LA FRASE

"LE QUIERO AGRADECER AL PRESIDENTE MILEI PORQUE SU GOBIERNO ME INSPIRÓ LA CONSIGNA "SI HAY ENTREGA, LO MEJOR PUEDE LLEGAR"." (MARCOS GALPERÍN)
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miércoles, 1 de febrero de 2017

ANTE LA INFLACIÓN Y EL DERRUMBE DEL CONSUMO, MEDIDAS MÁGICAS


El gobierno macrista y su política económica, ha conseguido en su primer año de gestión generar una profunda caída de la actividad productiva y del consumo, caídas acompañadas de la inflación más alta de los últimos 25 años, 43% anual durante el año 2016.

Esa combinación de recesión con inflación, fenómeno denominado estanflación por los economistas, tiene efectos desastrosos sobre la economía de un país, como se puede apreciar en éstos días en Argentina: abismal retroceso del Producto Bruto Interno, derrumbe de la actividad productiva y por lo tanto generación masiva de desempleo, aumento generalizado de precios y tarifas, y en consecuencia, una profunda caída del consumo, a causa que la población ve disminuídos día a día su capacidad de compra, y por lo tanto el consumo se limita a cubrir nada más que necesidades básicas en amplios sectores de la población.

 

En éste marco de descenso generalizado de las ventas, el gobierno recurre a lanzar una medida para “transparentar los precios”, a través de una Resolución del Ministerio de la Producción y la Secretaría de Comercio, la que puede verse completa acá, resolución que más allá de recaer sobre muchos aspectos que ya se encuentran normados desde hace años,  resulta poco efectiva en la medida que las condiciones económicas de recesión y caída del poder adquisitivo de los ingresos se mantengan en los niveles actuales.


El Secretario de Comercio Interior y el Ministro de Producción macristas lanzaron una medida que se dirige a diferenciar el precio de contado del de cuotas y explicitar el costo financiero total, y  vaticinan que a través de ésta medida los precios de contado “bajarán entre un 15 y un 20%” como podemos ver acá.
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Lo que no explican, es porqué hasta ahora desde la Secretaría de Comercio Interior , y en el marco de un proceso de remarcación de precios monstruoso a lo largo de 2016, nada se hizo en base a las facultades que tiene ese organismo y de las leyes 24.240 (Defensa del Consumidor) y 22.802 (Lealtad Comercial),de las cuales la Secretaría de Comercio Interior es autoridad de aplicación. 

La nueva norma en su artículo 1, solo hace una interpretación elemental, obvia, de una norma sancionada hace más de 25 años: el artículo Artículo 37 de la Ley N° 25.065 (ley de Tarjetas de Crédito), el que  establece que no se puede efectuar diferencias de precio entre operaciones al contado y con tarjeta, sea de crédito o débito. Obviamente si se abona en un pago, porque de lo contrario, si se abona en cuotas, hay un recargo de financiación que varía de acuerdo al medio de pago que se utilize. La nueva resolución, solo aclara lo que está claro hace más de 25 años: que se aplica para el caso de abonar en un solo pago.

En el resto de la resolución se reitera normativa vigente en  base a la antigua Ley 22.802 de Lealtad Comercial, la que entre otras disposiciones, en su artículo 9 establece: “Queda prohibida la realización de cualquier clase de presentación, de publicidad o propaganda que mediante inexactitudes u ocultamientos pueda inducir a error, engaño o confusión respecto de las características o propiedades, naturaleza, origen, calidad, pureza, mezcla, cantidad, uso, precio,condiciones de comercialización o técnicas de producción de bienes muebles, inmuebles o servicios.(las negritas son nuestras)

Hace décadas que en Argentina, justamente para evitar la publicidad engañosa, en cualquier forma de comercialización que se efectúe, deben especificarse al ofertar o publicar productos -entre otros aspectos- el precio de venta, y de ofrecerse una financiación, el monto de las cuotas y los intereses que se aplican sobre el precio de contado del producto.

Si frente a los incumplimientos de los comerciantes en cuanto al precio ofertado, o de los bancos que ofrecen planes de pago a tarvés de sus tarjetas, la Secretaría de Comercio durante el año 2016 no efectuó procedimiento ni aplicó sanción alguna, no se debió a falta de normativa vigente, sino a la inoperatividad deliberada del organismo. Tanto la Ley 24.240 (artículos 4 y 36), como la Ley 22.802 (artículos 9,11,12 inc.i,14,18), como también las disposiciones relativas a los usuarios de servicios bancarios, permiten sancionar esos incumplimientos; además de los artículos 1385 y 1388 del Código Civil y Comercial, que establecen la obligación de informar el costo financiero total que arrojan las operaciones de financiación.

Los funcionarios macristas pretender con ésta medida, generar una baja de precios en una economía que ellos mismos destrozaron, con una devaluación del peso demencial, generando una profunda caída de la actividad productiva y del consumo, y provocando niveles de inflación históricos. Convocan entonces para hacer anuncios y conferencias donde periodistas complacientes preguntan poco y pautado.

No es mucho lo que se puede esperar de un Secretario de Comercio Interior que es accionista de una gran cadena de supermercados y fuerte formadora de precios. Como tampoco el Ministro de Producción puede exhibir logro alguno, como no sea haber provocado durante su gestión el cierre de más de 4.000 Pymes, mientras el gobierno del que forma parte sigue apostando a la apertura de las importaciones.

viernes, 9 de septiembre de 2016

PARA SACARLES TARJETA A LAS COMISIONES


El Senado de la Nación acaba de aprobar esta semana un proyecto para disminuir las comisiones que cobran los bancos sobre las tarjetas. El proyecto es del senador Alfredo Luenzo (Chubut) que establece la baja del 3 al 1,5% el valor de las comisiones en TC y elimina el 1,5% que se aplican a las operaciones con débito.

