por el cual se resolvió la adjudicación, se apeló a ese mecanismo (la licitación abreviado) porque permite hacer las cosas más rápido, pero -atención a esto- "manteniendo un nivel adecuado de competencia entre los posibles proveedores;", según dice el decreto.

Cosa que es muy relativa: ya vimos acá que en el caso de los patrulleros lo que sucedió fue que hubo dos empresas (de las tres que se presentaron) que repitieron exactamente la misma cotización en la compra directa, y en las dos convocatorias de la licitación abreviada (las primera y la mejora de ofertas convocada después). Para que se entienda; cotizaron exactamente lo mismo las dos, hasta en centavos, en tres oportunidades: la competencia te la debo.

Y volvió a pasar ahora -y peor- con las motos, como pueden ver cotejando el decreto, el acta de apertura de las ofertas -que va abajo- y el informe de preadjudicación en el que se basó Pullaro para resolver a quienes les compraba las motos:

Para que se entienda: se presentaron tres empresas, cada una de ellas no cotizó por el total de lo que se quería comprar (500 motos), sino por una tercera parte, y las tres cotizaron lo mismo por cada moto, hasta en los centavos. La diferencia mínima de una es porque cotizó una moto menos, ya que la cantidad a comprar no era exactamente divisible por tres, como hubiera sido si compraban 501.

La preadjudicación (ver abajo) se basó en informes de funcionarios policiales que señalaron que las ofertas "cumplen con todo lo requerido en el pliego de bases y condiciones", y se agrega en el acta que las ofertas "son convenientes", sin otra precisión que nos permita saber como evaluaron la conveniencia, y en relación a que: ¿al precio promedio del mercado, al precio para unidades similares a las adjudicadas (que ni siquiera se mencionan cuáles son, marca y modelo) más el equipamiento específico para las tareas policiales, comparadas con el presupuesto oficial que ni siquiera se menciona o se consigna si lo hubo o no?

Elija (o imagine) cada uno lo que mejor le parezca, pero lo cierto es que en esta nueva "licitación abreviada" lejos de estar "manteniendo un nivel adecuado de competencia entre los posibles proveedores" como dice el decreto, lo que más bien parece es que hubo una cartelización de los oferentes para repartirse la adjudicación, consentida por el gobierno.

lunes, 20 de mayo de 2024

¿DEFLACIÓN O SOBREPRECIOS?

 

Hace unos meses atrás, cuando Milei hacía su primer intento de contar con facultades extraordinarias delegadas por el Congreso en el marco de lo que entonces era la "ley ómnibus", contábamos en ésta entrada como ya en diciembre del año pasado Pullaro las había obtenido mediante cinco (5) emergencias declaradas por la Legislatura, entre ellas en seguridad.

Decíamos entonces que básicamente esas facultades servían - más que nada- para efectuar contrataciones, prescindiendo de las licitaciones o los procedimientos legales habituales. Comentando el Decreto 219 de Pullaro que reglamentaba la emergencia en seguridad dijimos: "Pero en lugar de definir la ley (como la hace la Ley 12510) cual es el procedimiento a seguirse de acuerdo al monto del contrato y demás circunstancias del caso, son los funcionarios encargados de llevar adelante de la contratación los que lo hacen, en base a su propio criterio y sin más limitaciones que las generalidades gaseosas del decreto.".

"Que es igual de gaseoso en el resto de su articulado a la hora de decir como es una "licitación abreviada", o que deja en definitivas en su artículo 8 librado al criterio de los funcionarios intervinientes las formas de difusión y publicidad de los llamados, o la justificación de los criterios (artículo 16) en base a los cuáles se seleccionan las propuestas más convenientes y se adjudican los contratos.".

"Dicho sea de paso, no hay previsión alguna -como existe en el régimen de contrataciones vigente y que se deja de lado- respecto a un número mínimo de ofertas a obtener o documentar que se pidieron, y tampoco dice nada -justo en estos momentos de recesión y despidos- a la prioridad para las empresas radicadas en la provincia según el régimen del "compre santafesino" de la Ley 13505 (2015) y su modificatoria 13619.".

