LA FRASE

"NO ES TAN DIFÍCIL DE ENTENDER: ESTELA DE CARLOTTO ES GOLPISTA Y EL GENERAL VIDELA LO ÚNICO QUE HIZO FUE COMBATIR AL TERRORISMO." (VICTORIA VILLARRUEL)

domingo, 13 de diciembre de 2015

NO TODO ES MALDAD, HAY COSAS QUE SON DE BURROS NOMÁS. ¿O NO?


Cuando se empezó a leer la "letra chica" del DNU 13 de Macri por el cual modificó la ley de ministerios, saltó la perdiz del "vaciamiento" de funciones de la AFSCA y la AFTIC, en beneficio del Ministerio de Comunicaciones que estará a cargo de Aguad. O más bien, en beneficio del Grupo Clarín, del cual el nuevo ministro es poco menos que un empleado.

Al seguir analizando el texto del decreto, aparecen otras perlitas; como por ejemplo cuando modifica el artículo 19 de la ley, que refiere a las competencias del Ministerio de Defensa; y en el inciso 15) dice: "Entender en la administración de justicia y disciplina militar, a través de tribunales que de él dependen.".

Evidentemente el que redactó no tuvo en cuenta que en el año 2008 la Ley 26.394 derogó el Código de Justicia Militar, y desde entonces desaparecieron los tribunales militares.

La misma norma creó los Consejos de Guerra Especiales con el solo objeto de juzgar delitos cometidos por miembros de las fuerzas armadas en tiempos de guerra, siempre y cuando las circunstancias del conflicto impidieran darle intervención a los tribunales civiles. En todos los demás casos (sea en tiempos de paz o de conflicto armado) el juzgamiento de los delitos cometidos por los militares corresponde a los tribunales comunes; sean federales o provinciales. 

La misma ley estableció además el régimen de disciplina para el personal militar de las fuerzas armadas, que tampoco está a cargo de tribunales militares (que reiteramos, desaparecieron), sino de Consejos de Disciplina.

Y cuando el DNU modifica el artículo 23 quáter de la ley que refiere a las competencias del ahora llamado Ministerio de Educación y Deportes, en el inicio señala que le compete "...asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la Educación, de conformidad a lo establecido por las Leyes Nros. 24.195, 24.521, el Pacto Federal Educativo (Ley N° 24.856) y a las demás leyes y reglamentaciones vigentes...". 

La Ley 24.195 -por si alguno no lo recuerda- fue la llamada "Ley Federal de Educación" sancionada por el menemismo en 1993, y derogada en el año 2006 por la Ley Nacional de Educación 26.206, en su artículo 132.

Para que no quedaran dudas volvieron a repetir el ¿error? en el inciso inciso 3) del mismo artículo, al decir que le corresponde al ministerio del área: "Entender en la definición de los objetivos de la política educativa concertados en el seno del Consejo Federal de Educación y dentro del marco de los principios establecidos en la Ley Federal de Educación.".

Otro tanto sucede con la Ley 24.856 que el DNU menciona al principio del artículo: esa ley de 1994 aprobaba el llamado "pacto federal educativo" con compromisos que asumían el Estado nacional y las provincias (a las que les acababan de transferir las escuelas nacionales) en el financiamiento del sistema educativo.

La ley fue abrogada en el año 2005 por la Ley 26.075 de financiamiento educativo; que al establecer una afectación especial de los recursos coparticipables correspondientes a la nación y las provincias con destino a la inversión en educación, ciencia y tecnología permitió alcanzar y superar la meta que la misma ley estableció del 6 % del PBI nacional invertido en esos fines. Más detalles acá en Página 12.

¿Serán metidas de pata que se mandan de burros que son nomás?

2 comentarios:

Unknown dijo...

Pero como solía decir el General es más peligroso un bruto que un malo

Unknown dijo...

Muchachos, si se ponen a pensar en cuál fue el error del PRO en estos dos temas (Defensa y Educación), se van a dar cuenta de en realidad se reprodujo un error de las administraciones anteriores. Mejor no insistir ni levantar la perdiz.