Ayer no se publicó el Boletín Oficial de la Nación (al menos no en Internet), una cosa insólita, sobre todo porque no fue un día en el que el presidente recién estrenado en funciones no tomara decisiones importantes: anunció la eliminación de las retenciones a la mayoría de las exportaciones agropecuarias, la rebaja a las de la soja (siendo que como opositor sostuvo que la medida correspondía al Congreso) y a las exportaciones industriales.
Y siendo además que por el contrario se emitió una edición especial el sábado, al sólo efecto de publicar los nuevos nombramientos en el directorio del Banco Central, imprescindibles para concretar el "blindaje" con los bancos extranjeros; y cerrar los acuerdos con las cerealeras y exportadoras por los contratos del dólar a futuro, y la liquidación de divisas.
Pero además nos enteramos que así -entre gallos y medianoche dirían ellos, si lo hubiéramos hecho nosotros- nombró en comisión dos jueces en la Corte Suprema de Justicia, para cubrir las vacantes existentes y que funcione con su número legal de cinco miembros.
El recurso está contemplado en la Constitución en su artículo 99) inciso 19), que dice que el Presidente "Puede llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura.". (las negritas son nuestras)
Aun así, hay quiénes entienden que los "empleos" de los que habla la norma no alcanzan a los jueces de la Corte, de los que habla el inciso 4) del mismo artículo; sino a los militares (inciso 13), cuando usa expresamente esa palabra: "empleos". Que repite en el inciso 7), pero para los casos en los que el presidente nombra por sí, sin acuerdo del Congreso.
Y al menos una de las dos vacantes que cubriría Macri (la de Zaffaroni) se produjo cuando el Senado funcionaba normalmente, no estaba en receso, por eso Cristina había enviado el pliego de Carlés. Recordemos que le cuestionaron los pliegos que envió luego porque decían que la vacante de Fayt se produciría efectivamente luego de finalizado su mandato.
Y al menos una de las dos vacantes que cubriría Macri (la de Zaffaroni) se produjo cuando el Senado funcionaba normalmente, no estaba en receso, por eso Cristina había enviado el pliego de Carlés. Recordemos que le cuestionaron los pliegos que envió luego porque decían que la vacante de Fayt se produciría efectivamente luego de finalizado su mandato.
De cualquier modo ¿se entiende ahora el porqué de las razones de no convocar al Congreso a extraordinarias? porque de tal modo está técnicamente en receso, y se pueden hacer nombramientos en comisión; como pasó con los de los miembros del directorio del Banco Central, y ahora con estos nuevos jueces de la Corte.
La falta de publicación del Boletín Oficial impide acceder al texto de los decretos de designación (viva la transparencia republicana y el "gobierno de puertas abiertas que no retacea información"), pero los tiempos en que la medida es tomada permiten inferir -sin temor a equivocarse- que los dos jueces propuestos no pasaron por el filtro del procedimiento establecido por Néstor Kirchner a través del Decreto 222/03: publicidad de sus antecedentes, y posibilidad de formularles impugnaciones.
Uno de ellos (Carlos Rosenkrantz) es el fundador del estudio jurídico que asesoró a la provincia de Santa Fe en el juicio contra la nación por los recursos que iban a la ANSES (junto con Ricardo Gil Lavedra); y que además le armó al Grupo Clarín la propuesta de "adecuación voluntaria" a la ley de medios; dividiéndose en 6 "unidades de negocios". Es también el rector de la Universidad de San Andrés, donde se cursa la maestría en periodismo financiada por el Grupo.
Más allá de los antecedentes de los propuestos, lo cierto es que estando nombrados en comisión, cesan en sus cargos si no obtienen el acuerdo del Senado (por las dos terceras partes de los votos de sus miembros presentes, en sesión pública convocada al efecto) antes del 30 de noviembre del año que viene. Acuerdo que el gobierno de Macri no piensa pedir hasta después del 1º de marzo del 2016, dado que no tiene pensado convocar al Congreso a extraordinarias.
Mientras tanto, su situación es precaria, poco menos que la de un juez subrogante; aunque en éste caso integran la Corte en todas las causas en las que ésta interviene. Razón por la cual cobra particular relevancia esto que leemos en La Nación de la pluma de Ventura (de paso, burro: Mitre fue presidente a partir de 1862, y la Corte empezó a funcionar en 1863 creada por él mismo en su mandato, nunca pudo hacer un "nombramiento en comisión" cuando ni siquiera la Constitución estaba vigente): "El apuro de Macri por cubrir las vacantes en la Corte tiene muchas explicaciones. Por un lado, con la sorpresa que le causó Lorenzetti cuando, apenas 48 horas después del ballottage que ganó el actual presidente, la Corte reconoció una multimillonaria deuda del Estado nacional con tres provincias. En segundo lugar, Macri estrena el Gobierno y su poder todavía está intacto. Y, finalmente, necesita que el tribunal esté completo ante la inminencia del impacto que generarán muchas de sus próximas medidas de gobierno." (las negritas son nuestras)
¿Qué medidas piensa tomar Macri que necesitarán de un aval express de la Corte Suprema, que no se extienda más allá del 30 de noviembre del año que viene?