Y concluíamos: "Para terminar de poner las cosas en contexto, pensemos que en éste marco de absoluta discrecionalidad podrán comprarse medicamentos, patrulleros, armas para la Policía o víveres para los programas alimentarios, repararse escuelas o comisarías o comprarse computadoras, por citar solo algunos ejemplos.". (las negritas son nuestras)


Y lo que ha pasado con las compras de 800 patrulleros para la Policía de la provincia en dos tandas, demuestra que muy errados no estábamos: primero se hizo una "contratación directa" de 100, a través del Decreto 525 cuyas imágenes ilustran el post, adjudicándolos a las dos únicas empresas a las que se les pidió presupuesto, y cotizaron exactamente lo mismo las dos: 40.660 dólares por cada patrullero. 

Al hacerse el trámite invocando la emergencia en seguridad (el decreto ni siquiera menciona el régimen especial aprobado por el citado Decreto 219), no se cumplió con lo que dice para estos casos el régimen de contrataciones habitual de la provincia, aprobado por el Decreto 1104/16: "Siempre que ello sea posible, atento al fundamento de la excepción invocada, el organismo que deba diligenciar el trámite deberá recabar cuanto menos tres (3) cotizaciones o documentar fehacientemente la imposibilidad de obtenerlas.". O sea: solo se pidieron dos presupuestos, y ni siquiera se hace mención a que se hayan pedido otros, sin obtener respuesta de las empresas. 

Luego vino una "licitación abreviada" con solo trece (13) días corridos de tiempo entre la publicación del llamado y la apertura de las ofertas para comprar otros 700 patrulleros, en la que se obtuvieron tres propuestas, como se puede ver acá en el acta de apertura:

Vuelven a aparecer cotizando las mismas dos empresas de la contratación directa y -oh sorpresa - las dos vuelven a cotizar exactamente lo mismo, sin diferencias ni siquiera de centavos entre sí: 39.996 dólares cada patrullero en la oferta principal, y 40.487 dólares la alternativa, que no explica el acta en que consistiría. La otra empresa cotiza más barato (39.000 dólares cada unidad), pero solo lo hace por 600 de los 700 requeridos, cosa que el pliego permitía.

Ahora bien, apenas nueve (9) días después de dictado el decreto de adjudicación de la compra directa  de los primeros 100 patrulleros por Pullaro a 40.660 dólares cada uno, ahora al gobierno provincial los nuevos precios (menores) obtenidos en la "licitación abreviada" que oscilaron -como vimos- entre 39.000 y 40.487 dólares cada uno, de golpe le parecieron caros porque convocó a las firmas a una mejora de ofertas. 

Que se hizo once (11) días después (recordemos que el tiempo de publicidad del llamado fue de solo trece (13) días porque hicieron una "licitación abreviada", arrojando precios que oscilaron entre los 38.600 dólares por unidad (firma Macua, que cotiza por 500 unidades y otras 100 al mismo precio que la oferta original: 39.000 dólares cada una), y 37.000 dólares cada uno las otras dos que -pero vea señora, que sorpresa- vuelven a cotizar exactamente lo mismo, sin diferenciarse ni siquiera un centavo. 

Y previendo la posibilidad de que no les repartieran -como en la contratación directa de los primeros 100 patrulleros- la adjudicación entre ellas dos (ya que no tienen ninguna diferencia entre sí) cotizaron un número menor de unidades que las pedidas (117), más baratas: 36.940 dólares cada una:


Lo que significa que hay dos empresas (Volant S.A. y Seprio S.A.) que además de cotizar exactamente igual una de la otra en tres oportunidades (contratación directa, licitación abreviada y mejora de ofertas), le hicieron a la provincia una rebaja de hasta 3720 dólares por cada patrullero, en solo veinte (20) días corridos que pasaron entre el Decreto 525 que les adjudicó los primeros 100 a las dos, y la mejora de ofertas de la "licitación abreviada".

O el poder de negociación y regateo de los funcionarios provinciales es muy grande (cosa que en principio debería descartarse porque las ofertas van en sobre cerrado y no son conocidas hasta su apertura), o como dice Milei la inflación viene bajando, aunque hayan cotizado en dólares.

Otra posibilidad -que no habría que descartar- es que en la primera contratación (hecha, como se dijo, en forma directa, con solo dos presupuestos, iguales entre sí, o sea sin competencia real) se pagaron sobreprecios por más de 2250 millones de pesos, tomando un dólar oficial a 865 pesos.

