LA FRASE

"LE QUIERO AGRADECER AL PRESIDENTE MILEI PORQUE SU GOBIERNO ME INSPIRÓ LA CONSIGNA "SI HAY ENTREGA, LO MEJOR PUEDE LLEGAR"." (MARCOS GALPERÍN)
Mostrando entradas con la etiqueta traición a la patria. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta traición a la patria. Mostrar todas las entradas

sábado, 8 de septiembre de 2018

TWEET PARADÓJICO

miércoles, 13 de diciembre de 2017

PRECEDENTES


Con la causa del dólar futuro aprendimos que se puede enjuiciar penalmente la política económica, y alegar un presunto perjuicio al patrimonio del Banco Central y defraudación a la administración pública por 55.000 millones de pesos por los contratos de Vanoli.

En estos dos años transcurridos desde que asumió Macri se pagaron por el mismo Banco Central más de 400.000 millones de pesos en intereses de las LEBAC's (o sea, más de siete veces más), sin lograr el objetivo de hacer bajar la inflación.

Con el memorándum de entendimiento con Irán aprendimos que también se puede enjuiciar la política exterior del país, declararla inconstitucional y usarla como fundamento en un proceso por traición a la patria; pese a no existir guerra alguna con un país extranjero.

En el acuerdo firmado el año pasado por la cancillería con el Reino Unido (con el que sí estuvimos en guerra, y tenemos una disputa de soberanía)  ni siquiera se menciona la cuestión de la soberanía de Malvinas (contrariando la cláusula constitucional que le impone al Estado sostener el reclamo en forma permanente), y el gobierno acepta no cumplir la ley que manda a sancionar a las empresas que operan en las islas extrayendo sus recursos naturales, con licencias otorgadas por los kélpers. 

El memorándum con Qatar para enviar fuera del país recursos del Fondo de Garantía de la ANSES (lo que estaba prohibido por ley, hasta que éste gobierno lo habilitó) a un oscuro fondo de inversión en un paraíso fiscal; y fue firmado por la vicepresidenta, que no tiene ninguna competencia para disponer al respecto. 

Con la "doctrina Irurzun" de la prisión preventiva para todos aquellos ex funcionarios que -aun habiendo dejado sus cargos- conservan "poder residual" para entorpecer las causas en las que se los investiga, fueron detenidos sin condena ni proceso Boudou, De Vido, Baratta y Zannini, y se pidió el desafuero de Cristina.   

Macri -siendo presidente- fue acusado de defraudación en perjuicio de la administración pública por el intento de condonar la deuda de su familia por la privatización del Correo Argentino, y Arribas (el jefe de la AFI) investigado por lavado de dinero proveniente de coimas por fransferencias que recibió de los "gestores" de Odebrecht; y los dos tienen todo el poder que les dan sus respectivos cargos para influir en el Estado de las causas.

El día que acompañaba a Cristina en la conferencia de prensa por su pedido de desafuero por Bonadío, allanaron propiedades de Daniel Scioli; por una causa en su contra por presunto conflicto de intereses y negociaciones incompatibles con la función pública.

Lo mismo de lo que están acusados Aranguren, Caputo, Dietrich y medio gabinete del gobierno actual; pero a ellos no les allanaron nada.

A Echegaray lo involucraron en la causa Ciccone por haberle dado un plan especial de pagos de la deuda con la AFIP para pagar la deuda y evitar la quiebra; y lo acusan también de haber favorecido del mismo modo a Lázaro Báez y Cristóbal López, por sus empresas.

En estos momentos hay una puja interna en el gobierno entre Abad (de la AFIP) y el vicejefe de gabinete Mario Quintana, porque uno se niega a darle el plan especial de pago de las deudas con la AFIP a OCA que el otro reclama; para tenerlo agarrado de los huevos a Moyano.

Boudou está preso por -presuntamente- haber comprado una empresa con deudas con la AFIP y a punto de quebrar como Ciccone, a través de testaferros y un oscuro fondo de inversión.

