LA FRASE

"DE MI ASCENSO A SECRETARIO DE ESTADO SOLO DIRÉ QUE SI UNO ES BUENO EN LO SUYO, EL RECONOCIMIENTO SIEMPRE LLEGA." (MANUEL ADORNI)

lunes, 6 de junio de 2016

ADIVINANZA: ¿QUIÉN Y CUANDO LO DIJO?


"...para afrontar los beneficios a los que se alude en el proyecto que nos ocupa se establece que deberán ser financiados con los recursos que actualmente establece el artículo 18 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias y de los resultados financieros de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) incluidos los rendimientos anuales del FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD (FGS) del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA)...."

"...postula que los valores acumulados en el mencionado Fondo no podrían superar el importe equivalente a las erogaciones de prestaciones anuales autorizadas para la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) en la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional..."

"...en las condiciones en que el proyecto se ha sancionado, su promulgación implicaría prácticamente la quiebra no sólo del Sistema Previsional Argentino sino del propio Estado, prestaciones que llevarían sin más a prontos futuros incumplimientos, frustrando el cumplimiento de las finalidades propias de la previsión social, constituyendo una estafa a los jubilados..."

"...una decisión de la envergadura como la que se pretende imponer, con tal incidencia económica y financiera, sólo debería tomarse adoptando todos los recaudos necesarios para que no se convierta a corto plazo en una trampa para millones de jubilados y por supuesto para toda la sociedad y no proponerlo en forma demagógica y nefasta intentando engañar a todos los argentinos..."

"...hasta los propios postulantes reconocen públicamente que el financiamiento para el incremento propiciado se encontraría asegurado sólo para este año y el año venidero, sin saber explicar cómo se sustentaría en el tiempo la sanción de una Ley de tanta implicancia social..."

"... la creación del SIPA y el traspaso de la administración de los fondos del sistema previsional desde las AFJP a la ANSES significó una mejora sustancial en dos ámbitos diversos: por un lado el fortalecimiento de la recaudación y por el otro la mejor custodia de los recursos con la creación del Fondo de Sustentabilidad respectivo que permite mejorar la performance de las inversiones productivas a que esos fondos que garantizan la sustentabilidad del sistema aporten al crecimiento nacional..."

"...el FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD (FGS) del SIPA tiene como naturaleza y finalidad la de constituirse como fondo de reserva a fin de instrumentar una adecuada inversión de los excedentes financieros y atender eventuales insuficiencias en el financiamiento del régimen previsional público a efectos de preservar la cuantía de las prestaciones previsionales..."

"...la eventual liquidación de los activos que conforman el FGS, en forma no previsible, podría generar distintos efectos negativos en diversos planos, como el monetario, el económico y el financiero, atento que no existen posibilidades prácticas de ventas masivas de instrumentos financieros en cartera, debido a lo reducido del mercado de capitales y a la composición patrimonial del Fondo..."

"... la asunción del Fondo de una posición vendedora, no estudiada con previsibilidad, provocaría el deterioro de los precios de los activos financieros argentinos, generando una desvalorización del mismo, ocasionando una baja en el precio de los bonos argentinos, un incremento de la tasa de interés de nuestro país y del riesgo país, y restringiendo además, las posibilidades de endeudamiento del sector privado, perjudicándose en consecuencia, las valuaciones actuales de los activos financieros..."

"... hasta este momento el destino de las rentas ha sido la reinversión en el FGS en activos financieros que garanticen la actualización según la fluctuación del mercado de bienes y, al mismo tiempo, las inversiones han sido destinadas a actividades productivas que valoricen las actividades económicas del mercado doméstico de bienes y servicios, garantizando la demanda de empleo sostenida y provocando así, los aportes de rigor...

"...el proyecto de que se trata genera desigualdad ante distintas tasas explícitas de sustitución, por lo que todos aquellos beneficiarios que quedan por encima del haber mínimo, pretenderán mejorar su tasa de sustitución o directamente pedir el 82%, generando mayor litigiosidad que la actual..."

"...dicha litigiosidad se verá incrementada atento que el proyecto también produce la superposición de índices distintos en períodos iguales con evoluciones muy diferentes entre ellos, no respetando tampoco el concepto de salario previsional que es aquel sobre el cual se aporta a la seguridad social..."

"...si se aplicara, pasado muy poco tiempo, el Estado no podrá cumplir con sus obligaciones, y seguramente reaparecería —sobre la base del desprestigio de lo público— el discurso privatizador y tras el ajuste de los derechos de trabajadores y jubilados, los nuevos voceros de las soluciones drásticas para el retorno de las AFJP..."

Una ayudita: no fue nadie que hubiera analizado el proyecto de pago de los juicios de los jubilados que acaba de enviar Macri al Congreso.

La respuesta, siguiendo este enlace.

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