Ojo: el gobernador lo ve distinto porque acá en el portal de la provincia -cuando entregó 30 de esos patrulleros para la ciudad de Santa Fe- dijo textual: "“Hicimos una licitación pública de compra de patrulleros y, como eso demoraba, compramos por emergencia 100. Estos vehículos, que valen entre 22 y 23 millones de pesos en el precio de lista del mercado, por la Ley de Emergencia se pagaron 17 millones más el equipamiento cada uno de ellos. Ahorramos alrededor de un 20 %, y eso es lo que el Estado tiene que hacer y estamos encarando una compra nuevamente de 700 móviles más”.". (Las negritas son nuestras)

sábado, 9 de marzo de 2024

LOS ÓMNIBUS DE PULLARO

 

Es evidente que el fenómeno Milei termina llevándose toda la atención del acontecer político, económico y social del país, y coloca a lo que pasa en las provincias en un segundo plano; y Santa Fe no escapa a esa regla. Así se puede entender que cause conmoción que el DNU 70 o la ley ómnibus declaren (o propicien hacerlo) múltiples "emergencias" de las que se deriva la concesión de facultades excepcionales al presidente, mientras no llama la atención que acá, antes, y por medio de leyes sancionadas por la Legislatura en trámite express, Pullaro haya obtenido los mismos beneficios.

De hecho, en la provincia hay hoy y hasta por lo menos fin de año vigentes cinco emergencias: hídrica, de seguridad, educativa, sanitaria y social; con sus correspondientes leyes que así lo declaran, y el otorgamiento de facultades especiales para el gobernador, en ese contexto. Lo que no hay -en cambio- son muchas medidas concretas que los santafesinos puedan ver, derivadas de tamañas declaraciones.

En materia educativa por ejemplo, lo que hay hasta acá son paros docentes, deudas salariales de la paritaria anterior, informes sobre ausentismo y fracaso escolar, y nada más. En lo social, no se conoce una sola política pública reparadora de la devastación generada por el gobierno nacional ni para contener el hambre que avanza, y otro tanto en lo sanitario, pese a que el colapso acrecienta la demanda sobre los efectores públicos de salud.

En materia de seguridad lo único que hubo hasta acá es el deplorable show montado por Pullaro en las cárceles provinciales tratando de imitar a Bukele y arrojarle su ración de sensacionalismo punitivista al electorado, ya que no puede ofrecer una mejora concreta en los indicadores. Y de la emergencia hídrica que decir: que uno se pregunta en base a que información científica la declararon en todo el territorio provincial (de una punta a otra de la bota) hasta fin de año, cuando los mismos científicos pasan de aventurar posibles inundaciones, a constatar nuevos ciclos de bajante o sequía.

Cabría preguntarse entonces para que se buscó declarar tantas "emergencias", y si uno se atiene a antecedentes similares (como pasó con la emergencia en seguridad en los gobiernos de Bonfatti y Lifschitz), más los propios actos del gobierno, debería concluir en que lo que se busca esencialmente es una excusa para hacer contrataciones sin molestias burocráticas, como tener que llamar a licitación, y excluyendo las normas generales a las que el Estado debe sujetarse para eso. 

Como lo demuestra el decreto cuyas imágenes ilustran el post, que aprueba precisamente el régimen de contrataciones propios de las emergencias en seguridad, educativa, sanitaria y social.

De acuerdo con el artículo 4 del decreto, las contrataciones que se encuadren en cualquiera de esas emergencias podrán hacerse por el ".... procedimiento de selección más adecuado: licitación acelerada o contratación directa, basándose en la naturaleza y urgencia del bien o servicio requerido. La elección del tipo de procedimiento se basará en criterios claramente definidos, tales como la urgencia, el costo, la disponibilidad, la especificidad del bien o servicio, y cualquier otra consideración relevante para la situación de emergencia.".

Pero en lugar de definir la ley (como la hace la Ley 12510) cual es el procedimiento a seguirse de acuerdo al monto del contrato y demás circunstancias del caso, son los funcionarios encargados de llevar adelante de la contratación los que lo hacen, en base a su propio criterio y sin más limitaciones que las generalidades gaseosas del decreto. 

