Javier Milei llevaba apenas 11 días como presidente cuando dictó el DNU 70/23, una verdadera reforma constitucional encubierta que hasta el día de hoy sobrevive -aunque con algunas de sus disposiciones suspendidas por cautelares judiciales- gracias a la complicidad de buena parte de la oposición "responsable" que se niega a tratarlo en el Congreso, y de la Corte Suprema de Justicia que tiene cajoneadas causas que lo involucran, hace dos años.
Entre sus muchas turradas -quirúrgicamente introducidas por las manos expertas de los estudios jurídicos que asesoran a los más grandes grupos empresarios del país- hay un Título VI, que bajo el insólito título de "Bioeconomía", contiene el artículo 154, por el cual se deroga la Ley 26737 aprobada a fines del 2011 cuando comenzaba el segundo mandato de Cristina, coloquialmente conocida como ley de tierras, pero cuyo nombre oficial es "Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión y Tenencia de las Tierras Rurales".
Como es sabido, la ley tuvo en su momento el propósito de frenar la extranjerización de tierras rurales, imponiendo límites al porcentaje de propiedades que podían adquirir los extranjeros (personas o sociedades), y el tamaño de cada una de esas propiedades. Fue reglamentada por Cristina por el Decreto 274/12, y al momento de su sanción tuvo -en Diputados- 26 votos negativos, todos de diputados de la UCR, la mayoría de ellos provenientes de las entidades ruralistas de la Mesa de Enlace.
Antes de su derogación por el decretazo de Milei (medida suspendida por una cautelar judicial en primera y segunda instancia, y sujeta a fallo de la Corte), Macri intentó tergiversarla por completo -con el pretexto de reglamentarla- por el Decreto 820/16: más información al respecto, acá. En el DNU y por todo fundamento de su derogación, Milei dice expresamente en los considerandos: "Que, a su vez, es menester derogar la Ley N° 26.737 que limita el derecho de propiedad sobre la tierra rural y las inversiones en el sector.".
Los fallos judiciales adversos no detuvieron al gobierno de Milei en su intención de llevarse puesta la ley de tierras de Cristina, y como pueden ver en el video de apertura (a partir del minuto 5), hace un mes atrás Adorni anunció que se enviará un proyecto de ley al Congreso para su derogación, junto con los cambios que -a instancias de un proyecto presentado por Máximo Kirchner- se introdujeron en noviembre de 2020 en la Ley 26815 de manejo del fuego: en ésta entrada hay más información al respecto.
Esos cambios refieren a la prohibición (por plazos que van desde los 30 a los 60 años) de modificar los usos productivos de propiedades afectadas por incendios sean estos intencionales o naturales, para frenar maniobras especulativas que se vienen produciendo en el país desde hace años con esa metodología (provocar incendios para abaratar el precio de la tierra y luego de comprada a precio vil, emprender otro desarrollo económico), en especial en las provincias de la Patagonia.
Cuando en noviembre de 2020 se votó la ley (que lleva el N° 27604) se aprobó en Diputados por 132 votos contra 96, estos últimos en su casi totalidad de la UCR, el PRO y algunas fuerzas provinciales, como el Movimiento Popular Neuquino. Los diputados que votaron en contra corresponden incluso en muchos casos a las provincias más afectadas por los incendios forestales (como las patagónicas), porque prevalecieron las lógicas partidarias (y los intereses económicos concretos que estas defienden), por encima de la defensa de los intereses de sus provincias.
