LA FRASE

"LA DECLARACIÓN DE LA ONU CONTRA LA ESCLAVITUD Y LA TRATA DE PERSONAS IBA EN CONTRA DE LOS PRINCIPIOS QUE INSPIRAN NUESTRA LEY DE MODERNIZACIÓN LABORAL." (FEDERICO STURZENEGGER)

lunes, 30 de marzo de 2026

ESCENAS DE PATETISMO EXPLÍCITO

 

COHERENCIA POR FAVOR


* La recuperación del control estatal sobre YPF fue una decisión estratégica cuyos efectos -como en todas las decisiones estratégicas- se vieron en el tiempo, y hasta hoy puede incluso disfrutar éste gobierno, que se ufana de estar en las antípodas del kirchnerismo en todo: desplazando al grupo Repsol de la empresa se logró revertir el declino de la producción, incrementarla, poner en valor el enorme activo que representa Vaca Muerta y darle al país una oportunidad de obtener divisas genuinas, y ahorrárselas despilfarrándolas en importar crudo y combustibles. Golazo del kirchnerismo, que hasta los gorilas (sin decirlo así, claro) festejan.

* Como correspondía a su rol de presidenta, la decisión final la tomó Cristina  y a ella le corresponde el mayor mérito histórico, si de establecer rankings en esa materia se trata. Pero esa decisión no hubiera podido llevarse a cabo sin contar con ejecutores eficaces, convencidos de que era correcta y necesaria para el país, y que ameritaba arremangarse y ponerse a trabajar con celo patriótico para ponerla en práctica. Y en ese renglón ingresan desde De Vido hasta Kicillof, incluyendo a Galuccio (hoy volcado con éxito a la actividad privada), que cumplió con creces el rol para el que fue convocado. Perderse ahora en disputas minúsculas fruto de las pequeñeces de la interna para determinar paternidades es un error mayúsculo, que pierde de vista la enorme magnitud del acierto de política pública de la decisión.

* El fallo de la Cámara de Apelaciones le dio la razón a la posición argentina con los mismo y exactos argumentos con los que el año pasado Kicillof -y antes que él Cristina, ambos varias veces a lo largo del litigio- rechazaban la pretensión del fondo Burford. Que el PRO o LLA crean que tuvieron algo que ver al respecto -cuando uno votó en contra de lo que llamó "confiscación" y Macri sigue diciendo que fue ilegal aun después del fallo que dice exactamente lo contrario, y Milei dijo en cadena nacional que la expropiación es un robo cuando aun hay instancias judiciales pendientes en EEUU- solo demuestra que a la derecha aunque no le quede más remedio que festejar (otro triunfo cultural del kirchnerismo), en el fondo quería que el país perdiera, para tener razón. Y para pagar (como hizo Macri con los fondos buitres) incluso más de lo que se reclamaba, tomando deuda y echándole la culpa al kirchnerismo. 

* El PRO votó en contra (casi en soledad) la expropiación en 2012  y Macri (lanzado por entonces a su carrera presidencial) dio un discurso explicando las razones, que son las mismas que luego esgrimiría el fondo Burford en el litigio, y que reiteraría Milei en su cadena nacional del viernes pasado. Entre los que entonces votaron en contra se encontraba Patricia Bullrich, que también ahora festeja el triunfo; aunque en su caso el travestismo político es marca de fábrica.

* Si Macri hubiera tenido que lidiar con un fallo adverso -como el de la jueza Preska- seguramente hubiera dicho lo mismo que dijo cuando su antecesor, el juez Griesa, falló en contra de la Argentina en el reclamo de los hold outs encabezados por su financista de campaña y agente de propaganda Paul Singer: hay que ir a sentarse con la jueza y lo que ella diga, eso hay que hacer. En la misma estaba Milei hasta el viernes, tanto que propuso crear una "tasa Kicillof" para pagar un fallo que ya imaginaba adverso e irremontable, pero cuya anulación ahora se atribuye como mérito exclusivo.