La Cámara Argentina de Comercio destaca que la comisión del  3%  en TC que pagan los comercios en Argentina, está por encima de lo que se cobra en países vecinos, como el caso de Perú, donde es del 1,5%, mientras que en Brasil es aún menor, 1,3%.   Esta es la comisión que pagan los comercios a los bancos, y que para los pequeños comercios es una carga pesada.

Para cuantificar, un pequeño comercio que vende al mes $ 80.000 con tarjeta de crédito, le paga a los bancos un “impuesto” de $ 2.400 mensuales, es decir $ 100 pesos por día (hábil). Aunque es una comisión que pagan los comercios a los bancos, el perjudicado en última instancia es el consumidor, porque los comercios trasladan esa carga a los precios.

Pero más allá que los comerciantes incluyan ese 3% en su estructura de costos, el tema principal está en otro lado: este gobierno amante de la absoluta libertad de mercado, cuyo Ministro de Hacienda se enteró recién éste año que hay empresas formadoras de precios, que en la economía argentina hay una alta concentración en muchas actividades y que hay empresas monopólicas, también se enteró recién a través de la Comisión de Defensa de la Competencia que algunas empresas se benefician con el abuso de la posición dominante y con la cartelización para fijar los precios.

En un Análisis de Mercado presentado en agosto de éste año, la CNDC recomendó regular las comisiones que cobran los bancos y pidió iniciar una investigación por “presunto abuso de posición dominante y posible cartelización" de los 14 bancos accionistas de la empresa  PRISMA S.A. que controla el 85% de las operaciones con tarjeta.

En las conclusiones de la CNDC , el organismo expresa que el mercado de tarjetas de crédito y medios de pago electrónicos presenta problemas como falta de competencia en el financiamiento para el consumo, falta de transparencia (costo de financiamiento encubierto)  y comisiones altas.

Ante la discusión por el pago de 3% que los comercios deben realizar ante una venta, la CNDC apuntó a regular la tasa de intercambio, que es la comisión que los bancos emisores les pagan a los bancos procesadoresEl costo transaccional entre los bancos se maneja a través de ese 3% de comisión que se cobra a los comercios.

Mientras el Congreso se encuentra analizando un pedido de los sectores del comercio para rebajar la comisión que les cobran las tarjetas, el titular de la CNDC (Greco) explicó que  se debe regular el precio de intermediación que hoy se ubica en torno al 2,55% a 2,85%.

Es decir regular la TASA DE INTERCAMBIOque es la comisión que los bancos emisores les pagan a los bancos procesadoresCabe señalar que según la CNDC "la tasa de intercambio explica 95% del costo de las comisiones que pagan los comercios".

En ese contexto, la CNDC puntualizó que la empresa Prismacuyos accionistas son 14 de los principales bancos del paísposee una posición dominante ya que emite las tarjetas Visa, Master Card, Credencial y CabalNINGÚN BANCO EMISOR DE TARJETAS VISA PUEDE PROCESAR LAS TRANSACCIONES DE SUS CLIENTES,  YA QUE ESTÁ OBLIGADO A  PROCESAR LAS OPERACIONES A TRAVÉS DE PRISMA.

En el país circulan 42 millones de tarjetas, de las cuales 24,5 millones son de crédito. De ese total el 60% corresponde a la TARJETA VISA. 

Como el costo transaccional entre los bancos se maneja a través de ese 3% de comisión que se cobra a los comercios y está en manos de un grupo dominante, eso no permite la entrada de nuevos oferentes, por eso la CNDC pidió iniciar una investigación por “conductas anticompetitivas, presunto abuso de posición dominante y posible cartelización de los 14 bancos accionistas”.

La empresa Prisma, tiene como accionistas a 14 de los principales bancos del país, y tienen una posición dominante, porque a su vez son los bancos quienes emiten las tarjetas Visa, Master Card, Credencial y Cabal. Esto deriva en una triple integración vertical, ya que es al mismo tiempo bancoemisor  y procesador.

DATOS DEL MERCADO EN ARGENTINA

Existen 6 redes principales de tarjetas: 4 con el sistema bancario (Visa, MasterCard, Credencial y Cabal) y otras 2 que operan en un sistema donde el emisor coloca sus propias tarjetas (Diners, American Express).

Hay 42 millones tarjetas en circulación en Argentina aprox. (24,5 millones crédito). En Argentina, el único adquirente de Visa es Prisma, quien además procesa todas las transacciones Visa. Visa concentra el 60% de las transacciones por tarjeta de crédito del país.

Prisma es propiedad de 14 bancos del país. Sus principales accionistas son Galicia, Santander Río y BBVA Francés que también son emisores de tarjetas Visa. Esto deriva en una triple integración vertical: banco + emisor + adquirente/procesador. Ningún banco emisor de tarjetas Visa en Argentina procesa las transacciones de sus clientes fuera de Prisma.

Claro que mientras la CNDC sostiene que se deben regular las comisiones bancarias, éste gobierno en el mes de marzo de 2016 abandonó cualquier regulación sobre las comisiones, y autorizó a los bancos a aumentar EN UN 20% LAS COMISIONES por emisión de tarjetas de crédito, su renovación, administración, mantenimiento de cuenta, reposición o reimpresión de tarjetas por robo o extravío y tarjetas adicionales. También posibilitó el aumentó de comisiones por cuenta corriente y talonario de cheques, emisión de tarjetas de débito adicionales, la reposición de tarjetas de débito por robo o extravío y por el uso de cajeros automáticos.