Que es igual de gaseoso en el resto de su articulado a la hora de decir como es una "licitación abreviada", o que deja en definitivas en su artículo 8 librado al criterio de los funcionarios intervinientes las formas de difusión y publicidad de los llamados, o la justificación de los criterios (artículo 16) en base a los cuáles se seleccionan las propuestas más convenientes y se adjudican los contratos.

Dicho sea de paso, no hay previsión alguna -como existe en el régimen de contrataciones vigente y que se deja de lado- respecto a un número mínimo de ofertas a obtener o documentar que se pidieron, y tampoco dice nada -justo en estos momentos de recesión y despidos- a la prioridad para las empresas radicadas en la provincia según el régimen del "compre santafesino" de la Ley 13505 (2015) y su modificatoria 13619.

Para terminar de poner las cosas en contexto, pensemos que en éste marco de absoluta discrecionalidad podrán comprarse medicamentos, patrulleros, armas para la Policía o víveres para los programas alimentarios, repararse escuelas o comisarías o comprarse computadoras, por citar solo algunos ejemplos. 

viernes, 2 de febrero de 2024

DE RODILLAS

El primer gobierno de la democracia recuperada en 1983 terminó antes su mandato en medio de un golpe económico con fines aleccionadores: el dolarazo de febrero del 89' no estaba dirigido tanto a Alfonsín y su gobierno (que en palabras de Magnetto, ya se habían convertido en un estorbo), como al Menem que por entonces prometía revolución productiva y salariazo en caso de ganar las elecciones.

El riojano dio sobradas muestras de haber aprendido la lección, e inició un ciclo de gobernabilidad a la sombra del poder económico que le garantizó culminar su mandato y ser reelecto, a condición de vehiculizar todas sus demandas. Más aun, intentó -y lo consiguió- transmitir la idea de que el coraje político consistía en hacer lo que ese poder económico reclamaba, sin arredrarse por las críticas y protestas: "ramal que para, ramal que cierra", "cirugía mayor sin anestesia" y otros exabruptos expresaron esa idea. 

El Pacto de Olivos y la reforma constitucional del 94' fueron simplemente para que los dos partidos principales del sistema político se repartieran los roles con los que cada uno se autopercibía por mucho tiempo por delante (oficialismo y oposición), pero ambos como garantes de ese orden, y esa gobernabilidad. Tanto que cuando a la UCR le tocó volver a gobernar con De La Rúa, ofreció como programa la prolijidad en el sostenimiento de una convertibilidad que ya era a todas luces insostenible.

Sobre los escombros de la implosión del modelo en 2001 y las tensiones de un sistema político e institucional forzado al límite del "que se vayan todos", Néstor  Kirchner imaginó un camino distinto, que suponía una nueva gobernabilidad; en la que se recompusieran los márgenes de autonomía de la política, la autoridad presidencial y el rol del Estado.

Un camino que luego profundizaría Cristina marcando así una ruptura con el modelo de gobernanza previo, y que no se replicaría después del 2015. Mal que les pese a sus detractores y en medio de múltiples conflictos originados en las tensiones con distintas fracciones del poder económico cuando creyeron amenazados sus intereses por las políticas del gobierno (retenciones móviles, disolución de las AFJP, ley de medios, fondos buitres), el kirchnerismo aseguró una década larga de gobernabilidad revalidada en las urnas por amplísima mayoría en 2007 y 2011.

Al mismo tiempo, esa gobernabilidad coexistió -y para ser precisos, diríamos que se basó también- en la mejora constante de los indicadores del crecimiento económico y la mejora en los indicadores de la distribución del ingreso y, en general, en todos los que miden el desarrollo humano del país. Acaso allí -en, por ejemplo, tener hacia 2015 el salario mínimo en dólares más alto de América Latina- haya que buscar el origen de la profundización de las tensiones; más que en presuntos desvíos totalitarios del gobierno, que por otro lado estamos viendo en estos días que el poder económico tolera y alienta, cuando son a favor de sus intereses.  

Tras el ensayo con Macri de un país atendido por uno de sus propios dueños y el interregno de Alberto Fernández, llegamos a Milei: una criatura política sin trayectoria previa ni fuerza partidaria organizada que lo sostenga, vehículo ideal para canalizar la insatisfacción democrática y la crisis de representación. Y más apto aun -atenta su endeblez en todos los planos- para comandar formalmente un gobierno colonizado por intereses corporativos, en el que el de presidente es, más que nunca, un puesto menor: no olvidemos que nos gobierna -literal y no metafóricamente- un empleado de Eurnekián.