* La expropiación del 51 % de las acciones de YPF fue -por más de una década- eje de una campaña sucia del macrismo primero y del mileísmo después, contra Kicillof. Como no le encontraron nada siquiera cercano a un caso de corrupción, lo acusaban de haberle causado un daño al país con su decisión, que además fue de Cristina, y él simplemente instrumentó. Pues bien, con el fallo a la vista, con Cristina proscripta (para sacarla de la cancha por miedo a que les gane) y el gobernador de Buenos Aires lanzado a la carrera presidencial tendrán que buscar otro argumento, porque ése se les terminó volviendo en contra.

* Los que litigan en el juzgado de Preska contra la Argentina no eran Repsol (ya debidamente indemnizado por su 51 % de las acciones expropiado) y ni siquiera los Petersen (Eskenazi) u otros accionistas del 49 % restante, representados por Burford. Y su pretensión no fue nunca (porque sabían que no podrían hacerlo) revertir la expropiación, sino que se les hiciera extensiva a ellos, y el Estado argentino les comprara sus acciones, bajo las condiciones establecidas por ellos. Ese planteo es el que rechazó de plano la Cámara de Apelaciones, diciendo que prevalece la ley argentina de expropiaciones sobre el estatuto de la sociedad.

* Antes de ser presidente (y de ponerse el mameluco de YPF) Milei decía a quien quisiera escucharlo que el juicio estaba perdido, y proponía para pagar la indemnización a Burford la "tasa Kicillof ": un bono perpetuo de deuda a favor de los que suponía inevitables ganadores. Lo reiteró a los pocos días de asumir el cargo, y el año pasado cuando se conoció el fallo de la jueza Preska. En ese contexto, le parecía alarmante tener que endeudar al país en 18.000 millones de dólares (aunque a cambio se quedara con el control de la mayor empresa del país), pero vio como una señal de fortaleza del programa económico pedirle otros 20.000 millones de dólares al FMI (adicionales a los 45.000 que antes le había pedido Macri), y obtener un swap del Tesoro  de EEUU por otros 20.000, en ambos casos a cambio de nada. O de entregar el país, por varias generaciones.

* Ya presidente y reiterando lo que había dicho en campaña, Milei propuso volver a privatizar YPF, e incluso Vaca Muerta, como si la Constitución no dijera que la propiedad de los recursos naturales es de las provincias: la empresa figuraba en el listado de las empresas a vender de lo que fue la fallida "ley ómnibus", y tuvieron que sacarla en el proyecto de "ley bases", para conseguir apoyo en el Congreso. Sin embargo y como hizo el menemismo en los 90', su gobierno bajo la gestión del ex Techint Marín volvió a la táctica de la "privatización periférica" o el desguace progresivo de la empresa: se desprendieron por monedas (y con sospechas de negociados, como las ventas a la empresa de Iguacel) de yacimientos convencionales en Río Negro, Chubut y Santa Cruz, y vendieron Profértil, la empresa controlada con la que YPF operaba en el mercado de los fertilizantes. 

* Aun siendo el de hidrocarburos uno de los sectores ganadores del modelo económico de Milei, los puestos de trabajo generados en Vaca Muerta (entre la petrolera estatal y las privadas que comenzaron a invertir más solo cuando ella lo hizo, como siempre ha sido en el país) no llegaron a compensar los que se perdieron por la decisión empresarial de YPF de retraerse de las áreas convencionales; repitiendo así en el sentido y los efectos, la lógica predatoria con que Repsol manejaba la compañía, que fue lo que llevó a su expropiación en 2012. 

* El gobierno de Milei convirtió a YPF en una pieza más de un modelo extractivista sin agregado de valor, en lugar de ser la punta de lanza de un modelo de desarrollo industrial autónomo, con integración y diversificación productiva, incluso para la propia industria hidrocarburífera. El ejemplo más claro es el abandono del proyecto conjunto con la malaya Petronas para construir una planta de licuefacción (GNL) en Bahía Blanca primero (por motivos puramente políticos, para joderlo a Kicillof), y en Río Negro después; y más recientemente -aunque no tenga que ver con YPF- la reorientación de la traza de los gasoductos, pensando más (como en los 90') en la exportación que en las necesidades de energía de la industria nacional, a la que luego tildan de no competitiva. 