O sea la manera como un tal Rosner (ex gerente de SOCMA, Papel Prensa y el Grupo Clarín) compó los medios y todas las empresas del Grupo Indalo de Cristóbal López y De Sousa; y más o menos parecido a como Marcelo Mindlin de Pampa Energía compró las empresas de Calcaterra, el primo de Macri que antes se las había comprado a él sin pagarle un solo centavo en dinero en efectivo. 

O del mismo modo que un ex empleado de Mac Air (la empresa de aviación de los Macri) la "compró" a nombre de Avianca, empresa a la cual le otorgaron (a través de una filial que es la que sucedió a la Mac Air) una enorme cantidad de rutas de navegación aérea, en este gobierno. 

Con el argumento de la "cosa juzgada fraudulenta" reabrieron causas archivadas por sobreseimiento o inexistencia de delito contra Cristina y otros ex funcionarios kirchneristas, como la de Hotesur, la de la denuncia de Nisman o la investigación sobre su patrimonio.

Un argumento que el día de mañana perfectamente podría aplicarse a los sobresimientos de Macri por los Panamá paper's, de Arribas por las coimas de Odebrecht, de Michetti por el robo en su casa de dinero sin declarar que no pudo justificar y el memorándum con Qatar, y de Federico Sturzenegger por el megacanje del gobierno de De La Rúa.

Decí que cuando volvamos vamos a tener tantos quilombos que arreglar que van a dejar estos inútiles, que no nos va a quedar tiempo de acordarnos de algunos precedentes, para echarles mano y meterlos presos a todos.

miércoles, 11 de octubre de 2017

ESTAMOS CLASIFICADOS PARA EL MUNDIAL DEL DISPARATE


Bonadío, denunciado en su momento por Nisman por encubrimiento del atentado contra la AMIA, quedó encargado de juzgar la denuncia de Nisman contra Cristina, por encubrimiento del atentado a partir de la firma del memorándum con Irán.

Una denuncia (la de Nisman) absurda por donde se la mire, descalificada jurídicamente con duros términos por trece jueces y camaristas, sacada del archivo por el grupo de tareas del gobierno en Comodoro Py, violando las más elementales nociones del derecho y el principio de la cosa juzgada.

Nisman, que en vida fue el principal encubridor del atentado, teniendo a su cargo la investigación de la causa durante más de 10 años sin producir ningún avance significativo, porque partió de entrada de la premisa de ignorar la pista siri y seguir la iraní; conforme a los dictados de los servicios de inteligencia de EEUU e Israel, que a su vez acordaron con el gobierno de Menem el rumbo de la investigación.

Una denuncia que lo sobrevivió, para generar dos causas “mellizas” donde con base en los mismos hechos, se investigan dos delitos distintos: el encubrimiento y la presunta traición a la patria; y en éste caso a su vez y para mayor absurdo, tampoco se ponen de acuerdo ni los medios, ni los jueces, ni los fiscales de que están hablando.

Porque la Constitución es muy precisa al respecto en su artículo 119, cuando dice que “...la traición contra la nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro...”.

Que se sepa, no estábamos en guerra con Irán cuando se produjo el atentado, ni lo estuvimos antes, ni lo estamos ahora, 23 años después.

Y para el caso que se entienda que la “traición” devendría de la presunta asunción de la suma del poder público por Cristina por arrogarse funciones judiciales a través de la “comisión de la verdad”, el absurdo no es menor: la misma Constitución en ese caso en su artículo 29 equipara la pena a la de los traidores, pero no el delito; justamente esa es la razón por la que el artículo 119 es tan taxativo.

Sin necesidad de pasar siquiera por la puerta de ninguna Facultad de Derecho del país, basta con leer los dos artículos, así como los artículos 214 y 227 del Código Penal para comprender la diferencia, y el grado del disparate; a lo que hay añadir que si el delito fuese el de “concesión  de poderes tiránicos” (como se acusó a Perón en el 55’) lno se entiende porque no son juzgados los legisladores que aprobaron el memorándum, que además nunca entró en vigencia ni se puso en práctica.

