LA FRASE

"LA CANTIDAD DE PERROS DEL PRESIDENTE ES UNA DE LAS CUATRO O CINCO COSAS EN LAS QUE LOS ARGENTINOS NOS TENDRÍAMOS QUE PONER DE ACUERDO." (MANUEL ADORNI)

martes, 15 de junio de 2021

MORALES

 


Se puede admitir que la moral es algo particular de cada uno, o que va cambiando según los lugares, las épocas, las costumbres (es conocida la fórmula "moral y buenas costumbres"). También que es difícil traducir una preocupación moral, o por lo moral, en el campo de las normas jurídicas, con efectos precisos: no todas las cosas que se reputan como inmorales son delito, por ejemplo.

También sucede -con mucha frecuencia- que la moral degenera en moralina cuando se la utiliza para traficar ideología, intereses de clase o la defensa de proyectos políticos que, en un debate abierto, son indefendibles. Allí se califica como inmoral aquello que se quiere sacar de cancha o excluir, para o tener que discutir por qué, o para o decir lo que realmente se apoya. 

Hay gente -como Elisa Carrió- que ha construido toda una carrera política de ese modo, considerándose la reserva moral de la sociedad (incluso por encima de las fallas, culpas y pecados de esa misma sociedad), y anatemizando con condenas morales al adversario político, para encubrir la defensa consistente de intereses concretos, mucho más mundanos. 

Veamos como ejemplo de lo expuesto lo que sucede con la famosa "indignidad moral" que se suele alegar para pedir renuncias, o desaforar legisladores. La cosa viene del texto del artículo 66 de la Constitución Nacional: "Cada Cámara hará su reglamento y podrá con dos tercios de votos, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física o moral sobreviniente a su incorporación, y hasta excluirle de su seno;...". (Las negritas son nuestras) 

Cobró notoriedad durante el gobierno de Macri, cuando ante ese fundamento y contando con la ayuda de la cobardía de los que debieron defenderlo en el recinto, Julio De Vido fue privado de sus fueros simplemente por tener causas judiciales -armadas- en su contra, sin siquiera un mísero auto de procesamiento. La mayoría circunstancial de entonces pasó por encima del voto popular que lo depositó en su banca, y lo consideró "moralmente indigno" de seguir formando parte del Congreso. 

Hace poco la Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó esa injusticia, archivando por abstracta una causa que nunca tramitó en la que se cuestionaba lo actuado, con el simple recurso de dejar pasar el tiempo hasta que De Vido terminara su mandato. Curiosamente, a nadie le pareció moralmente reprochable ese comportamiento, para -por ejemplo- sumarlo a las numerosas causales de juicio político que han ido acumulando los supremos.

Nosotros dijimos en su momento acá que las razones reales del desafuero de De Vido eran otras, y la maniobra era para arrojarlo a las fauces de la justicia del "lawfare" y ofrecer su cabeza en una bandeja, mientras saqueaban al país y a su pueblo; es decir lo mismo que intentaron hacer con Cristina.

Más acá en el tiempo hubo un diputado expulsado de su cargo por "inhabilidad moral" por tocar una teta en una sesión en zoom, pero no lo siguieron aquellos que durante la pandemia militaron en contra de las medidas sanitarias o de las vacunas, promoviendo los contagios, por decir algo. Habrá que ver que pasa con los que son, lisa y llanamente, apologistas del delito, como el diputado provincial por "Juntos por el Cambio" Luciano Bugallo; uno que llegó a ese lugar como activista de los piquetes agrogarcas del 2008.

Bugallo hace una defensa encendida del trabajo infantil, que está prohibido por las leyes laborales desde -por lo menos- las reformas que introdujera la Ley 26390 (2008) a la Ley de Contrato de Trabajo. Y algo que desde el 2013 y por la Ley 26847 que modificó el Código Penal incorporando su artículo 148 Bis, es delito: "Será reprimido con prisión de 1 (uno) a (cuatro) años el que aprovechare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave.", dice textualmente la norma. 

Hablábamos antes de las diferencias entre moral y derecho, y decíamos que no todas las normas morales terminan siendo normas jurídicas. Las que llegan a serlo son -por consenso social, en un momento determinado- aquellas que lesionan bienes tan preciados, que todos se ponen más o menos de acuerdo en que su violación merece una pena.

Pero como aun así hay quienes entienden que son materias opinables, para eso se ha legislado la "apología del delito", para dejar en claro que no lo son: "Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito...", dice el artículo 213 del mismo Código Penal. Si se ha definido que algo es delito (como el trabajo infantil), no hay discusión posible al respecto, hasta que deje de serlo, porque -otra vez- cambiaron las valoraciones sociales o las circunstancias, como pasó con el aborto.

Será cuestión de sentarse a esperar nomás el desafuero del diputado Bugallo, que además de sus ideas despreciables, ha cometido un delito. ¿O en éste caso no aplican las reglas morales?  

1 comentario:

Anónimo dijo...

El gordo Bugallo que pague el crédito hipotecario del Banco Nación, crédito que le dieron durante el macrismo y que no paga. Gordo planero.
El Colo.