* Esta política de manejo de YPF perjudicial para los intereses del país fue secundada con silencios prolongados y escasas protestas públicas de los gobernadores de la mayoría de las provincias petroleras, particularmente los de Santa Cruz y Chubut, que además le aportaron a Milei votos claves en las votaciones del Congreso. Todo ello pese a que la Ley 26741 que recuperó el control estatal de YPF (en otra decisión estratégica de Cristina) previó que el 51 % del paquete accionario en manos del Estado se dividiera entre la nación (26 %) y las provincias petroleras (25 %), unidas entre sí en un pacto de sindicación de acciones, que las obliga a votar siempre en el mismo sentido en las asambleas de la sociedad, y en las reuniones de directorio: hubiera bastado que lo hicieran valer cuando éstas los perjudicaban, para que no se concretaran, o el gobierno nacional tuviera que negociar.  

* El anterior Procurador del Tesoro de la Nación que esutvo en el cargo hasta hace menos de un mes (es decir quien dirige el Cuerpo de Abogados del Estado que lleva adelante los juicios en representación del Estado nacional), Santiago Castro Videla, tuvo que excusarse de intervenir en el litigio del fondo Burford contra la Argentina porque Alberto Bianchi (uno de los socios de su estudio jurídico) fue contratado por el fondo inversor; lo mismo que Alejandro Fargosi, a quien Milei eligió para encabezar la lista de diputados nacionales de LLA en la CABA. 

* Que en éste contexto, y conocido el fallo de la Cámara de Apelaciones del Distrito Sur de Manhattan que la validó, el gobierno de Milei proponga la reforma a la ley de expropiaciones (cuya aplicación excluye la ley bases en las inversiones hechas bajo el RIGI) con los fundamentos disparatados que expuso el presidente en cadena nacional (a riesgo de perjudicar, como dijimos, la posición del país en el litigio) no puede sino interpretarse como evidencia de una colusión dolosa de intereses con los que litigan contra el país, o con los que pudieran hacerlo en el futuro, en similares circunstancias.

* Aun para quienes creemos que la UCR es una marca comercial que no se decide a terminar de liquidar el fondo de comercio y lo que hayan hecho no es el dato relevante en todo esto, sirva la ocasión para recordar que sus diputados y senadores votaron a favor de la expropiación de YPF en 2012. Que el último rasgo de dignidad en línea con la mejor y olvidada tradición partidaria (la de Mosconi e Yrigoyen) que tuvieron fuera hace ya 12 años y votando junto con el kirchnerismo (para irritación de buena parte de su electorado) en una decisión cuyos resultados hoy todos -de un modo u otro- reivindican como positiva para los intereses del país  debería llamarlos a la reflexión, si es que aun es posible. 

domingo, 29 de marzo de 2026

TWEETS POLÉMICOS

 

sábado, 28 de marzo de 2026

EXPRÓPIESE

 

En la reaparición pública de Adorni con su stand up cotidiano en el que se defendió de las acusaciones de corrupción en su contra como la almeja (enterrándose con la lengua), pasó casi desapercibido el anuncio que hizo de que el gobierno enviaría una serie de proyectos de ley para "garantizar la propiedad privada".  Pasó desapercibido hasta que anoche lo recordó el presidente en cadena nacional, en un mensaje en el que celebró que la justicia de Estados Unidos le diera la razón a la Argentina en el litigio iniciado por el fondo Burdford Capital, por la expropiación del 51 % de las acciones de YPF.

En realidad, se trata de un conjunto de proyectos que ya habían sido anunciados cuando el Poder Ejecutivo convocó al Congreso a extraordinarias, y entre ellos en esa oportunidad merecieron más atención las modificaciones a la Ley 26737 del dominio de tierras rurales aprobada en el gobierno de Cristina para limitar la tenencia y propiedad de tierras en manos de extranjeros; y a la Ley 26815 de manejo del fuego, en éste caso para eliminar los cambios introducidos en 2020 por la Ley 27604 a instancias de un proyecto presentado por Máximo Kirchner, para limitar el uso de las tierras afectadas por los incendios a los fines productivos o de desarrollos inmobiliarios, por un plazo de 60 años desde su extinción. Casualmente cuando se ha presentado un proyecto de capitales israelíes para construir una ciudad-country en 100.000 hectáreas no determinadas aun de la Patagonia.

