LA FRASE

"LOS OTROS DÍAS EN EL LLAO LLAO SONABA TODO EL TIEMPO "FUGA Y MISTERIO" PORQUE SIEMPRE FUE UNO DE MIS TEMAS FAVORITOS." (EDUARDO ELSZTAIN)

jueves, 15 de septiembre de 2016

¡QUÉ MACANA!


A partir de las acusaciones de Pato Bullrich de que son tolerantes con la corrupción policial, desde el gobierno socialista se empeñan en demostrar lo contrario.

Así vemos como antes el propio gobernador Lifschitz y ahora el “Secretario de Control” del Ministerio de Seguridad tiran cifras de policías presuntamente echados (porque esa es la idea que se quiere dar al decir “separados de sus puestos”) por causas que van desde la corrupción hasta los apremios ilegales.

Sin embargo, la realidad marca muy otra cosa: lo que el funcionario denomina “desplazamientos” no son cesantías ni exoneraciones, sino simples suspensiones preventivas, que no pueden extenderse por más de 12 horas, o por el tiempo que dure el sumario correspondiente si es con causa de que se le instruye uno.

Varias veces hemos dicho acá que el socialismo resistió cuanto pudo la aplicación de la reforma policial aprobada por la Ley 12.521 durante el segundo gobierno de Obeid (2006), y el régimen disciplinario de la policía no fue la excepción: recién fue reglamentado nueve años más tarde por Bonfatti por el Decreto 461, y de un modo muy particular.

En efecto, el artículo 2 del decreto dispuso : “La reglamentación que se aprueba por el artículo precedente, tendrá una implementación progresiva, según el esquema que seguidamente se detalla.”; y el 3 dice que “Hasta tanto entre en vigencia en forma completa la presente reglamentación, la investigación y resolución de faltas graves seguirá realizándose de la misma forma y con el procedimiento hasta ahora vigentes.”; es decir los reglamentos aprobados por los Decretos 426/72 y 4055/77, uno de los tiempos de la Revolución Argentina, el otro de la última dictadura militar.

Para que no queden dudas que la aplicación del régimen disciplinario contenido en la ley sancionada hace más de 10 años es “paso a paso”, el artículo 5 del decreto de Bonfatti dice lo siguiente: “La implementación definitiva e integral de la presente reglamentación será dispuesta, mediante Decreto del Poder Ejecutivo, una vez reunidas las condiciones necesarias, a criterio del Ministerio de Seguridad, para un adecuado funcionamiento de la totalidad del nuevo régimen disciplinario.”. Ese decreto no ha sido dictado aun.

Por lo que sigue vigente el antiguo régimen, de acuerdo al artículo 7: “A partir de la entrada en vigencia de las disposiciones de esta reglamentación, quedarán derogadas las normas pertinentes del Anexo correspondiente al Reglamento del Régimen Disciplinario Policial del Decreto N° 426/72, el Decreto N° 4055/77 y toda otra normativa que se oponga a la reglamentación que por el presente se aprueba. Las derogaciones enunciadas sólo serán efectivas en la medida que se implemente gradualmente la presente reglamentación de acuerdo a lo establecido por los artículos precedentes”

A pesar de que el propio gobernador se jactó de que “ellos” (¿su gobierno, el socialismo?) introdujeron la figura de la “destitución” del personal policial, en realidad fue la ley 12.521 (2006, gobierno de Obeid) en su artículo 55. La medida implica perder el estado policial, y todos los derechos consiguientes, por ejemplo el acceso al haber de retiro.

Y no estuvieron ni de cerca de haber “destituido” a muchos policías, y menos que menos por causas vinculadas al narcotráfico como propagandizan: hasta el pasado 12 de septiembre sólo se registraba un caso, de un subinspector (tercer cargo de menor jerarquía del escalafón, comenzando de abajo), por el Decreto 486 del 22 de marzo; y por haber sido condenado por la justicia por homicidio agravado, en un fallo del año 2005.

Una verdadera macana que con tema de tanta sensiblidad social se macanee tanto.

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