Si el DNU 70 era parco a la hora de fundamentar la derogación de la ley de tierras, el informe final del Consejo de Mayo (al que pueden acceder completo acá) es más amplio, pero no más revelador de las intenciones reales: respecto a la ley de tierras y su derogación dice "Uno de los principales sectores productivos del país es el agropecuario, reconocido internacionalmente por su calidad en todo tipo de productos. Desde el año 2011, la inversión internacional en este sector ha sido obstaculizada a través de la Ley N° 26.737. Esta ley prohíbe que los extranjeros posean más de mil hectáreas productivas en el país, lo que desalienta la inversión en el sector. Nuestros convencionales constituyentes, casi dos siglos atrás, entendieron que la inversión extranjera es deseable y conducente al desarrollo de un país. Incluyeron varios artículos que promueven la inversión extranjera en la Constitución Nacional, entre ellos los artículos 20, 25, 27 y 75 inciso 18, que promueven la igualdad de derechos civiles, el estímulo a la inmigración, la celebración de tratados que favorezcan el comercio y el desarrollo, y la atracción de inversiones productivas. En pos del crecimiento del país, y en línea con nuestra Ley Suprema, se propone la modificación de la Ley N° 26.737 liberando la compra por parte de privados extranjeros. No obstante, la compra por parte de entes estatales extranjeros seguirá sujeta a autorización previa, preservando así los intereses estratégicos y la seguridad nacional.". (las negritas son siempre nuestras)
El argumento de las inversiones es falso y además viejo, tanto que ya había sido desechado por la propia Ley 26737, que en su artículo 11 dispone lo siguiente: "A los fines de esta ley y atendiendo a los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) suscriptos por la República Argentina y que se encuentren vigentes a la fecha de entrada en vigor de esta ley, no se entenderá como inversión la adquisición de tierras rurales, por tratarse de un recurso natural no renovable que aporta el país receptor.". Tampoco hay ni hubo ningún fallo judicial que en sus 14 años de vigencia dijera que la Ley 26737 se contrapone a la Constitución Nacional.
Pero como lo dice Adorni en el video de apertura -enfatizando para que no queden dudas que el proyecto fue de Máximo-, ahora el gobierno libertario decidió ir más allá, y cargarse también los cambios a la ley de manejo del fuego, con estos argumentos que trae el informe del Consejo de Mayo: "A su vez, también hubo intromisión sobre la propiedad privada del sector agropecuario con las reformas del año 2020 a la Ley N° 26.815. Básicamente, si hay un incendio, aún si es accidental, los dueños o locatarios de un campo no pueden alterar su finalidad productiva entre 30 y 60 años posteriores al incendio. Los productores pueden sufrir una catástrofe doble: además de sufrir un incendio, no pueden adaptarse a los cambios productivos, lo que disminuye su capacidad para recuperarse económicamente y reduce el valor de su campo.".
Pese a que el documento del Consejo aclara que en todos los puntos debatidos se deja constancia de la discusión producida entre sus miembros y las distintas opiniones habidas al respecto, eso no ocurre con ninguno de estos dos temas (ley de tierras y ley de manejo del fuego); por lo que cabe suponer que todos los consejeros estuvieron de acuerdo en esas reformas que el gobierno quiere impulsar. Para que conste ellos fueron: Manuel Adorni, Alfredo Cornejo (UCR), Carolina Losada (UCR), Gerardo Martínez (CGT), Martín Rappallini (UIA), Cristian Ritondo (PRO) y Federico Sturzenegger.
Estos recordatorios se nos ocurren imprescindibles en estos momentos en que buena parte del patrimonio natural y colectivo del país está siendo arrasado por los incendios mientras las poblaciones afectadas denuncian la deliberada inacción del gobierno; que recortó en un 78 % las partidas del Plan Nacional del Manejo del Fuego, las vuelva a reducir en un 53 % en el presupuesto para éste año aprobado hace poco por el Congreso, y se apropió de más de la mitad de los fondos que la Ley 25054 (1998) destina a las actividades de los bomberos voluntarios. Así como también se denuncia la presencia de intereses extranjeros en la adquisición de tierras en las provincias de la Patagonia, en especial.
Lo que nos lleva a recordar que al experimento libertario no le ha ido nada mal en las elecciones habidas en la Patagonia desde 2020 (cuando se aprobaron los cambios a la ley de manejo del fuego) para acá, sea para el proceso que culminó con la elección de Milei como presidente, o en las recientes elecciones legislativas para renovar las Cámaras del Congreso. La mayoría de los incendios son intencionales (al menos eso surge de las primeras pericias) y por ende tienen responsables materiales concretos, como también tienen beneficiarios económicos bien concretos del mapa que dibujan, cuando se apaga el fuego.
Y también supone que los ciudadanos -de la Patagonia y de todo el país- deberán tomar conciencia de como votan, y empezar a hacer cargo de las consecuencias de lo que hacen cada vez que tienen una urna enfrente.
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