El pasado 31 de octubre el ministro Olivares presentó el proyecto de presupuesto 2026, que el gobierno de Pullaro remitió a la Legislatura. En la oportunidad, el titular de Economía subrayó que el documento estaba armado sobre la base de "ahorros", que permitían sostener las inversiones públicas; lo cual es muy curioso, porque se trata de un proyecto de presupuesto, no la cuenta de inversión del ejercicio en la que el gobierno demuestra como gastó los dineros de los santafesinos.
Ahora bien, analizado el proyecto, se puede advertir que más que ahorrar, lo que piensan hacer Pullaro y Olivares es endeudarse: la ley de presupuesto (que cabe presumir que la Legislatura controlada por el oficialismo aprobará sin mayores cambios) contiene al menos seis (6) autorizaciones para que el gobierno se endeude, por mecanismos diversos, a saber:
* Por el artículo 38 se fija en $150.000.000.000 (ciento cincuenta mil millones) o su equivalente en moneda extranjera para emitir Letras del Tesoro y otros mecanismos de emisión de deuda corriente (con vencimiento dentro del mismo ejercicio),
incluyendo en éste ítem la búsqueda de financiamiento en el
mercado de capitales, a través de operaciones no contempladas en la enumeración del artículo 48 de la Ley N° 12.510.
* Por el artículo 40 se autoriza al Poder Ejecutivo a tomar descubierto en las cuentas bancarias de la provincia en el agente financiero Nuevo Banco de Santa Fe o en otros bancos donde las tenga, bajo los instrumentos vigentes a esos fines dispuesto por el Banco Central como la Comunicación "A" 8264, o cualquier otro que establezca. Se trata del mismo mecanismo descripto en su momento acá, que empezó a utilizar Bonfatti en 2013 y que desde entonces utilizaron todos los gobiernos del Frente Progresista, y de Unidos.
* Por el artículo 42 se autoriza a Pullaro a suscribir durante el ejercicio
2026 préstamos u otros instrumentos de deuda pública (como emisión de bonos en los mercados de capitales nacionales e internacionales) por un monto en
pesos o su equivalente en otras monedas de hasta el veinticinco por ciento
(25%) del total de la ejecución acumulada del gasto de capital realizada
durante el ejercicio 2025; lo que tomando las cifras de la Administración Provincial (sin incluir a las Empresas del Estado) al 31 de agosto (último dato disponible) equivaldría a unos 190.000 millones de pesos.
* Por el artículo 43 se autoriza al Poder Ejecutivo (sin limitación alguna de montos) a suscribir durante el ejercicio
2026 préstamos u otros instrumentos de deuda pública para la atención de las
necesidades financieras que demandará la cancelación de los servicios de la
deuda que ocurran en el ejercicio emitidos en moneda nacional o extranjera. O sea: si el dólar se va a la bosta y el gobierno provincial necesita más pesos para comprar dólares y pagar la deuda nominada en esa moneda, puede endeudarse a esos fines.
* Por el artículo 44 se autoriza a la Empresa Provincial de la Energía y a Aguas
Santafesinas S.A. o al Poder Ejecutivo en su nombre a endeudarse en hasta USD 90.000.000 (noventa millones de dólares) o su
equivalente en moneda local más los intereses y accesorios
correspondientes, para financiar la ejecución de proyectos de
inversión en infraestructura o planes de mantenimiento de sus redes e
instalaciones. Tomemos nota que con esa misma finalidad (hacer inversiones para mantener y mejorar los servicios) el gobierno de Pullaro viene aumentando sistemáticamente las tarifas desde diciembre de 2023, y el presupuesto para el año que viene contempla más aumentos.
* Por el artículo 46 se autoriza al Poder Ejecutivo a contraer deuda pública hasta un
monto total de $ 100.000.000.000 (cien mil millones) o su
equivalente en moneda extranjera, ya sea en forma directa con proveedores,
a través de préstamos bancarios o a través del mercado de capitales
mediante la modalidad que se determine conforme a la reglamentación; para adquirir rodados, maquinarias, medios de transporte y otros
equipos de uso habitual para la prestación de servicios públicos por parte del
Gobierno Provincial y de los Municipios de la Provincia.
Vayan sumando entonces todas las posibles vías de endeudamiento con las que contaría el gobierno de Pullaro el año que viene si la Legislatura aprueba el presupuesto tal cual lo mandó el Poder Ejecutivo; a lo que hay que añadir que el artículo 50 del proyecto lo autoriza a "...a celebrar acuerdos y/o contratos con la o las entidades que
resulten necesarias para la implementación y seguimiento de las operaciones
autorizadas mediante los artículos precedentes.
A tales efectos, el Ministerio de Economía podrá realizar procesos de
selección competitivos especiales, exceptuados de lo establecido en el Título
III Capítulo I de la Ley N° 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del
Estado, aplicando criterios de selección adecuados y bajo comisiones u
honorarios en condiciones de mercado.". Traducimos: no solo pueden endeudarse, sino que tendrían carta blanca para elegir con quien y en que condiciones, sin aplicar para ello las normas generales que rigen las contrataciones del Estado.
Y si por las dudas les llegara a faltar plata en el transcurso del ejercicio, por el artículo 57 del proyecto se autoriza al Poder Ejecutivo a convenir con contribuyentes
o concesionarios del Estado Provincial adelantos de impuestos o cánones por
hasta un monto equivalente a lo que se estime que dicho contribuyente o
concesionario deberá abonar al Estado Provincial durante los doce (12)
meses posteriores; compensándolos por el adelanto, mediante descuentos sobre su obligación.
Como dato de color el artículo 58 del proyecto autoriza al gobierno de Pullaro a suscribir con entidades
bancarias convenios de pago a proveedores y/o contratistas y/o adherir a
líneas de financiamiento asociadas a la ejecución de gastos de capital,
facultándose a compensar los costos financieros que surjan de la operatoria; lo que significa que el mecanismo por el cual la provincia les subsidia a las empresas contratistas los intereses de los préstamos bancarios que contraigan que describíamos acá, estaba flojito de papeles en términos legales.
A esta altura del análisis, muchos se preguntarán si tanta toma potencial de deuda no viola los límites del endeudamiento que establece la Constitución provincial, que ya generaron polémicas hace poco porque cuando la reformaron, a los convencionales del oficialismo se les escapó la tortuga y aprobaron un texto más restrictivo que el que estaba vigente: para más detalles, ver éste posteo sobre la cuestión.
Pues bien, la solución que le encontraron los cráneos que asesoran al gobernador fue muy sencilla: meter en el artículo 67 del proyecto de presupuesto enviado a la Legislatura, una reforma al artículo 70 de la Ley 12.510 Ley de
Administración, Eficiencia y Control del Estado, en el que se le agregaría al principio este texto: "Se entiende como compromiso de la renta
provincial para las operaciones de crédito público a los servicios de la
totalidad de las deudas provenientes de empréstitos que recaigan
efectivamente en el ejercicio." (las comillas son del texto y las negritas son nuestras)
O sea: hacer de cuenta que la Constitución (que ellos mismos acaban de reformar hace pocas semanas) no dice lo que expresamente dicen sino lo que ellos quieren que diga, o peor aun, modificarla por una norma de rango inferior, como una ley. Y listo, siga siga, tomando deuda.

No hay comentarios:
Publicar un comentario