Haciendo su propia lectura de la experiencia de gobernabilidad iniciada en el 2003  -lo que incluye necesariamente la muerte de Néstor y el atentado fallido contra Cristina-,  desde 2015 para acá el peronismo (y dentro de él, el kirchnerismo) ha ensayado una y otra vez guiños y giros dialoguistas con el poder económico, traducidos sucesivamente en las candidaturas de Scioli, Alberto y Massa: los resultados de la estrategia han sido derrotas electorales, o defraudación de las expectativas ciudadanas, cuando les tocó gobernar.; y -otra vez, cuestiones íntimamente vinculadas- continuidad en el retroceso de los indicadores económicos y sociales. Datos, no opinión.

En éste contexto no debe sorprender el penoso espectáculo que estamos presenciando a partir de la sanción del mega DNU y la discusión de la ley ómnibus: un debate distorsionado donde los que los apoyan no pueden dar cuenta de sus razones porque responden a mandantes invisibles (o bien visibles, pero con intención de permanecer ocultos), y los que los rechazan pelean contra enemigos que no son los verdaderos, como Milei y sus funcionarios; simples amanuenses de un poder mucho más fuerte y perdurable.

Esa distorsión de los términos del debate no hace sino profundizar la crisis de representación política y el vaciamiento de las instituciones, de las que las acusaciones públicas de Banelco (hechas por el propio presidente sin que nadie le pida cuenta de sus dichos), la represión a los manifestantes, la discusión sobre un texto en blanco que nadie conoce y la violación flagrante del artículo 29 de la Constitución Nacional son apenas los baldones de vergüenza más notorios, pero no los únicos. Tuits relacionados: 

lunes, 26 de abril de 2021

BURBUJAS PINCHADAS

 


A las cero hora del viernes próximo se termina la vigencia de las disposiciones del último DNU dictado por el presidente imponiendo ciertas restricciones de actividades en el medio de la pandemia; entre ellas la suspensión de las clases presenciales en el AMBA, que se llevó toda la atención por la rebeldía porteña a cumplirla, con sus derivaciones judiciales.

Si se llegara a ese día sin que la Corte Suprema se pronuncie al respecto -cosa harto probable- el presidente se vería forzado a prorrogar la medida, sea porque la situación epidemiológica no ha cambiado -todo indica que empeorará, aunque se apele al eufemismo de la "meseta alta"-, o porque no puede ir en contra de sus propios actos, ya que el Estado nacional está sosteniendo la validez de la medida en todos los tribunales donde ésta ha sido cuestionada.

Lo que parece poco probable es que se dispongan otras restricciones que la situación aconseja, en el AMBA y en todo el país, aunque se deje trascender que "se evalúan" o "no se descartan": no existe la voluntad política real de aplicarlas, ni el plafond social para hacerlo. Ojalá para entonces, cuando el plazo venza, la información nos desmienta, pero hoy por hoy, esto es así.

En el mismo momento en el que Alberto Fernández enfatizaba que el AMBA es un solo conjunto poblacional relacionado (aunque no una misma división política, con consecuencias jurídicas) para justificar las medidas que dispuso, señalaba que la Argentina era un país federal, en el que la responsabilidad de controlar la situación en cada provincia es de los gobernadores. 

Un contrasentido en el marco de una emergencia sanitaria declarada con alcances nacionales por él mismo (y así prorrogada por DNU hasta el 31 de diciembre), pero también un reconocimiento explícito de que su autoridad no solo está deteriorada para imponerle decisiones a Larreta, sino a los gobernadores; que a su vez padecen el mismo síndrome en relación a los intendentes, en cada una de sus provincias.

La autoridad estatal legítima está así cuestionada, y al mismo tiempo auto-limitada por la falta de decisión en avanzar en las medidas que la crisis aconsejaría, y en hacer cumplir mediante la coerción legítima, las que se adoptaron; punto en el cual no todo es culpa de los jueces o las presentaciones que deben atender: no hay ninguna acción judicial para que los shoppings o canchitas de fútbol 5 funcionen normalmente como si nada pasara, o para que los bares funcionen sin ningún protocolo, y sin embargo todas esas cosas suceden, ante la inacción de las autoridades.