Carrió –que no es senadora- plantea que si Cristina es procesada en esta causa por Bonadío (algo seguro, conociendo los antecedentes del sujeto), el Senado no debería dejarla asumir, justo ella que fue la autora de la Ley 25.320 (2000), conocida como “ley de fueros”, que establece el desafuero por la Cámara respectiva solo en caso de prisión preventiva, y no de un simple procesamiento.

Mientras todas estas payasadas ocurren, se tramita la causa oral por el verdadero encubrimiento del atentado a la AMIA en medio de la total indiferencia incluso de las autoridades de la DAIA y la AMIA, con el “Fino” Palacios (ex jefe de la Metropolitana designado por Macri) entre sus principales acusados.

El mismo “Fino” Palacios que Macri dice que le recomendaron el FBI, la CIA y el Mossad (los que aconsejaron apostar todas las fichas a la responsabilidad de Irán en el atentado), y que cuando fue designado además de espiar a los familiares de las víctimas del atentado al igual que Macri, era motivo de horror para Carrió; que decía que por esa -entre otras razones- no se juntaría con quien luego se juntó.

Ni hablemos del giro en la causa por la muerte de Nsman, donde las tramoyas judiciales apuntaron a la teoría del asesinato primero para pasar la causa al fuero federal, para luego involucrar a la Gendarmería en pericias absurdas y truchísimas, que pusieron al gobierno en deuda con la fuerza, por lo cual la tiene que bancar a como de lugar encubriendo su responsabilidad en la desaparición forzada de Santiago Maldonado.

Que decir del hecho de que el mismo gobierno que fogoneó con una auditoría de la Dirección Nacional de Vialidad (torciendo sus conclusiones, que dejaban en claro que no existían irregularidad) la insólita causa por “asociación ilícita” contra todo un gobierno que tramita Ercolini por las obras adjudicadas a Lázaro Báez, acaba de sacar un decretazo para privatizar Vialidad Nacional; y eximiendo a la sociedad anónima que ha de reemplazarla, de todas las normas públicas que le exigen hacer licitaciones para aprobar sus contratos, y de todos los controles que impone el régimen de administración financiera sobre sus actividades.

Todo un complejo entramado de arbitrariedades jurídicas para la historia universal del disparate, para darle una cobertura seudo legal a la persecución política contra Cristina; de la que no se bancaron que les ganara en las PASO cuando la daban por muerta (tanto que escamotearon el resultado tanto como pudieron), y que aun ganándole como anticipan las encuestas, tampoco se la bancan en el Senado llamando a las cosas por su nombre: estamos en manos de una verdadera asociación ilícita organizada para depredar el Estado, con rasgos autoritarios impropios de un gobierno democrático.

Tratan de proscribirla aun electa, como dignos herederos de la Fusiladora que son, que no solo derrocó al peronismo sino que a través del Decreto 4161/56 trató de instaurar el delito de opinión, prohibía nombrarlo y pretendió erradicarlo de la memoria de los argentinos y de la historia del país; como si no hubiera existido nunca.

O yendo más atrás en el tiempo, como los conservadores fraudulentos de antes de la ley Sáenz Peña y de la Década Infame, que se negaban a aprobar en el Congreso los diplomas de los legisladores opositores electos en los mismos comicios fraudulentos que ellos, por las mismas razones que ahora: que no queden voces en el Congreso que denuncien el saqueo del país, y su enfeudamientro al extranjero; hoy como entonces.



lunes, 29 de abril de 2013

LA TRAICIÓN, DEFINIDA POR LOS TRAIDORES


¿Quién no oyó por estos días hablar del artículo 29 de la Constitución Nacional y la traición a la patria, a propósito de la discusión por la reforma de la justicia?

