LA FRASE

"ELCOMITÉ DE CRISIS POR LA GUERRA EN MEDIO ORIENTE LO DISOLVÍ AL DÍA SIGUIENTE DE CREARLO PARA QUE VEAN QUE VOY EN SERIO CON LO DE ACHICAR EL ESTADO." (JAVIER MILEI)

martes, 13 de diciembre de 2011

A ABRIR LA ESCRIBANÍA


Se conoció finalmente la convocatoria que hizo Cristina a sesiones extraordinarias del Congreso, en base al Decreto 2021 (cuyo texto pueden consultar acá), que contiene el temario de los asuntos a tratar.

Entre los más relevantes están el Presupuesto nacional 2012, y un conjunto de leyes económicas de suma importancia, como la prórroga de los impuestos a los cigarillos y a los débitos y créditos bancarios (conocido como impuesto al cheque), y por otro cinco años, de la facultad otorgada al Poder Ejecutivo para imponer retenciones a las exportaciones de petróleo.

Cosa esta última que muchos no saben: las exportaciones de petróleo tienen retenciones desde el 2006, y son móviles de acuerdo al precio internacional del barril de crudo, es decir el mismo sistema que se trató de imponer fallidamente con la resolución 125 para las exportaciones de soja, trigo y maíz y desató el lock out de la Mesa de Enlace.

La prórroga de esa facultad significará captar por el Estado nacional parte de la renta petrolera (exactamente toda la diferencia por encima de un precio de corte estipulado en los 45 dólares), por lo que cabe esperar algún lobby de las petroleras en el Congreso, para evitar que sean prorrogadas.

No es menester explicar en demasía la importancia que tiene para cualquier gobierno contar con el Presupuesto aprobado: es la principal iniciativa política que somete al Poder Legislativo en el transcurso del año, conteniendo la totalidad de los recursos y gastos del Estado, el plan de inversión pública y otras disposiciones complementarias; como por ejemplo la creación de los cargos destinados a la financiación de las obras del gasoducto del NEA (vital para el suministro de gas a la mitad norte y centro de la provincia de Santa Fe, por ejemplo), o la autorización para el uso de las reservas del Banco Central, para cancelar vencimientos de la deuda externa.

Se plantea también en el temario la prórroga hasta diciembre del 2013 de la Ley 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario: habrán leído o escuchado en los medios hegemónicos (y a muchos dirigentes opositores) decir que es una incoherencia del kirchnerismo pedir la prórroga de esta ley, porque el país no está en emergencia.

La cosa no es tan sencilla ni viene por ese lado, si por emergencia entendemos aquellas leyes del menemismo que autorizaron privatizaciones de empresas públicas, el recorte de derechos a los trabajadores estatales o la suspensión de la ejecución de sentencias condenatorias al pago de sumas de dinero contra el Estado nacional.

Lo que hizo la Ley 25.561 y sus prórrogas, en el marco del artículo 76 de la Constitución Nacional, es delegarle al Poder Ejecutivo por un tiempo determinado, la facultad de establecer el régimen cambiario, las regulaciones del mercado de divisas y el establecimiento del sistema de fijación del valor de la moneda nacional en relación con las extranjeras, es decir el tipo de cambio.

Esa variable tan sensible de la economía es (en la Constitución vigente) atribución del Congreso, y por ende para que el Ejecutivo la ejerza el Legislativo debe delegársela: en alguna reforma a futuro habrá que ponerla en cabeza del presidente de la República (como era en la Constitución de 1949, ahora que está de moda recordarla) para adaptar nuestro sistema normativo a los tiempos modernos.

La Ley 25.561 faculta además al Poder Ejecutivo a renegociar los contratos de concesión de  servicios públicos privatizados con las empresas prestatarias, tanto en lo referente al nivel de las tarifas (aspecto importante ahora que se habla de reducir subsidios), como de lo planes de inversión; y también le permite al poder administrador regular los precios de insumos, bienes y servicios críticos, a fin de proteger los derechos de los usuarios y consumidores, de la eventual distorsión de los mercados o de acciones de naturaleza monopólica u oligopólica: una atribución crucial a la hora de combatir la inflación, por ejemplo.