Las palabras "estrictos protocolos" se han vuelto un significante vacío, o peor aún, carente de otro sentido que no sea el irónico, para el consumo en las redes sociales. Y otro tanto sucede con las "burbujas", impunemente pinchadas, sea en el fútbol o en las escuelas: el propio Larreta y su ministra de Educación lo hicieron, yendo a una escuela a interactuar con los chicos con fines de propaganda, subiendo las fotos a las redes sociales.   

De la apelación a la responsabilidad social pasamos a la de la responsabilidad individual, en un reconocimiento de que la crisis sanitaria no nos está volviendo mejores sino peores, porque frente a una enfermedad infecto-contagiosa las respuestas solidarias son minoría, y se apela al "sálvese quien pueda", o peor aún: "a mí no me importa morir con tal de darme el gusto de hacer lo que me gusta", tal pareciera ser la consigna imperante en mucha gente.

La responsabilidad individual es así la contracara de la progresiva deserción estatal en todo lo que implique dictar reglas de conducta a la sociedad, y ocuparse de hacerlas cumplir -si es que las dicta-, en beneficio del conjunto. Y no es justificable la inacción en dudas o debates respecto a cuáles son las medidas que deben adoptarse: todos las conocen, pero nadie o casi nadie está dispuesto a llevarlas a cabo.

Un botón de muestra: acá en Santa Fe duerme hace dos meses y medio en la Legislatura un proyecto de ley para aumentar las penalidades por violar las normas impuestas en la emergencia sanitaria, cuando a los legisladores les resultaría muy sencillo aprobarlas, y transferirle al gobernador y a la justicia, la responsabilidad de hacerlas cumplir. Y los propios funcionarios judiciales -responsables de hacer cumplir la ley y las reglamentaciones- son protagonistas de fiestas clandestinas, en no pocos casos.

Hoy por hoy el rol del Estado aparece estrictamente limitado a garantizar conseguir vacunas en la mayor cantidad posible de vacunas y hacer que se les puedan aplicar al mayor número de personas, en el menor tiempo posible; mientras intenta sumar camas y respiradores para evitar el colapso del sistema sanitario, sometido a una presión extrema.

No es poco ni es banal, claro, pero tengamos en claro que tamaño esfuerzo puede ser en vano si todos- el Estado en lo demás que le toca- y la sociedad (cada uno de nosotros, pero sobre todo en conjunto) no ponemos algo de nuestra parte.

martes, 13 de abril de 2021

REUNIONISMO

 


Cuando arrancó la pandemia las dudas sobre cuáles eran las medidas más eficaces para enfrentarla eran legítimas: se trataba de un virus nuevo y desconocido, contra el cual no existían vacunas y cuyo contagio se desarrollaba de formas que se trataban de establecer, mientras crecían los casos.

Más de un año después ya no es admisible la duda, al menos no en términos científicamente razonables: se sabe como se comporta el virus, cuales son los mayores factores de riesgo para el contagio, las actividades más riesgosas desde ese punto de vista; y lo más importante: cuáles son los efectos que puede llegar a provocar en los grupos de riesgo de la población, que también están definidos.

También se sabe -desde el comienzo- cuales son las medidas de prevención general e individual que deben observarse, e insistir en ellas tiene más que ver con que no se cumplen, que con que se ignoren. Pasa algo parecido al preservativo como mecanismo para evitar contagiarse el VIH: no debe quedar nadie -salvo el doctor Albino- que desconozca como es la cosa.

La segunda ola del COVID y los contagios masivos acelerados que está provocando en todo el mundo fueron pronosticados y suficientemente advertidos, y llegaron incluso antes de lo previsto. Nadie puede decir -como hizo acá Reutemann con la inundación del 2003- "a mí nadie me avisó". 

Esta segunda ola que provoca -acá y en todos lados- hospitales llenos, terapias desbordadas, sistemas de salud al borde del colapso si es que ya no lo están, decisiones extremas a las que nosotros aún no llegamos pero que podrían venir si no se actúa a tiempo (como decidir a quien se le da o no un respirador), coexiste con decisiones absurdas, como sostener las clases presenciales: si no son un factor de contagio, la pregunta entonces sería por qué estuvimos un año sin ellas, cuando los números eran mejores. 