En cadenas de mails, en las redes sociales, en las sesiones del Congreso ("traidores, traidores" gritaba desencajada Laura Alonso del PRO en Diputados), todo el mundo lo cita para impugnar los proyectos impulsados por Cristina; aunque es poco seguro que muchos sepan que dice, o cual fue el origen del famoso (hoy) artículo 29 de la CN, que reza: "El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria". 

El texto del artículo ( que no estaba en el proyecto original de Alberdi y fue incorporado por las convencionales de Santa Fe) tiene que ver con las leyes de la Legislatura bonaerense que le otorgaron a Rosas las llamadas facultades extraordinarias (en su primer gobierno) y la suma del poder público de la provincia, al asumir el segundo; en 1835.

Y (aunque esto probablemente no sea tan conocido) la referencia a "otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna" tiene que ver con otra ley de la legislatura de la provincia de Buenos Aires, en éste caso del 20 de septiembre de 1851; que -ante la inminencia de la guerra con el Brasil- decía en su artículo 2 lo siguiente: "Todos los fondos de la provincia, la fortuna, vidas y porvenir de los representantes de ella y sus comitentes, quedan sin limitación ni reserva alguna a disposición de S.E. (Rosas), hasta dos años después de terminada oficialmente la guerra contra el traidor salvaje unitario Urquiza y la que S.E. sabia y enérgicamente ha declarado contra el Brasil...".

Con anterioridad, en noviembre de 1850, la provincia de Mendoza votó en un plesbiscito otorgar a Rosas (gobernador de Buenos Aires y encargado de las relaciones exteriores de la Confederación, por decisión de las provincias) "la suma del poder público nacional", y lo mismo hizo poco más tarde la provincia de La Rioja. Entre 1850 y 1851 repitieron el voto todas las demás provincias, excepto Entre Ríos y Corrientes, levantadas con Urquiza en el "Pronunciamiento".

Porque ese fue el contexto en el que los legisladores pusieron a disposición del Restaurador sus vidas, fortunas y porvenir: el país estaba embarcado en un nuevo conflicto internacional (la guerra contra el imperio del Brasil), poco después de haber vencido en la lucha contra Inglaterra y Francia en defensa de la soberanía nacional sobre los ríos interiores de la Confederación. 

Y en esa lucha el comandante en jefe del Ejército de Operaciones de la Confederación (Urquiza) había traicionado a su país pasándose al bando enemigo; firmando el 29 de mayo de 1851 un tratado secreto (la primera y nefasta "Triple Alianza") con Brasil y Uruguay, comprometiéndose a derrocar a Rosas, a cambio de apoyo económico, y con el pretexto (dicho en el "Pronunciamiento") de darle al país una Constitución.

La alianza de los opositores políticos con el extranjero estaba lejos de ser una novedad en tiempos rosistas: los unitarios apoyaron el bloqueo francés de 1838 (el propio Lavalle utilizó las naves de la escuadra francesa para movilizar sus tropas contra Rosas), y enviaron misiones (las de Alberdi primero, Varela después) a Europa para reclamar de las cortes europeas una nueva intervención contra la Confederación, que se concretaría en 1845 y daría lugar a la gesta de Obligado.

Al mismo tiempo conspiraban abiertamente contra el gobierno desde las "Comisiones Argentinas", que nucleaban a los exiliados en Chile y Uruguay, cohonestando la traición con el pretexto (editorializado por Sarmiento en el "Facundo") de luchar por la civilización contra la barbarie. 

Al respecto bien decía Arturo Jauretche en su "Manual de Zonceras Argentinas", analizando en particular aquéllo de que "La Patria no es la tierra donde se ha nacido": "Lo dijo Echeverría. Y porque lo dijo le dieron un premio a su estatua: la trajeron al centro. Esta zoncera está en concordancia con la zoncera el mal que aqueja a la Argentina es la extensión, pero va aquí por su índole: refleja el pensamiento de la "línea Mayo-Caseros" en la que la idea de Nación no se identifica con la Patria como expresión de un territorio y un pueblo en su devenir histórico, integrando pasado, presente y futuro. La Patria es un sistema institucional, una forma política, una idea abstracta, que unas veces toma el nombre de civilización, otras el de libertad, otras el de democracia. 