Pero también estaba incluido en ese conjunto de proyectos -y es el que interesa analizar aquí- uno para modificar la Ley 21499 de expropiaciones, limitando -según dijo Adorni- las causas por las que un bien puede ser declarado de utilidad pública para ser expropiado, aunque en rigor el jefe de gabinete -demostrando que del tema, como de tantos otros, entiende poco- dijo que no correspondía que el Estado resolviera eso "unilateralmente". Milei agregó que proponen que la expropiación sea "para situaciones excepcionales" (como si no hubiera sido siempre así), y para pagarles m{as indemnizaciones a los expropiados, lo que de mono alguno sorprende.

La pregunta sería en ese caso a quien le tendría que preguntar el Estado (garante del bien común) si algo es o no de utilidad pública para expropiarlo, o con quien lo tendría que discutir; cuando determinarlo es un acto propio del ejercicio de su soberanía exterior y supremacía interna para imponerse al interés particular; y el particular afectado por la privación de un bien lo único que puede discutir (en sede administrativa y judicial), es el precio, o sea el monto de la indemnización que se le debe pagar para desapoderarlo del bien.

Y no se trata de inventos chavistas ni nada por el estilo: la cuestión de la expropiación de bienes por causa de utilidad pública estaba ya en el artículo 17 de la Constitución Nacional original sancionada en 1853, y siguió estando hasta el día de hoy, con el mismo texto. Es decir que aun la muy liberal Constitución ideada por Alberdi -que en el mismo artículo protegía y protege la propiedad privada incluso de las necesidades del país ante una guerra: ("Ningún cuerpo armado puede hacer requisiciones ni exija auxilios de ninguna especie")- admitía la expropiación de un bien por causa de utilidad pública.

Y la Constitución peronista de 1949 ratificaba el concepto (la expropiación procede por causa de utilidad pública declarada por ley, y previamente indemnizada) en su artículo 38, en el que consagraba la función social de la propiedad privada: "La propiedad privada tiene una función social y, en consecuencia, estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines de bien común. Incumbe al Estado fiscalizar la distribución y la utilización del campo e intervenir con el objeto de desarrollar e incrementar su rendimiento en interés de la comunidad, y procurar a cada labriego o familia labriega la posibilidad de convertirse en propietario de la tierra que cultiva. La expropiación por causa de utilidad pública o interés general debe ser calificada por ley y previamente indemnizada.". En el artículo 40 establecía las pautas para expropiar -si fuera necesario- los bienes afectados a los servicios públicos, y fijaba las pautas para la indemnización en ese caso en particular.

Lo que se trataría de modificar ahora -entre otros- es el artículo 1 de la Ley 21499 (1977) que dice lo siguiente: "La utilidad pública que debe servir de fundamento legal a la expropiación, comprende todos los casos en que se procure la satisfacción del bien común, sea éste de naturaleza material o espiritual.". Su antecesora la Ley 13264 (1948) establecía en su artículo 1: "El concepto de utilidad pública comprende todos los casos en que se persiga la satisfacción de una exigencia determinada por el perfeccionamiento social.".

Similares conceptos contiene la Ley 7534 (1975) de Santa Fe en su artículo 1: "El concepto de interés general comprende todo aquello que represente o tienda a lograr una satisfacción material o espiritual para la colectividad.", y la Constitución provincial reformada el año pasado dice en su artículo 21 (que reproduce exactamente el artículo 15 de la Constitución de 1962): "La propiedad privada es inviolable y solamente puede ser limitada con el fin que cumpla una función social. El Estado puede expropiar bienes, previa indemnización, por motivos de interés general calificado por ley."

Hasta los tratados bilaterales de inversión (TBI) firmados en abundancia durante la década del 90' al calor de las reglas del Consenso de Washington dejaron a salvo la facultad expropiatoria del Estado; algo que solo podía ocurrírsele a este gobierno de ocupación colonial que padecemos, y lo dejó plasmado en la Ley 27742 (ley de bases), más específicamente en el RIGI (Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones, en el artículo 200 inciso b): "El Estado nacional garantiza a los VPU adheridos al RIGI: b) La plena disponibilidad de sus activos e inversiones, que no serán objeto de actos confiscatorios o expropiatorios de hecho o de derecho por parte de ninguna autoridad argentina. El Estado prestará al VPU toda la colaboración necesaria para repeler actos confiscatorios o expropiatorios de hecho o de derecho provenientes de cualquier autoridad nacional, o de jurisdicciones locales o extranjeras;...".