La respuesta es sencilla: los números eran mejores -entre otras cosas- porque las clases presenciales estaban suspendidas, y eso generaba una menor circulación de personas, con menor utilización del transporte público. Pero un año largo de pandemia nos desgasta a todos, y se termina llevando puestas a la coherencia, la lógica y la razonabilidad de los que gobiernan, y de la propia sociedad. 

Así por ejemplo hoy tenemos teletrabajo para los estatales nacionales, pero diferimos la entrada en vigencia de la ley de teletrabajo que aprobó el Congreso, para los privados; y las mismas autoridades públicas que llaman a sus empleados a quedarse trabajando en su casa, disponen que los empleados privados que son grupos de riesgo pero tienen al menos una dosis de cualquiera de las vacunas, vuelvan a trabajar en forma presencial. 

En plena segunda ola siguen habilitados el turismo, los viajes, los shoppings, los bares y restaurantes y los deportes, pero eso sí: todo bajo "estrictos protocolos", que vienen siendo más o menos lo mismo que las "burbujas" en las escuelas: letra muerta que nadie -o casi nadie- hace cumplir, contribuyendo por acción u omisión a propagar los contagios. Baste el ejemplo del fútbol (actividad súper profesionalizada si las hay) para entender de que hablamos. 

Los que atentan a diario contra la salud pública, incluso desde los medios de comunicación (sobre todo desde ellos) no sufren ninguna consecuencia, y se apela por toda respuesta a la responsabilidad individual: sin coerción general resultante de medidas de restricción a la circulación cuya necesidad cae por su propio peso, ni sanciones individuales a los que violan las normas e incluso se jactan de ello como un acto de legítima rebeldía, el resultado en términos sanitarios no puede ser otro que el que estamos obteniendo; y la cosa así no puede funcionar, por demasiado tiempo.  

Se advierte sobre el colapso del sistema de salud, pero si no se toman medidas concretas para evitarlo, solo sirve como un intento de salvar la ropa de los funcionarios que tienen responsabilidades en su gestión, y no mucho más. Vacunar hay que vacunar igual, con o sin restricciones. pero dejando claros los límites de inmunidad que generan las vacunas (o al menos siendo concientes de ello), y su efectiva disponibilidad; punto éste en el que no ayudan para nada quienes -como el Jefe de Gabinete- dicen que no hay impedimentos para que las provincias salgan a comprarlas, cuando el impedimento real es que son escasas, y sumar compradores no las hará abundantes, sino más bien lo contrario.

No es muy difícil saber que habría que hacer, hoy, para contener los contagios: volver al principio: restricciones de la circulación a las actividades estrictamente imprescindibles y esenciales, restricción del uso del transporte público, suspensión de las clases presenciales y de los espectáculos públicos, en especial en lugares cerrados. Nada extraño, ningún misterio, no hay recetas nuevas, mágicas o novedosas.

Pero tampoco somos necios y sabemos que es lo que impide que estas medidas se tomen: las presiones del poder económico, y la desesperación de empresarios y trabajadores por no poner en riesgo su fuente de ingresos o sus empleos. Es difícil entender -aun en ese contexto- por qué se insiste en sostener las clases presenciales, como no sea para preservar los ingresos de los colegios privados por las cuotas, o dar por definitivamente perdida una batalla conceptual con una derecha que nos llevó de la nariz a reabrir las escuelas, cuando todo indicaba que era inconveniente.

Y también -en nuestro caso particular- debe ponerse en el análisis la decisión del gobierno de no inyectar recursos en la economía en compensación por posibles cierres, como fueron en su momento el IFE o la ATP; cuestión -la de no repetirlos ahora, en la segunda ola- no tiene tanto que ver con que la economía se ha recuperado, como que se busca que las cuentas cierren, para poder cerrar a su vez el acuerdo con el FMI: seamos buenos entre nosotros, siendo sinceros. 

No sigamos quemando científicos o haciéndoles perder el tiempo, haciendo como que estamos evaluando tomar medidas que en realidad no estamos dispuestos a tomar, o evaluando alternativas que ya fueron evaluadas hasta el cansancio, y no son tantas ni tan difíciles de entender. Mejor expliquemos que elegimos otras cosas -a la economía, el empleo, la recaudación, todos argumentos en sí valederos-, por sobre la salud, y listo: como diría Perón, no nos estemos echando suertes entre gitanos.