La Patria de los argentinos no se vincula con la tierra de los argentinos, ni tampoco con los hombres que la habitaron, la habitan y la habitarán, en la simbiosis del hombre y la tierra con el ayer y el mañana. La Patria de los argentinos no nació para ser eso: Patria. La Patria es un simple medio porque lo importante es lo que una generación o un grupo de hombres entendió por libertad, por democracia, por instituciones. Estas no son formas transitorias que la Patria adopta en el devenir histórico cambiándolas según las exigencias de cada momento para adecuarlas al cumplimiento de ese destino. Por el contrario son la Patria misma, o más que la Patria el objetivo que éste debe realizar según el ideólogo de turno. Cuando según este ideólogo no cumple esos objetivos deja de ser Patria. 

En el fondo ese modo de pensar fue bastante consecuente en los vencedores de Caseros. Ellos no podían justificar su alianza con el extranjero en las guerras internacionales que la Patria tuvo, sino sosteniendo que la Patria no era la Patria; ésta era la "civilización", con las instituciones que ésta aportaba y ellos establecieron. Fueron así lógicos en la redacción del texto constitucional; en él calificaron enfáticamente de traición a la Patria el acuerdo de facultades extraordinarias, reservando para el Código Penal la calificación de traición a la Patria tal como se entiende en el resto del mundo y lo dicta el buen sentido: la connivencia con el extranjero. 

Es así como hemos visto procesar por traición a la Patria a los que sancionaron leyes para impedir las entregas que eran traiciones; y a los agentes y gestores de esas entregas, y que habían pedido la intervención armada extranjera después de respaldarse políticamente en un embajador imperial, asumiendo actitudes de patriotas frente a los que produjeron hechos patrióticos...".

Sin embargo como muchos de los convencionales constituyentes del 53' (despectivamente tildados por los porteños de "alquilones de Urquiza") habían sido parte de las Legislaturas que votaron las leyes de sumisión a Rosas, se cuidaron de agregar otro artículo (el 101 en el texto original de la Constitución, hoy 119), donde se define a la traición por su nombre propio: "La traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro. El Congreso fijará por una ley especial la pena de este delito; pero ella no pasará de la persona del delincuente, ni la infamia del reo se transmitirá a sus parientes de cualquier grado.".

El artículo 119 (el que define a la traición tal cual se la conoce en cualquier lado, como apuntaba Jauretche) fue puesto casi al final del texto constitucional; como para que no se notara, porque con Urquiza en el poder gracias a su alianza con los extranjeros contra su propio país, no era cuestión de mentar la soga en casa del ahorcado; y que a los constituyentes les cortaran los viáticos.

Y lo paradójico del caso (visto en perspectiva de hoy) es la parte de la Constitución que eligieron para ponerlo: el capítulo que habla de las atribuciones del Poder Judicial.

Tan paradójico como que muchos de los que blanden el artículo 29 para hablar de traición a la patria (siendo que esa norma equipara la concesión de poderes tiránicos a la pena de la traición, pero no la califica como tal), hasta hace poco se alegraban cuando los fondos buitres embargaban la fragata Libertad u obtenían un fallo en contra de los intereses del país, el FMI nos sancionaba por las estadísticas del INDEC, o los EEUU presentan quejas contra la Argentina en la OMC por las medidas proteccionistas de la industria nacional, o por no acatar los fallos del CIADI.

O en todo caso más que paradójico, la muestra de la supervivencia de una zoncera, que ha deformado el sentido de lo que es la patria; y en consecuencia, de cuando se la traiciona.