¿O acaso el apuro es porque el DNU que modificó de hecho la ley de medios y la rebaja y/o eliminación de las retenciones (sobre las que tampoco se han publicado los decretos correspondientes, al no salir el Boletín Oficial) viene flojitas de papeles, sea porque se trata de materia tributaria o del uso de facultades delegadas por el Congreso que el mismo PRO -cuando era oposición- entendió vencidas?
¿Quizás piensa indultar a los represores o conmutarles las penas, pese a la ley recientemente sancionada por el Congreso que lo prohíbe en el caso de los delitos de lesa humanidad, y en la que el PRO se abstuvo?
¿Quizás piensa indultar a los represores o conmutarles las penas, pese a la ley recientemente sancionada por el Congreso que lo prohíbe en el caso de los delitos de lesa humanidad, y en la que el PRO se abstuvo?
Recordemos de paso que Néstor Kirchner promovió el juicio político de la "mayoría automática" de la Corte menemista, para luego establecer por el Decreto 222/03 un procedimiento público, transparente y democrático para promover postulantes al tribunal.
Y que durante su gobierno en el 2006 Cristina (siendo senadora) presentó el proyecto que sería aprobado como Ley 26.183, reduciendo a 5 el número de miembros de la Corte; a la inversa de lo hecho por Menem durante su gobierno, que lo aumentó a 9 (como va a hacer ahora el "republicano" Gerardo Morales en Jujuy), para poder imponer su "mayoría automática".
Recordemos finalmente que Cristina completó 8 años (dos mandatos presidenciales) sin haber designado a un sólo ministro de la Corte, pese a las 3 vacantes que se produjeron durante su mandato (que la fueron colocando por debajo del número legal para funcionar), sin contar la renuncia de Fayt que se hizo efectiva cuando Macri ya era presidente.
Y estas guasadas institucionales (que demuestran hasta donde llega su "republicanismo") son apenas la tapadera para el mega ajuste en marcha, que será materia de análisis en otro post.
Y estas guasadas institucionales (que demuestran hasta donde llega su "republicanismo") son apenas la tapadera para el mega ajuste en marcha, que será materia de análisis en otro post.
4 comentarios:
¡Qué lo parió! Con Cristina, me fui a dormir en la República Argentina.
Con Mauricio, me desperté en el Reino de las Pampas Unidas del Sur.
Sin ser muy jurista, el Art. 110 de la CN habla de los puestos en la Corte como "empleos".
En comisión pueden nombrarse ante situaciones de urgencias, jefes militares o embajadores por ejemplo. A esos empleos refiere la CN.
Pero en el caso de Ministro de la Corte, lo que caracteriza al cargo es la estabilidad,condición fundamental que carece el nombramiento en comisión.
Un Ministro de la Corte sin establidad es un cadete del Ejecutivo.
La CN es clara y la Ley 26.183 es norma vigente y existe el principio de legalidad.
Los "republicanos" que ahora buscan interpretaciones constitucionales delirantes, deberían ocuparse mejor de suministrarle un sedante a Macri,porque el precipicio está cada vez más cerca.
El Colo.
Buenas CKSF,
Macrí destrozó su "carta republicana". Creo que semejante sacrificio sólo puede explicarse por lo que decís: Avanzar en temas cuya legalidad y legitimidad esté claramente custionada y dejar hechos consumados para cuando el Senado vuelva a sesionar: Echar a Gils Carbó, eliminar la ley de medios, indultar, etc.
Pero como con el judo, todo eso puede usarse a nuestro favor: Si volvemos, el argumento del republicanismo no podrán usarlo tan fácilmente, y podremos avanzar con una expropiación de Clarin sin tanto vulevú. Y si llegamos a poner nosotros jueces en comisión por falta de voluntad de la oposición, ya no podrán quejarse.
La clave en todo esto es si la lluvia de dólares alcanzará a sedar la bronca de la clase media antes de las elecciones de 2017. Si eso no alcanza y tienen una derrota en forma, no llegan a 2018.
Saludos,
Andrés
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