Está incluido además en el temario el proyecto para limitar la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros, que fija límites también a la cantidad de tierras que pueden acumular las personas o empresas provenientes de otros países.  

Hay otros tres proyectos para destacar del temario planteado por Cristina para las extraordinarias del Congreso: el proyecto que declara de interés público la fabricación, distribución y comercialización de pasta de celulosa y papel para diario, el nuevo régimen nacional del trabajo agrario y la modificación del artículo 23 de la ley del Impuesto a las Ganancias.

El primero apunta directamente a desarmar la posición dominante que ejercen Clarín y La Nación (como accionistas mayoritarios de Papel Prensa S.A.) en el mercado, condicionando la actividad de muchos otros diarios (sobre todo del interior) a través de la fijación de cupos de papel, o precios diferenciales de venta (al costo para los principales accionistas).

No se trata -como han dicho esos mismos diarios mintiendo a sabiendas) de expropiarles sus acciones en la empresa y poner todo el paquete accionario bajo el control del Estado, sino simplemente de regular la actividad, justamente para evitar abuso de posiciones dominantes o prácticas monopólicas.

El segundo es un proyecto tendiente a reemplazar la Ley 22.248 de los tiempos de Videla y Martínez de Hoz (régimen que a su vez reemplazó al Estatuto del Peón de Campo decretado por Perón en 1944), reconociendo a los trabajadores rurales derechos elementales como la jornada diaria y semanal de labor, de participar en la negociación colectiva bajo el régimen de la Ley 14.250 como todos los demás sectores laborales, y de realizar huelgas y medidas de acción directa en defensa de sus intereses o para apoyar sus reclamos salariales y por mejores condiciones de trabajo; otro tema que se puso de moda desde el discurso de Cristina en el Congreso.

La modificación de la ley del Impuesto a las Ganancias es para convalidar los cambios hechos en los dos últimos años al mínimo no imponible de la cuarta categoría (trabajo personal en relación de dependencia), y delegarle al Poder Ejecutivo la facultad de establecerlo en el futuro: uno de los reclamos formulados insistentemente por la CGT, para evitar que los aumentos salariales pactados en paritarias sean absorbidos por el impuesto, para los trabajadores de más altos ingresos.

Cabe recordar que el mínimo no se ajusta por inflación porque la ley no lo permite, y porque además de ese modo quedaría habilitado el reclamo de las empresas para que se haga lo mismo con las ganancias provenientes de su rentabilidad; con lo que se licuaría en parte lo que deben pagar al fisco por el impuesto, y privarían a éste de recursos necesarios, captados por uno de los impuestos más progresivos de toda nuestra estructura tributaria; más allá de lo cuestionable de gravar como renta al salario.

Como se ve, las iniciativas que impulsa el Poder Ejecutivo para que sean aprobadas por el Congreso van en dos líneas de acción: por un lado fortalecer los recursos y las herramientas de gestión del gobierno en un contexto que se avizora complicado por la crisis internacional, y por el otro profundizar el rumbo seguido desde el 2003 en materia de recuperación de derechos y regulación del poder de las corporaciones.

Después de dos años de parálisis del Congreso nacional por el asalto de las comisiones por el Grupo A y el intento fallido de establecer un gobierno parlamentario a-constitucional, el Poder Legislativo recuperará su actividad al compás de las iniciativas del Poder Ejecutivo (que ahora con sus bloques propios y aliados cuenta con mayoría en ambas Cámaras), una consecuencia política lógica del rotundo resultado electoral del 23 de octubre.

Algo que no habrá que perder de vista cuando de vuelta comencemos a escuchar que ese Congreso se ha convertido "en una escribanía del Poder Ejecutivo".   

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