Ponéle que en lo
estrictamente teórico tengan razón, en cuanto a que el tema es competencia
originaria y exclusiva de la Corte de acuerdo con el 117 de la Constitución (“en los
que alguna provincia fuese parte, la ejercerá originaria y exclusivamente.”), porque la demanda fue promovida por el gobierno de Chubut.
Ponéle también que
fueron a la Corte por la vía del “per saltum” introducido en el Código Procesal
Civil y Comercial de la Nación como artículo 257 Bis por la Ley 27.790 (2012),
que la votaron en contra: ver acá el acta de Diputados donde consta
que se opusieron todos los partidos que hoy integran “Cambiemos”, y donde
sobresalen –por ejemplo- los votos negativos de Michetti, Pinedo y los hoy
ministros Triaca, Pato Bullrich, Buryaile, Prat Gay y Martínez.
Ponéle que al
Procurador del Tesoro ahora le entra el apuro por litigar y defender en los
tribunales al Estado nacional y sus decisiones (al fin y al cabo, para eso lo
nombran), cuando en el caso del acuerdo con los fondos buitres se hizo bien el boludo y se sacó el chivo del lazo, aceptando incluso
que se les pagara a acreedores con juicios ganados por el Estado, o con
demandas declaradas inadmisibles por los tribunales arbítrales, o prescriptas.
Ponéle también que
la semana pasada al presentar la “reparación histórica” a un sector de los
jubilados Macri criticó al kirchnerismo por “poner chicanas para que los
juicios no terminaran nunca”, y en el proyecto que envió al Congreso les va a
pagar a los que no hicieron juicio, a los que no tienen sentencia firme e
incluso a los que los de hacerlos, los perderían.
Aceptemos todo eso,
y vayamos a lo que dice el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación sobre
el “per saltum”, en la parte que interesa: “Procederá el
recurso extraordinario ante la Corte Suprema prescindiendo del recaudo del
tribunal superior, en aquellas causas de competencia federal en las que se
acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya
solución definitiva y expedita sea necesaria, y que el recurso constituye
el único remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, a
los fines de evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación ulterior.
Existirá
gravedad institucional en aquellas cuestiones sometidas a juicio que excedan el
interés de las partes en la causa, proyectándose sobre el general o público, de
modo tal que por su trascendencia queden comprometidas las instituciones
básicas del sistema republicano de gobierno o los principios y garantías
consagrados por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales por
ella incorporados.” (las negritas son nuestras)
Es decir entonces
que para el gobierno de Macri sostener los tarifazos es necesario, y deben
quedar firmes en forma “definitiva y expedita” (o sea de una, y rápido) porque
de lo contrario se causarían perjuicios que no se pueden arreglar (¿a quiénes,
a las privatizadas concesionarias de los servicios?).
Y en caso de
tumbarse el tarifazo (porque las apelaciones a las cautelares son para eso: para mantener
los aumentos en las tarifas) quedarían “comprometidas las
instituciones básicas del sistema republicano o los principios y garantías”
consagrados por la Constitución y los tratados internacionales.
¿Irán Macri y
Aranguren a la OEA a pedir que apliquen “la cláusula democrática” para sostener
los aumentos en la luz y el gas en caso contrario, o si la Corte no les da
bola?
Lo real y lo
concreto es que los tarifazos vienen flojitos de papeles porque en su afán de
“sincerar” las tarifas el gobierno no publicó ampliamente en forma previa los
aumentos, ni convocó a las audiencias públicas obligatorias para aprobarlos;
como lo mandan los artículos 44 y 46 de la Ley 24.076 en el caso del gas, y el
artículo 46 de la Ley 24.065 en el caso de la luz, y ahora quieren que la Corte
intervenga en un caso para convalidar esos aumentos ilegales, sentando
jurisprudencia para los demás tribunales del país.
¿Tendrá algo que ver con esto que los jueces -al igual que los legisladores- puedan ingresar al blanqueo?
¿Se entiende ahora
el apuro para que el Senado trate y apruebe los pliegos de Rosatti y
Rosenkrantz?
¿Qué les van a
decir en ese caso a sus senadores los genios de los gobernadores -incluidos los patagónicos, al menos de la boca del pozo de gas para afuera- que por estas
horas reclaman contra los aumentos?
¿O acaso el amparo de Das Neves fue presentado a propósito, para hacer fulbito para la tribuna en Chubut, mientras le deja abierta al gobierno esta puertita para apurar un fallo de la Corte que salve los tarifazos?
1 comentario:
"¿Qué les van a decir en ese caso a sus senadores los genios de los gobernadores -incluidos los patagónicos, al menos de la boca del pozo de gas para afuera"
Ja ja ja ja...
¡Como está cro.! no para de clavarla en el ángulo... el otro día con el "rodado vicepresidencial" ahora de la boca del pozo de gas para afuera" ja ja...
En fin un bálsamo para tantas e intermnibles buenas noticias, como nos tienen acostumbrados los "equipos"
Saludos
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