LA FRASE

"VOLVÍ PARA OFRECERLE AL PRESIDENTE MI COLABORACIÓN PARA RESOLVER EL PROBLEMA DE LOS CANDIDATOS QUE PROPUSO PARA LA CORTE." (FABIÁN RODRÍGUEZ SIMÓN)

viernes, 16 de agosto de 2019

¿QUÉ CAMPAÑA?


Artículo 64 bis.- Campaña electoral. La campaña electoral es el conjunto de actividades desarrolladas por las agrupaciones políticas, sus candidatos o terceros, mediante actos de movilización, difusión, publicidad, consulta de opinión y comunicación, presentación de planes y proyectos, debates a los fines de captar la voluntad política del electorado, las que se deberán desarrollar en un clima de tolerancia democrática. Las actividades académicas, las conferencias y la realización de simposios, no serán consideradas como partes integrantes de la campaña electoral.

La campaña electoral se inicia cincuenta (50) días antes de la fecha de las elecciones generales y finaliza cuarenta y ocho (48) horas antes del inicio del comicio.”.

(Código Nacional Electoral, Ley 19.945)

Las elecciones son el 27 de octubre.

50 días antes es el 7 de septiembre.

¿Cómo se suspende lo que legalmente no se puede iniciar?

1 comentario:

Anónimo dijo...

Es un adelantado como Don Pedro de Mendoza (de quien dijo alguna vez que conoció personalmente)