LA FRASE

"ME DICEN QUE ESTÁ VINIENDO PARA ACÁ EL MINISTRO CAPUTO, ASÍ QUE TRÁIGANME ESA REMERA QUE DICE "NO HAY PLATA"." (KRISTALINA GEORGIEVA)

miércoles, 30 de septiembre de 2015

BURRISMOS MASSISTAS (3º PARTE)


"No puede ser que un preso gane más que un jubilado"

Lo que no puede ser es que alguien haga una comparación tan pelotuda, dado que el preso (algunos, no todos) trabajan y perciben un sueldo, y en todo caso debería comparárselos con un trabajador en actividad. A menos que lo que le moleste es que los presos trabajen, cosa que no es sino consecuencia del artículo 18 de la Constitución ("las cárceles de la nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas,..."), del que surge la búsqueda de la readaptación social de los detenidos; y para eso -por ejemplo- se los hace trabajar.

Por eso la Ley 24.660 establece en su artículo 106 que "El trabajo constituye un derecho y un deber del interno. Es una de las bases del tratamiento y tiene positiva incidencia en su formación"; y por ese trabajo deberá ser remunerado (artículo 107 inciso f); pagándosele una "remuneración...igual al salario de la vida libre correspondiente a la categoría profesional de que se trate" si su trabajo beneficia a una empresa mixta o privada (de lo contrario el Estado alentaría el fraude laboral), de acuerdo a lo que dice la misma ley en su artículo 120 in fine.

Si en cambio el trabajo del preso está destinado al Estado o a entidades de bien público, se le debe pagar una remuneración equivalente a las tres cuartas partes del salario mínimo, vital y móvil (SMVM), lo que significa que lo que gane un preso depende de lo que se pacte para los trabajadores en libertad que hagan la misma tarea en convenciones colectivas, o del valor que fije el Consejo Nacional del Salario para el mínimo vital y móvil; según sea el caso.

E incluso en un caso (salario fijado en base a las escalas de convenio) seguramente cobrarán más que un jubilado, y en el otro (salario fijado en base al 75 % del SMVM) dependerá de la dinámica de la negociación en el Consejo del Salario y del régimen de movilidad previsional, que cobren más o menos que los pasivos para los cuáles además aportan: de acuerdo al artículo 121 de la Ley 24.660, al salario bruto de los presos debenc deducírsele los aportes personales a la seguridad social; que se destinan -como sabemos- al pago de jubilaciones y pensiones.

Los jubilados tienen un haber base determinado por la Ley 24.241 (artículo 24) en base a los años de servicios con aportes) y sujeto a la movilidad establecida por la ley 26.417 que modificó su artículo 32; estableciendo la fórmula que determina los aumentos semestrales en base a la variación de los salarios de los trabajadores en actividad (tomando el mayor de dos índices: el RIPTE -Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables- o el índice general de variación salarial del INDEC), y a la evolución de los recursos tributarios por beneficio afectados a la seguridad social, y de los recursos totales por beneficio de la ANSES.

Es decir entonces que siendo cosas distintas (una remuneración por trabajo, la otra una prestación previsional por haber trabajado antes) y fijándose su valor por pautas completamente distintas, es completamente aleatorio que uno tenga un valor y otro uno menor o mayor; a menos que lo que se busque es hacer demagogia barata.

Sumado al hecho de que los jubilados y pensionados de la ANSES son aproximadamente unos 6,5 millones, y los presos que trabajan mientras están detenidos son apenas 23.000 en todo el país, y unos 6500 si nos limitamos a las cárceles federales (¿no vive diciendo acaso el propio Massa que va a ir contra los "jueces sacapresos" que vacían las cárceles porque "entrabn por una puerta y salen por la otra"?).

En éste último caso (donde los fondos para pagarles cuando no lo hacen las empresas salen del mismo presupuesto nacional que las jubilaciones y pensiones de la ANSES) equivalen al 0,1 % de los jubilados y pensionados nacionales.

"Voy a ajustar el gasto innecesario, empezando por despedir a los ñoquis de la Cámpora"

Suponiendo que éste muchacho tenga la capacidad de discernir que gasto es innecesario y cual no, habrá que señalar que a diferencia de las provincias (donde el pago de salarios suele insumir entre un 40 % y un 65 % por ciento de los presupuestos), en el Estado nacional el gasto en "Personal" (sueldos, asignaciones familiares y contribución patronal) representa apenas el 11,97 % del total del presupuesto nacional.

Con las cifras del Presupuesto 2016 que está discutiendo el Congreso (en cifras redondas) unos 188.000 millones de pesos, que se pueden comparar por ejemplo con los más de 515.000 millones que el Estado piensa gastar en "Prestaciones de la Seguridad Social" (jubilaciones y pensiones básicamente); y que representan casi el 33 % del gasto total.

De acuerdo a ese mismo presupuesto del año próximo, el Estado nacional tendrá una planta de personal de 403.839 cargos, de los que 293.680 son los que suman las fuerzas armadas y de seguridad, los investigadores del CONICET, el Poder Judicial de la nación completo, los empleados del Congreso, los del Servicio Exterior de la Nación y los del Ministerio Público Fiscal. Quedan todavía el Ministerio de Salud, el de Trabajo, la ANSES, el INTSA, el SENASA y otros organismos por desagregar. 

Supongamos que -con viento a favor- uno de cada 100 empleados del Estado nacional a lo largo y a lo ancho del país sea "un ñoqui de la Cámpora" estamos hablando de unos 4000 tipos, y si se pudiera trasladar la ecuación a plata, unos 1880 millones de pesos: o sea, nada en un presupuesto que contempla un gasto total de $ 1.569.412.091.951

Por no mencionar otro aspecto fundamental a tener en cuenta, que es que Massa no nos explica como hará para detectar quien es ñoqui y quien no, y dentro de los ñoquis, cuál es de la Cámpora y cuál no: ¿piensa acaso hacer espionaje ideológico, para luego imponer una ley de prescindibilidad como la de la dictadura, que atente contra la estabilidad del empleo público que establece el artículo 14 bis de la Constitución.

Si alguien cobra y no trabaja puede ser echado (sea o no de la Cámpora) previo sumario, pero ¿cuántas personas supone Massa que hay en esa condición como para que rajarlas incida en serio en las cuentas del Estado nacional?

4 comentarios:

Adrián Porretti dijo...

En fin... que se puede esperar de esta bestia disfrazada de ovejita patriota...

Anónimo dijo...

Agrego algo en relación al trabajo de los detenidos. De lo que cobran, se le descuenta el 25% por obligaciones alimentarias(hijo/s afuera),y otro porcentaje se descuenta para la reparación del daño producido por el delito.

La Corriente Kirchnerista de Santa Fe dijo...

Sí, no quisimos profundizar sobre eso porque no dijo nada al respecto el asno

Esther dijo...

Gracias, muchach@s por esta imperdible saga de rebuznos. Vale la pena tenerla a mano...

Un abrazo,
Esther