LA FRASE

"ME DICEN QUE ESTÁ VINIENDO PARA ACÁ EL MINISTRO CAPUTO, ASÍ QUE TRÁIGANME ESA REMERA QUE DICE "NO HAY PLATA"." (KRISTALINA GEORGIEVA)

lunes, 20 de octubre de 2014

TENEMOS QUE PARAR DE VENDER HUMO, POR LO MENOS POR DOS AÑOS


Sobre el festival de declaraciones u aclaraciones sobre que derogarían y que no los opositores en el caso de llegar al gobierno, leemos en Infobosta a Massita: "El líder del Frente Renovador aseguró -en declaraciones a Rock&Pop- que su idea es mantener el mencionado seguro social, pero aprovechó para aclararle a la sociedad que el kirchnerismo no otorgó el beneficio por ley, sino que lo utiliza de manera arbitraria, con la intención de sacar rédito político.

"A los que dicen que vamos a derogar la AUH les digo que hoy sólo es un decreto que se actualiza según el funcionario de turno", explicó esta mañana. "Lo que nosotros planteamos en el parlamento es la idea de que (la ayuda) sea por ley, porque es la forma de que no sea discrecional sino un derecho"." (las negritas son nuestras)

Esto de no aparecer muy seguido por el Congreso tiene sus desventajas, como por ejemplo no estar debidamente informado de que leyes están vigentes, y que es lo que dicen.

Como por ejemplo la Ley 24.714 de asignaciones familiares (completa acá), que en su artículo 6 enumera las asignaciones a que tienen derechos los trabajadores y su grupo familiar, y concretamente en su inciso i) dice lo siguiente: "Asignación Universal por Hijo para Protección Social. (Inciso incorporado por art. 4° del Decreto N° 1602/2009 B.O. 30/10/2009. Vigencia: a partir del 1º de noviembre de 2009).".

O sea que la AUH hoy está establecida por ley, porque está incorporada al texto de la Ley 24.714. Y más todavía nos interesa destacar lo que dice respecto a la AUH la misma Ley 24.714 en sus artículos 14 bis y 14 ter:

"ARTICULO 14 bis.- La Asignación Universal por Hijo para Protección Social consistirá en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual, que se abonará a uno solo de los padres, tutor, curador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, por cada menor de DIECIOCHO (18) años que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trate de un discapacitado; en ambos casos, siempre que no estuviere empleado, emancipado o percibiendo alguna de las prestaciones previstas en la Ley Nº 24.714, modificatorias y complementarias.

Esta prestación se abonará por cada menor acreditado por el grupo familiar hasta un máximo acumulable al importe equivalente a CINCO (5) menores. (Artículo incorporado por art. 5° del Decreto N° 1602/2009 B.O. 30/10/2009. Vigencia: a partir del 1º de noviembre de 2009)

ARTICULO 14 ter.- Para acceder a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, se requerirá:

a)Que el menor sea argentino, hijo de argentino nativo o por opción, naturalizado o residente, con residencia legal en el país no inferior a TRES (3) años previos a la solicitud.

b) Acreditar la identidad del titular del beneficio y del menor, mediante Documento Nacional de Identidad.

c) Acreditar el vínculo entre la persona que percibirá el beneficio y el menor, mediante la presentación de las partidas correspondientes y en los casos de adopción, tutelas y curatelas los testimonios judiciales pertinentes.

d) La acreditación de la condición de discapacidad será determinada en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 22.431, certificada por autoridad competente.

e) Hasta los CUATRO (4) años de edad —inclusive—, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio. Desde los CINCO (5) años de edad y hasta los DIECIOCHO (18) años, deberá acreditarse además la concurrencia de los menores obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.

f) El titular del beneficio deberá presentar una declaración jurada relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos por la presente y a las calidades invocadas, de comprobarse la falsedad de algunos de estos datos, se producirá la pérdida del beneficio, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. (Artículo incorporado por art. 6° del Decreto N° 1602/2009 B.O. 30/10/2009. Vigencia: a partir del 1º de noviembre de 2009).".   

Es decir entonces que además de estar fijada por una ley, consiste en un derecho reconocido  y no un "plan"; ni tampoco es -como dice Massa- discrecional o dependiente de la voluntad de algún funcionario; como lo puede comprobar cualquiera que haya hecho el trámite correspondiente ante la ANSES. 

Destaquemos además que también dice el Kennedy de Nordelta en el mismo reportaje lo siguiente: "En cuanto al caso de la petrolera estatal YPF, Massa la destacó como "una gran herramienta" y no habló de volver a privatizarla, pero sí de hacer modificaciones para mejorar sus prestaciones porque "la política energética no puede constituirse desde la petrolera". "Si vemos lo que pasó desde la recuperación de la empresa hasta acá, lo que vemos es un enorme aumento de la nafta." (las negritas son nuestras).

De ve que tampoco se enteró de esto otro: "en lo que va de este año el promedio diario de producción de petróleo se ubicó en 34.900 metros cúbicos, y la de gas en 31,6 millones. Esto hizo que el crecimiento interanual sea de 6,72% en petróleo y de 9,34% en gas, y el acumulado en el bienio de gestión estatal, de 10,44% y 12,05%, respectivamente.
Considerando la curva de declino de la producción de la compañía hasta 2011, el incremento de la producción de petróleo y gas de YPF permitió reducir las importaciones. De esta forma en 2013 y 2014, se logró mejorar la balanza comercial en U$S 3.695 millones.". (las negritas nos pertenecen)

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Como se nota que Massa an company cumplen,al igual que el Tarro (o Turro) de Mierda de la rata la Orden del nuevo Lopez Rega de estos tiempos Magnetto
Chily

Anónimo dijo...

Massa no conoce las leyes porque estudió abogacía por correspondencia. Y cuando Massa estudiaba Derecho por correspondencia, Correo Argentino estaba gerenciado por Macri y el servicio era desastroso.
Así que no le llegaron más de la mitad de las materias.
Por ejemplo, nunca le llegó el envío con la materia Seguridad Social, entonces no sabe que existen las asignaciones familiares.
Y sobre el tema YPF, lo asesora un primo que vende kerosene suelto en Tigre.
El Colo.