Es decir que el Estado les asegura a determinados inversores que jamás serán expropiados -ni por él, ni por las provincias ni por los municipios- aunque exista una necesidad pública que así lo justifique; pudiendo llegar incluso (está implícito en el texto) a usar la fuerza para impedirlo, o intervenir una provincia a esos fines, estirando los preceptos constitucionales de los artículos 5 y 6 CN (hasta violarlos) en beneficio exclusivo del capital extranjero.

Expresiones tales como "utilidad pública", "satisfacción del bien común, sea éste de naturaleza material o espiritual", "perfeccionamiento social", "satisfacción material o espiritual para la colectividad" o "interés general" son los que en doctrina se conoce como conceptos jurídicos indeterminados, que el constituyente y el legislador dejan deliberadamente abiertos para poder captar en forma dinámica todas las situaciones que pueden presentarse a través del tiempo, y que imponen que el Estado actúe expropiando un bien particular, que son múltiples y variadas y van desde evitar que una fábrica abandonada o vaciada por sus dueños cierre y se pierdan puestos de trabajo (de hecho así se ha hecho en el caso de la mayoría de las fábricas recuperadas), o para retomar el control de la petrolera estatal y alinearla con los objetivos del país y el desarrollo nacional en materia energética; como hizo el gobierno de Cristina en 2012 con la Ley 26741; que habilitó la recuperación del control de YPF por el Estado nacional.

Esta última mención no es casual en éste post, pero tampoco -creemos- en éste momento y en relación al litigio que el Estado nacional sostiene en Estados Unidos contra el fondo buitre  Burford Capital, por la expropiación del 51 % del paquete accionario de YPF. Un litigio en el que la Argentina contó hasta con el apoyo de del gobiernos de los EEUU, que no hace más que defender su propia ley de inmunidad soberana de los Estados en su territorio, y su prevalencia sobre cualquier estatuto societario; que es lo que viene sosteniendo la Argentina desde el inicio del litigio, y que el fallo del tribunal de apelaciones yanqui acaba de convalidar, dándole la razón y revocando el fallo de la jueza Preska, que ordenaba pagar una indemnización colosal a los demandantes, y transferirles las acciones de la petrolera.

Si no estuviéramos en manos de un gobierno infiltrado en todas sus líneas por los agentes del capital financiero internacional, si de allí no proviniesen todos los principales funcionarios del Ministerio de Economía (y ahora también de la cancillería), si las políticas de éste gobierno no hubieran alentado el desembarco en el país de fondos especulativos como el propio Burford Capital que litiga contra Argentina por la recuperación de YPF para participar del festival de ganancias fáciles de la bicicleta financiera (y que acaba de recibir un fallo adverso para sus intereses, pero favorable para el país), si funcionarios de éste mismo gobierno (como el ex Procurador del Tesoro Castro Videla o el diputado Fargossi) no hubiesen estado vinculados al fondo litigante como abogados, si ese mismo gobierno no estuviera desesperado por rifar los recursos naturales del país y el patrimonio público para hacerse de dólares para pagar la deuda y si no estuviera tratando de evitar que los latrocinios y saqueos de hoy no puedan ser revertidos mañana por un futuro gobierno, uno podría pensar que cuestionar en éste momento la potestad expropiatoria del Estado o pretender disminuirla en su potencia jurídica sería pura casualidad.

Pero en éste contexto no puede ser sino otra cosa, amén de la demostración palmaria de que el presidente tiene severos trastornos mentales y vive en una dimensión paralela; tanto que dijo que expropiar está mal y es un robo (cuando se paga una indemnización), luego de un fallo de un tribunal del país del cual es siervo incondicional que dijo todo lo contrario. Tuits relacionados: 

viernes, 27 de marzo de 2026

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jueves, 26 de marzo de 2026

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miércoles, 25 de marzo de 2026

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